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Administracion de Consorcios en Capital Federal . |
CALDERAS y TERMOTANQUES |
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Las calderas en consorcios en la Ciudad de Bs. As deben ser inspeccionadas obligatoriamente en forma trimestral (4 veces por año). Dicha tarea debe ser efectuada por un ingeniero o técnico con incumbencia, matriculado e inscripto en el Gobierno de la Ciudad de Bs. As. Asimismo es obligatorio la contratación de seguro de responsabilidad civil, que cubra a terceros, por los posibles daños que pueden producirse por el uso de las mismas. Normas : Ordenanza Municipal 22.677 y Decreto 887/979.
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