Procedimientos Administrativos en la
Delegacion Provincial de Guanajuato
5. Exaltación al grado 32º en el Soberano Consistorio Regional:

5.1.
Ser grado 30° debidamente reconocido.

5.2. Estar a plomo con el Tesoro del Supremo Consejo de México en el año correspon-diente a la solicitud, quedando entendido que las cápitas pagadas al Supremo Consejo de México son por el año natural (enero a diciembre) independientemente de la fecha que se haya pagado.

5.3.
Cumplir con la normatividad de los artículos 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120 y 121 inclusive de los ESTATUTOS VIGENTES DEL SUPREMO CONSEJO DE MEXICO.

5.4.
Solicitar en la Secretaría del Soberano Consistorio Regional que corresponda al lugar de residencia habitual del Ilustre Hermano solicitante, los formatos F32-1, FCV-2 y FSCM, mismos que deberán ser llenado por el solicitante.

5.5. Dos fotografías recientes tamaño infantil de frente y a color.

5.6. Copia fotostática del Diploma del grado 30º, de la credencial de grado 30º vigente del año de solicitud.

5.7. Con los formatos F32-1, FCV-2 y FSCM debidamente requisitados, deberán ser entregados a la Secretaría del Soberano Consistorio Regional, misma que dictaminará sobre el particular.

5.8.
En caso de ser aceptada la solicitud de exaltación al 32º grado de la Masonería Filosófica del Rito Escocés Antiguo y Aceptado del Supremo Consejo de México, el candidato deberá depositar la cantidad de ver tabla de derechos en la cuenta número 122728-4 sucursal 221 de BANAMEX  a nombre de CULTURA Y ARTE A.C. y que segun lo normado en el articulo 120 de los Estatutos Vigentes, los derechos incluyen ademas dos liturgias de los grados 31º y 32º.

5.9
. Este depósito cubre exclusivamente los derechos de exaltación al 32º grado con el Supremo Consejo de México, y es independiente de las cápitas locales que se apliquen en el Soberano Consistorio Regional en cuestión, mismas que deberán ser cubiertas al momento de la exaltación sin excepción.

5.10
. El día que se haya citado al candidato, este deberá entregar el original y una copia de la ficha de depósito de Banamex, las cuales serán cotejadas por el Tesorero del Cuerpo y deberá devolverse sin excepción el original al candidato, quedando en poder del Tesorero la copia del mismo, siendo este el responsable de la veracidad de la misma ficha. Se recomienda al candidato no extraviar la ficha de depósito a CULTURA Y ARTE A.C. ya que es la UNICA garantía de haber cubierto los derechos que exige el Supremo Consejo de México.

5.11.
Cualquier duda, comentario o aclaración, favor de hacerla primeramente con el Secretario del Soberano Consistorio Regional, al Comisionado, al Subdelegado Regional o al correo electrónico de la Delegación