Sanctus, Sanctus, Sanctus, Dominus Deus Sabaoth. Pleni sunt coeli et terra gloria tua. Hosanna in excelsis
Sección Historia
La Condena Inicial de la Masonería
La Santa Iglesia Católica ha condenada desde sus inicios históricos a la Masonería, institución rodeada de misterio y dedicada implícita y explícitamente a preparar el camino para la manifestación del último y personal Anticristo que nos mencionan San Pablo y San Juan en sus textos.
La primera mención sobre la Masonería fue formulada en la encíclica "In eminente", del papa Clemente XII, el 28 de abril de 1738. Transcribimos la traducción castellana oficial a continuación:
“Habiéndonos
colocado
Clemente XII (Papa entre 1730 y 1740)
"Nos hemos
enterado, y el rumor público no nos ha permitido ponerlo en duda, que se han
formado, y que se afirmaban de día en día, centros, reuniones, agrupaciones,
agregaciones o conventículos, que bajo el nombre de Liberi Muratori o Franc-masones
o bajo otra denominación equivalente, según la diversidad de lengua, en las
cuales eran admitidas indiferentemente personas de todas las religiones, y de
todas las sectas, que con la apariencia exterior de una natural probidad, que
allí se exige y se cumple, han establecido ciertas leyes, ciertos estatutos que
las ligan entre sí, y que, en particular, les obligan bajo las penas más graves,
en virtud del juramento prestado sobre las santas Escrituras, a guardar un
secreto inviolable sobre todo cuanto sucede en sus asambleas."
"Pero como tal es la naturaleza humana del crimen que se traiciona a sí mismo, y que las mismas precauciones que toma para ocultarse lo descubren por el escándalo que no puede contener, esta sociedad y sus asambleas han llegado a hacerse tan sospechosas a los fieles, que todo hombre de bien las considera hoy como un signo poco equívoco de perversión para cualquiera que las adopte. Si no hiciesen nada malo no sentirían ese odio por la luz."
"Por ese
motivo, desde hace largo tiempo, estas sociedades han sido sabiamente
proscritas por numerosos príncipes en sus Estados, ya que han considerado a
esta clase de gentes como enemigos de la seguridad pública."
"Después de una
madura reflexión, sobre los grandes males que se originan habitualmente de esas
asociaciones, siempre perjudiciales para la tranquilidad del Estado y la salud
de las almas, y que, por esta causa, no pueden estar de acuerdo con las leyes
civiles y canónicas, instruidos por otra parte, por la propia palabra de Dios,
que en calidad de servidor prudente y fiel, elegido para gobernar el rebaño del
Señor, debemos estar continuamente en guardia contra las gentes de esta
especie, por miedo a que, a ejemplo de los ladrones, asalten nuestras casas, y
al igual que los zorros se lancen sobre la viña y siembren por doquier la
desolación, es decir, el temor a que seduzcan a las gentes sencillas y hieran
secretamente con sus flechas los corazones de los simples y de los inocentes."
"Finalmente,
queriendo detener los avances de esta perversión, y prohibir una vía que daría
lugar a dejarse ir impunemente a muchas iniquidades, y por otras varias razones
de Nos conocidas, y que son igualmente justas y razonables; después de haber
deliberado con nuestros venerables hermanos los Cardenales de la santa Iglesia
romana, y por consejo suyo, así como por nuestra propia iniciativa y
conocimiento cierto, y en toda la plenitud de nuestra potencia apostólica,
hemos resuelto condenar y prohibir, como de hecho condenamos y prohibimos, los
susodichos centros, reuniones, agrupaciones, agregaciones o conventículos de Liberi Muratori o Franc-Massons o
cualquiera que fuese el nombre con que se designen, por esta nuestra presente
Constitución, valedera a perpetuidad."
"Por todo ello,
prohibimos muy expresamente y en virtud de la santa obediencia, a todos los
fieles, sean laicos o clérigos, seculares o regulares, comprendidos aquellos
que deben ser muy especialmente nombrados, de cualquier estado grado,
condición, dignidad o preeminencia que disfruten, cualesquiera que fuesen, que
entren por cualquier causa y bajo ningún pretexto en tales centros, reuniones,
agrupaciones, agregaciones o conventículos antes mencionados, ni favorecer su
progreso, recibirlos u ocultarlos en sus casas, ni tampoco asociarse a los
mismos, ni asistir, ni facilitar sus asambleas, ni proporcionarles nada, ni
ayudarles con consejos, ni prestarles ayuda o favores en público o en secreto,
ni obrar directa o indirectamente por sí mismo o por otra persona, ni
exhortar, solicitar, inducir ni comprometerse con nadie para hacerse adoptar en
estas sociedades, asistir a ellas ni prestarles ninguna clase de ayuda o
fomentarlas; les ordenamos por el contrario, abstenerse completamente de estas
asociaciones o asambleas, bajo la pena de excomunión, en la que incurrirán por
el solo hecho y sin otra declaración los contraventores que hemos mencionado;
de cuya excomunión no podrán ser absueltos más que por Nos o por el Soberano
Pontífice entonces reinante, como no sea en “articulo mortis”. Queremos además
y ordenamos que los obispos, prelados, superiores, y el clero ordinario, así
como los inquisidores, procedan contra los contraventores de cualquier grado,
condición, orden, dignidad o preeminencia; trabajen para redimirlos y
castigarlos con las penas que merezcan a titulo de personas vehementemente
sospechosas de herejía."
"A este efecto,
damos a todos y a cada uno de ellos el poder para perseguirlos y castigarlos
según los caminos del derecho, recurriendo, si así fuese necesario, al Brazo
secular."
"Queremos
también que las copias de la presente Constitución tengan la misma fuerza que
el original, desde el momento que sean legalizadas ante notario público, y con
el sello de una persona constituida en dignidad eclesiástica."
"Por lo demás,
nadie debe ser lo bastante temerario para atreverse a atacar o contradecir la
presente declaración, condenación, defensa y prohibición. Si alguien llevase su
osadía hasta este punto, ya sabe que incurrirá en la cólera de Dios
todopoderoso y de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo."
"Dado en Roma,
en la iglesia de Santa María la mayor, en el año de 1738 después de