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sábado, 13 de noviembre de 2004

 

 

 

Todo acerca de la reforma pensional impulsada por el presidente Uribe.

Definitivamente se acaba el regimen especial de ecopetrol.

 

Nuevos empleados de ecopetrol se regiran por la ley 100.

 

Pese a los discursos oficiales, la reforma sólo tendrá efectos en el largo plazo. La propuesta de Uribe terminó su tránsito por la Cámara.

 

La tercera reforma pensional, propuesta por el presidente Uribe, comenzó a abrirse paso en el Congreso, pese a la abierta oposición de vastos sectores sociales, especialmente entre los trabajadores colombianos que la consideran neoliberal.

 

El proyecto de acto legislativo fue votado el martes pasado por la plenaria de la Cámara de Representantes y pasó, en segundo debate, sin mayores modificaciones.

 

En esencia, la corporación rechazó la propuesta del Gobierno de anticipar el régimen de transición, revivido por la Corte Constitucional. El régimen se mantendrá hasta 2014, tal como está contemplado en la Ley 100.

 

A partir de 2011, no habrá más mesada 14. La Cámara restringió, igualmente, la posibilidad de pactos o convenciones colectivas que excedan lo previsto en el Sistema General de Pensiones. Y congeló las jubilaciones que se han reconocido ilegalmente, las cuales serán inaplicables.

 

El texto, aprobado por la Cámara, pasará a la Comisión Primera del Senado y luego a la plenaria, para así completar su primera vuelta constitucional. Todavía le quedan seis debates.

 

Lo aprobado

 

De acuerdo con el texto aprobado en plenaria, no habrá regímenes especiales, salvo el de la Fuerza Pública y el del Presidente de la República. También se incluyó en el texto la frase "salvo los derechos adquiridos".

 

De la misma manera, conservó intacta la propuesta gubernamental de eliminar la mesada 14 y estableció en 25 salarios mínimos mensuales el tope máximo para la pensión, cuando se paga con recursos públicos. En lo que respecta a la pensión mínima, para cualquier colombiano, ésta será equivalente al salario mínimo legal.

 

De acuerdo con el articulado aprobado, serán inaplicables las pensiones que se hayan autorizado por fuera de la ley. Con lo anterior, se permite congelar las pensiones otorgadas ilegalmente.

 

El régimen de transición de la Ley 100 quedó aprobado finalmente como lo había hecho la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2013.

 

En cuanto a la vigencia para la eliminación de los regímenes especiales, se fijó hasta el 31 de diciembre de 2010.

 

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, advirtió que en los seis debates que aún hacen falta para aprobar la polémica iniciativa, el gobierno nacional insistirá en la eliminación anticipada de los regímenes especiales y de transición. El ministro de Protección Social, Diego Palacio Betancur, dice que la meta es garantizar el desmonte en tres años.

 

Para los docentes

 

En cuanto a los maestros, se decidió que los docentes que se pensionen a partir de la entrada en vigencia del acto legislativo lo harán con las condiciones fijadas en el Sistema General de Pensiones, es decir, según lo establecido en la Ley 100 de 1993.

 

De la misma manera, se aprobó la garantía que ejercerá el Estado con los derechos pensionales de las generaciones presentes y futuras, así como la sostenibilidad financiera.

 

Bajo la nueva propuesta, las convenciones colectivas no podrán establecer nuevos beneficios en materia pensional. Sin embargo, se decidió que los que se encuentren vigentes se extenderán hasta el 31 de diciembre de 2010.

 

Los "aportes" de Uribe

 

El sentido general de las últimas reformas, la tercera en este Gobierno, es desmontar los beneficios pensionales, acelerar la eliminación del período de transición, cambiando las reglas de juego a quienes en 1994 tenían 35 y 40 años, acercándoles el momento en que devengarían la pensión y acortando con ello enormemente su tiempo de disfrute. Pero además, la obstinada eliminación de los regímenes especiales exceptuados y excluidos de la Ley 100 de 1993, dejando al margen a las Fuerzas Militares.

 

Un reciente estudio de la Contraloría General de la República, demostró que los regímenes especiales cubrían en 1995, a 529 mil afiliados y a 163.095 pensionados. De éstos el magisterio tenía el 57 por ciento de afiliados y el 38 por ciento de pensionados. En cambio las Fuerzas Militares tenían el 42 por ciento de afiliados y el 57 por ciento de pensionados.

 

El gobierno de Uribe propone que se mantenga la garantía estatal de pensión mínima para las AFP, hace una pequeña disminución de los gastos de administración que se les reconocen, elimina la obligación de que los trabajadores estatales se afilien al ISS, suprime de un tajo el régimen especial de Ecopetrol, obligando a sus nuevos trabajadores a vincularse a la Ley 100, otorga facultades al Presidente para eliminar el régimen especial de los maestros y retiene el 1% de los salarios de los trabajadores independientes, con destino al Fondo de Solidaridad Pensional, profundizando la política de atender a los indigentes y desempleados con dineros de los trabajadores.

 

En la misma línea

 

La nueva reforma pensional, complementa las dos anteriores, consignadas en las leyes 797 y 860 de 2003 y se mantiene en la misma línea: recorta los beneficios de jubilación al replantear las variables fundamentales, como la tasa de reemplazo (o sea, la proporción del salario básico con el cual se pensiona un trabajador); el cálculo del monto de la pensión sobre los últimos 20 años de cotización; la elevación de los aportes; el aumento de la edad de jubilación y de las semanas requeridas para obtener la pensión.

 

Y con el mismo argumento: tapar el crecido déficit fiscal, la sostenibilidad de las finanzas públicas, las altas tasas de envejecimiento, la descompensación de los esquemas de reparto, la volatilidad en el retorno de los mercados de capitales y por supuesto, la inviabilidad del Seguro Social, entre otros.

 

El gran debate

 

Uno de los problemas centrales de este debate es que el concepto de déficit pensional está basado en la afirmación neoliberal, impuesta por el Banco Mundial, según la cual, las pensiones deben ser el producto de lo ahorrado por el trabajador a lo largo de su vida y no el reconocimiento del conjunto de la sociedad y de las actuales generaciones asalariadas a los servicios y los aportes que, durante décadas, han hecho las personas que ya alcanzaron la edad de retiro. Es decir, una lógica retribución, en un contexto de seguridad económica para la vejez, hoy desconocido.

 

Pero, además, esta semana se insistió en el otro tema espinoso. Detrás de la reforma se oculta otra intencionalidad para desmontar el Seguro Social, como objetivo estratégico. Sin embargo, el ministro de Protección Social, Diego Palacio Betancur, desmintió los rumores, aunque anunció que se mantendrá la interinidad en esa entidad.

 

Los efectos

 

Pese al discurso oficial sobre los alcances de la reforma, los analistas gubernamentales reconocen que los cambios pensionales sólo tendrán un efecto de largo plazo sobre las finanzas públicas. El efecto inmediato sobre el déficit fiscal es mínimo.

 

Según la Contraloría General de la República, "los estudios actuariales demuestran que los ajustes a la edad de jubilación, al número de semanas cotizadas e, incluso, al monto de la pensión, generan alivios, pero en el largo plazo. En un escenario de modificación drástica de la edad, el déficit del régimen de prima media disminuirá casi en un 60%. No obstante, con variaciones de este tipo, las dificultades en el corto plazo persistirán".

 

Según el mismo estudio, en el corto plazo, -salvo el aumento en las cotizaciones-, el efecto de la edad y las semanas es imperceptible, porque tan sólo reduciría en un 1,5% el déficit, en un lapso de 50 años.

 

Últimas modificaciones

 

1. Régimen de transición. No fue modificado, es decir, se mantendrá hasta el año 2014, pero el Gobierno insistirá en que se anticipe al año 2007.

 

2. Regímenes especiales. Quedarán eliminados a partir del primero de enero de 2011. Se mantienen exceptuados el de la Fuerza Pública y el del Presidente de la República.

 

3. Mesada 14. Quedará eliminada para los nuevos pensionados, a partir de 2011; no para los actuales. Fue aprobada por unanimidad.

 

4. Tope máximo. Será de 25 salarios para las pensiones que se financien con recursos públicos; comenzará a aplicarse a partir del 1° de enero de 2011. La pensión mínima no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual vigente.

 

5. Privilegios pensionales. Los obtenidos mediante convenciones colectivas de trabajo, pactos o acuerdos, se mantendrán hasta el 31 de diciembre de 2010, pero no se podrán suscribir o acordar nuevos, después de aprobado el acto legislativo.

 

6. Maestros. Los docentes vinculados antes de junio de 2003, cuando se aprobó la Ley 812, mantendrán sus condiciones pensionales establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo; pero los maestros que fueron incorporados después de esa fecha, ingresarán al sistema general de la Ley 100 de 1993.

 

7. Derechos adquiridos. Garantiza la sostenibilidad del Sistema General de Pensiones, respetando los derechos adquiridos, con arreglo a la ley, en el caso de los regímenes especiales.

 

 

 

 

 

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