Caducidad de disposiciones testamentarias

Es la que se produce en los casos en que el instituido no puede aprovecharse de la institución por hechos sobrevinientes al acto testamentario; por ejemplo, cuando el heredero o el legatario premueren al testador, o cuando el derecho establecido testamentariamente esté subordinado a una condición o a un plazo suspensivo, si resulta ineficaz por haber desaparecido el beneficiado antes de que se cumpla la condición o de que venza el término; o cuando falte la condición suspensiva a que la institución estaba subordinada; o cuando la cosa detenninada objeto de la institución perece por caso fortuito antes de la muerte del testador o antes del cumplimiento de la condición.