UNA ILEGALIDAD MANIFIESTA

Pero no solo ha sido esto una tomadura de pelo sino, a nuestro juicio, una ilegalidad manifiesta.

Según la normativa municipal o PGOU (Plan General de Ordenación Urbana), existen varios grados de protección a edificios, que van desde el grado A (máximo) al E (mínimo). Los edificios con grado A solo pueden ser susceptibles de obras menores y tendentes a su rehabilitación en su ubicación actual. NUNCA DE DEMOLICIÓN O TRASLADO. Pues bien, el Puente Alfonso XIII tiene grado de Protección A, o al menos lo tenía cuando se acometió su desmontaje.

Y pruebas de todo ello parecen no faltar:
A la derecha, fragmento del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) donde se puede apreciar la catalogación "A" del Puente Alfonso XIII.
Certificación oficial expedida por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Grado de Catalogación del Puente. Se puede leer claramente: el puente de referencia tiene nivel de protección A.
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A la derecha, documento en el cual se informaba al entonces presidente del Puerto de Sevilla del grado de protección del Puente, el cual impedía por NORMATIVA LEGAL su desmontaje o demolición. En él se lee: "...el puente Alfonso XIII se encuentra catalogado como A (protección integral) (...) con lo que cualquier tipo de actuación sobre él podría atentar contra la normativa vigente".
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Las reclamaciones de Planuente no fueron atendidas, ni se nos envió información pese a habernos presentado como partes interesadas en el caso (con lo que se podría haber infringido claramente la Ley de Procedimiento Administrativo). Puerto y Ayuntamiento, encabezados por la amistad de sus representantes, presionaron a la Delegación de Cultura. Y Finalmente, contra la normativa vigente, se acometió el desmontaje.

La delegación de Cultura, presionada por las amenazas y prisas del presidente del Puerto y de la Alcaldía, acabó cediendo pero exigiendo un compromiso de reubicación del Puente. Compromiso que no llegó a realizarse por parte de ninguna de las dos administraciones impulsoras del "traslado".


Arriba, publicado en Sevilla Información

Planuente acudió a la justicia interponiendo un Interdicto de Obra nueva, y la inmediata detención de las obras de desmantelamento. El fallo rechazó la acción legal por considerarla "improcedente".

Escena del traslado de uno de los brazos móviles del puente hasta el muelle Delicias, donde quedaría almacenado sin fecha para su "traslado" (El Correo de Andalucía, 11 marzo 1998).

Sin embargo, la acción se consumó en contra de lo dispuesto en la normativa del Plan General de Ordenación Urbana, existiendo claros indicios de delito en ello. Cuestión que algún día habrá que aclarar.

El periodista Antonio Burgos escribió sobre el tema
(pincha sobre la imagen para leer el artículo)

Carlos Fernández, portavoz de Planuente: "Los intereses de unos pocos han sacrificado el patrimonio de todos. Dentro de unos años la gente se lamentará de este atentado"(18 enero 1999).





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