Delito permanente
El delito permanente es aquella vulneración que se realiza con una sola acción, pero luego se prolonga voluntariamente la situación antijurídica creada.
Después de la consumación continúa ininterrumpidamente la violación jurídica perfeccionada en aquella
Por ejemplo
>· abandono de mujer embarazada
>· abandono de familia,
>· el secuestro
“El delito instantáneo, es un punto, el delito permanente una línea ininterrumpida y el delito continuado, una línea de puntos”(Alimena).
En el delito permanente hay una sola acción que se prolonga en el tiempo, en el delito continuado hay pluralidad de acciones que configuran cada una un delito perfecto.