Es una obligación que la ley impone a
patrones y a trabajadores y que también se debe organizar dentro de determinados
cánones (Reglas) y hacer funcionar dentro de determinados procedimientos.
El patrón estará obligado a observar, de
acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales (cada una de
las instrucciones o reglas que se dan o establecer para el manejo o
conocimiento de un arte o facultad) sobre higiene y seguridad en las
instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuada para
prevenir accidente en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de
trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía
para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción,
cuando se trate de mujeres embarazada. Las leyes contendrán al efecto, las sanciones
procedentes en cada caso.
La seguridad industrial se define como
un conjunto de normas y procedimientos para crear un ambiente seguro de
trabajo, a fin de evitar pérdidas personales y/o materiales.
Otros autores la definen como el proceso
mediante el cual el hombre, tiene como fundamento su conciencia de seguridad,
minimiza las posibilidades de daño de sí mismo, de los demás y de los bienes de
la empresa. Otros consideran que la seguridad es la confianza de realizar un
trabajo determinado sin llegar al descuido. Por tanto, la empresa debe brindar
un ambiente de trabajo seguro y saludable para todos los trabajadores y al mismo
tiempo estimular la prevención de accidentes fuera del área de trabajo. Si las
causas de los accidentes industriales pueden ser controladas, la repetición de
éstos será reducida.
La seguridad industrial se ha definido
como el conjunto de normas y principios encaminados a prevenir la integridad
física del trabajo, así como el buen uso y cuidado de las maquinarias, equipos
y herramientas de la empresa.