Concubinato
Cohabitación permanente como si fueren esposos entre un hombre y una mujer.
Las diferencias entre el concubinato y el matrimonio están en:
1. El padre no tiene la “potestas” sobre los hijos
2. La concubina no tiene el “honor matrimonii”
3. Los hijos siguen la condición de la madre
El concubinato era la única forma de unión de los libertos y de las mujeres tachadas sin infringir la “Lex Iulia de Adulteris”.
Con el advenimiento de del cristianismo, esta forma de unión se considero inmoral. Constantino estimulo el matrimonio de los concubinos e introdujo a los hijos a la potestad paterna.(“legitimatio per sibseques matrimonium”).
“…Las uniones libres o de hecho, que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad y sean mantenidas entre personas con capacidad legal para contraer enlace, producen efectos similares a los del matrimonio en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes y en lo que respecta a los hijos nacidos de ellas.” (CPE, 194)
1. Cohabitación.
2. Notoriedad
3. Permanencia.
4. Existencia de impedimentos matrimoniales.
& Bibliografía
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BOSSERT, Gustavo A. Régimen Jurídico Del Concubinato, Bs. As., Argentina, Astrea, 4ta, 1999, 262 paginas. JORDAN QUIROGA; Augusto, Derecho Romano, Diccionario Temático, Cochabamba, Bolivia, Arol, 1990, 436 paginas.
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