Para el establecimiento de un Programa de Higiene y Seguridad
Industrial (Programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales),
se deberán contemplar los siguientes aspectos:
1) Declaración de Políticas:
El empleador deberá establecer por escrito los lineamientos mínimos
siguientes:
· Compromiso de asegurar la ejecución de las diferentes actividades en
condiciones óptimas de Higiene y Seguridad Industrial, considerando los riesgos
asociados al tipo de operación, con el objeto de garantizar la integridad
física de los trabajadores, proteger las instalaciones y evitar riesgos a las propiedades
de terceros y el ambiente.
· Designar y apoyar al Órgano de Seguridad Laboral de la empresa, que
reportando al nivel más alto, deberá asesorar, soportar, facilitar, planificar y
controlar todo lo relacionado con el programa.
· Asegurar el estricto cumplimiento de leyes, reglamentos, normas y
procedimientos relacionados con la Higiene y Seguridad
Industrial.
2) Selección y Empleo de Personal:
El empleador deberá considerar entre otros aspectos, los siguientes:
· Realización de examen médico pre−ocupacional.
· Experiencia y conocimiento del trabajo a ejecutar.
3) Adiestramiento
Se deberá establecer en base a las descripciones de trabajo, análisis
de trabajo (incluyendo procedimientos seguros de trabajo), inspecciones de
seguridad y otros aspectos, tomando en cuenta lo indicado a continuación:
1. Inducción: todo nuevo trabajador deberá recibir charlas de
inducción e información por escrito de los riesgos involucrados y los medios de
prevención y protección antes de incorporarse a la labor asignada.
2. Adiestramiento Operacional: todo trabajador deberá recibir un
adiestramiento operacional para desarrollar habilidades y conocimientos en la
ejecución de la labor asignada.
3. Adiestramiento en Higiene y Seguridad Industrial: todo trabajador
deberá recibir un adiestramiento en
Higiene y Seguridad Industrial, tendente a desarrollar conciencia
sobre la identificación de riesgos, prevención de accidentes y enfermedades
profesionales en cada área respectiva de trabajo, mediante cursos básicos de:
· Prevención de accidentes.
· Primeros auxilios.
· Equipo de protección personal.
· Prevención y control de incendios.
· Riesgos ambientales.
· Orden y limpieza industrial.
· Riesgos específicos según la labor a ejecutar (físicos, químicos,
biológicos, ergonómicos y psicosociales).
· Seguridad vial.
· Todo trabajador con deberes de supervisión, además de los cursos
mencionados anteriormente, deberá recibir cursos especiales sobre:
· Prevención de accidentes.
· Prevención y control de incendios.
· Trabajos que requieren de permiso escrito para su ejecución, tales
como: en caliente, en frío, excavaciones, espacios cerrados.
· Control de emergencias.
Deberá establecer planes de acción para el control de emergencias y
realización de simulacros.
4) Motivación
1. Se deberá crear y mantener el interés en Higiene y Seguridad
Industrial mediante:
2. Participación del personal ejecutivo en las actividades de Higiene
y Seguridad Industrial.
Reuniones en el sitio de trabajo dirigidas por supervisor calificado
para analizar y discutir accidentes ocurridos, riesgos detectados o cualquier
tema sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales. Estas
reuniones deberán efectuarse por lo menos una vez al mes.
3. Eventos y campañas especiales con el objeto de promover la Higiene y Seguridad
Industrial dentro y fuera del trabajo.
4. Distribución periódica de boletines, mensajes, folletos, afiches, y
cualquier otro medio de comunicación relacionado con el tema.
5. Reconocimiento mediante diplomas, placas por hechos sobresalientes
en la prevención de accidentes, sea en forma individual o por grupos.
6. Establecimiento de concursos y competencias para desarrollar el
interés y la participación individual, de grupo y de la supervisión.
5) Ingeniería
El empleador deberá velar por la participación conjunta del diseñador
o proyectista, el constructor y el Órgano de Seguridad Laboral de la empresa
para considerar, entre otros, los aspectos siguientes:
1. Aplicación a normas de diseños de seguridad a nuevos proyectos e
instalaciones existentes.
2. Metodología de construcción y normas de seguridad aplicables a trabajos
específicos de mantenimiento.
3. Evaluación de la confiabilidad de los equipos.
6) Inspecciones de Seguridad Industrial
Se deberá establecer un sistema de inspección acorde con la dimensión
y diversificación de actividades para detectar condiciones y/o actos inseguros:
1. Inspecciones periódicas, programadas a intervalos regulares con el
objeto de efectuar una revisión sistemática y eficiente de una instalación
completa, de una operación específica o de un equipo.
2. Inspecciones intermitentes diseñadas para efectuarse sin previo
aviso, a intervalos irregulares, para detectar cumplimiento continuo de reglas,
normas y procedimientos.
3. Inspecciones especiales preventivas y predictivas
para detección y predicción de fallas en equipos que pudieran causar
accidentes.
4. Implantación de procedimientos para el otorgamiento de permisología para trabajos de alto riesgo.
7) Evaluaciones de Higiene Industrial
Se deberán tomar las medidas necesarias referentes al reconocimiento,
evaluación y control de los riesgos para la salud, que surjan de una actividad
laboral. Se analizarán los ambientes de trabajo en cuanto:
1. Procesos, materiales, equipos, productos, horarios de trabajo y
números de trabajadores.
2. Determinar magnitud de exposiciones molestas para trabajadores y
público.
Se pondrán en práctica las medidas correctivas emanadas de las
evaluaciones y otras fuentes, tomando en cuenta entre otros aspectos, los
siguientes:
1. Ruido (según Norma Venezolana CONENIN 1565).
2. Calor y frío (según Norma Venezolana COVENIN 2254).
3. Ventilación (según Norma Venezolana COVENIN 2250).
4. Radiaciones ionizantes (según Norma Venezolana COVENIN 2259).
5. Radiaciones no ionizantes (según Norma Venezolana COVENIN 2238).
6. Iluminación (según Norma Venezolana COVENIN 2249).
7. Concentraciones Ambientales (según Norma Venezolana COVENIN 2253).
8. Ergonomía (según Norma Venezolana COVENIN 2273).
8) Reglas, Normas y Procedimientos
1. Los trabajadores que laboren en un determinado proceso que implique
riesgos, deberán contar con información escrita comprensible, de manera de
conocer los riesgos y la forma de protegerse de ellos mediante el
establecimiento de reglas, normas y procedimientos.
2. Las reglas en su propósito y forma deberán tener carácter
mandatario permanente.
3. Las normas en su propósito y forma deberán tener una base técnica
sujeta a modificación por cambios tecnológicos en el tiempo.
4. Los procedimientos en su propósito y forma de enunciado deberán
tener una base técnica fundamentada en el conocimiento y la experiencia, cuya
finalidad será delinear la ejecución eficaz y segura de una determinada
actividad.
5. Las normas y procedimientos deberán mantenerse actualizados.
Se deberá establecer un sistema de elaboración de reglas, normas y
procedimientos en conjunto con los supervisores encargados de actividades
específicas.