Caducidad de disposiciones testamentarias
Es la que se produce en los casos en que el instituido no
puede aprovecharse de la institución por hechos sobrevinientes al acto
testamentario; por ejemplo, cuando el heredero o el legatario premueren al
testador, o cuando el derecho establecido testamentariamente esté subordinado a
una condición o a un plazo suspensivo, si resulta ineficaz por haber
desaparecido el beneficiado antes de que se cumpla la condición o de que venza
el término; o cuando falte la condición suspensiva a que la institución estaba
subordinada; o cuando la cosa detenninada objeto de la institución perece por
caso fortuito antes de la muerte del testador o antes del cumplimiento de la
condición.