CIRCUITO SUD - REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION DEPORTIVA COLOMBOFILA INTERSOCIETARIA SUD.

VIGENTE DESDE EL 25 DE ABRIL DE 1983

Artículo 1º: La Intersocietaria que agrupa a las asociaciones que están al Sud del Gran Buenos Aires, se denominará CIRCUITO SUD y estará dirigida por la COMISION DEPORTIVA COLOMBOFILA INTERSOCIETARIA SUD.

Artículo 2º: Tendrá su asiento en la sede de la asociación que de común acuerdo se designe y en caso de disidencia sobre el particular será la FEDERACION COLOMBOFILA ARGENTINA quién dispondrá cual de las asociaciones será sede de la COMISION DEPORTIVA INTERSOCIETARIA.

Artículo 3º: La COMISION DEPORTIVA INTERSOCIETARIA se integrará con los representantes de cada una de las asociaciones que integran el CIRCUITO las que nombrarán un delegado titular y uno suplente. La representación se hará por el promedio de palomas enviadas el último año.

Artículo 4º: La proporción a establecer para la designación de representantes, se fijará de común acuerdo entre las asociaciones integrantes del CIRCUITO y en el supuesto de que las mismas no lleguen a un acuerdo total, será la Comisión Directiva de la FEDERACION COLOMBOFILA ARGENTINA quién fijará la proporción, la cual puede ser ajustada anualmente.

Artículo 5º: La Comisión Directiva de cada asociación será la que designará los representantes que integrarán la Comisión Intersocietaria.

Artículo 5º bis: La elección de la nueva sede del Circuito y de la Comisión Deportiva Colombófila Sud se realizará todos los años, una semana antes del primer concurso del plan de vuelo; la comisión saliente dejará todo el trabajo del año programado y contratado comboyer, ayudante y camionero. La nueva comisión planificará para el año siguiente.

Artículo 6º: La asistencia a las reuniones son obligatorias. Los delegados ausentes en tres (3) seguidas o cinco (5) alternadas hará que la asociación correspondiente sea pasible de una multa de ...(nunca se fijó).

El delegado que llegue 50 minutos tarde después de la hora fijada para la reunión se considerará ausente. En caso de reincidencia se elevará a la F.C.A. para la pena reglamentaria.

Artículo 7º: Los miembros de la C.D.I. nombrarán un presidente, un secretario, un tesorero y dos revisores de cuentas. Los demás vocales por órden correlativo deberán cumplir las funciones a que sean designados. Quedan autorizados a nombrar un secretario rentado. Todos los delegados tendrán los votos que correspondan a sus asociaciones.

Artículo 8º: En caso de ausencia del presidente titular por una reunión, pasa a desempeñar sus funciones el primer vocal o los demás vocales por órden correlativo y el suplente del ausente para a desempañarse como último vocal.

Artículo 9º: FUNCION DEL PRESIDENTE: Son funciones y atribuciones del presidene:

a) Ejercer la representación legal de la C.D.I. debiendo firmar con él, el secretario todas las notas y documentos públicos y privados.

b) Presidir las reuniones de la Comisión Directiva.

c) Suscribir con el tesorero todas las obligaciones y balances.

d) Tomar toda medida de urgencia cuando el caso lo requiera, encuadrándose a los Estatutos y Reglamentos de la F.C.A. e Intersocietaria.

Artículo 10º: DEL SECRETARIO.

a) Refrendará con su firma todos los actos sociales y notas.

b) Ordenará de acuerdo con el presidente la confección de formularios y provisión de útiles de secretaría.

c) Asentará en el libro de actas el desarrollo de las reuniones así como las resoluciones adoptadas, dejando constancia de la nómina de los presentes.

d) Tendrá a su cargo los libros y sellos de la C.D.I. y no podrá retirar ni permitir que se retiren los libros o documentos del local de la entidad, sin previa autorización notificada.

Artículo 11º: DEL TESORERO.

a) Es el responsable de los valores de la C.D.I.

b) Percibir, realizar y firmar todos los documentos de tesorería.

c) Realizar movimiento de caja semestrales refrendados por los revisores de cuenta y presentar el estado de los mismos a los demás miembros de la C.D. para su estudio y aprobación.

d) Efectuará los pagos autorizados por la C.D.I.

Artículo 11º bis: DE LOS REVISORES DE CUENTAS.

a) Refrendarán con su firma los movimientos de caja presentados por el tesorero.

b) Solicitarán los libros contables cuando crean necesario.

c) Informarán por escrito a la C.D. lo que crean conveniente.

Artículo 12º: La C.D.I. se reunirá todos los lunes de cada mes así como cada vez que el cumplimiento de sus funciones lo haga necesario. Para estas reuniones extraordinarias, se reglamentará por acta la forma y medio con que se citará a los miembros directivos.

Artículo 13º: ES MISION DE LA COMISION DEPORTIVA INTERSOCIETARIA.

a) Preparar el plan de vuelo que han de desarrollar las asociaciones de la respectiva zona que la integran, el que será elevado a la F.C.A. para su conocimiento treinta (30) días antes de iniciar los concursos.

b) Organizar y controlar todo lo referente a los concursos Federales, Intersociales, Inter-regionales y cada asociación deberá designar un delegado que colaborarán con el presidente en su tarea.

c) Organizar todo lo relativo al transporte de palomas que sean comunes a las asociaciones de la zona.

d) Organizar todo lo relativo a las Exposiciones Colombófilas que se realicen en la zona de su funcionamiento y dirigir la marcha de las mismas.

e) Resolver todo otro asunto puramente deportivo y común a todas las asociaciones en ella representadas, cuando sea en beneficio del órden práctico económico realizarlo en conjunto.

f) Fomentar la unidad de las asociaciones y amistad entre sus socios con la actuación correcta e imparcial de todos sus miembros.

g) Cuando realicen intersociales abiertos se solicitará autorización a la F.C.A.

Artículo 14º: PLAN DE VUELO.

a) Se confeccionará un plan de vuelo cuya duración será de un (1) año.

b) La C.D.I. llamará a ASAMBLEA EXTRAORDINARIA anualmente para fijar la cantidad de líneas, la cantidad de concursos sociales que se disputarán en el año, como así también la orientación a dar a dicho plan de vuelo.

c) Todos estos concursos con 20 palomas, se concursarán los Federales de Pichones en el último concurso de la última línea de pichones y el de Adultas en el último concurso de la última línea de adultas, uno al norte y otro al Sud rotándolos anualmente.

d) La C.D.I. determinará al confeccionar el plan de vuelo desde donde y en que fecha se correrá el concurso Benefactores.

e) Esta Intersocietaria podrá organizar premios Intersociales, inter-regionales e internacionales mientras no afecten el plan de vuelo ordinario. Para dichos concursos y en caso de ser necesario dictará reglamentación en particular.

Artículo 15º:DISPOSICIONES GENERALES PARA LOS CONCURSOS "FEDERALES", "BENEFACTORES" E "INTERSOCIALES LIMITADOS".

I) Para intervenir en los concursos Federales, Benefactores e Intersociales Limitados las asociaciones deben estar al día con tesorería.

II) LIQUIDACIONES: Las mismas deben ser presentadas en el día y hora que la C.D.I. establezca y en las planillas que esta provée.

III) EQUIPOS: En los concursos Limitados pueden participar los aficionados con mas de un equipo, los que deberán ser identificados e interviniendo cada uno por separado, debiendo indefectiblemente completar el primer equipo, luego el segundo y así sucesivamente.

IV) ENCANASTAMIENTOS: Los concursos Federales y Benefactores en cada una de las asociaciones intervinientes y en los Intersociales Limitados en las asociaciones que la C.D.I. disponga.

V) VALOR DEL ENCANASTAMIENTO: En cada caso la C.D.I. dispondrá el valor e importe que deberá abonarse por cada paloma a enviarse en cada concurso, como así también lo que correspondiera abonarse en concepto de premios especiales.

VI) RELOJES: Queda liberado el horario de cierre a lo dispuesto por la C.D.I., la apertura se fiscalizará en la forma que en cada caso disponga la C.D.I., debiéndose tomar ambas horas por hora oficial dictada por radio. En todos los concursos Intersociales quedan excluídos de participar los relojes 'HABITCH". En los relojes a pinchazo se les dará a cada uno un cierre y la totalidad en la apertura. En los relojes a impresión; a los "BENZI-COMATIC"y "SUPER-TOULET" un cierre y una apertura, en todos los demás dos cierres y dos apeturas. Los relojes "S.T.B." de 32 marcadas deberán llevar el perno de seguridad en la noria. Los relojes "BENZI-COMATIC" y "SUPER TOULET" se les permitirá marcar sin cápsula y para aquellos que utilicen cápsula sin tapa, esta debe ser colocada boca abajo pero siempre con la goma en su interior. Los relojes deben ser presentados por los asociados en sus asociaciones o ante la C.D.I. con cuerda, papel y tinta suficiente, haciéndose cada uno responsable de la falta de estos elementos. Cada reloj debe estar claramente identificado con el nombre y apellido del concursante que lo utiliza. Los horarios de presentación de los mismos ante las asociaciones son los que cada una establezca y la entrega fuera de hora determinará la aplicación de un recargo del tiempo en que ha llegado tarde en las marcadas que estén fuera de hora.

VII) ADELANTOS Y ATRASOS: Para el primero de los casos se tomará como máximo 4 minutos cada 24 horas y en caso de superar este adelanto quedará automaticamente fuera de concurso. Para el atraso cuando exceda los 6 minutos cada 24 horas se le recargará integramente.

VIII) INTERCALACIONES: En los concursos Federales y Benefactores se realizarán en los días y horas que la C.D.I. indique, debiendo cada asociación enviar dos delegados que canten horas, hagan cálculos y revisen y verifiquen planillas, debiendo concurrir con: Libros de cálculos, planillas de control de encanastamiento, especificando en ellas las palomas enviadas a los premios especiales, tiras y cuadrantes de relojes, planillas de distancias, planillas de apertura de relojes con copia, cálculos terminados, utilizando para ello los libros autorizados. En aquellos concursos que deba aplicarse la tabla de vuelo mínimo, 1.100 metros por minuto hasta los 400 kilómetros y de 900 metros por minuto a partir de los 400.001 metros en adelante, en lugar de tiempo empleado deberá colocarse hora real depurada de adelantos y atrasos y en la última columna se le agregará el tiempo de cada paloma al Puente Pueyrredón (en la actualidad Ex - Estación Monte Chingolo del Ferrocarril Provincial). Para el caso de que un concursante abonara una determinada suma por inscripción a premios especiales y omitiera asentarlas en su planilla de encanastamiento, se tomará las primeras de su planilla en la cantidad exacta de las palomas jugadas.

IX) RESULTADOS: Aquellas asociaciones que no cumplieran con los requisitos establecidos anteriormente quedan automaticamente fuera de concurso. Igualmente una vez que los resultados son aprobados y dispuestos los puestos y premios, todo y cualquier reclamo de los asociados pasa a ser exclusiva responsabilidad de cada una de las asociaciones a la cual pertenezca el asociado.

X) VERIFICACION: La C.D.I. tiene autoridad para el caso de así resolverlo certificar el vuelo de las palomas clasificadas en cada uno de los palomares a que pertenezcan.

XI) CAMPEONATOS: Se dispondrá un campeonato con el puntaje obtenido de los concursos intersociales, se otorgará un puesto por cada treinta (30) palomas.

XII) PUNTAJE: Para el campeonato de intersociales los puntos se otorgarán sobre cien (100) puestos fijos en todos los concursos, el puntaje será por kilómetro o sea de 100 a 200 kms. por dos, al último puesto le corresponderá dos puntos y subiendo de dos en dos hasta llegar al primero que le corresponderá 200 puntos. El primer puesto recibirá una bonificación del 10 % de los puntos obtenidos. Los puntos del concurso serán los reales según la cantidad de palomas enviadas a cada concurso.

XIII) PREMIOS:

a) Se faculta a la C.D.I. la cantidad de trofeos a otorgar durante los concursos intersociales, como así también en el campeonato intersocial anual.

b) Los concursos Federales e Intersociales que organiza esta C.D.I. se clausurarán 72 horas después de la primer marcada.

c) Todo concurso Federal e Intersocial se regirá por el sistema de distancia aprobado por la F.C.A. en lo relativo al vuelo mínimo.

d) En los concursos en que las aves no lleguen a cubrir el recorrido en el mismo día de suelta, el concurso se cerrará media hora después de la puesta del sol del día de la suelta y se abrirá nuevamente media hora antes de la salida del sol del día siguiente, acordándose para el supuesto caso de que no se constaten palomas durante el período de cierre, el promedio de vuelo que realmente resulte. Si llegasen a constatarse palomas durante la hora del cierre se dará a todas las aves el promedio que resulte de tomar como duración de la carrera el tiempo que va desde la hora de suelta hasta la hora de la marcada, sin tomar en cuenta el período de cierre, es decir que el concurso continuará sin ninguna interrupción. Pero en ninguna circunstancia el vuelo será menor del que corresponda.

e) Se podrán disputar premios especiales. Los mismos se otorgarán en base a las palomas inscriptas.

f) De los premios especiales se descontará un 10 % para fondos de Circuito. En cada caso la C.D.I. establecerá el monto de los premios especiales y la cantidad a otorgarse de acuerdo a las palomas enviadas.

g) El límite de palomas será de 20 para los Federales e Intersociales y la C.D.I. resolverá y limitará la cantidad para los Intersociales Limitados.

h) Desde una misma intalación y un mismo domicilio legal podrán participar mas de un aficionado, siempre que se encuentren registradas en los censos correspondientes sus palomas, no pudiendo transferirse entre sí, durante el año deportivo, estos palomares deberán elevar a esta intersocietaria el censo a requerimiento de la misma cuando lo juzgue conveniente.

Artículo 16º: DEL COMBOYER

a) Las asociaciones entregarán los canastos al comboyer dejando constancia de la cantidad que envían. Este deberá efectuar la devolución de los mismos en iguales condiciones de recepción, elevando un informe por escrito en cada suelta de las novedades producidas.

b) Es responsable de los canastos mientras estos estén a sus órdenes, vale decir hasta el retorno a la asociación si fuera por camión, si fuera por tren hasta la estación de retorno. En caso de cualquier anormalidad comunicará de inmediato al presidente.

c) Es la única persona autorizada y responsable a cargo de la supelta

d) Si en el momento de la suelta, el tiempo o condiciones para la misma son dudosas deberá consultar con el presidente o miembro que lo reemplace, a fín de proceder de común acuerdo.

e) Le está terminantemente prohibido dar toda clase de datos o cambiar el punto de suelta sin antes consultar con el presidente o persona que lo reemplace.

f) El no cumplimiento a lo anteriormente establecido dará lugar a la C.D.I. a prescindir de los servicios del comboyer.

Artículo 17º:

a) La Intersocietaria en la primera quincena de diciembre presentará memoria y balance anual, entregando a cada asociación una copia del mismo.

b) Igualmente procederá a entregar los premios y certificados obtenidos por los concursantes.

c) Las asociaciones harán llegar a la Intersocietaria la numeración de los anillos adquiridos. Para su posterior entrega a la misma en orden numérico correspondiente a cada asociación.

Artículo 18º: Para aprobarse este reglamento se llamará a una reunión extraordinaria que será convocada con la asistencia de tres delegados por asociación.

Artículo 19º: Para modificar o ampliar este reglamento se procederá de la misma forma que el artículo anterior y se necesitará las dos terceras partes de los votos presentes.

Artículo 20º: Las modificaciones o ampliaciones deberán resolverse en el término de 30 días a contar de la primera reunión convocada a ese fín.

Artículo 21º: Esta Intersocietaria nombrará una subcomisión para inspeccionar los palomares con representantes de la asociación componente de la misma.

Artículo 22º: Imprimir este reglamento en la cantidad suficiente como para distribuirlos entre todos los asociados concursantes de las ocho asociaciones.

Artículo 23º: Toda situación no prevista en los reglamentos internos del Circuito Sud será resuelta por la C.D.I. la cual deberá recurrir al reglamento general de la F.C.A.