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introducción
El mundo se encuentra globalizado, es decir que todo se encuentra en un mismo conjunto, y por medio del avance de la tecnología es muy recomendable establecer un negocio en la red de Internet.
Para aquellos que no están familiarizados con el Internet, empezaremos revisando brevemente los fundamentos:-qué es, cómo se puede acceder a él, y lo más importante, cómo puede ser utilizado como una herramienta de ventas y marketing. Luego veremos cómo abrir un exitoso almacén electrónico.
El Internet es una colección de millones de computadoras interconectadas a través del mundo, unidas por líneas telefónicas y cables de alta velocidad para formar miles de pequeñas redes que están vinculadas para formar una gran red mundial.
Este sistema fue creado durante la Guerra Fría, cuando los Estados Unidos necesitaban seguridad en las comunicaciones entre sus instalaciones militares y centros de investigación educacionales alrededor del mundo. La red fue descentralizada para que no pueda ser controlada desde una sola localidad, asegurando que continuaría transmitiendo información aún si parte de esta era destruida por un ataque nuclear.
Existen dos maneras de ingresar al Internet: directamente e indirectamente.
Acceso Directo
Ees recomendado sólo para grandes corporaciones que pueden invertir gran cantidad de tiempo y dinero. Esto requiere equipo computarizado y software de alta tecnología, semanas o meses de trabajo con un asesor , y un mínimo de $100,000.Si puede hacer esta inversión, de cualquier forma, las ventajas son:
ü Incrementa la velocidad al trasmitir archivos.
ü Mejor control al responder a problemas técnicos, porque ustedes el dueño de la computadora que está dando el acceso al Internet.
ü Una fuente de ingresos, si usted cobra una tasa a negocios más pequeños y a individuos a cambio de un acceso 'Indirecto al Internet a través de su computadora.
Acceso Indirecto
Pagando una pequeña cantidad mensual para conectar su computadora a una que ya está conectada directamente al Internet. Tiene mayor sentido para propietarios de pequeños negocios por dos ventajas principales:
- Menor costo.
- Menor tiempo de establecimiento.
JUSTIFICACIÓN
A nuestro alrededor se está viviendo una globalización que va creciendo y expandiéndose a todo el mundo, para sea igual en conjunto, es por este motivo que en este trabajo tratamos de dar a conocer que es la globalización de una forma específica y muy clara, para que así nos involucremos de forma correcta en esta.
Además la tecnología está avanzando a pasos agigantados y con una velocidad extraordinaria, por lo cual en este trabajo mostraremos lo que usted debe conocer para que pueda tener una idea clara de lo que es el Internet y de las ventajas que se tiene al crear un negocio en la red mundial más grande del mundo.
Y además existen varias razones por las cuales es conveniente formas un e-commerce, y estas pueden ser:
- Puede Incrementar sus ventas creando otro punto de ventas.
- Puede expandir su penetración en el mercado al establecer su negocio, productos, y servicios al alcance de millones de personas en el Internet.
- Puede reducir sus costos operativos, porque cuesta menos vender desde un almacén electrónico que desde un negocio tradicional.
- Le permite vender sus productos y servicios alrededor del mundo, sin tener que abrir un almacén tradicional en el extranjero.
- Le permite operar desde cualquier localidad porque puede exponer mercadería y despachar electrónicamente órdenes de ventas.
- Se mantiene abierto 24 horas, mientras usted y sus empleados están durmiendo, en vacaciones, o atendiendo en persona a clientes.
- Le da una oportunidad de probar una nueva idea de negocios sin invertir en espacio de oficina, reclutamiento, publicidad, etc.
- Mejora sus relaciones públicas entregando sus anuncios de prensa, de productos, y otra información directamente al público.
- Provee un nivel más alto de servicio al cliente respondiendo a sus clientes preguntas típicas aún cuando su oficina normal esté cerrada.
- Comunica a sus clientes que usted utiliza la última tecnología cuando se trata de hacer negocios.
OBJETIVOS
a) Afianzar nuestros conocimientos y el de nuestros compañeros también, transmitiendo ideas claras sobre que es la globalización y que es gestión on-line.
b) Motivar a nuestros compañeros sobres las ventajas que tiene crear un negocio en Internet, para que un futuro piensen en esta como en una opción prospera para su vida y sus negocios.
c) Cumplir con las expectativas de la profesora, sobre los conocimientos que compartiremos con nuestros compañeros.
d) Compartir la experiencia vivida al realizar este trabajo.
AGRADECIMIENTO
En estas simples palabras queremos mostrarle nuestro más profundo agradecimiento a la Ing. Com. Paulina Cadena por la ayuda prestada y por la motivación brindada para la realización de este trabajo.
Y en especial queremos agradecer a las instituciones que nos abrieron las puertas para así poder cumplir con nuestros objetivos.
Además damos gracias a los profesores que nos ayudaron con su intervención en la presentación de este trabajo.
1.
¿QUE ES GLOBALIZACIÓN?
"La globalización de la economía mundial está uniendo a las economías desarrolladas a nivel de información, producción y tecnología, el fenómeno supone un grave riesgo para los países en vías de desarrollo que basan su economía en mano de obra poco calificada y exportación de materias primas."
Las consecuencias de la mal llamada globalización, nos afecta a todos. No puede existir desinterés humano cuando las necesidades más vitales de las mayorías no podrán ser satisfechas de modo alguno bajo el magnánimo termino de "globalización" usado, bajo la economía "libre", para tratar de controlar la totalidad de los recursos existentes en nuestro planeta y reunirlos en manos de algunos centros de poder acumulativo y especulativo.
Como sistema ecológico, nuestro planeta es al mismo tiempo global, regional y también especifico, ya que dentro de su construcción y dinámica natural, compleja, conformada por nichos ecológicos, ambientes de relación físicos, químicos, bioquímicos, temperaturas y condiciones especiales ha dado lugar a un proceso imposible para otros planetas cercanos al nuestro: la vida.
Eso que se llama
vida es fundamental para todos nosotros, tanto como seres vivos, así como
también, especies participantes junto a muchas, muchas otras dentro de una
globalidad multifacética y variada de carácter ecológico.
¿ Que es una globalidad de carácter
ecológico?
Desde luego que no es la globalidad de la que hablan los ecónomos.
Tampoco es la globalidad
de la hablan técnicos, psicólogos, sociólogos y/o estrategas y menos aun: NO ES
LA GLOBALIZACIÓN DEL SAQUEO-
Es decir la
globalización de un orden hegemónico, jerárquico, compulsivo y desde luego
destructivo.
Tratemos de este modo de acercarnos sinceramente a lo que es una globalidad de carácter ecológico y no solo observando las ciencias naturales, como un punto de referencia para este estudio.
Es importante
profundizar sobre el concepto de una globalidad de carácter ecológico, ya que
allí, tenemos que dejar a un lado, todo abuso destructivo de carácter económico,
militar y maquinal. Dejar de lado la monotonía de la estandarización, el
encierro, el trabajo compulsivo, el desempleo, la explotación, la violencia
organizada, el genocidio, el asesinato, la discriminación, el robo. Dejar para
siempre de lado; La riqueza más desvergonzada frente a la miseria mas
desesperada, la falsificación del valor humano reemplazado por la especulación.
La mentira, las traiciones, la cobardía, la corrupción, la miseria mental y
material, ya que todos esos términos no construyen, no forman, no enfocan, ni
entienden una globalidad de carácter ecológico, todo lo contrario, la
destruyen.
Podríamos hablar también de una globalización oportunamente centrista: destructiva, una tendencia a lo global en busca de concentrar, encerrar, encausar, usar, y "efectivizar" dentro de su artificialidad, todas las formas de explotación sobre un sistema global biológico y natural ya existente, para desde luego, a costa de ellos circunstancialmente hacer uso de esa "energía" en provecho de algún lugar especial, "civilizado", que acumula. Un lugar cada vez más minúsculo de lo aun no destruido. Desde luego que esa forma de "globalización", en su tendencia a acumular, es un genocidio, es una forma bárbara de vivir a corto plazo, ya que arrasa con lo construido por la cosmología natural y ecológica y la vida en toda su diversidad. Y tan pronto como su ultimo objetivo se haya cumplido nada quedaría, todo estaría yermo: definitivamente muerto.
Existen, conceptos y
definiciones casi sagradas, impuestas desde luego por la civilización de
hoy.
"Civilización", que
nació bajo el signo de la revolución industrial, la violencia de las armas y la
dictadura económica y por ende debido a la prioridad de los tres métodos
anteriores; también se hizo experta en la falsificación de la información.
Es decir toda afirmación
en torno al sistema actual de cosas, fue avalado por una especie de paradigma
económico y social. Por ello, fue imposible y hoy aun es difícil entender que
todo aquello fue apenas un modelo paradigmático, que hoy esta entrando en una
crisis definitiva y muy peligrosa para la supervivencia humana.
Es decir los métodos y
medios con los que este sistema de dominio creció, serán cada vez más
compulsivos, enfermos, destructivos, o más claramente: autodestructivos.
Mi posición personal al
respecto, es que el paradigma de la civilización actual, con sus "valores
establecidos" sufre una crisis institucional crónica, sus contradicciones
crecen, sus soluciones de plazo inmediato se han convertido en problemas
mortales, a no tan largo plazo.
Este sistema
institucional al pretender hacerse global, imaginando su "consolidación"
paradigmática, mediante el control de los recursos en el ámbito global, lleva
consigo la carga de su propio juicio. Un "juicio" que les había dado "éxitos" en
el pasado: Los éxitos de sus invasiones, ocupaciones, "colonización", saqueo y
genocidio. Éxitos basados en la destrucción de lo natural (vida) para implantar
lo artificial. (productos muertos)
Afirmar que términos tan
significativos como cristiandad, democracia, fraternidad, solidaridad, libertad,
bienestar, educación, desarrollo, salud, que se usaron durante el crecimiento,
auge y ahora decadencia del paradigma occidental, y conseguir con ello la
motivación de millones y millones de seres humanos que con frecuencia dieron la
vida por ello, fue "un éxito". Pero un éxito brutalmente destructivo, ya que
estuvo en manos del oportunismo y la manipulación, de este modo, se crearon
fronteras artificiales, Estados, se impuso condiciones jerárquicas
internacionales luego regionales, condiciones que hoy nos empujan y presionan
para someternos a la condición artificial total: una globalización de
artificio.
¿QUE ES UNA ESTRATEGIA GLOBAL?
Convertir una colección de negocios nacionales en un solo negocio mundial con una estrategia global integrada es uno de los retos mas serios para los administradores de hoy.
Una industria es global en el grado en que haya conexiones entre países. Una Estrategia es Global en el grado en que está integrada entre diversos países.
El aumento de la competencia extranjera es por si mismo una razón para que los negocios se globalicen, a fin de adquirir tamaño y destrezas que les permitan competir mas eficazmente . Pero una motivación aún mayor para la globalización es el advenimiento de nuevos competidores globales que se las arreglan para competir sobre una base global integrada.
1.
¿CUALES SON LOS IMPULSORES DE LA GLOBALIZACIÓN Y COMO VARÍA LA NECESIDAD
DE LA GLOBALIZACIÓN EN LAS INDUSTRIAS?
IMPULSORES DE LA GLOBALIZACION INDUSTRIAL
Dependen de la conducta de los clientes, de la estructura de los canales de distribución y de la naturaleza del marketing en la industria. Cada grupo de impulsores es distinto para cada industria, y también puede cambiar con el tiempo.
Los impulsores de la globalización industrial son las condiciones subyacentes de cada industria que crea su potencial para utilizar una estrategia global.
En la mayoría de los casos, los aumentos de globalización industrial aumentan el poder de las fuerzas competitivas; el aumento de globalización industrial estimula la competencia porque se amplia el espacio geográfico. El aumento de globalización industrial también aumenta la presión de sustitutos porque aumenta el espacio geográfico de donde estos pueden provenir.
Por último, el efecto de la globalización industrial en el poder de los proveedores y de los compradores puede ser positivo en unos casos y positivos en otros.
IMPULSORES DE
MERCADO.
Los impulsores de mercado de la globalización dependen de la naturaleza del comportamiento de la clientela y de la estructura de los canales de distribución.
La comunidad de necesidades representa el grado en que los clientes en distintos países tienen las mismas necesidades en la categoría del producto o servicio que define una industria.
El grado en que las necesidades de los clientes son comunes en los diversos países, obviamente varía mucho según la industria, y depende de factores tales como la importancia de la cultura nacional y los gustos, la elasticidad del ingreso y las condiciones físicas que pueden afectar al uso del producto o servicio.
Los clientes globales compran en forma centralizada o coordenada para uso descentralizado o por lo menos seleccionan centralmente a los vendedores. Hay dos tipos de clientes globales:
Nacionales: buscan en todo el mundo proveedores, pero el producto o servicio que compran lo usan en un solo país.
Multinacionales: también busca proveedores en todo el mundo pero el producto o servicio que compran lo usan en muchos países. El hecho de tener clientes globales, lleva un negocio a desarrollar productos globalmente estandarizados.
Para servir a sus clientes globales, el negocio tiene que estar presente en los principales mercados de dichos clientes. La existencia de clientes globales exige que la mezcla de elementos de marketing sea uniforme.
Para tener canales globales el marketing debe estar globalmente coordinado y sus elementos deben estar mezclados uniformemente. El dogma popular en marketing ha sido siempre que las tácticas deben de acomodarse a cada país. En general, un marketing global es más aceptable de lo que indica su nivel relativamente bajo de utilización.
Para los competidores globales es primordial participar en esos países líderes a fin de ponerse en contacto con las fuentes de innovación. Con países líderes se aumenta la amenaza de entrada pues los competidores potenciales pueden identificar fácilmente las innovaciones clave, aún cuando prefieran entrar primero en otros mercados.
IMPULSORES DE
COSTO.
Estos dependen de la economía del negocio; afectan en particular a la palanca de localización de actividades globales, lo mismo que a las palancas de participación en el mercado global y productos globales.
Las economías globales de escala tienen aplicación cuando los mercados de un solo país no son suficientemente grandes como para permitirles a los competidores alcanzar una escala optima.
Las economías globales de extensión son las que presionan a los negocios a internacionalizarse o a globalizarse; reducen la amenaza de entrada, sobre todo de competidores potenciales que sean globales. En cambio, cuando las economías no son de escalas un nuevo competidor puede iniciar en el mercado de un país e ir adquiriendo la experiencia que le permita exportar a mercados mas grandes.
El mercado internacional de suministro puede permitir centralizar comprar para obtener eficiencia globales de abastecimiento. Una producción favorable entre el valor de venta y el costo de transporte mejora la capacidad de concentrar la producción
Los bajos costos del transporte permiten concentrar la producción. En general, la logística es mas favorable para productos de precio alto y alta calidad dentro de cualquier categoría.
El alto costo de desarrollar productos en relación con el tamaño de los mercados nacionales acta como un impulsor de globalización. Los administradores pueden reducir los altos costos desarrollando unos pocos productos globales o regionales en lugar de muchos productos nacionales. Los altos costos de desarrollo producen un efecto parecido al de las economías de escala global en la amenaza de entrada y la rivalidad entre competidores.
IMPULSORES
GUBERNAMENTALES.
Los impulsores gubernamentales de globalización dependen de las reglas que fijen los gobiernos nacionales y afectan el uso de todas las palancas de estrategia global. Las políticas gubernamentales registran seriamente la participación de mercados globales en la industria de medios de comunicación.
Las políticas comerciales nacionales registran particularmente el grado en que las comparas pueden concentrar pueden concentrar las actividades fabriles, estas aumentan la amenaza de entrada de extranjeros, aumentan la rivalidad entra los competidores internacionales existentes porque les facilitan a todos competir en los mercados de los demás.
IMPULSORES
COMPETITIVOS.
Los impulsores competitivos de globalización elevan el potencial de globalización de sus industrias y estimulan la necesidad de respuestas con palancas de estrategia global.
Cuanto mas comercio haya entre los países, mas interacción habrá entre los competidores. Por otra parte, los altos niveles de comercio cambian la naturaleza de las fuerzas competitivas mencionadas atrás con respecto a la amenaza de entrada.
MEDICION DE LOS IMPULSORES DE LA GLOBALIZACIÓN.
Las medidas utilizables le permiten a la administración comparar el potencial de globalización de diferentes industrias al mismo tiempo, de una en el transcurso del tiempo, del grado de globalización, de varios negocios de una misma compañía, y de un negocio y de sus competidores.
Base geográfica de la medición: puede hacer tanto a nivel global como subglobal. La comunidad de necesidades se debe medir en ambos niveles: entre países de una misma región y entre regiones.
Quien debe hacer la medición: representantes de las principales regiones o países en que opera el negocio.
MEDIDAS DE
GLOBALIZACION:
Impulsores de mercado: para medirlos se requiere hacer ciertos juicios cualitativos, además de las estimaciones cuantitativas. Son los siguientes:
- Necesidades comunes de los clientes: son el impulsor mas difícil de medir porque lo que un cliente necesita en un producto o servicio es, en realidad, un conjunto de necesidades distintas.
Una combinación importante es distinguir entre diferencias permanentes en las necesidades de los distintos países y entre las confiables que nacen de los distintos gustos y preferencias.
- Clientes y canales globales : hay dos clases de clientes globales: nacionales y multinacionales. Los nacionales se miden por la participación de ventas en el mercado mundial. Y los multinacionales se miden por el grado en que compran o seleccionan centralmente para uso global.
En cuanto a los canales globales estos son medidos por la participación de ventas mundiales hechas por canales de distribución que compren o seleccionen centralmente.
- Marketing transferible: es el grado en que los clientes de distintas partes del mundo aceptan un elemento extranjero.
Países líderes: son aquellos en que ocurren las innovaciones mas importantes de productos o procesos.
Impulsores de Costo: se pueden cuantificar y a la vez pueden ser los mas difíciles ya que las empresas acopian poca información de costos aplicables sobre una base global.
Economías globales de escala y extensión: son idénticas por la participación mínima de mercado global necesaria para que sea viable un negocio mundial.
Efectos de experiencia: se mide por la disminución de costos de producción.
Eficiencias de abastecimiento : son las economías porcentuales en gastos para comprar, que resultan de hacer todas las compras centralmente.
Logística favorable: se mide por el costo de transporte y de aduanas, debe ser por lo menos la mitad del tramo de precios de la competencia.
Diferencias de costos entre países: se mide en dos formas: en el costo mas alto de desarrollo de productos y el costo mas bajo.
Impulsores gubernamentales: para medirlos se requiere un buen conocimiento del comercio internacional y de las políticas y practicas oficiales que afectan a una industria determinada.
POLÍTICAS
COMERCIALES FAVORABLES.
Aranceles: se miden por su monto como porcentaje del precio de venta antes del impuesto.
Subsidio: se mide por su efecto como porcentaje del precio de venta.
Barreras no arancelarias: se miden por la proporción del mercado de un país que esta bloqueado por importaciones.
Normas técnicas compatibles: se miden por el porcentaje de costo de un producto típico que este representado por componentes mundialmente compatibles.
Reglamentación común de Marketing: corresponde a actividades permitidas en todos los países.
Competidores y clientes de propiedad oficial: se pueden medir simplemente por su participación global combinada de mercado.
Impulsores competitivos de la globalización: para medirlos se requiere un sistema eficiente de información sobre la competencia global.
Altas exportaciones e importaciones: se miden por la suma de las exportaciones y las importaciones mundiales como porcentaje del tamaño de mercado mundial.
Competidores globalizados: se miden calculando primero el grado de globalización para cada uno de ellos.
Competidores de distintos continentes: se miden contando el numero de continentes de donde proceden los competidores multinacionales.
Medición de las Palancas de la estrategia global:
Ayuda hacer tres clases de comparaciones:
- Mediciones comparativas de tiempo en tiempo.
- Medir las estrategias de los competidores
- Comparar las mediciones para múltiples negocios de la misma empresa.
COMO VARIA LA NECESIDAD DE LA GLOBALIZACIÓN
EN LAS INDUATRIAS
Guía para diagnosticar el potencial de la
globalización.
Obtener una buena comprensión del potencial de la globalización de la industria es el punto de partida para desarrollar una estrategia global total eficaz. Para diagnosticar ese potencial, los administradores encontrarán útiles los siguientes lineamientos:
· No suponer que las industrias son globales o no. Por el contrario, casi toda la industria tiene potencial de globalización en algunos aspectos, y en otros no .
·
Los diversos impulsores de la globalización industrial pueden operar en
distintas direcciones; algunos favoreciéndola y otros haciéndola difícil y
desaconsejable.
·
Los negocios pueden responder en forma selectiva a los impulsores de la
globalización industrial , globalizando solamente aquellos elementos de la
estrategia que sean afectados por los impulsores favorables.
·
El nivel de potencial de globalización varia con el tiempo.
·
Los impulsores de la globalización industrial pueden operar a escala
regional o continental lo mismo que a escala global..
·
Los competidores industriales pueden afectar a algunos impulsores de la
globalización. Los competidores que estimulan esos cambios suelen ser los que
obtienen mayores beneficios.
·
Para alcanzar un nivel global de participación se necesita una
significativa participación en el mercado global, equilibrio razonable entre la
extensión geográfica del negocio y la extensión del mercado, y presencia en
países que sean mercados globalmente estratégicos.
Una alta participación
del mercado es importante pero no suficiente. Un negocio global también necesita
un equilibrio razonable entre la distribución geográfica de sus ingresos y la
distribución del mercado mundial; es decir no debe tener la mayor parte de sus
ingresos concentrados en solo unos pocos países, y su participación en el
mercado de cada país no debe ser muy distinta de su participación global de
mercado.
1.
EL ECUADOR Y EL PROCESO DE GLOBALIZACIÓN. EL APOYO DEL GOBIERNO A LOS NEGOCIOS
INTERNACIONALES EN EL ECUADOR: EL PROCESO DEL ALCA.
ECUADOR
Los oficios tradicionales
ante la globalización.
La
apertura de las fronteras hacia productos y servicios provenientes de paises con
mayor grado de desarrollo industrial, ha transformado la vida de miles de
personas en Ecuador que dependen de la producción artesanal.
En
Quito los pequeños talleres de costura, sastrería, confección y reparación de
calzado y tantos otros oficios que formaban parte del escenario urbano y
cultural de los capitalinos están desapareciendo. “Se ha discutido mucho sobre
el impacto del libre comercio en la economía ecuatoriana pero siempre desde una
perspectiva macroeconómica”, pero el mayor impacto lo han padecido las empresas
familiares y artesanales que son parte de la economía del Ecuador y sobre las
que no existen datos estadísticos ni estudios serios .
No
podemos competir con los ternos (trajes sastre) que se hacen en serie y vienen
de China, Taiwán, EEUU, comentó un sastre que lleva tres décadas de trabajar y
una de aprender. Según se vive la economía del ecuador cada vez más en desgaste,
los pequeños comerciantes alcanzan a cubrir máximo los gastos que genera la
renta del local con sus ventas o servicios.
Mientras existe un
desplazamiento comercial con las nuevas formas de consumo se abren otros
espacios de subsistencia para la gente que intenta rescatar nuevas formas de
producción con una visión más amplia del mercado, talvez este pequeño proyecto
sea la forma de integrar las condiciones que parecen infranqueables entre la
tradición y la globalización.
En la
nueva historia económica que se quiere escribir se quiere dar ahora el papel
protagonista al mercado, dejando atrás una página melancólica del pode estatal.
Economía empresarial y mercado, planificación económica e iniciativa empresarial
nunca fueron términos muy utilizados en Ecuador sin embargo ahora son planteados asía
por los defensores del neoliberalismo.
GLOBALIZACIÓN, MIGRACIÓN
Y DERECHOS
HUMANOS
El actual proceso de
globalización presenta profundas transformaciones en lo económico, político,
cultural, jurídico y comunicacional, entre otros ámbitos. Los resultados que se
evidencian no son los más favorables, así podemos ver varias situaciones: el
incremento de flujos de capitales y empresas transnacionales que atraviesan las
fronteras nacionales han aumentado las polaridades existentes en los procesos de
extracción, producción, acumulación y distribución de recursos; el desarrollo,
diversificación y uso de la tecnología, especialmente de punta, ha transformado
no solo la economía, sino también, las formas de información y comunicación que
van configurando nuevos espacios de socialización, mayor urbanización y formas
de comportamiento que deterioran los sentidos culturales y tejidos sociales; la
presión y destrucción acelerada del entorno ambiental, debido a las dinámicas
antes mencionadas, provoca a su vez serios trastornos en los ecosistemas y la
misma capacidad productiva; el incremento de formas de violencia y formas de
enfrentamiento militares complejizan el panorama. De esta manera, la
globalización se va constituyendo en un proceso de mayor polarización,
exclusión, alta conflictividad, reordenamientos demográficos y deterioro de la
vida humana y el planeta mismo; sin duda, esto significa serias violaciones a
los derechos humanos.
¿Qué pasa con la movilidad
humana en el proceso de globalización? A partir de los años 80s se evidencia una
alta preocupación sobre esta problemática desde distintas instituciones
gubernamentales y de la sociedad en general; una serie de estudios, encuentros y
programas de intervención se vienen realizando y buscan dar respuestas a varios
interrogantes y problemas sociales que presentan las actuales dinámicas de
movilidad humana, especialmente por las nuevas características, la
diversificación de formas, mayor magnitud y complejidad de elementos que
intervienen.
Así, podemos ubicar algunas
manifestaciones: la migración interna es permanente y parte de un sostenido
proceso urbanizador; la migración internacional se caracteriza hoy por flujos
sur-norte y de países "menos pobres" a "países más ricos", se presenta a escala
mundial, los ritmos son acelerados (según NN.UU. habrían unos 175 millones de
personas viviendo en países que no son de su origen) y se percibe un proceso de
feminización.
De otra parte, a la
violencia política hoy se suma y complejiza, la violencia social generalizada,
las migraciones económicas forzadas, los desastres naturales, las catástrofes
humanitarias, que han incrementado las cifras de refugiados y desplazados por la
violencia política y forzados por otras causas (ACNUR informa de 20 millones de
personas refugiadas bajo su protección).
A la migración económica, el
refugio y desplazamiento forzoso, se suman otros aspectos que también son
abordados con mayor frecuencia como la trata de personas y el tráfico de
migrantes, éxodos, circulación o drenaje de cerebros, diásporas, nomadismo. En
todos estos procesos, las distinciones entre el carácter forzoso y de libre
decisión combinan y complejizan hoy varios elementos contextuales e
individuales; así también, múltiples son las situaciones de violación de
derechos de las personas migrantes, refugiadas y desplazadas por la violencia.
Respecto a la intervención
en estas problemáticas, podemos observar que diversos sectores gubernamentales,
ONGs, iglesias, movimientos sociales, etc. – tanto de países expulsores como
receptores- están impulsando programas de atención y prevención, por lo general
en temas específicos: el desplazamiento, refugio, la migración transnacional, la
xenofobia y el racismo, el trabajo en condiciones de esclavitud, el tráfico de
personas, entre otros. Los recursos son limitados frente a la magnitud de los
problemas y hay amplia demanda para que a nivel estatal las políticas
migratorias que se implementan correspondan a la realidad y garanticen los
derechos de las personas.
Por lo dicho, es necesario y
urgente la ampliación de criterios al respecto y de manera especial el
fortalecimiento del marco de protección de los derechos humanos de las personas
que están movilizándose y de programas de atención y prevención que incluyan
este enfoque.
De otra parte, las formas de
comprensión de la relación globalización y movilidad humana son variadas: unos
estudios explican el incremento de la movilidad humana, especialmente migración,
como consecuencia de los impactos de la globalización económica; otros,
manifiestan que es el único evento que no está siendo globalizado; también, hay
posturas que plantean las nuevas formas de movilidad humana como elementos
constituyentes de la globalización y resaltan aportes importantes de los
migrantes en lo económico y cultural.
Un hecho se advierte
claramente, hay una relación contraria entre la apertura/ flexibilización de
fronteras y marcos jurídicos que facilitan los movimientos de capitales, con la
restricción drástica a la movilidad de las personas, afectando la vigencia de
sus derechos. El debate es amplio y por hoy la movilidad humana, y el marco de
protección de los derechos humanos que le corresponde, es uno de los sucesos que
cobra importancia nacional, regional y mundial, tanto a nivel de los Estados
como del resto de la sociedad.
En el marco de lo planteado,
en la Región Andina una serie de hechos vienen transformando las dinámicas de
movilidad humana: la apertura económica, flexibilización laboral, crisis
periódicas y globales, el Plan Colombia, crecimiento de conflictividad social,
cultural y militar, entre otras. La migración internacional (sur-norte y
sur-sur), el refugio (especialmente colombiano) y el desplazamiento forzado son
problemáticas relevantes; por ejemplo en Colombia, estudios realizados por
CODHES, ubican que a partir de 1998, se estima una tendencia de 300.000 personas
desplazadas forzosamente por año, lo que se va sumando al más de un millón ya
desplazados en los cuatro años anteriores.
En este sentido, el Programa
Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB)
considera necesario propiciar y contribuir el debate actual sobre la relación
entre globalización y movilidad humana, desde un enfoque de derechos humanos que
permita aportar en prácticas de intervención -especialmente en la formulación de
políticas migratorias- en las múltiples problemáticas que afectan a importantes
grupos de población humana y que fortalezcan el ejercicio y cumplimiento de los
derechos de las personas. Por ello plantea realizar esta Conferencia, que
delimita su ámbito en la Región Andina.
Área de Libre Comercio de
las Américas
En el año 1994, los
líderes de 34 países democráticos del Hemisferio Occidental iniciaron el proceso
de creación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA). El ALCA se
establecerá en el año 2005, con el fin de eliminar progresivamente las barreras
al comercio e inversión en la región. Las características finales del ALCA se
determinarán mediante negociaciones de los representantes oficiales de los
gobiernos de los 34 países participantes. Los temas comerciales en discusión
son: Acceso a Mercados; Inversión; Servicios; Compras del Sector Público;
Solución de Controversias; Agricultura; Propiedad Intelectual; Subsidios,
Antidumping y Derechos Compensatorios; y Política de Competencia.
Los objetivos del ALCA
son de preservar y fortalecer la democracia en el Continente Americano,
erradicar la pobreza y la discriminación, promover el desarrollo económico
sostenible, abrir las puertas a nuevos mercados y conservar el medio
ambiente.
Los beneficios que traería el ALCA para la región serían, según los
34 Jefes de Estado y de Gobierno que en 1994 firmaron la Declaración de
Principios de Miami:
Promoverá nuestro crecimiento económico.
Aumentará nuestra prosperidad interna.
Elevará el nivel de vida.
Mejorará las condiciones de trabajo de los pueblos de las Américas.
Protegerá mejor el medio ambiente.
Desarrollará las democracias de Américas.
Promoverá la protección de los derechos humanos.
Promoverá el desarrollo sostenible en la región.
Los principios rectores de las
negociaciones son:
Los tratados serán congruentes con la normativa de la Organización Mundial del Comercio.
Todos los países participarán en todas las partes de los acuerdos (en otras palabras, los países no tienen la opción de participar sólo en algunas provisiones de los acuerdos).
El acuerdo final se elaborará sobre la base de los acuerdos regionales existentes en la región; tales como la Comunidad Andina y el Mercado Común del Sur (conocido como MERCOSUR).
¿Qué países son los que conforman el
ALCA?
Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Bárbados, Bélice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, EEUU, Granada, Guatemala, Guayana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Rep. Dominicana, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela.
Principios Generales del Tratado
Las decisiones en el proceso de negociaciones se tomaran por consenso.
El ALCA puede coexistir con acuerdos bilaterales y subregionales, en la medida que los derechos y obligaciones de tales acuerdos, no estén cubiertos o excedan los derechos y obligaciones del ALCA.
Los derechos y obligaciones del ALCA deberán ser comunes a todos los países. En la negociación de las diferentes áreas temáticas se podrán incluir medidas tales como asistencia técnica en áreas específicas y períodos mas largos o diferenciales para el cumplimiento de las obligaciones, con el fin de facilitar el ajuste de las economías más pequeñas y la plena participación de todos los países.
Para asegurar la plena participación de todos los países, las diferencias en el nivel de desarrollo deberían ser tomadas en cuenta.
Las negociaciones serán conducidas de una manera transparente para asegurar ventajas mutuas y mayores beneficios para todos los participantes del ALCA.
Las negociaciones se iniciarán simultáneamente en todas las áreas temáticas. El inicio, la conducción y el resultado de las negociaciones, se deberá tratar como partes de un compromiso único que incluya los derechos y obligaciones acordadas.
Todos los países deben asegurar que sus leyes, reglamentos y procedimientos administrativos estén conformes con las obligaciones del acuerdo.
Deberá otorgarse atención a las necesidades, condiciones económicas (incluyendo costos de transición y posibles desequilibrios internos) y oportunidades de las economías más pequeñas, con el objeto de asegurar su plena participación.
Objetivos Del Acuerdo
Maximizar la apertura de los mercados mediante altos niveles de disciplina a través de un acuerdo balanceado y comprensivo.
Establecer un área de libre comercio en la que serán eliminadas progresivamente las barreras al comercio de bienes, servicios y la inversión, concluyendo las negociaciones a más tardar en el año 2005.
Procurar que nuestras políticas ambientales y de liberación comercial se apoyen mutuamente, tomando en cuenta los esfuerzos emprendidos por la Organización Mundial de Comercio (O.M.C.) y otras organizaciones internacionales.
Promover la prosperidad a través de la creciente integración económica y libre comercio entre los países del Hemisferio, como factores claves para elevar el nivel de vida, mejorar las condiciones de trabajo de los pueblos de las Américas y proteger el medio ambiente.
Ventajas Del Tratado Para Nuestro País
Normas comunes en materia de competencia y propiedad intelectual.
Fortalecimiento de la capacidad negociadora del hemisferio frente a terceros.
Mejoras de acceso a mercados en materia de compras gubernamentales y servicios y eventual adopción.
Mejoras de acceso de bienes industriales y agrícolas a los mercados del hemisferio.
Eliminación de incertidumbre comercial que afecta a nuestro exportadores por la aplicación unilateral de derechos antidumping compensatorios y barreras para arancelarias.
Incremento de las inversiones extranjeras.
Desventajas Del Tratado Para Nuestro País
El acuerdo acelerará la quiebra de las pequeñas y medianas empresas y la desindustrialización del país.
El acuerdo pondrá en riesgo la vida y la salud de los pueblos.
El acuerdo agravará la destrucción del medio ambiente.
El acuerdo convalidará y profundizará la privatización de los servicios sociales.
El acuerdo ha sido elaborado en secreto.
El ALCA extenderá a todo el continente un tratado que ya ha probado sus terribles consecuencias sociales.
El acuerdo incrementara la pobreza y la desigualdad.
El acuerdo degradara aún mas los derechos laborales y las condiciones de trabajo.
El acuerdo limitara aun más los derechos democráticos de la sociedad.
El ALCA, representaría la extensión del actual mercado de América del Norte hacia el sur, consolidando la hegemonía de EE.UU. y trayendo más perjuicios que beneficios. En principio, por la inmensa inequidad que existe entre el norte y los vecinos sureños en cuanto a potencial tecnológico y económico. Segundo, porque el pretendido beneficio del consumidor por acceder al mercado norteamericano tropezaría con un sistema oligopólico de formación de precios bajo el predominio de las multinacionales. Y tercero, porque nada garantizaría mayores inversiones directas sin el estímulo que representa el salto de barreras aduaneras en mercados relativamente protegidos; además de que para países lejanos, como Argentina y Brasil, los costos de transporte superarían los posibles ahorros en producción y tornarían esas inversiones poco atractivas (a diferencia del caso para México).
Con el ALCA se cerrarían definitivamente, las chances de una mayor autonomía nacional de los países sudamericanos. ¿MERCOSUR o ALCA? es así un dilema que tiene una respuesta, al menos para los autores. Pero, como éstos señalan, no tendrá una solución si no se superan los pecados capitales de la integración subregional, que dependen, y sobre todo, de las deficiencias internas de los socios y vecinos del Cono Sur.
4. COMO CONTRIBUYE EL INTERNET A LA
GLOBALIZACIÓN.
INTERNET
El
Internet surge en los años 60. En plena guerra fría, Estados Unidos crea una red
militar, que tenia como objetivo mantener informados a los comandos en caso de
ataques sorpresa. La transmisión de información de manera segura era la base de
la creación de la Internet.
La red se llamo ARPANET
y se creo el año 1969 al principio contaba con 4 ordenadores ubicados en
diferentes universidades del país. Con el tiempo esta red contaba con 40
ordenadores todos conectados entre si creando el protocolo TCP/IP que se
convirtió en el modelo de red informática que actualmente se utiliza.
ARPANET poco a poco
empezó a llegar a cualquier persona, con fines académicos o de investigación.
Las funciones militares se desligaron de ARPANET y fueron a parar a MILNET, una
red creada por los Estados Unidos.
La NSF (National Science Fundation)
crea una propia red informática llamada NSFNET, que será la que absorberá a
ARPANET, creando así una gran red con propósitos científicos y
académicos.
Con el tiempo el desarrollo de las redes fue abismal, y se
crearon nuevas redes de libre acceso que más tarde se unen a NSFNET, formando lo
que hoy conocemos como INTERNET.
El desarrollo de NSFNET en el año 1990
ya contaba con alrededor de 100.000 servidores.
El CERN (Centro Europeo
de Investigación de Partículas) crea las primeras páginas web, para comunicarse
con otros científicos europeos. En 1993 se crea el Mosaic, primer explorador web
hecho por un estudiante norteamericano. el Mosaic, fue el inicio del crecimiento
descontrolado de la Internet para el año 1996 existían ya cerca de 90.000 sitios
web.
Actualmente la Internet se a convertido en un medio de comunicación
sumamente importante en el cual las empresas han empezado a invertir. Ahora ya
es casi imposible calcular los sitios web que existen y los servidores a los que
tenemos acceso.
El futuro de Internet
permitirá muchos más servicios y de mejor calidad que en la
actualidad.
Las redes de banda ancha que se están creando, así como el
espectacular desarrollo de la telefonía móvil permitirán aplicaciones como
telemedicina, videoconferencia de alta calidad y todo tipo de servicios en
cualquier parte del mundo gracias a la telefonía móvil.
EL INTERNET Y LA GLOBALIZACIÓN
La globalización es la
integración internacional de los mercados de bienes y servicios. Generando
muchos beneficios a países industrializados y a países en vías de
desarrollo.
La globalización ha sido impulsada por la liberalización del
comercio y los mercados de capital, la creciente internacionalización de las
estrategias empresariales de producción y distribución y el avance tecnológico,
gracias al cual se están eliminando rápidamente los obstáculos al intercambio
internacional de bienes y servicios y a la movilidad del capital. El sector de
las comunicaciones se adaptó rápidamente a los profundos cambios que ha sufrido
el mundo en los últimos años. La internacionalización de la economía, ha
originado un nuevo modelo de comunicación que se orienta fundamentalmente a
atender a ese mercado de las telecomunicaciones internacionales, privadas y
públicas, fundamentalmente a través de Internet.
La extensión de las
operaciones de tantas corporaciones, empresarios y profesionales por todo el
mundo, se debe en gran medida a la existencia de Internet. Para poder acompañar
este proceso y participar con posibilidades de éxito en el mercado
internacional, muchos países debieron reestructurar sus telecomunicaciones y
modernizar sus empresas operadoras para hacerlas realmente competitivas. Existe
una relación muy directa entre globalización, modernización, nuevas tecnologías
y nuevos servicios.
En el campo de la prestación de servicios, se han
desarrollado servicios de voz, datos, sonidos e imágenes orientadas a muchos
sectores del mercado. Hay servicios de videoconferencia, de transmisión de
datos, correo y Comercio Electrónico, etc., que están revolucionando nuestra
vida en el hogar y en el trabajo.
QUE ES EL COMERCIO ELECTRÓNICO
(Diferencie e-business de e-commerce)
El Comercio Electrónico
constituye hoy un elemento muy importante en los grandes flujos comerciales y en
los profundos cambios que se operan en el mundo de los negocios, las inversiones
y el comercio a partir de la masiva introducción de las nuevas tecnologías de la
información.
Es un elemento esencial de las estrategias de desarrollo, de
participación en el crecimiento y una de las principales puertas de entrada a la
sociedad de la información. La participación de los micros, pequeños y medianos
empresarios es decisiva para otorgarle al Comercio Electrónico contenido y valor
y convertirlo en un auténtico mecanismo de interacción comercial.
El
comercio a través de la Internet es un nuevo instrumento de integración de los
mercados internacionales, que mejora la competitividad además que aumenta la
información de las empresas sobres las nuevas tecnologías.
La industria moderna se
caracteriza por un incremento en la capacidad de los suministradores, la
competitividad global y las expectativas de los compradores, y en respuesta el
comercio mundial está cambiando en organización y forma de actuar, se desbordan
las antiguas estructuras y se eliminan barreras jerárquicas y entre empresas,
así como entre proveedores y clientes.
Uno de los vehículos
principales del cambio es el Comercio Electrónico, que permite a las empresas
ser más eficientes y flexibles en sus operaciones, dar mejor respuesta a las
necesidades de los clientes y seleccionar los mejores proveedores sin importar
su localización geográfica, y ofertar sus productos en un mercado global.
Por eso el CE, concebido
inicialmente como medio complementario de otras formas de comercio, en realidad
se está proyectando como una tecnología para el cambio, que por su relación
costo-beneficio está al alcance de todas las empresas. Hay 78 millones de
empresas con páginas WEB y para el 2002 se predicen 515 millones. Las
inversiones de compañías y corporaciones en iniciativas de Internet sólo EE.UU,
que en 1999 totalizaron 85 mil millones de dólares, se incrementarán un 139%
para el 2002, con más de 203 mil millones (1). Las cifras de las compras por CE
son astronómicas, con pronósticos de 1 billón 318 mil millones de dólares para
el 2003, según la International Data Corporation (2). Otras firmas, como
Forrester Research, dan estimados aún más optimistas: 2 billones 500 mil
millones para la misma fecha.
Un estudio elaborado a
finales del 2000 por Cisco Systems y la Universidad de Texas expresa que la
economía de Internet sólo en Estados Unidos es de tal magnitud, que podría
calificarse como una de las mayores del mundo, situada después de Suiza en
términos de producto interno bruto. (1). Actualmente hay más de 700 millones de
usuarios de Internet y la previsión para el final del 2003 es superior a 900
millones (2)
Estas cifras, enunciadas en
el 2001, sufrieron cambios después del denominado "desplome de las .com", pero
en el momento de redactar este informe, a mediados del 2003, la firma
estadounidense Benchmark Capital, después de estudiar la capacidad de las
empresas de Internet para aumentar su capital en medio de un panorama económico
negativo, llegó a la conclusión de que el interés por las .com comienza a crecer
nuevamente.
De igual forma, los índices de facturación de organizaciones como
eBay y Amazon han llevado a los analistas a pensar que se aproxima un nuevo auge
de las firmas virtuales. Sin embargo, como explica Benchmark, la cantidad de
empresas enfocadas en ofrecer servicios y productos a través de la red se ha
reducido considerablemente, y el mercado no es lo suficientemente grande como
para impulsar un crecimiento similar al que se registró entre 1998 y 1999.
De cualquier manera, los
especialistas aseguran que la caída del sector en esos años trajo consigo un
depuramiento de las compañías especializadas en el campo virtual, lo que augura
un panorama mejor definido y más estable para las 'Puntocom'.
Conceptos y Definiciones
Algunos expertos opinan que
en cierta forma, el CE comenzó antes de Internet, mediante transacciones
comerciales por télex, teléfono y fax, pero el desarrollo de la WEB global
motivó que alcanzara mayor auge, por su masividad y rapidez de operación. Su
acepción más general es "acercar el comprador al fabricante por medios
electrónicos", lo cual implica eliminación de intermediarios, reducción de
costos y una filosofía diferente en la forma de comprar y vender, y lo que es
más importante, de obtener información para esas gestiones.
Para especialistas como Juan
Fernández, coordinador de la Comisión Nacional de Comercio Electrónico de Cuba,
puede definirse como "cualquier forma de transacción de negocios en la cual las
partes interactúan electrónicamente en lugar de mediante intercambios materiales
o contacto físico directo", y agrega que su esencia se capta mejor si afirmamos
que es "uno de los casos poco frecuentes en que se unen las nuevas necesidades
con las tecnologías nuevas para revolucionar la forma en que se realizan los
negocios." (2)
Categorías según el canal de
suministro: CE Indirecto y Directo.
Desde este punto de vista se
pueden establecer dos categorías de CE: Indirecto y Directo. En el primero, se
realiza la selección y pedido de las mercancías, insumos o materias primas por
medios electrónicos y se envían al cliente final por los canales tradicionales,
lo cual requiere una logística de apoyo en transportes e infraestructura.
En la segunda, la selección,
pedido, envío y pago se realiza totalmente en línea, a través de la misma red
mundial, lo cual abarata considerablemente los costos para el fabricante o
distribuidor. Este tipo de CE sólo puede realizarse, evidentemente, con
mercancías denominadas "intangibles", cuyo ciclo total de venta, pago y entrega
puede realizarse por Internet: Videos, fotos, libros, revistas, programas de
computación y música.
Los iniciadores fueron, sin
saberlo, los creadores independientes de software que comenzaron a ofertar sus
programas como "Shareware", con opción de "bajar" primero una versión de prueba
y quien decide adquirirlo se comunica con el propietario y éste le envía una
clave para activar todo el programa, o se lo envía por e-mail previo pago por
tarjeta de crédito. Hoy en día, las grandes casas editoras siguen siendo los
mayores impulsores del CE directo, y en la WEB se pueden encontrar millones de
programas para todos los usos imaginables (y hasta inimaginables).
En el área de publicaciones,
en el 2000 la conocida editorial Simon & Shuster lanzó mundialmente la nueva
novela del maestro del suspenso, Stephen King ("Riding the Bullet"), con un
sistema montado sobre el popular programa Acrobat Reader, que permitía "bajar"
de la red un resumen gratuito de siete cuartillas standard, con la opción de la
novela completa por $2.50 USD pagaderos por tarjeta de crédito, precio diez
veces inferior al de las copias duras. En una semana se vendieron más de medio
millón, colapsaron los servidores de venta con un tráfico 15 veces mayor al
previsto rompiendo todos los récords de venta con beneficios de 1.5 millones de
dólares, pues el costo de impresión va por cuenta del usuario final. (3)
El caso tipifica la
tendencia creciente de las casas editoras lanzadas al CE para reducir costos,
aumentar el universo de clientes y obtener mayores beneficios, y no sólo con
novelas de autores famosos, sino también colecciones de datos y portafolios de
temas diversos, sobre todo económicos. El sitio argentino Patagon.com, uno de
los mayores portales de negocios de América Latina, obtenía su mayor volumen de
operaciones con esa temática, seguido por T2.com de México, que recibe hasta
medio millón de solicitudes mensuales sobre negocios en la región.
Otra modalidad de CE directo
es la realización de reservaciones turísticas y pasajes de avión por Internet,
en la cual ya están incursionando algunas empresas cubanas como Transtur, Viazul
y cadenas hoteleras. En la situación de Cuba como isla, las características del
CE directo son importantes, pues no requiere barcos o aviones para el traslado
de la mercancía con ahorro sustancial en tiempo, dinero y esfuerzo, además de
permitir saltarse el embargo económico de Estados Unidos y las leyes Torricelli
y Helms-Burton.
SPAM Correo Electrónico comercial
SPAM
es la denominación que se da al correo electrónico no deseado, es decir, la
publicidad no solicitada que encontramos en los buzones de correo
electrónico.
Aspectos perjudiciales del SPAM
El tiempo. Al recibir
este correo y tener que borrarlo además de quitar tiempo, quita espacio en
algunas cuentas de correo de menor capacidad, impidiendo poder recibir otros
correos electrónicos.
El
dinero. El tiempo perdido se traduce en dinero, más cuando pagamos una cuota por
acceder a Internet y otra cuota por usar la línea telefónica.
El
spam usa recursos de terceras personas y empresas. El envío de correos
electrónico indiscriminados satura el funcionamiento de los servidores de
Internet y de los ISP´s que nos dan acceso a Internet.
Los
productos que ofrecen generalmente no son de buena calidad es por eso que no
crean una campaña publicitaria normal. Además que suelen ser ilegales
publicitando productos, sexo, concursos, etc.
Para no sufrir ningún
inconveniente frente al SPAM es necesario no responder nunca a los mensajes que
llegan.
En
algunos casos los correos electrónicos tienen una opción de enviar un correo
electrónico para no recibir más información. Nunca hay que responder a estos
enlaces: son una manera de verificar que esa dirección de correo electrónico
existe y te enviarán más spam.
Es
importante no revelar tu dirección en lugares públicos. Si frecuentas chats y
foros de discusión, mejor crear una cuenta de correo electrónico gratuita para
difundir por estos medios.
Como 95% de los usuarios rechazan de plano recibir
mensajes no solicitados, es por eso que el spam hace que el correo parezca
cualquier cosa menos un anuncio.
Para evitar los filtros que colocan los
usuarios en sus buzones, los spammers utilizan trucos para disfrazar el origen
del mensaje. Una estrategia habitual consiste en enviar los e-mails a través del
servidor de un tercero que, para colmo, es el que sufrirá las ira de los
usuarios.
Si tu gestor de correo
electrónico, o la página web donde consultas tu correo posee filtros para evitar
el spam, actívalos. Casi todos los programas y páginas web poseen uno. Busca en
las opciones del programa o página.
Existen varios programas que evitan que
el SPAM llegue al disco duro. Un programa es SPAMKILLER. Posee bastantes
opciones para no recibir correo electrónico no deseado.
LAS BARRERAS PARA EL COMERCIO
ELECTRÓNICO
A pesar de las enormes
posibilidades ofrecidas por el comercio electrónico, este está teniendo un
arranque desigual y, en muchos ámbitos, más lento de lo esperado, lo que ha
hecho que este fenómeno haya sido estudiado bajo muy diferentes puntos de vista.
No obstante es muy frecuente encontrar resultados similares.
La seguridad aparece como
principal barrera, si bien en ella influye más la falta de garantías que
aspectos concretos de ella, como el fraude o la delincuencia, para los que si
existen instrumentos de protección.
El comercio electrónico
exige la creación de un marco legal estable mediante la actualización de
aspectos múltiples de la legislación y la regulación, como lo es necesario en
las áreas de la seguridad y legalidad del propio comercio, la fiscalidad, los
medios de pagos remotos y la propiedad intelectual y el nombre de los
dominios.
La complejidad tecnológica
es un factor que actúa tanto a la hora de iniciarse como tras la implantación
del comercio electrónico en la empresa. Este aspecto tiene una doble
repercusión; por un lado el de los costes incurridos en la inversiones iniciales
y en equipamiento y, por otro, el perfil de formación generalmente escaso o
inexistente las empresas.
Las comunicaciones están
actuando también como una barrera de entrada, dado que en la actualidad tienen
un costo que es considerado elevado por las PYMES y, además, tienen unas
prestaciones y calidad del servicio que deben mejorar.
La siguiente figura muestra
la percepción de los empresarios acerca de los factores inhibidores
señalados y de su evolución, y donde aparece como factor más relevante el de la
seguridad.
Incentivos para el comercio electrónico
Las ventajas:
El comercio electrónico con
respecto al comercio tradicional, ofrece a las empresas notables ventajas
relacionadas con el propio comercio y las mercancías:
Adquirir un canal de comunicación y publicidad de alcance masivo.
Conseguir una forma de acceso a los evitando a sus intermediarios actuales.
Establecer empresas virtuales o virtualizar las existentes.
Vender y prestar servicios, como asesoramiento, relaciones postventas, etc.
Sustituir las actuales mercancías por su equivalente digital.
Una mayor tecnificación de la empresa.
Nuevas y más estrechas relaciones entre cliente y proveedor. Además de otro sin número de efectos colaterales.
Las motivaciones:
Además de las ventajas antes
mencionadas del comercio electrónico, el comerciante puede verse presionado para
iniciarse en el comercio electrónico por otras causas, como:
La oportunidad de adelantarse a sus competidores, lo que se produce cuando una empresa es pionera en algún campo de una actividad comercial.
La presión competitiva, que se produce cuando una gran parte de sus competidores realizan comercio electrónico.
La presión de la demanda, cuando una gran parte de su potenciales compradores compran a través de Internet.
Estos tres incentivos actúa
generalmente de forma secuencial pero su aparición puede variar según los
distintos campos del comercio. La Tabla A expone algunos de los campos según su
momento de adopción del comercio electrónico.
E-COMMERCE COMO UN NUEVO MODELO DE COMERCIO
Este nuevo modelo de hacer
comercio ya empieza a palparse en ejemplos como el que proporciona la industria
de las computadoras, donde los fabricantes como DELL® o IBM® pueden planificar su
producción basándose en las diferencias reales manifestadas directamente en las
preferencias reales manifestadas directamente por los consumidores vía Internet.
A su vez, los proveedores que abastecen las materias primas, pueden planear sus
entregas basándose en los planes de producción de los fabricantes, obtenidos
también en tiempo real vía Internet.
Esto demuestra que estos
negocios tienden a operar prácticamente sin inventarios y los intermediarios
cada vez son menos requeridos, lo que obliga a crear formas novedosas de añadir
valor a los servicios ofrecidos.
Ante los últimos años, la
economía mundial se ha desarrollado más allá de las expectativas, y la dirección
del sector privado de forma eficaz juega un papel importante en dicho proceso de
desarrollo.
Muchos observadores creen
que los adelantos de la tecnología de la información, manejado por el
crecimiento del Internet, ha contribuido a crear una economía rápida y
confiable. Algunos incluso se atreven a afirmar que estos adelantos crearon un
"boom" largo que tomará a la economía a las nuevas alturas durante los próximos
años.
Pero también existen quienes
se encuentran escépticos sobre la contribución del comercio electrónico a la
economía y a la productividad global.
El reciente crecimiento rápido del Internet es en parte atribuible a su fuerza como un medio de comunicación, educación y función, y más recientemente, como una herramienta para el comercio electrónico. Los negocios virtuales en cada sector de la economía están empezando a usar el Internet para cortar el costo de comprar, el manejo de las relaciones del proveedor, las logísticas aerodinámicas y el inventario, producción del plan, y alcance de los nuevos y ya existentes clientes de una forma más eficaz.
Principales modelos de e-commerce
El modelo inicial y más
sencillo es el de la Tienda Virtual,
que puede ser constituido por el propio comerciante, y que consiste, en su forma
más simple, en hacer presencia en la Web a través de paginas web mostrando la
gama de productos de la empresa. Este modelo se simplifica aún más cuando el
comerciante arrienda un dominio en cualquier servidor de Internet, por que no
necesita desplegar recursos propios.
La
Galería Comercial (Mall)
está constituida por un conjunto de tiendas que aparecen en un dominio común y
bajo la cobertura de un nombre comercialmente conocido. Está formula permite a
las tiendas compartir gastos de explotación y obtener otras economías de escala
al delegar en el gestor de la galería algunas de las tareas de explotación.
Según van integrando tareas,
pueden llegar a formarse Mercados gestionados por terceros, una evolución del
modelo anterior en donde la galería toma mayores responsabilidades, como
promoción, pagos, creación de catálogos e interfaces con el usuario que sean más
atractivas, etc. Este es un campo adecuado para las iniciativas de los
proveedores de servicios de Internet.
Una variante más
evolucionada es la formada por los Suministradores de la cadena de valor, donde
se integran otras tareas no meramente electrónicas, como la distribución y la
logística. A esta modalidad se están integrando las grandes empresas de
mensajería como Federal Express o DHL. Los llamados
Informediarios(intermediarios de la información como portales, buscadores,
canales, agentes, etc.), han de jugar un papel cada vez más importante, por que
ellos van hacer lo verdaderos organizadores de la información en Internet y por
lo tanto del comercio electrónico.
Las Terceras partes de
Confianza, mediadores en
temas relacionados con la seguridad y las garantías en el comercio electrónico,
ya han comenzado su actividad en diversos países, y registraran un impulso aun
mayor una vez se vayan adaptando a los nuevos marcos legislativos y adquiriendo
un mayor peso legal estas organizaciones. Otros mediadores especializados están
surgiendo en los campos de las Licitaciones y Subastas, que pueden ser
utilizados tanto por las empresas como por los consumidores como por la
organizaciones de las administraciones del estado.
Las Comunidades Virtuales, han conseguido grandes éxitos al reunir
grupos de productores y de consumidores en un ámbito común. Es un claro ejemplo
de este modelo www.amazon.com, una librería
virtual que vende en los cinco continentes a precios competitivos, basados en un
stock ceros y en la automatización y optimización de los diferentes procesos de
consulta, venta y, por supuesto, distribución.
Para venta de servicios
especializados se han creado las llamadas Plataformas de Colaboración, en donde
colectivos unidos por problemas e intereses comunes se prestan mutuamente
servicios de asesoramiento o difusión de técnicas, y donde los servicios son
pagados en forma de contra prestación de servicios.
Las soluciones orientadas al
e-business se enfocan en mejorar las relaciones con los clientes, así como con
los proveedores y socios, de manera tal que las compañías actúen más allá de sus
"paredes geográficas" y se conviertan en lo que hoy denominamos empresas
virtuales.
Las empresas que utilizan el
e-business tienen mayor control de sus sistemas de software empresarial, generan
nuevas oportunidades de negocios y obtienen mejores condiciones de sus
proveedores, todo lo cual les permite competir de manera más eficiente dentro de
una economía totalmente globalizada.
Por otro lado, es un hecho
que en la economía actual la información ha cobrado una importancia notable, por
lo que el éxito de las empresas depende de su habilidad para convertir esta
información en nuevas ideas y llevarlas a la acción de la manera más rápida y
eficiente. Un claro ejemplo es el slogan publicitario de una conocida marca de
automóviles, "Better Ideas" (Mejores Ideas).
La capacidad para generar
ideas innovadoras y la voluntad para ponerlas en acción constituyen todo un reto
de nuestros tiempos, un reto que gracias a la tecnología e-business y el
advenimiento de Internet permiten colocar a quienes las aplican a la vanguardia
del negocio.
Las soluciones de negocios
eficientes, enfocadas y diseñadas totalmente para e-business, combinan la
adaptabilidad del software con las facilidades generadas por la web, con el fin
de ayudar a las organizaciones a responder a los cambios de sus procesos de
negocio en cualquier lugar y a cualquier hora. Es por ello que una solución de
negocios para e-business debe contar con las siguientes características:
Extensión: Este concepto involucra
dos partes, la primera implica que las soluciones de negocios en Internet
extienden el software de las empresas a los socios, clientes y proveedores
mediante aplicaciones personalizadas a través de la Web, cumpliendo
rigurosamente todas las normas de auditoría. La segunda es la posibilidad de
que nuestra solución intercambie datos y funciones con otro software mediante
el uso de API’s.
Personalización: Normalmente las
soluciones de e-business cuentan con un portal en la web, que permite conectar
a los usuarios con el sistema de software empresarial o con cualquier
aplicación importante para el negocio. La ventaja de estos portales es que
contienen información, aplicaciones y activadores que tienen en cuenta tanto
la perspectiva del cliente como la del socio de negocio.
Colaboración: La utilización de soluciones de negocio electrónico basadas en e-business también permiten unir los esfuerzos de los socios, proveedores y clientes de la organización, con el fin de llevar a cabo actividades de planificación, ejecución y medición de manera eficaz.
En suma, las soluciones de
negocio desarrolladas para e-business resultan beneficiosas para las empresas no
solamente por el mayor conocimiento y mejor entendimiento del negocio que pueden
aportar a sus clientes, proveedores y socios estratégicos.
Asimismo, estas soluciones
pueden desarrollar procesos de negocios de manera rápida y eficiente, mejorando
tanto la productividad y crecimiento económico de las empresas, como la lealtad
de sus clientes.
Se estima que en 1999 el
volumen en negocios en e-business era de US$ 459 millones y se ha proyectado una
cifra de aproximadamente US$ 8,021 millones para el año 2003. Las empresas que
estén planificando un crecimiento considerable en los próximos años deberán
considerar su ingreso al mercado del e-business. Mientras más pronto ingresen,
encontrarán un mejor lugar en la mente del consumidor.
6. CATEGORÍAS DEL COMERCIO ELECTRÓNICO B2B
B2C C2B C2C, etc.
Empresa –
Empresa.
Son las operaciones comerciales, de
negocios, de asociación, de inversiones que se realizan entre empresas.
En esta modalidad las
empresas identifican a sus potenciales socios y negocian directamente a través
de medios electrónicos. Las empresas están continuamente verificando que a
partir del Comercio Electrónico pueden no sólo generar más oportunidades sino
también mejorar su competitividad.
Las empresas pueden,
contactarse con empresas de cualquier lugar del mundo. Las transacciones
financieras electrónicas son seguras haciendo más fácil el manejo de productos
reduciendo los gastos y acelerando el proceso de facturación.
Empresa –
Cliente.
Es un tipo de venta
electrónica mediante la cual la empresa ofrece sus servicios o productos por
Internet a sus clientes.
Es una tienda virtual en
al que el cliente puede ver los productos de la empresa teniendo la opción de
compra. Esta modalidad de "abrir" los negocios al público a través de Internet
en general obedece a definiciones estratégicas globales que se trazan las
empresas cuyos objetivos entre otros serán: disminución de costos, segmentación
del mercado, creación de una vidriera global, aceleración de los mecanismos de
distribución, y aumento del grado de satisfacción del cliente.
Estado -
Empresa .
Básicamente se trata del
uso de Internet para todas las compras por parte de los estados (licitaciones,
solicitudes de precios, contrataciones, etc.)
Esta categoría cubre las
transacciones electrónicas entre las empresas y los organismos gubernamentales.
Tiene un notable potencial de crecimiento, a medida que los gobiernos van
incorporando el Comercio Electrónico en sus actividades. En varios países todas
las licitaciones gubernamentales ya se publican en Internet y las compañías
pueden responder electrónicamente.
Business to Business o B2B.
El Comercio Electrónico
B2B son las operaciones comerciales, de negocios, de asociación, de inversiones
que se realizan entre empresas, utilizando Internet.
Representa actualmente
el sector más importante del comercio por Internet. Todos los analistas
pronostican su crecimiento exponencial en los próximos años. En 1999 el B2B
operó por 114 mil millones de dólares y se estima que a nivel global alcanzará
la cifra de 2.7 billones de dólares para el año 2004, esto representa casi un
quinto del total del comercio mundial entre empresas.
El comercio electrónico
a generado nuevas formas comerciales dentro del mercado mundial entre ellas
las:
Licitaciones y Suministros
Se utiliza para difundir
licitaciones y recibir ofertas. En varios países este modelo está ampliamente
adoptado por organismos públicos y grandes organizaciones para el suministro de
obras y servicios.
Tienda Electrónica
Es la solución representada por los
Web privados de cualquier empresa y promovidas por los propios comerciantes.
Está generalmente constituida por un dominio Web.
Subastas
Son el equivalente electrónico de
las subastas tradicionales, pero con el atractivo que no requiere movimientos de
mercancías al lugar de la subasta.
Galería
Comercial (Mall)
Se
trata de un conjunto de tiendas que aparecen en un dominio común y bajo la
cobertura de un nombre comercialmente conocido. Las tiendas comparten gastos de
la galería virtual y el gestor participa de los beneficios.
Mercados
gestionados por terceros
Respecto a las galerías
comerciales, la integración con el gestor es mucho mayor gestión de operaciones,
ya que en él reposan mayores responsabilidades de gestión y
operación.
Comunidades Virtuales
Este
modelo se construye a partir de miembros que comparten una actividad de
intercambio de productos o servicios y se dirigen a un sector de intereses y
usuarios homogéneos, concentrando su información comercial en un servidor
común.
Suministradores de la Cadena de
valor
Organizaciones
que se especializan en determinadas funciones de la cadena de valor, como los
transportes, la logística o los medios de pago, convirtiéndose en
integradores.
Infomediarios y
Terceras Partes de Confianza
Los Intermediarios de Información
realizan análisis de la oferta y distribución de contenidos hacia la
demanda.
Las Terceras Partes de
Confianza, generalmente con alto grado de tecnificación y especialización,
trabajan en las áreas de seguridad y legalidad del comercio electrónico.
Debe
considerarse además las empresas y actividades que suministran servicios para el
desarrollo del propio comercio electrónico, que constituyen en sí un mercado
creciente como suministro de plataformas, provisión de servicios Internet,
creación de catálogos o alojamiento de páginas Web.
Categorías según el tipo de actores: Del B2C
al B2B.
Las siglas cabalísticas
utilizadas por los expertos indican las modalidades de CE, definidas según los
tipos de actores en la transacción digital. El comprador hojea un catálogo
electrónico, selecciona lo que desea adquirir y el sistema le pide un número de
cuenta bancaria o tarjeta de crédito. Al introducirlo en la máquina, se
transmite al servidor en cuestión y éste automáticamente descuenta la cifra de
la cuenta o la tarjeta del cliente; el dinero cambia de lugar con rapidez
digital y sin mayores complicaciones. Por tanto, los problemas tecnológicos
están solucionados y las disyuntivas han pasado al terreno del marketing, con
una pregunta principal: ¿qué estaría dispuesto a comprar el usuario
potencial ? Para responderla, hay que saber por cuál categoría se desea
promocionar, con dos fundamentales que representan cada una un tipo diferente de
comprador y de comercio: B2C y B2B
Business to
Consumer (B2C).
Esta fue la modalidad de
mayor desarrollo inicial, en la cual se utiliza Internet y el correo electrónico
para sustituir la compra por catalogo, lo que tiene antecedentes en servicios
más antiguos como el Home Shopping Channel de televisión en Estados Unidos y
operaciones de compra telefónica por catálogo o fax en todo el mundo. Los
productos se entregan generalmente por correo y lo nuevo con Internet es que el
minorista –o mayorista- se ahorra el costo de producir, imprimir y enviar por
correo sus catálogos.
El B2C ha sido aprovechado
también por no pocos fabricantes para prescindir de una gran parte de sus
distribuidores minoristas, constituyéndose ellos mismos en comercializadores
directos de sus mercancías hacia el consumidor final. Los beneficios de tal
cambio dependen de las características de los productos y la logística del
fabricante, pues si la venta directa por Internet requiere montar una costosa
infraestructura de distribución, las ganancias potenciales del método pueden
quedar anuladas.
Aún así, en ciertos rubros
este B2C directo del productor al consumidor final deviene un híbrido que no
alcanza el volumen masivo del comercio entre empresas, pero en ocasiones logra
asumir un universo de compradores muy extenso, superior al de cualquier tienda o
cadena.
Esta modalidad ha funcionado
bien en campos como el hardware de computación, donde grandes productores
multinacionales con sucursales y fábricas por todo el mundo (sobre todo en
países de mano de obra barata) ofrecían desde antes de Internet equipos y partes
por catálogo convencional, a precios más bajos que las tiendas minoristas,
enviándolo al consumidor final desde el mismo país o continente donde radica
este último. Con el EC se ahorran costos de impresión y utilizan la misma
logística desarrollada para la venta convencional.
En términos de marketing,
hay dos razones principales para que el éxito de estas ventas: una general
–bajos precios- y otra específica, pues quien tiene acceso a la WEB posee una
computadora y por tanto es susceptible de ser tentado por buenas ofertas de
hardware y periféricos más modernos. Este es un ejemplo de CE orientado a
objetivos demográficos, donde la selección de un mercado específico
–profesionales y aficionados a la computación de ciertas edades y niveles
económicos- ha funcionado en el mercado masivo de Internet.
Otro rubro que aplicó
rápidamente el CE es el de los denominados "do-it-yourself" (hágalo usted
mismo), que también desde antes de Internet vendía vía catálogos por correo
equipos eléctricos y de otros tipos en piezas, a menor costo que el artefacto
terminado, y el ensamblaje final es realizado por el consumidor
final.
Las mayores posibilidades de
venta directa al consumidor están en productos como software, video, fotos y
música, pero el verdadero negocio radica en operaciones entre empresas.
Business to
Business (B2B).
A pesar del éxito del B2C en
países de alto desarrollo, muchos analistas coinciden en que estas compras desde
el hogar o la oficina pueden ser eclipsadas por el CE entre empresas o B2B. El
sitio de CE editorial para venta de libros de mayor éxito mundial, amazon.com,
vendió unos 17 millones de dólares en el 2000. En comparación, las ventas B2B
totalizaron más de 180 mil millones (5).
Adicionalmente, se
identifica otra área llamada B2G, (business to government), o negocio con el
gobierno, llamado también "gobierno electrónico", que permite atender al
ciudadano a través de la red para trámites aduanales, certificaciones, seguridad
social, pagos, cobros y otros servicios oficiales.
Más recientemente ha surgido
un nuevo tipo de CE, el C2C (consumer to consumer) como subastas en línea, donde
cualquier particular puede colocar a la venta un producto en un sitio especial
al efecto, el cual brinda una plataforma para todos los ciudadanos que deseen
vender directamente sus bienes o artículos. Estos sitios no necesariamente deben
ser comerciales; durante el 2000 uno de los sucesos de mayor impacto en Internet
fue el sitio creado por universitarios norteamericanos para el intercambio
gratuito de música. En menos de un año obtuvo decenas de millones de asociados,
y recibió una demanda de las casas discográficas, pero creó un concepto de
sistema de distribución descentralizado aplicable con fines comerciales.
Con todo, aunque el B2C
tiene mayor cantidad de sitios WEB, el que más dinero mueve es el B2B, y la
mayoría de los expertos estiman que el B2C quedará como la parte menor de la
revolución tecnológica del CE, siendo la mayor el B2B, que se está convirtiendo
en la espina dorsal de los sistemas de gestión, procuraduría y compra-venta de
gobiernos y corporaciones, los cuales planean utilizar la tecnología de Internet
para perfeccionar la forma en que tratan con suministradores y clientes. Por su
parte, las instituciones financieras también están lanzándose a la red mundial
de forma significativa, y pronto esta será la forma corriente de pagar y cobrar
cuentas, transmitir facturas y manejar todas las demás transacciones que fluyen
a través de las economías nacionales y por supuesto, la global.
7.
TIPOS DE USUARIOS O CIBERNAUTAS (Navegadores, Buscadores,
Compradores)
NAVEGADORES
El navegador es el programa
que solicita y muestra en la pantalla del ordenador personal los documentos que
residen en los servidores remotos de toda la World Wide Web. El navegador debe
interactuar con los equipos y programas de acceso al ordenador que éste tenga
instalados.
Además, en algunos casos,
si la página cumple los criterios de diseño accesible, el navegador
puede presentar al usuario la información en distintos formatos, dependiendo de
la opción de configuración seleccionada. Por ejemplo, mostrar el texto
descriptivo de la imagen en lugar de la propia imagen.
A efectos de este estudio es
interesante diferenciar entre 2 tipos de navegadores: navegadores de acceso
estándar y navegadores de acceso alternativo. Realmente no hay una frontera
clara entre ambos tipos pues cada vez más los navegadores estándar incluyen
características que les permiten realizar un acceso a las páginas web en
formatos alternativos.
Los navegadores de acceso
alternativo se caracterizan por presentar la información de las páginas web de
manera distinta a la convencional, normalmente en formato sólo texto o mediante
audio y síntesis de voz.
A menudo las personas con
deficiencias visuales utilizan los navegadores sólo-texto porque ofrecen una
mejor integración con los programas y equipos lectores de pantalla que éstas
utilizan. Por el contrario, una persona con deficiencias cognitivas o un usuario
"normal" acostumbrado a usar navegadores genéricos puede encontrar menos
accesibles las páginas web al utilizar este tipo de navegadores.
Sin embargo, no son sólo
personas con discapacidad las que usan navegadores sólo-texto o de acceso
alternativo. Estos son usados a veces por usuarios sin discapacidad en las
siguientes circunstancias:
Personas con ordenadores antiguos o terminales de mainframes que no soportan los nuevos interfaces gráficos de usuario y deben usar programas basados en MS-DOS u otro sistema operativo.
Personas que navegan por la red a través de conexiones con muy pequeño ancho de banda o que pagan altos costes de conexión (por ejemplo llamando mediante teléfonos móviles) y que deben limitar por tanto el tamaño de la información transmitida.
Personas más interesadas en el contenido que en la presentación y maquetación de las páginas.
En otros casos, estos tipos
de personas optan por usar algún navegador estándar pero con las opciones de
mostrar gráficos, Java y otros elementos multimedia desactivadas.
Un problema que aparece es
la necesidad de estar al día con los últimos estándares y posibilidades de la
web que van apareciendo permanentemente. Los navegadores de acceso alternativo
suelen estar desarrollados por organizaciones que menor entidad (en algún caso
incluso personas voluntarias) que no pueden lanzar las nuevas versiones de los
programas con la misma celeridad que otras casas como Microsoft o Netscape, o
que lo hacen a costa de limitar la funcionalidad del programa en otros aspectos
secundarios.
Por este motivo, mucho
usuarios con discapacidad prefieren realizar el esfuerzo de utilizar un
navegador estándar aunque esto les cause problemas de accesibilidad en
ocasiones. Saben que es el precio que deben pagar por estar a la última en Internet.
Navegadores de acceso estándar
Los más populares son
Microsoft Explorer y Netscape Navigator, aunque existen muchos más. Suelen ser
de uso gratuito y pueden descargarse desde los sitios web de las casas
fabricantes o desde colecciones de freeware y shareware como http://www.download.com/.
Netscape y Explorer: A continuación hacemos un breve repaso de las
características de accesibilidad de Netscape 4 y Explorer 4 (última versión
disponible en la fecha de publicación de este estudio), que son muy similares en
ambos navegadores gratuitos:
Pueden mostrar el texto sin imágenes. En esta modo de exploración el navegador muestra el texto asociado a la imagen en lugar de la imagen en si. Por supuesto, es condición previa que el diseñador haya incluido en la página dicho texto alternativo.
Las opciones por defecto para el tamaño y tipo de fuente, color de fondo y primer plano pueden ser configuradas para prevalecer sobre las definidas en la página y facilitar el acceso a los lectores de pantalla y otras herramientas de accesibilidad
Permiten desplazarse entre los hiperenlaces y los marcos de la página usando la tecla TAB.
Lamentablemente en ambos casos algunas funciones no están disponibles a través del teclado lo que dificulta el acceso a algunos usuarios con deficiencias motóricas.
En principio Explorer, por ser de Microsoft está mejor preparado para implementar la nueva tecnología Active Accessibility de esta casa que aparecerá definitivamente con Windows 98.
Opera ( http://www.opera.com/ ): un navegador estándar de pequeño tamaño y bajo coste
(hay una versión de evaluación de 90 días que es gratuita) que tiene algunas
prestaciones específicas para usuarios con discapacidad motórica o visual:
Acceso rápido por teclado a todos los comandos de control.
Opciones avanzada de navegación por pantalla, con una única tecla, como...
ir a siguiente/anterior enlace
ir a siguiente/anterior Título/Cabecera (H1, H2, H3...)
ir a siguiente/anterior elemento: gráfico, párrafo, celda de tabla, etc...
ir a siguiente/anterior página visitada
Personalización del formato de presentación en pantalla.
Información por sonido de determinados eventos.
Puede hacer ampliación de la información en pantalla hasta un 10 veces su tamaño original, con sólo pulsar una tecla.
Activación/deactivación de la opción de mostrar gráficos con una sola tecla, lo que resulta útil para verificar rápidamente el aspecto de una página cuando se muestra el texto alternativo en lugar de las imágenes.
Otra opción disponible para
usuarios con deficiencias motóricas es desarrollar un software de acceso
específico al navegador mediante un sistema de barrido controlado por pulsadores
utilizando el SAW (Switch Access to Windows) o un teclado virtual en pantalla
como Mighty Mouse que haga de interfaz con el navegador. El problema de la
primera opción es que requiere una inversión de tiempo muy considerable de
desarrollo especializado que puede ser poco rentable si la siguiente versión del
navegador no es completamente compatible con el interfaz desarrollado.
Navegadores de acceso alternativo
A continuación se exponen
los navegadores de acceso alternativo más utilizados:
Lynx ( http://www.crl.com/~subir/lynx.html ): es el navegador sólo-texto más popular a nivel mundial. Es de libre distribución y puede descargarse también de http://www.download.com/. Desarrollado inicialmente para la plataforma Unix, actualmente existen versiones que funcionan en otros sistemas operativos, incluido Windows 95.
Net-Tamer (http://people.delphi.com/davidcolston/): otro navegador sólo-texto. Es muy utilizado por las personas con deficiencias visuales en España, debido a que fue de las primeras aplicaciones de este estilo disponibles en MS-DOS. Incluye FTP y correo electrónico, así como su propio programa de conexión a Internet a través de módem. Por este motivo no puede funcionar en ordenadores que accedan a la web a través de redes de área local.
PwWebSpeak (http://www.prodworks.com/): este navegador presenta el contenido de la página web mediante síntesis de voz (en inglés) y una representación simplificada en pantalla que facilita la navegación a los usuarios con deficiencia de navigación. El usuario puede navegar por la estructura de la página desplazándose de elemento en elemento de manera secuencial. Los tipos de elementos reconocidos son, párrafos, frases, enlaces, campos de formulario, títulos, objetos e imágenes. De esta manera el usuario evita tener que interpretar directamente la estructura visual de la página. La síntesis de voz funciona con cualquier tarjeta de sonido compatible con el estándar Sound Bláster.
Todos los navegadores
anteriores fueron desarrollados teniendo en cuenta las necesidades de las
personas con deficiencias visuales y/o motóricas. Por esta razón absolutamente
todos los comandos de control de cada navegador se manejan exclusivamente desde
el teclado. En algunas páginas de recursos se incluye también al navegador Opera entre los de acceso alternativo
por este motivo.
Para terminar queremos
mencionar dentro de la categoría de navegadores de acceso alternativo la
reciente aparición de nuevas aplicaciones que se enmarcarían también aquí aunque
con enfoques completamente novedosos. Por ejemplo:
Web-On-Call Voice Browser (http://www.netphonic.com/): no se trata de un navegador convencional que se instale en el ordenador sino de un servicio ofrecido por una compañía telefónica de EEUU. A través del teléfono y sin necesidad de ningún equipo informático propio el usuario puede consultar un servicio automático que le reproduce por síntesis de voz la página web solicitada. Para esto se utiliza un sistema de reconocimiento de voz. También existe la posibilidad de recibir la página solicitada mediante fax, correo electrónico o correo postal tradicional.
Web-TV (http://www.global-ricman.com/Internettv/ o http://www.webtv.net/): este sistema, disponible ya en España, permite acceder a Internet usando la pantalla del televisor, una línea de teléfono o RDSI, un pequeño equipo informático del tamaño de un video, un mando a distancia y un teclado inalámbrico (éste último está previsto para uso ocasional). Es una nueva posibilidad de acceso para la que hay muchas expectativas pues se prevé que supondrá la popularización final de Internet y que abrirá nuevas posibilidades. Pero también puede crear otras barreras que habrá que estudiar con detalle para que no queden excluidos grupos de usuarios como las personas mayores, personas con bajo nivel educativo y personas con discapacidad.
BUSCADORES
Existen varios tipos de
buscadores en Internet. En primer lugar, podemos distinguirlos por su forma de
trabajo, esto es importante, dado que la
manera de registrar una dirección en los buscadores es diferente según el
tipo.
Índices
Son
los buscadores que mantienen una organización de las páginas incluidas
en su base de datos por categorías,
es decir, tienen un directorio navegable de temas. Dentro de cada directorio
podemos encontrar páginas relacionadas con ese tema. Para mantener esta
organización, los buscadores tienen unos administradores humanos que se encargan
de visitar las páginas y vigilan que todas se encuentren clasificadas en su
lugar correcto. Índices típicos son Yahoo, Terra o TodoEnlaces.
Para que una
página quede registrada en un índice debemos mandarles la dirección a los
administradores humanos de ese índice, generalmente acompañada de una serie
de datos que les ayuden a clasificar la página de una forma correcta, como la
descripción, temática, titulo, lenguaje, etc. Además, si queremos que varias
páginas de nuestro sitio web estén en el buscador, deberemos registrarlas todas ellas una a
una.
Motores de
búsqueda
Son buscadores que basan su recolección de páginas en un robot,
denominado araña, que recorre constantemente Internet en busca de páginas nuevas
que va introduciendo en su base de datos
automáticamente. Los motores de búsqueda, no tienen porque tener un índice,
aunque cada vez es más habitual que dispongan de uno. Motores de búsqueda
típicos son Altavista o Sol.
Los motores de búsqueda,
como se puede haber deducido, no necesitan que les mandemos la dirección de
nuestra página para tenerla en su base de datos, puesto que el robot puede
haberla encontrado previamente. De todos modos, nosotros podemos mandarles la dirección si no deseamos
esperar a que el robot nos encuentre, practica muy habitual.
Para
clasificar una página, los motores de búsqueda son capaces de leer el contenido
de esta y encontrar aquellos datos que permitan su catalogación. Por esto es que
cuando registramos una página en un motor de búsqueda generalmente no nos piden
información adicional, como ocurría con los índices.
Cuando un robot
recorre nuestra página guarda sus datos, y luego se dirige a las distintas
páginas que están enlazadas a esta. De este modo, solo hace falta registrar la
página inicial de un sitio web, pues el motor de búsqueda se encargará de recorrer todo el sitio de manera
automática. Adicionalmente, estos motores o arañas, volverán a recorrer las
páginas de su base de datos en busca de cambios que se hayan producido en estas,
con objetivo de mantener su información lo más actualizada posible.
Multibuscadores
Estos últimos no
tienen una base de datos propia, lo que hacen es buscar la página en unos cuantos motores de
búsqueda e índices y combinar los resultados de la búsqueda en esos
buscadores. Como ejemplos de multibuscadores podemos destacar Meta
buscador de desarrolloweb, en castellano, o Metacrawler, en inglés.
Para registrar una
dirección de manera que aparezca en un multibuscador debemos mandársela a los
algún buscador donde este va a recoger los resultados.
Otras clasificaciones
Aparte de
la clasificación anterior de los buscadores, también se pueden distinguir de
otras formas.
Por su ámbito:
los hay internacionales, nacionales, incluso de regiones más pequeñas, como
provincias o ciudades.
Por el
tema: existen buscadores genéricos, donde podemos encontrar todo tipo de
páginas, y también los hay temáticos, donde solo hay páginas que tratan sobre
una temática específica.
A la hora de registrar una página debemos
comprobar que pertenece al ámbito o temática del buscador, o de lo contrario es
casi seguro que no la aceptarán.
COMPRADORES
El comprador competitivo.- Considera que el puede tener el producto por menos dinero. Las acciones y estrategias son: hay que hacerle ver la calidad del producto, y los servicios que obtiene por parte del vendedor.
El Comprador Amistoso.- Gasta su tiempo hablando sobre su empresa y sus ideas monopolizando la conversación las acciones a seguir son: cuando haga pausas en su monólogo tratar de interrumpirle con sutileza y hacerle preguntas básicas para guiarle al tema donde queremos ir.
El comprador Silencioso.- No habla mucho y es consiente que constituye una dificultad para el vendedor, ya que lo está analizando y poniendo en prueba todo el tiempo, las acciones a seguir son las siguientes: hay que conseguir el control de la entrevista iniciando una conversación y consiguiendo su participación en la misma esta se conseguirá hablando de temas generales y haciendo preguntas que estará obligado a contestar.
El Comprador Económico.- Está mas interesado en conseguir una rebaja que cualquier otra cosa. Es preciso demostrarle lo que le costará no adquirid el producto.
El Comprador Dubitativo.- Cree que no tiene suficiente autoridad para tomar la decisión de compra, las acciones a seguir son las siguientes: hay que demostrarle que la decisión lo colocará en una posición favorable ante la firma.
El Comprador sin Dinero.- Es aquel que dice que le interesa el producto que lo compraría pero que no tiene la suficiente cantidad de dinero, las acciones a seguir son las siguientes: ayudarle a solucionar sus problemas ofreciéndole financiamiento o facilidades de pago.
El Comprador Indeciso.- Tiene dificultades para tomar la decisión no la toma por falta de voluntad las acciones a seguir son las siguientes: indicarle que consulte con alguna persona que ya haya probado el producto y realizar una cita en lo posterior.
8. TIPOS DE PORTALES EN INTERNET.
Estructura De Un Portal
Las facilidades que proporciona la
tecnología, permite que el portal empresarial sea accesado a través de numerosas
opciones, esto es a través de computadoras de escritorio y portátiles integradas
a la red interna de la organización, a través de vía Internet por modem, y a
través de los diversos medios inalámbricos como son celulares y PDA.
Beneficios Y Obstáculos
Debido a la estructura analizada
del portal, se tiene una fuerte interacción entre las diversas aplicaciones
dentro de la Intranet que nos permiten analizar interrelaciones que serían
realmente complejas y tardadas si no se contara con ella.
Por ejemplo,
imaginemos un empleado trabajando en fin de semana, se enfrenta con un
desperfecto de la máquina donde trabaja, ingresa al Intranet con su user y
password, accesa la pregunta en la sección de búsqueda, y localiza que la
respuesta esta alimentada dentro de las preguntas frecuentes del sistema (parte
del sistema de aprendizaje organizacional y lecciones aprendidas), descubre que
tiene que cambiar la pieza, por lo que decide contactar a un proveedor, entra a
la sección de compras y dando el nombre de la pieza, localiza un proveedor
recomendado por la organización por su calidad y servicio, lo localiza, y se
resuelve el problema.
Sin esta integración en el portal, el empleado hubiera
tenido que buscar en múltiples archivos o bases de datos, como la de las
lecciones aprendidas de cada proyecto relacionado, preguntas frecuentes de
mantenimiento y bases de datos de proveedores, o incluso localizar vía teléfono
a los expertos, lo que le hubiera llevado más tiempo y tal vez se hubiera
perdido en el mar de información.
Esta facilitación para
el apoyo a la toma de decisiones, no solo envuelve a las decisiones cruciales,
sino hasta las decisiones operativas del día a día.
Como ejemplo sería la
decisión de un empleado de cual es la opción que más le conviene contratar como
beneficio social de los proporcionados por la organización.
Ahora, no todo es
beneficios, también se tienen problemas potenciales. De hecho el éxito de un
Intranet están enfocados factores clave que tienen beneficios y problemas
potenciales, estos factores son:
Factor Humano: Los individuos adaptan los procesos de información en diferentes maneras.
Factor Tecnológico: Intranets pueden ser costosas y inefectivas si la compañía no tiene la tecnología necesaria para construirlas.
Tendencias de los portales
El crecimiento de los
portales ha sido muy fuerte en las organizaciones en la última década, tanto que
esta transformando la forma de realizar los procesos y servicios dentro de la
organización, tanto que se ha incrementado la utilización del Intranet, que ha
llegado a convertirse en una de las principales tecnologías utilizadas dentro de
las organizaciones, como se observa en la siguiente gráfica, donde queda en
tercer lugar, después de los sistemas de contestación automática y el
Internet.
Dentro de las teorías de evolución del Intranet, se cuenta con la de las cuatro fases evolutivas que se muestran y explican a continuación:
Fase
1. Kiosco: En esta fase a todo el personal tiene acceso a la misma
información.
Fase
2. Personalización por rol: A cada empleado se le presenta la información
relevante a su rol o variables según la organización. Por ejemplo por área,
nivel, ubicación geográfica.
Fase
3. Mi Portal: Es el portal donde cada empleado personaliza el contenido e
información que quiere ver, donde puede ser novedades, nuevas publicaciones,
información de su interés. Por ejemplo la personalización que proporciona
Yahoo.
En este caso se combina la personalización individual elegida por el
empleado con la que la organización permite que pueda obtener por su
rol.
Fase
4. Contenido activo: En esta fase el empleado ve la información que se ha
definido por el rol y la que él ha elegido (Mi Portal). A esto se agregan los
patrones de navegación, que son donde el portal registra los contenidos e
información visitada, y "sugiere" contenidos e información relacionada. Como
ejemplo de esta fase es la página de Amazon, donde el usuario al buscar un
libro, el sistema sugiere que ha buscado las personas que han comprado ese
artículo; en una organización esto se traduciría en documentos, links
relacionados, e incluso personal con experiencia en ese tema.
Según más se avanza en las fases de personalización, más apoyos se
proporciona al personal para la toma de decisiones, donde en la fase 4 de
contenido activo se facilita la información en una velocidad más rápida e
"inteligente" direccionada aprovechando el conocimiento y vivencias
organizacionales.
Es por esto que la principal característica que esta
empujando la evolución del portal organizacional, y seguirá evolucionándolo es
la funcionalidad de personalización, que permite al usuario acceder al
contenido, información y herramientas que el requiere y a las cuales tiene
acceso.
De acuerdo a reportes
publicados en el "Computer Almanac" y en el "Computer Atlas", el 90% de las
firmas en Estados Unidos tiene ya implementada o está pensando en implementar
una Intranet.
La tendencia de crecimiento de los portales organizacionales es
bastante fuerte en el mundo y principalmente en USA, y esto se refleja en la
siguiente información:
50% de las compañías de USA utilizan Intranet
90% de las compañías de Fortune 200 utilizan Intranet
100% de las compañías de tecnologías de USA utilizan Intranet
Interrelación Con
Recursos Humanos
Según un estudio de Martha Finney, de la revista HR Magazine , en su
artículo La departamento más común de la implementación del Intranet en las
organizaciones es el departamento de Recursos Humanos. Ya que la Intranet apoya
la tendencia de auto-servicio en Recursos Humanos, donde se busca el incremento
de la automatización de las funciones transaccionales para que el personal de
Recursos Humanos pueda dedicarse a las funciones que agregan valor al empleado,
dándole el poder al empleado de manejar sus propios archivos y requerir su
información directamente y en cualquier momento.
Según el estudio del
Corporate Leadership Council existen 2 niveles de Intranets de RH:
Información estática – Desplegado de información general
Comunicación interactiva – Compartición de datos y comunicación interactiva.
Comunicación Interna
En comunicación interna,
entran toda la difusión de políticas de dirección y publicaciones de noticias
actuales y pasadas, sin tener que tenerlas acumuladas en un lugar físico que
quite espacio, sin tener que recurrir físicamente al lugar para requerirlas y
con una mayor seguridad a las pérdidas, y pudiendo accesarlas fácilmente a
través de mecanismos de búsqueda.
Debido a estos mecanismos de búsqueda y la
facilidad con que se pueden almacenar cantidades históricas de información, es
que se puede obtener rápidamente políticas comunicados que tienen la información
crítica que pueda proporcionar una mejor toma de decisiones.
Adicionalmente, debido a la comunicación bidereccional (respuesta de los lectores de comunicación), se puede tomar decisiones de la comunicación realizada en tiempo real, y pudiendo así cambiar de rumbo de una decisión según más interactividad se tenga con los lectores, sin tener que esperar que se entreguen encuestas y procesen para poder saber el impacto o respuesta del personal a la misma.
Del proceso de selección
y reclutamiento de personal que se integra en Intranet incluye la publicación de
vacantes en línea para el personal interno, donde el personal puede observar las
posibilidades de movimiento dentro de la organización, inscripción a las que
cubra requisitos a través del llenado de un currículo con la información
necesaria. Hasta la aplicación de exámenes psicométricos y de conocimientos
(incluyendo inglés) para analizar las características del personal interno a
considerarse en una promoción.
La tecnología de
Intranet esta siendo tan aprovechada en este punto, que incluso esta emigrando a
poder considerar personal en otras ubicaciones geográficas a través de compartir
esta información e incluso hasta aprovechando la entrevista en
videoconferencia.
La toma de decisiones en este punto, es poder analizar las
características del personal interno y poder tomar la decisión de la cobertura
de una vacante a través de promoción interna.
El entrenamiento en
Intranet es uno de los que más auges esta teniendo en la época actual, ya que a
través de cursos en línea con un diseño instruccional bien elegido,
interactividad y animado se logra una capacitación más efectiva y a mucho más
bajo costo.
El entrenamiento en línea puede ser desde la publicación de
manuales, inclusión de todo el proceso de capacitación (inscripción y
seguimiento), hasta integración de videoconferencias y simulaciones.
Un ejemplo de la toma de decisiones en entrenamiento en e-learning que simule la línea del manejo de una máquina compleja, donde las decisiones tomadas afectan el proceso, calidad del producto e incluso la seguridad del personal.
Administración
El
departamento de administración de personal realiza grandes transacciones de
trámites de autorización de vacaciones, cartas, seguros, incapacidades,
incrementos de sueldo, y muchos más. Por este departamento tradicionalmente
pasan gran cantidad de documentos por recibir, integrar con otra información
existente y procesar. A través de Intranet, muchos de estos procesos se
simplifican, al requerirse, integrarse y preprocesarse en línea, para lo cual se
disminuye gran cantidad de tiempo invertido por el personal que tramita y el
personal de RH. Adicionalmente, el personal puede observar en línea una copia
electrónica de su recibo de nómina con históricos.
Toma de decisiones en administración de personal, proporcionadas por el Intranet, se tiene por ejemplo, el requerimiento de un trámite de compra de un artículo de tienda comercial por un empleado, donde el administrador analiza en una sola pantalla o de forma sencilla, su historial de prestamos, su sueldo, sus deducciones por otras circunstancias legales y de trámites anteriores, su estatus marital y familiar, por lo que con toda esta información se puede determinar fácilmente si la persona podrá seguir contando con un nivel mensual de efectivo necesario para seguir teniendo una buena calidad de vida.
9.
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO Y ASPECTOS LEGALES DEL COMERCIO ELECTRONICO
EN EL ECUADOR.
LEY DE COMERCIO
ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS
Ley No. 67. R.O.
Suplemento 557 de 17 de Abril del 2002.
El H. CONGRESO
NACIONAL
Considerando:
Que el uso de sistemas de información y de redes electrónicas, incluida
la internet, ha adquirido importancia para el desarrollo del comercio y la
producción, permitiendo la realización y concreción de múltiples negocios de
trascendental importancia, tanto para el sector público como para el sector
privado;
Que es necesario impulsar el acceso de la población a los servicios
electrónicos que se generan por y a través de diferentes medios
electrónicos;
Que se debe generalizar la utilización de servicios de redes de
información e Internet, de modo que éstos se conviertan en un medio para el
desarrollo del comercio, la educación y la cultura;
Que a través del servicio de redes electrónicas, incluida la Internet, se
establecen relaciones económicas y de comercio, y se realizan actos y contratos
de carácter civil y mercantil que es necesario normarlos, regularlos y
controlarlos, mediante la expedición de una ley especializada sobre la
materia;
Que es indispensable que el Estado Ecuatoriano cuente con herramientas
jurídicas que le permitan el uso de los servicios electrónicos, incluido el
comercio electrónico y acceder con mayor facilidad a la cada vez más compleja
red de los negocios internacionales; y,
En ejercicio de sus atribuciones, expide la siguiente.
LEY DE COMERCIO
ELECTRONICO, FIRMAS
ELECTRONICAS Y MENSAJES DE DATOS
TITULO
PRELIMINAR
Art. 1.‑ Objeto de la ley.‑ Esta ley regula los mensajes de datos, la
firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y
telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de
información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de
estos sistemas.
CAPITULO I
PRINCIPIOS
GENERALES
Art. 2.‑ Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.‑ Los mensajes
de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia,
valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo establecido en esta ley y
su reglamento.
Art. 3.‑ Incorporación por remisión.‑ Se reconoce validez jurídica a la
información no contenida directamente en un mensaje de datos, siempre que figure
en el mismo, en forma de remisión o de anexo accesible mediante un enlace
electrónico directo y su contenido sea conocido y aceptado expresamente por las
partes.
Art. 4.‑ Propiedad intelectual.‑ Los mensajes de datos estarán sometidos
a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales relativos a la propiedad
intelectual.
Art. 5.‑ Confidencialidad y reserva.‑ Se establecen los principios de
confidencialidad y reserva para los mensajes de datos, cualquiera sea su forma,
medio o intención. Toda violación a estos principios, principalmente aquellas
referidas a la intrusión electrónica, transferencia ilegal de mensajes de datos
o violación del secreto profesional, será sancionada conforme a lo dispuesto en
esta ley y demás normas que rigen la materia.
Art. 6.‑ Información escrita.‑ Cuando la ley requiera u obligue que la
información conste por escrito, este requisito quedará cumplido con un mensaje
de datos, siempre que la información que este contenga sea accesible para su
posterior consulta.
Art. 7.‑ Información original.‑ Cuando la ley requiera u obligue que la
información sea presentada o conservada en su forma original, este requisito
quedará cumplido con un mensaje de datos, si siendo requerido conforme a la ley,
puede comprobarse que ha conservado la integridad de la información a partir del
momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva, como mensaje de
datos.
Se considera que un mensaje de datos permanece integro, si se mantiene
completo e inalterable su contenido, salvo algún cambio de forma, propio del
proceso de comunicación, archivo o presentación.
Por acuerdo de las partes y cumpliendo con todas las obligaciones
previstas en esta ley, se podrán desmaterializar los documentos que por ley
deban ser instrumentados físicamente.
Los documentos desmaterializados deberán contener las firmas electrónicas
correspondientes debidamente certificadas ante una de las entidades autorizadas
según lo dispuesto en el artículo 29 de la presente ley, y deberán ser
conservados conforme a lo establecido en el artículo siguiente.
Art. 8.‑ Conservación de los mensajes de datos.‑ Toda información
sometida a esta ley, podrá ser conservada; este requisito quedará cumplido
mediante el archivo del mensaje de datos, siempre que se reúnan las siguientes
condiciones:
a. Que la información que contenga sea accesible para su posterior
consulta;
b. Que sea conservado con el formato en el que se haya generado, enviado
o recibido, o con algún formato que sea demostrable que reproduce con exactitud
la información generada, enviada o recibida;
c. Que se conserve todo dato que permita determinar el origen, el destino
del mensaje, la fecha y hora en que fue creado, generado, procesado, enviado,
recibido y archivado; y,
d. Que se garantice su integridad por el tiempo que se establezca en el
reglamento a esta ley.
Toda persona podrá cumplir con la conservación de mensajes de datos,
usando los servicios de terceros, siempre que se cumplan las condiciones
mencionadas en este artículo.
La información que tenga por única finalidad facilitar el envío o
recepción del mensaje de datos, no será obligatorio el cumplimiento de lo
establecido en los literales anteriores.
Art. .9.‑ Protección de datos.‑ Para la elaboración, transferencia o
utilización de bases de datos, obtenidas directa o indirectamente del uso o
transmisión de mensajes de datos, se requerirá el consentimiento expreso del
titular de éstos, quien podrá seleccionar la información a compartirse con
terceros.
La recopilación y uso de datos personales responderá a los derechos de
privacidad, intimidad y confidencialidad garantizados por la Constitución
Política de la República y esta ley, los cuales podrán ser utilizados o
transferidos únicamente con autorización del titular u orden de autoridad
competente.
No será preciso el consentimiento para recopilar datos personales de
fuentes accesibles al público, cuando se recojan para el ejercicio de las
funciones propias de la administración pública, en el ámbito de su competencia,
y cuando se refieran a personas vinculadas por una relación de negocios,
laboral, administrativa o contractual y sean necesarios para el mantenimiento de
las relaciones o para el cumplimiento del contrato.
El consentimiento a que se refiere este artículo podrá ser revocado a
criterio del titular de los datos; la revocatoria no tendrá en ningún caso
efecto retroactivo.
Art. 10.‑ Procedencia e identidad de un mensaje de datos.‑ Salvo prueba
en contrario se entenderá que un mensaje de datos proviene de quien lo envía y,
autoriza a quien lo recibe, para actuar conforme al contenido del mismo, cuando
de su verificación exista concordancia entre la identificación del emisor y su
firma electrónica, excepto en los siguiente casos:
a) Si se hubiere dado aviso que el mensaje de datos no proviene de quien
consta como emisor; en este caso, el aviso se lo hará antes de que la persona
que lo recibe actúe conforme a dicho mensaje. En caso contrario, quien conste
como emisor deberá justificar plenamente que el mensaje de datos no se inició
por orden suya o que el mismo fue alterado; y,
b) Si el destinatario no hubiere efectuado diligentemente las
verificaciones correspondientes o hizo caso omiso de su resultado.
Art. 11.‑ Envío y recepción de los mensajes de datos.‑ Salvo pacto en
contrario, se presumirá que el tiempo y lugar de emisión y recepción del mensaje
de datos, son los siguientes:
a) Momento de emisión del mensaje de datos.‑ Cuando el mensaje de datos
ingrese cuan sistema de información o red electrónica que no esté bajo control
del emisor o de la persona que envió el mensaje en nombre de éste o del
dispositivo electrónico autorizado para el efecto;
b) Momento de recepción del mensaje de datos.‑ Cuando el mensaje de datos
ingrese al sistema de información o red electrónica señalado por el
destinatario. Si el destinatario designa otro sistema de información o red
electrónica, el momento de recepción se presumirá aquel en que se produzca la
recuperación del mensaje de datos. De no haberse señalado un lugar preciso de
recepción, se entenderá que ésta ocurre cuando el mensaje de datos ingresa a un
sistema de información o red electrónica del destinatario, independientemente de
haberse recuperado o no el mensaje de datos; y,
c) Lugares de envío y recepción.‑ Los acordados por las partes, sus
domicilios legales o los que consten en el certificado de firma electrónica, del
emisor y del destinatario. Si no se los pudiere establecer por estos medios, se
tendrán por tales, el lugar de trabajo, o donde desarrollen el giro principal de
sus actividades o la actividad relacionada con el mensaje de datos.
Art. 12.‑ Duplicación del mensaje de datos.‑ Cada mensaje de datos será
considerado diferente. En caso de duda, las partes pedirán la confirmación del
nuevo mensaje y tendrán la obligación de verificar técnicamente la autenticidad
del mismo.
TITULO II
DE LAS FIRMAS
ELECTRONICAS, CERTIFICADOS DE FIRMA
ELECTRONICA,
ENTIDADES DE CERTIFICACION DE INFORMACION,
ORGANISMOS DE
PROMOCION DE LOS SERVICIOS ELECTRONICOS, Y DE
REGULACION Y CONTROL
DE LAS ENTIDADES DE CERTIFICACION
ACREDITADAS
CAPITULO I
DE LAS FIRMAS
ELECTRONICAS
Art. 13.‑ Firma electrónica.‑ Son los datos en forma electrónica
consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo,
y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación
con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce
la información contenida en el mensaje de datos.
Art. 14.‑ Efectos de la firma electrónica.‑ La firma electrónica tendrá
igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma
manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será
admitida como prueba enjuicio.
Art. 15.‑ Requisitos de la firma electrónica.‑ Para su validez, la firma
electrónica reunirá los siguientes requisitos, sin perjuicio de los que puedan
establecerse por acuerdo entre las partes:
a) Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular;
b) Que permita verificar inequívocamente la autoría e identidad del
signatario, mediante dispositivos técnicos de comprobación establecidos por esta
ley y sus reglamentos;
c) Que su método de creación y verificación sea confiable, seguro e
inalterable para el propósito para el cual el mensaje fue generado o
comunicado;
d) Que al momento de creación de la firma electrónica, los datos con los
que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario, y,
e) Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.
Art. 16.‑ La firma electrónica en un mensaje de datos.‑
Cuando se fijare la
firma electrónica en un mensaje de datos, aquélla deberá enviarse en un mismo
acto como parte integrante del mensaje de datos o lógicamente asociada a éste.
Se presumirá legalmente que el mensaje de datos firmado electrónicamente
conlleva la voluntad del emisor, quien se someterá al cumplimiento de las
obligaciones contenidas, en dicho mensaje de datos, de acuerdo a lo determinado
en la ley.
Art. 17.‑ Obligaciones del titular de la firma electrónica.- El titular
de la firma electrónica deberá:
a) Cumplir con las obligaciones derivadas del uso de la firma
electrónica;
b) Actuar con la debida diligencia y tomar las medidas de seguridad
necesarias, para mantener la firma electrónica bajo su estricto control y evitar
toda utilización no autorizada;
c) Notificar por cualquier medio a las personas vinculadas, cuando exista
el riesgo de que su firma sea controlada por terceros no autorizados y utilizada
indebidamente;
d) Verificar la exactitud de sus declaraciones;
e) Responder por las obligaciones derivadas del uso no autorizado de su
firma, cuando no hubiere obrado con la debida diligencia para impedir su
utilización, salvo que el destinatario conociere de la inseguridad de la firma
electrónica o no hubiere actuado con la debida diligencia;
f) Notificar a la entidad de certificación de información los riesgos
sobre su firma y solicitar oportunamente la cancelación de los certificados;
y,
g) Las demás señaladas en la ley y sus reglamentos.
Art. 18.‑ Duración de la firma electrónica.‑ Las firmas electrónicas
tendrán duración indefinida. Podrán ser revocadas, anuladas o suspendidas de
conformidad con lo que el reglamento a esta ley señale.
Art. 19.‑ Extinción de la firma electrónica.‑ La firma electrónica se
extinguirá por:
a) Voluntad de su titular;
b) Fallecimiento o incapacidad de su titular;
c) Disolución o liquidación de la persona jurídica, titular de la firma;
y,
d) Por causa judicialmente declarada.
La extinción de la firma electrónica no exime a su titular de las
obligaciones previamente contraídas derivadas de su uso.
CAPITULO II
DE LOS CERTIFICADOS
DE FIRMA ELECTRONICA
Art. 20.‑ Certificado de firma electrónica.‑ Es el mensaje de datos que
certifica la vinculación de una firma electrónica con una persona determinada, a
través de un proceso de comprobación que confirma su identidad.
Art. 21.‑ Uso el certificado de firma electrónica.‑ El certificado de
firma electrónica se empleará para certificar la identidad del titular de una
firma electrónica y para otros usos, de acuerdo a esta ley y su reglamento.
Art. 22. ‑ Requisitos del certificado de firma electrónica.- El
Certificado de firma electrónica para ser considerado válido contendrá los
siguientes requisitos:
a) Identificación de la entidad de certificación de información;
b) Domicilio legal de la entidad de certificación de información;
c) Los datos del titular del certificado que permitan su ubicación e
identificación;
d) El método de verificación de la firma del titular del
certificado;
e) Las fechas de emisión y expiración del certificado;
f) El número único de serie que identifica el certificado;
g) La firma electrónica de la entidad de certificación de
información;
h) Las limitaciones o restricciones para los usos del certificado;
e,
i) Los demás señalados en esta ley y los reglamentos.
Art. 23.‑ Duración del certificado de firma electrónica.‑ Salvo acuerdo
contractual, el plazo de validez de los certificados de firma electrónica será
el establecido en el reglamento a esta ley.
Art. 24.‑ Extinción del certificado de firma electrónica.- Los
certificados de firma electrónica, se extinguen, por las siguientes causas:
a) Solicitud de su titular;
b) Extinción de la firma electrónica, de conformidad con lo establecido
en el artículo 19 de esta ley; y,
c) Expiración del plazo de validez del certificado de firma
electrónica.
La extinción del certificado de firma electrónica se producirá desde el
momento de su comunicación a la entidad de certificación de información, excepto
en el caso de fallecimiento del titular de la firma electrónica, en cuyo caso se
extingue a partir de que acaece el fallecimiento. Tratándose de personas
secuestradas o desaparecidas, se extingue a partir de que se denuncie ante las
autoridades competentes tal secuestro o desaparición. La extinción del
certificado de firma electrónica no exime a su titular de las obligaciones
previamente contraídas derivadas de su uso.
Art. 25.‑ Suspensión del certificado de firma electrónica.‑ La entidad de
certificación de información podrá suspender temporalmente el certificado de
firma electrónica cuando:
a) Sea dispuesto por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, de
conformidad con lo previsto en esta ley;
b) Se compruebe por parte de la entidad de certificación de información,
falsedad en los datos consignados por el titular del certificado; y,
c) Se produzca el incumplimiento del contrato celebrado entre la entidad
de certificación de información y el titular de la firma electrónica.
La suspensión temporal dispuesta por la entidad de certificación de
información deberá ser inmediatamente notificada al titular del certificado y al
organismo de control, dicha notificación deberá señalar las causas de la
suspensión.
La entidad de certificación de información deberá levantar la suspensión
temporal una vez desvanecidas las causas que la originaron, o cuando mediare
resolución del Consejo Nacional de Telecomunicaciones, en cuyo caso, la entidad
de certificación de información está en la obligación de habilitar de inmediato
el certificado de firma electrónica.
Art. 26.‑ Revocatoria del certificado de firma electrónica.‑ El
certificado de firma electrónica podrá ser revocado por el Consejo Nacional de
Telecomunicaciones, de conformidad con lo previsto en esta ley, cuando:
a) La entidad de certificación de información cese en sus actividades y
los certificados vigentes no sean asumidos por otra entidad de certificación;
y,
b) Se produzca la quiebra técnica de la entidad de certificación
judicialmente declarada.
La revocatoria y sus causas deberán ser inmediatamente notificadas al
titular del certificado.
Art. 27.‑ Tanto la suspensión temporal, como la revocatoria, surtirán
efectos desde el momento de su comunicación con relación a su titular; y,
respecto de terceros, desde el momento de su publicación que deberá efectuarse
en la forma que se establezca en el respectivo reglamento, y no eximen al
titular del certificado de firma electrónica, de las obligaciones previamente
contraídas derivadas de su uso.
La entidad de certificación de información será responsable por los
perjuicios que ocasionare la falta de comunicación, de publicación o su retraso.
Art. 28.‑ Reconocimiento internacional de certificados de firma
electrónica.‑ Los certificados electrónicos emitidos por entidades de
certificación extranjeras, que cumplieren con los requisitos señalados en esta
ley y presenten un grado de fiabilidad equivalente, tendrán el mismo valor legal
que los certificados acreditados, expedidos en el Ecuador. El Consejo Nacional
de Telecomunicaciones dictará el reglamento correspondiente para la aplicación
de este artículo.
Las firmas electrónicas creadas en el extranjero, para el reconocimiento
de su validez en el Ecuador se someterán a lo previsto en esta ley y su
reglamento.
Cuando las partes acuerden entre sí la utilización de determinados tipos
de firmas electrónicas y certificados, se reconocerá que ese acuerdo es
suficiente en derecho.
Salvo aquellos casos en los que el Estado, en virtud de convenios o tratados internacionales haya pactado la utilización de medios convencionales, los tratados o convenios que sobre esta materia se suscriban, buscarán la armonización de normas respecto de la regulación de mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico, la protección a los usuarios de estos sistemas, y el reconocimiento de los certificados de firma electrónica entre los países suscriptores.
CAPITULO III
DE LAS ENTIDADES DE
CERTIFICACION DE INFORMACION
Art. 29.‑ Entidades de certificación de información.‑ Son las empresas
unipersonales o personas jurídicas que emiten certificados de firma electrónica
y pueden prestar otros servicios relacionados con la firma electrónica,
autorizadas por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, según lo dispuesto en
esta ley y el reglamento que deberá expedir el Presidente de la República.
Art. 30.‑ Obligaciones de las entidades de certificación de información
acreditadas.‑ Son obligaciones de las entidades de certificación de información
acreditadas:
a) Encontrarse legalmente constituidas, y estar registradas en Consejo
Nacional de Telecomunicaciones;
b) Demostrar solvencia técnica, logística y financiera para prestar
servicios a sus usuarios;
c) Garantizar la prestación permanente, inmediata, confidencial, oportuna
y segura del servicio de certificación de información,
d) Mantener sistemas de respaldo de la información relativa a los
certificados;
e) Proceder de forma inmediata a la suspensión o revocatoria de
certificados electrónicos previo mandato del Superintendente de
Telecomunicaciones, en los casos que se especifiquen en esta ley;
f) Mantener una publicación del estado de los certificados electrónicos
emitidos;
g) Proporcionar a los titulares de certificados de firmas electrónicas un
medio efectivo y rápido para dar aviso que una firma electrónica tiene riesgo de
uso indebido;
h) Contar con una garantía de responsabilidad para cubrir daños y
perjuicios que se ocasionaren por el incumplimiento de las obligaciones
previstas en la presente ley, y hasta por culpa leve en el desempeño de sus
obligaciones. Cuando certifiquen límites sobre responsabilidades o valores
económicos, esta garantía será al menos del 5% del monto total de las
operaciones que garanticen sus certificados; e,
i) Las demás establecidas en esta ley y los reglamentos.
Art. 31.‑ Responsabilidades de las entidades de certificación de
información acreditadas.‑ Las entidades de certificación de información serán
responsables hasta de culpa leve y responderán por los daños y perjuicios que
causen a cualquier persona natural o jurídica, en el ejercicio de su actividad,
cuando incumplan las obligaciones que les impone esta ley o actúen con
negligencia, sin perjuicio de las sanciones previstas en la Ley Orgánica de
Defensa del Consumidor. Serán también responsables por el uso indebido del
certificado de firma electrónica acreditado, cuando éstas no hayan consignado en
dichos certificados, de forma clara, el límite de su uso y del importe de las
transacciones válidas que pueda realizar. Para la aplicación de este artículo,
la carga de la prueba le corresponderá a la entidad de certificación de
información.
Los contratos con los usuarios deberán incluir una cláusula de
responsabilidad que reproduzca lo que señala el primer inciso.
Cuando la garantía constituida por las entidades de certificación de
información acreditadas no cubra las indemnizaciones por daños y perjuicios,
aquellas responderán con su patrimonio.
Art. 32.‑ Protección de datos por parte de las entidades de certificación
de información acreditadas.‑ Las entidades de certificación de información
garantizarán la protección de los datos personales obtenidos en función de sus
actividades, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de esta ley.
Art. 33.‑ Prestación de servicios de certificación por parte de
terceros.‑ Los servicios de certificación de información podrán ser
proporcionados y administrados en todo o en parte por terceros. Para efectuar la
prestación, éstos deberán demostrar su vinculación con la Entidad de
Certificación de Información.
El Conejo Nacional de Telecomunicaciones, establecerá los términos bajo
los cuales las Entidades de Certificación de Información podrán prestar sus
servicios por medio de terceros.
Art. 34.‑ Terminación contractual.‑ La terminación del contrato entre las
entidades de certificación acreditadas y el suscriptor se sujetará a las normas
previstas en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
Art. 35.‑ Notificación de cesación de actividades.‑ Las entidades de
certificación de información acreditadas, deberán notificar al Organismo de
Control, por lo menos con noventa días de anticipación, la cesación de sus
actividades y se sujetarán a las normas y procedimientos establecidos en los
reglamentos que se dicten para el efecto.
CAPITULO IV
DE LOS ORGANISMOS DE
PROMOCION Y DIFUSION DE LOS SERVICIOS
ELECTRONICOS, Y DE
REGULACION Y CONTROL DE LAS ENTIDADES DE
CERTIFICACION
ACREDITADAS
Art. 36.‑ Organismo de promoción y difusión.‑ Para efectos de esta ley,
el Consejo de Comercio Exterior e Inversiones, "COMEXI", será el organismo de
promoción y difusión de los servicios electrónicos, incluido el comercio
electrónico, y el uso de las firmas electrónicas en la promoción de inversiones
y comercio exterior.
Art. 37.‑ Organismo de regulación, autorización y registro de las
entidades de certificación acreditadas.‑ El Consejo Nacional de
Telecomunicaciones "CONATEL", o la entidad que haga sus veces, será el organismo
de autorización, registro y regulación de las entidades de certificación de
información acreditadas. En su calidad de organismo de autorización podrá
además:
a) Cancelar o suspender la autorización a las entidades de certificación
acreditadas, previo informe motivado de la Superintendencia de
Telecomunicaciones;
b) Revocar o suspender los certificados de firma electrónica, cuando la
entidad de certificación acreditada los emita con inobservancia de las
formalidades legales, previo informe motivado de la Superintendencia de
Telecomunicaciones; y
c) Las demás atribuidas en la ley y en los reglamentos.
Art. 38.‑ Organismo de control de las entidades de certificación de
información acreditadas.‑ Para efectos de esta ley, la Superintendencia de
Telecomunicaciones, será el organismo encargado del control de las entidades de
certificación de información acreditadas.
Art. 39.‑ Funciones del organismo de control.‑ Para el ejercicio de las
atribuciones establecidas en esta ley, la Superintendencia de Telecomunicaciones
tendrá las siguientes funciones:
a) Velar por la observancia de las disposiciones constitucionales y
legales sobre la promoción de la competencia y las prácticas comerciales
restrictivas, competencia desleal y protección al consumidor, en los mercados
atendidos por las entidades de certificación de información acreditadas;
b) Ejercer el control de las entidades de certificación de información
acreditadas en el territorio nacional y velar por su eficiente
funcionamiento;
c) Realizar auditorías técnicas a las entidades de certificación de
información acreditadas;
d) Requerir de las entidades de certificación de información acreditadas,
la información pertinente para el ejercicio de sus funciones;
e) Imponer de conformidad con la ley sanciones administrativas a las
entidades de certificación de información acreditadas, en caso de incumplimiento
de las obligaciones derivadas de la prestación del servicio;
f) Emitir los informes motivados previstos en esta ley;
g) Disponer la suspensión de la prestación de servicios de certificación
para impedir el cometimiento de una infracción; y,
h) Las demás atribuidas en la ley y en los reglamentos.
Art. 40.‑ Infracciones administrativas.‑ Para los efectos previstos en la
presente ley, las infracciones administrativas se clasifican en leves y
graves.
Infracciones leves:
1. La demora en el cumplimiento de una instrucción o en la entrega de
información requerida por el organismo de control; y,
2. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por esta
ley y sus reglamentos a las entidades de certificación acreditadas.
Estas infracciones serán sancionadas, de acuerdo a los literales a) y b)
del artículo siguiente.
Infracciones graves:
1. Uso indebido del certificado de firma electrónica por omisiones
imputables a la entidad de certificación de información acreditada;
2. Omitir comunicar al organismo de control, de la existencia de
actividades presuntamente ilícitas realizada por el destinatario del
servicio;
3. Desacatar la petición del organismo de control de suspender la
prestación de servicios de certificación para impedir el cometimiento de una
infracción;
4. El incumplimiento de las resoluciones dictadas por los Organismos de
Autorización Registro y Regulación, y de Control; y,
5. No permitir u obstruir la realización de auditorias técnicas por parte
del organismo de control.
Estas infracciones se sancionarán de acuerdo a lo previsto en los
literales c) y d) del artículo siguiente.
Las sanciones impuestas al infractor, por las infracciones graves y
leves, no le eximen del cumplimiento de sus obligaciones.
Si los infractores fueren empleados de instituciones del sector público,
las sanciones podrán extenderse a la suspensión, remoción o cancelación del
cargo del infractor, en cuyo caso deberán observarse las normas previstas en la
ley.
Para la cuantía de las multas, así como para la gradación de las demás
sanciones, se tomará en cuenta:
a) La gravedad de las infracciones cometidas y su reincidencia;
b) El daño causado o el beneficio reportado al infractor; y,
c) La repercusión social de las infracciones.
Art. 41.‑ Sanciones.‑ La Superintendencia de Telecomunicaciones, impondrá
de oficio o a petición de parte, según la naturaleza y gravedad de la
infracción, a las entidades de certificación de información acreditadas, a sus
administradores y representantes legales, o a terceros que presten sus
servicios, las siguientes sanciones:
a) Amonestación escrita;
b) Multa de quinientos a tres mil dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica;
c) Suspensión temporal de hasta dos años de la autorización de
funcionamiento de la entidad infractora, y multa de mil a tres mil dólares de
los Estados Unidos de Norteamérica; y,
d) Revocatoria definitiva de la autorización para operar como entidad de
certificación acreditada y multa de dos mil a seis mil dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica;
Art. 42.‑ Medidas cautelares, En los procedimientos instaurados por
infracciones graves.- Se podrá solicitar a los órganos judiciales competentes,
la adopción de las medidas cautelares previstas en la ley que se estimen
necesarias, para asegurar la eficacia de la resolución que definitivamente se
dicte.
Art. 43.- Procedimiento.‑ El procedimiento para sustanciar los procesos y
establecer sanciones administrativas, será el determinado en la Ley Especial de
Telecomunicaciones.
TITULO III
DE LOS SERVICIOS
ELECTRONICOS, LA CONTRATACION ELECTRONICA
Y TELEMATICA, LOS
DERECHOS DE LOS USUARIOS, E INSTRUMENTOS
PUBLICOS
CAPITULO I
DE LOS SERVICIOS
ELECTRONICOS
Art. 44.‑ Cumplimiento, de formalidades.‑ Cualquier actividad, transacción mercantil, financiera o de servicios, que se realice con mensajes de datos, a través de redes electrónicas, se someterá a los requisitos y solemnidades establecidos en la ley que las rija, en todo lo que fuere aplicable, y tendrá el mismo valor y los mismos efectos jurídicos que los señalados en dicha ley.
CAPITULO II
DE LA CONTRATACION
ELECTRONICA Y TELEMATICA
Art. 45.‑ Validez de los contratos electrónicos.‑ Los contratos podrán
ser instrumentados mediante mensajes de datos. No se negará validez o fuerza
obligatoria a un contrato por la sola razón de haberse utilizado en su formación
uno o más mensajes de datos.
Art. 46.‑ Perfeccionamiento y aceptación de los contratos electrónicos.‑
El perfeccionamiento de los contratos electrónicos se someterá a los requisitos
y solemnidades previstos en las leyes y se tendrá como lugar de
perfeccionamiento el que acordaren las partes.
La recepción, confirmación de recepción, o apertura del mensaje de datos,
no implica aceptación del contrato electrónico, salvo acuerdo de las partes.
Art. 47.‑ Jurisdicción.‑ En caso de controversias las partes se someterán
a la jurisdicción estipulada en el contrato; a falta de ésta, se sujetarán a las
normas previstas por el Código de Procedimiento Civil Ecuatoriano y esta ley,
siempre que no se trate de un contrato sometido a la Ley Orgánica de Defensa del
Consumidor, en cuyo caso se determinará como domicilio el del consumidor o
usuario.
Para la identificación de la procedencia de un mensaje de datos, se
utilizarán los medios tecnológicos disponibles, y se aplicarán las disposiciones
señaladas en esta ley y demás normas legales aplicables.
Cuando las partes pacten someter las controversias a un procedimiento
arbitral en la formalización del convenio de arbitraje como en su aplicación,
podrán emplearse medios telemáticos y electrónicos, siempre que ello no sea
incompatible con las normas reguladoras del arbitraje.
CAPITULO III
DE LOS DERECHOS DE
LOS USUARIOS O
CONSUMIDORES DE
SERVICIOS ELECTRONICOS
Art. 48.‑ Consentimiento para aceptar mensajes de datos.‑ Previamente a
que el consumidor o usuario exprese su consentimiento para aceptar registros
electrónicos o mensajes de datos, debe ser informado clara, precisa y
satisfactoriamente, sobre los equipos y programas que requiere para acceder a
dichos registros o mensajes.
El usuario o consumidor, al otorgar o confirmar electrónicamente su
consentimiento, debe demostrar razonablemente que puede acceder a la información
objeto de su consentimiento.
Si con posterioridad al consentimiento del consumidor o usuario existen
cambios de cualquier tipo, incluidos cambios en equipos, programas o
procedimientos, necesarios para mantener o acceder a registros o mensajes
electrónicos, de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no
sea capaz de acceder o retener un registro electrónico o mensaje de datos sobre
los que hubiera otorgado su consentimiento, se le deberá proporcionar de forma
clara, precisa y satisfactoria la información necesaria para realizar estos
cambios, y se le informará sobre su derecho a retirar el consentimiento
previamente otorgado sin la imposición de ninguna condición, costo alguno o
consecuencias. En el caso de que estas modificaciones afecten los derechos del
consumidor o usuario, se le deberán proporcionar los medios necesarios para
evitarle perjuicios, hasta la terminación del contrato o acuerdo que motivó su
consentimiento previo.
Art. 49.‑ Consentimiento para el uso de medios electrónicos.‑ De
requerirse que la información relativa a un servicio electrónico, incluido el
comercio electrónico, deba constar por escrito, el uso de medios electrónicos
para proporcionar o permitir el acceso a esa información, será válido si:
a) El consumidor ha consentido expresamente en tal uso y no ha objetado
tal consentimiento; y,
b) El consumidor en forma previa a su consentimiento ha sido informado, a
satisfacción, de forma clara y precisa, sobre:
1. Su derecho u opción de recibir la información en papel o por medios no
electrónicos;
2. Su derecho a objetar su consentimiento en lo posterior y las
consecuencias de cualquier tipo al hacerlo, incluidas la terminación contractual
o el pago de cualquier tarifa por dicha acción;
3. Los procedimientos a seguir por parte del consumidor para retirar su
consentimiento y para actualizar la información proporcionada; y,
4. Los procedimientos para que, posteriormente al consentimiento, el
consumidor pueda obtener una copia impresa en papel de los registros
electrónicos y el costo de esta copia, en caso de existir.
Art. 50.‑ Información al consumidor.‑ En la prestación de servicios
electrónicos en el Ecuador, el consumidor deberá estar suficientemente informado
de sus derechos y obligaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley
Orgánica de Defensa del Consumidor y su Reglamento.
Cuando se tratare de bienes o servicios a ser adquiridos, usados o
empleados por medios electrónicos, el oferente deberá informar sobre todos los
requisitos, condiciones y restricciones para que el consumidor pueda adquirir y
hacer uso de los bienes o servicios promocionados.
La publicidad, promoción e información de servicios electrónicos, por
redes electrónicas de información, incluida la internet, se realizará de
conformidad con la ley, y su incumplimiento será sancionado de acuerdo al
ordenamiento jurídico vigente en el Ecuador.
En la publicidad y promoción por redes electrónicas de información,
incluida la Internet, se asegurará que el consumidor pueda acceder a toda la
información disponible sobre un bien o servicio sin restricciones, en las mismas
condiciones y con las facilidades disponibles para la promoción del bien o
Servicio de que se trate.
En el envío periódico de mensajes de datos con información de cualquier
tipo, en forma individual o a través de listas de correo, directamente o
mediante cadenas de mensajes, el emisor de los mismos deberá proporcionar medios
expeditos para que el destinatario, en cualquier tiempo, pueda confirmar su
suscripción o solicitar su exclusión de las listas, cadenas de mensajes o bases
de datos, en las cuales se halle inscrito y que ocasionen el envío de los
mensajes de datos referidos.
La solicitud de exclusión es vinculante para el emisor desde el momento
de la recepción de la misma. La persistencia en el envío de mensajes periódicos
no deseados de cualquier tipo, se sancionará de acuerdo a lo dispuesto en la
presente ley.
El usuario de redes electrónicas, podrá optar o no por la recepción de
mensajes de datos que, en forma periódica, sean enviados con la finalidad de
informar sobre productos o servicios de cualquier tipo.
CAPITULO IV
DE LOS INSTRUMENTOS
PUBLICOS
Art. 51.‑ Instrumentos públicos electrónicos.‑ Se reconoce la validez
jurídica de los mensajes de datos otorgados, conferidos, autorizados o expedidos
por y ante autoridad competente y firmados electrónicamente.
Dichos instrumentos públicos electrónicos deberán observar los requisitos, formalidades y solemnidades exigidos por la ley y demás normas aplicables.
TITULO IV
DE LA PRUEBA Y
NOTIFICACIONES ELECTRONICAS
CAPITULO I
DE LA PRUEBA
Art. 52.‑ Medios de prueba.‑ Los mensajes de datos, firmas electrónicas,
documentos electrónicos y los certificados electrónicos nacionales o
extranjeros, emitidos de conformidad con esta ley, cualquiera sea su procedencia
o generación, serán considerados medios de prueba. Para su valoración y efectos
legales se observará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil.
Art. 53.‑ Presunción.‑ Cuando se presentare como prueba una firma
electrónica certificada por una entidad de certificación de información
acreditada, se presumirá que ésta reúne los requisitos determinados en la ley, y
que por consiguiente, los datos de la firma electrónica no han sido alterados
desde su emisión y que la firma electrónica pertenece al signatario.
Art. 54.‑ Práctica de la prueba.‑ La prueba se practicará de conformidad
con lo previsto en el Código de Procedimiento Civil y observando las normas
siguientes:
a) Al presentar un mensaje de datos dentro de un proceso judicial en los
juzgados o tribunales del país, se deberá adjuntar el soporte informático y la
transcripción en papel del documento electrónico, así como los elementos
necesarios para su lectura y verificación, cuando sean requeridos;
b) En el caso de impugnación del certificado o de la firma electrónica
por cualesquiera de las partes, el juez o tribunal, a petición de parte,
ordenará a la entidad de certificación de información correspondiente, remitir a
ese despacho los certificados de firma electrónica y documentos en los que se
basó la solicitud del firmante, debidamente certificados; y,
c) El facsímile, será admitido como medio de prueba, siempre y cuando
haya sido enviado y recibido como mensaje de datos, mantenga su integridad, se
conserve y cumpla con las exigencias contempladas en esta ley.
En caso de que alguna de las partes niegue la validez de un mensaje de
datos, deberá probar, conforme a la ley, que éste adolece de uno o varios vicios
que lo invalidan, o que el procedimiento de seguridad, incluyendo los datos de
creación y los medios utilizados para verificar la firma, no puedan ser
reconocidos técnicamente como seguros.
Cualquier duda sobre la validez podrá ser objeto de comprobación técnica.
Art. 55.‑ Valoración de la prueba.‑ La prueba será valorada bajo los
principios determinados en la ley y tomando en cuenta la seguridad y fiabilidad
de los medios con los cuales se la envió, recibió, verificó, almacenó o comprobó
si fuese el caso, sin perjuicio de que dicha valoración se efectúe con el empleo
de otros métodos que aconsejen la técnica y la tecnología. En todo caso la
valoración de la prueba se someterá al libre criterio judicial, según las
circunstancias en que hayan sido producidos.
Para la valoración de las pruebas, el juez o árbitro competente que
conozca el caso deberá designar los peritos que considere necesarios para el
análisis y estudio técnico y tecnológico de las pruebas presentadas.
Art. 56.‑ Notificaciones Electrónicas.‑ Todo el que fuere parte de un
procedimiento judicial, designará el lugar en que ha de ser notificado, que no
puede ser otro que el casillero judicial y/o el domicilio judicial electrónico
en un correo electrónico, de un abogado legalmente inscrito, en cualquiera de
los Colegios de Abogados del Ecuador.
Las notificaciones a los representantes de las personas jurídicas del
sector público y a los funcionarios del Ministerio Público que deben intervenir
en los juicios, se harán en las oficinas que estos tuvieren o en el domicilio
judicial electrónico en un correo electrónico que señalaren para el efecto.
TITULO V
DE LAS INFRACCIONES
INFORMATICAS
CAPITULO I
DE LAS INFRACCIONES
INFORMATICAS
Art. 57.‑ Infracciones informáticas.‑ Se considerarán infracciones
informáticas, las de carácter administrativo y las que se tipifican, mediante
reformas al Código Penal, en la presente ley.
Reformas al Código Penal
Art. 58.‑ A continuación del artículo 202, inclúyanse los siguientes
artículos innumerados:
"Art...- El que empleando cualquier medio electrónico, informático o
afín, violentare claves o sistemas de seguridad, para acceder u obtener
información protegida, contenida en sistemas de información; para vulnerar el
secreto, confidencialidad y reserva, o simplemente vulnerar la seguridad, será
reprimido con prisión de seis meses a un año y multa de quinientos a mil dólares
de los Estados Unidos de Norteamérica.
Si la información obtenida se refiere a seguridad nacional, o a secretos
comerciales o industriales, la pena será de uno a tres años de prisión y multa
de mil a mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
La divulgación o la utilización fraudulenta de la información protegida,
así como de los secretos comerciales o industriales, será sancionada con pena de
reclusión menor ordinaria de tres a seis años y multa de dos mil a diez mil
dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
Si la divulgación o la utilización fraudulenta se realiza por parte de la
persona o personas encargadas de la custodia o utilización legítima de la
información, éstas serán sancionadas con pena de reclusión menor de seis a nueve
años y multa de dos mil a diez mil dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica.
Art...- Obtención y utilización no autorizada de información.‑ La persona
o personas que obtuvieren información sobre datos personales para después
cederla, publicarla, utilizarla o transferirla a cualquier título, sin la
autorización de su titular o titulares, serán sancionadas con pena de prisión de
dos meses a dos años y multa de mil a dos mil dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica.".
Art. 59.‑ Sustitúyase el artículo 262 por el siguiente:
"Art...- 262.‑ Serán reprimidos con tres a seis años de reclusión menor,
todo empleado público y toda persona encargada de un servicio público, que
hubiere maliciosa y fraudulentamente, destruido o suprimido documentos, títulos,
programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos
contenido en un sistema de información o red electrónica, de que fueren
depositarios, en su calidad de tales, o que les hubieren sido encomendados sin
razón de su cargo".
Art. 60.‑ A continuación del artículo 353, agréguese el siguiente
artículo innumerado:
"Art….‑ Falsificación electrónica.‑ Son reos de falsificación electrónica
la persona o personas que con ánimo de lucro o bien para causar un perjuicio a
un tercero, utilizando cualquier medio; alteren o modifiquen mensajes de datos,
o la información incluida en éstos, que se encuentre contenida en cualquier
soporte material, sistema de información o telemático, ya sea:
1.‑ Alterando un mensaje de datos en alguno de sus elementos o requisitos
de carácter formal o esencial;
2.‑ Simulando un mensaje de datos en todo o en parte, de manera que
induzca a error sobre su autenticidad;
3.‑ Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han
tenido o atribuyendo a las que han intervenido en el acto, declaraciones o
manifestaciones diferentes de las que hubieren hecho.
4.- El delito de falsificación electrónica será sancionado de acuerdo a
lo dispuesto en este Capítulo.".
Art. 61.‑ A continuación del artículo 415 del Código Penal, inclúyanse
los siguientes artículos innumerados:
"Art...‑ Daños informáticos.‑ El que dolosamente, de cualquier modo o
utilizando cualquier método, destruya, altere, inutilice, suprima o dañe, de
forma temporal o definitiva, los programas, datos, bases de datos, información o
cualquier mensaje de datos contenido en un sistema de información o red
electrónica, será reprimido con prisión de seis meses a tres años y multa de
sesenta a ciento cincuenta dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
La pena de prisión será de tres a cinco años y multa de doscientos a
seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, cuando se trate de
programas, datos, bases de datos, información o cualquier mensaje de datos
contenido en un sistema de información o red electrónica, destinada a prestar un
servicio público o vinculada con la defensa nacional.
Art...- Si no se tratare de un delito mayor, la destrucción, alteración o
inutilización de la infraestructura o instalaciones físicas necesarias para la
transmisión, recepción o procesamiento de mensajes de datos, será reprimida con
prisión de ocho meses a cuatro años y multa de doscientos a seiscientos dólares
de los Estados Unidos de Norteamérica.".
Art. 62.‑ A continuación del artículo 553 del Código Penal, añádanse los
siguientes artículos innumerados:
"Art...- Apropiación ilícita.‑ Serán reprimidos con prisión de seis meses
a cinco años y multa de quinientos a mil dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica, los que utilizaren fraudulentamente sistemas de información o
redes electrónicas, para facilitar la apropiación de un bien ajeno, o los que
procuren la transferencia no consentida de bienes, valores o derechos de una
persona, en perjuicio de ésta o de un tercero, en beneficio suyo o de otra
persona alterando, manipulando o modificando el funcionamiento de redes
electrónicas, programas informáticos, sistemas informáticos, telemáticos o
mensajes de datos.
Art...- La pena de prisión de uno a cinco años y multa de mil a dos mil
dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, si el delito se hubiere cometido
empleando los siguientes medios:
1. Inutilización de sistemas de alarma o guarda;
2. Descubrimiento o descifrado de claves secretas o encriptadas;
3. Utilización de tarjetas magnéticas o perforadas;
4. Utilización de controles o instrumentos de apertura a distancia;
y,
5. Violación de seguridades electrónicas, informáticas u otras
semejantes.".
Art. 63.‑ Añádase como segundo inciso del artículo 563 del Código Penal,
el siguiente:
"Será sancionado con el máximo de la pena prevista en el inciso anterior
y multa de quinientos a mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, el
que cometiere el delito utilizando medios electrónicos o telemáticos.".
Art. 64.‑ A continuación del numeral 19 del artículo 606 añádase el
siguiente:
"... Los que violaren el derecho a la intimidad, en los términos
establecidos en la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes
de Datos.".
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.‑ Los certificados de firmas electrónicas, emitidos por entidades
de certificación de información extranjeras y acreditados en el exterior, podrán
ser revalidados en el Ecuador siempre que cumplan con los términos y condiciones
exigidos por la ley. La revalidación se realizará a través de una entidad de
certificación de información acreditada que garantice en la misma forma que lo
hace con sus propios certificados, dicho cumplimiento.
Segunda.‑ Las entidades de certificación de información acreditadas
podrán prestar servicios de sellado de tiempo. Este servicio deberá, ser
acreditado técnicamente por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones. El
reglamento de aplicación de la ley recogerá los requisitos para este servicio.
Tercera.‑ Adhesión.‑ Ninguna persona está obligada a usar o aceptar
mensajes de datos o firmas electrónicas, salvo que se adhiera voluntariamente en
la forma prevista en esta ley.
Cuarta.- No se admitirá ninguna exclusión, restricción o limitación al
uso de cualquier método para crear o tratar un mensaje de datos o firma
electrónica, siempre que se cumplan los requisitos señalados en la presente ley
y su reglamento.
Quinta.‑ Se reconoce el derecho de las partes para optar libremente por
el uso de tecnología y por el sometimiento a la jurisdicción que acuerden
mediante convenio, acuerdo o contrato privado, salvo que la prestación de los
servicios electrónicos o uso de estos servicios se realice de forma directa al
consumidor.
Sexta.‑ El Consejo Nacional de Telecomunicaciones tomará las medidas
necesarias, para que no se afecten los derechos del titular del certificado o de
terceros, cuando se produzca la revocatoria del certificado, por causa no
atribuible al titular del mismo.
Séptima.‑ La prestación de servicios de certificación de información por
parte de entidades de certificación de información acreditadas, requerirá de
autorización previa y registro.
Octava.- El ejercicio de actividades establecidas en esta ley, por parte
de instituciones públicas o privadas, no requerirá de nuevos requisitos o
requisitos adicionales a los ya establecidos, para garantizar la eficiencia
técnica y seguridad jurídica de los procedimientos e instrumentos empleados.
Novena.‑ Glosario de términos.‑ Para efectos de esta ley, los siguientes
términos serán entendidos conforme se definen en este artículo:
Mensaje de datos: Es toda información creada, generada, procesada,
enviada, recibida, comunicada o archivada por medios electrónicos, que puede ser
intercambiada por cualquier medio. Serán considerados como mensajes de datos,
sin que esta enumeración limite su definición, los siguientes documentos
electrónicos, registros electrónicos, correo electrónico, servicios web,
telegrama, télex, fax e intercambio electrónico de datos.
Red electrónica de información: Es un conjunto de equipos y sistemas de
información interconectados electrónicamente.
Sistema de información: Es todo dispositivo físico o lógico utilizado
para crear, generar, enviar, recibir, procesar, comunicar o almacenar, de
cualquier forma, mensajes de datos.
Servicio electrónico: Es toda actividad realizada a través de redes
electrónicas de información.
Comercio electrónico: Es toda transacción comercial realizada en parte o
en su totalidad, a través de redes electrónicas de información.
Intimidad: El derecho a la intimidad previsto en la Constitución Política
de la República, para efectos de esta ley, comprende también el derecho a la
privacidad, a la confidencialidad, a la reserva, al secreto sobre los datos
proporcionados en cualquier relación con terceros, a la no divulgación de los
datos personales y a no recibir información o mensajes no solicitados.
Datos personales: Son aquellos datos o información de carácter personal o
íntimo, que son materia de protección en virtud de esta ley.
Datos personales autorizados: Son aquellos datos personales que el
titular ha accedido a entregar o proporcionar de forma voluntaria, para ser
usados por la persona, organismo o entidad de registro que los solicita,
solamente para el fin para el cual fueron recolectados, el mismo que debe
constar expresamente señalado y ser aceptado por dicho titular.
Datos de creación: Son los elementos confidenciales básicos y necesarios
para la creación de una firma electrónica.
Certificado electrónico de información: Es el mensaje de datos que
contiene información de cualquier tipo.
Dispositivo electrónico: Instrumento físico o lógico utilizado
independientemente para iniciar o responder mensajes de datos, sin intervención
de una persona al momento de dicho inicio o respuesta.
Dispositivo de emisión: Instrumento físico o lógico utilizado por el
emisor de un documento para crear mensajes de datos o una firma
electrónica.
Dispositivo de comprobación: Instrumento físico o lógico utilizado para
la validación y autenticación de mensajes de datos o firma electrónica.
Emisor: Persona que origina un mensaje de datos.
Destinatario: Persona a quien va dirigido el mensaje de datos.
Signatario: Es la persona que posee los datos de creación de la firma
electrónica, quien, o en cuyo nombre, y con la debida autorización se consigna
una firma electrónica.
Desmaterialización electrónica de documentos: Es la transformación de la
información contenida en documentos físicos a mensajes de datos.
Quiebra técnica: Es la imposibilidad temporal o permanente de la entidad
de certificación de información, que impide garantizar el cumplimiento de las
obligaciones establecidas en esta ley y su reglamento.
Factura electrónica: Conjunto de registros lógicos archivados en soportes
susceptibles de ser leídos por equipos electrónicos de procesamiento de datos
que documentan la transferencia de bienes y servicios, cumpliendo los requisitos
exigidos por las Leyes Tributarias, Mercantiles y más normas y reglamentos
vigentes.
Sellado de tiempo: Anotación electrónica firmada electrónicamente y
agregada a un mensaje de datos en la que conste como mínimo la fecha, la hora y
la identidad de la persona que efectúa la anotación.
Décima.‑ Para la fijación de la pena en los delitos tipificados mediante
las presentes, reformas al Código Penal, contenidas en el Título V de esta ley,
se tomarán en cuenta los siguientes criterios: el importe de lo defraudado, el
quebranto económico causado, los medios empleados y cuantas otras circunstancias
existan para valorar la infracción.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Primera.‑ Hasta que se dicte el reglamento y más instrumentos de
aplicación de esta ley, la prestación del servicio de sellado de tiempo, deberá
cumplir con los requisitos de seguridad e inalterabilidad exigidos para la firma
electrónica y los certificados electrónicos.
Segunda.‑ El cumplimiento del artículo 56 sobre las notificaciones al
correo electrónico se hará cuando la infraestructura de la Función Judicial lo
permita, correspondiendo al organismo competente de dicha Función organizar y
reglamentar los cambios que sean necesarios para la aplicación de esta ley y sus
normas conexas.
Para los casos sometidos a Mediación o Arbitraje por medios electrónicos,
las notificaciones se efectuarán obligatoriamente en el domicilio judicial
electrónico en un correo electrónico señalado por las partes.
DISPOSICION
FINAL
El Presidente de la República, en el plazo previsto en la Constitución
Política de la República, dictará el reglamento a la presente ley.
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
REGLAMENTO GENERAL A LA LAY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS.
Artículo 1.- Incorporación de archivos o mensajes adjuntos.- La incorporación por remisión a la que se refiere el artículo 3 de la Ley 67, incluye archivos y mensajes incorporados por remisión o como anexo en un mensaje de datos a cuyo contenido se accede indirectamente a partir de un enlace electrónico directo incluido en el mismo mensaje de datos y que forma parte del mismo.
La aceptación que hacen las partes del contenido por remisión deberá ser expresada a través de un mensaje de datos que determine inequívocamente tal aceptación. En el caso de contenido incorporado por remisión a través de un enlace electrónico, no podrá ser dinámico ni variable y por tanto la aceptación e expresa de las partes se refiere exclusivamente al contenido accesible a través del enlace electrónico al momento de recepción del mensaje de datos.
En las relaciones con consumidores, es responsabilidad del proveedor asegurar la disponibilidad de los remitidos o anexos para que sean accedidos por un medio aceptable para el consumidor cuando éste lo requiera. En las relaciones de otro tipo las partes podrán acordar la forma y accesibilidad de los anexos y remitidos.
Los anexos o remisiones referidas a garantías, derechos, obligaciones o información al consumidor deberán observar lo establecido en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y su reglamento.
Toda modificación a un anexo
o remitido en un mensaje de datos se comunicará al receptor del mismo, a través
de un mensaje de datos o por escrito, resaltando las diferencias entre el texto
original y el modificado. En el
texto modificado se deberá incluir en lugar visible y claramente accesible un
enlace al contenido anterior. La
comunicación al consumidor acerca de modificaciones no constituye indicación de
aceptación de las mismas por su parte.
Dicha aceptación deberá ser expresa y remitida por cualquier medio, ya
sea éste físico o electrónico.
Cuando las leyes así lo determinen, cierto tipo de información deberá estar directamente incluida en el mensaje de datos y no como anexo o remitido.
Artículo 2.- Accesibilidad de la información.- Se considerará que un mensaje de datos, sus anexos y remitidos, son accesibles para consulta posterior cuando se puede recuperar su contenido en forma íntegra en cualquier momento empleando los mecanismos y procedimientos previstos para el efecto, los cuales deberán detallarse y proporcionarse independientemente del mensaje de datos a fin de garantizar el posterior acceso al mismo.
Artículo 3.- Información escrita.- Se entiende que la información contenida en un mensaje de datos es accesible para su posterior consulta cuando:
a) Ha sido generada y puede ser almacenada en un lenguaje electrónico / informático y formato entendibles por las partes involucradas en el intercambio de información y sus respectivos sistemas informáticos de procesamiento de la información, pudiéndose recuperar su contenido y el de los remitidos o anexos correspondientes en cualquier momento empleando los mecanismos previstos y reconocidos para el efecto; y,
b) Se puede recuperar o se puede acceder a la información empleando los mecanismos previstos al momento de recibirlo y almacenarlo, y que deberán detallarse y proporcionarse independientemente el mensaje de los datos a fin de garantizar el posterior acceso al mismo.
Las
publicaciones que las leyes exijan por escrito, sin perjuicio de lo establecido
en dichas leyes, podrán adicionalmente efectuarse en medios electrónicos en
forma de mensaje de datos.
Cumplidos los requisitos de accesibilidad, el mensaje de datos tiene iguales efectos jurídicos que los documentos que consta por escrito.
Artículo 4.- Información original y copias certificadas.- Los mensajes de datos de los documentos desmaterializados, cuando las leyes así lo determinen y de acuerdo al caso, deberán ser certificados ante un Notario, autoridad competente o persona autorizada a través de la respectiva firma electrónica, mecanismo o procedimiento autorizado.
Los documentos desmaterializados se considerarán para todos los efectos, copia idéntica del documento físico a partir del cual se generaron y deberán contener adicionalmente la indicación de que son desmaterializados o copia electrónica de un documento físico. Se emplearán y tendrán los mismos efectos que las copias impresas certificadas por autoridad competente.
Artículo 5.- Desmaterialización.- El acuerdo expreso para desmaterializar documentos deberá constar en un documento físico o electrónico con las firmas de las partes aceptando tal desmaterialización y confirmado que el documento original y que el documento desmaterializado son idénticos. En caso que las partes lo acuerden o la ley lo exija, las partes acudirán ante Notario o autoridad competente para que certifique electrónicamente que el documento desmaterializado corresponde al documento original que se acuerda desmaterializar. Esta certificación electrónica se la realiza a través de la respectiva firma electrónica del Notario o autoridad competente.
Los documentos desmaterializados deberán señalar que se trata de la desmaterialización del documento original. Este señalamiento se constituye en la única diferencia que el documento desmaterializado tendrá con el documento original.
En el caso de documentos que contengan obligaciones, se entiende que tanto el documento original cono el desmaterializado son la expresión de un mismo acuerdo de las partes intervinientes y por tanto no existe duplicación de obligaciones. De existir multiplicidad de documentos desmaterializados y originales con la misma información u obligación, se entenderá que se trata del mismo, salvo prueba en contrario.
La desmaterialización de los documentos de identificación personal estará sujeta a las disposiciones especiales y procedimiento que las entidades competentes determinen.
Artículo 6.- Integridad de un mensaje de datos.- La consideración de integridad de un mensaje de datos, establecida en el inciso segundo del artículo 7 de la Ley 67, se cumple si dicho mensaje de datos está firmado electrónicamente. El encabezado o la información adicional en un mensaje de datos que contenga exclusivamente información técnica relativa al envío o recepción del mensaje de datos, y que no altere en forma alguna su contenido, no constituye parte sustancial de la información.
Para efectos del presente artículo, se considerará que la información consignada en un mensaje de datos es íntegra, si ésta ha permanecido completa e inalterada, salvo la adición de algún cambio que sea inherente al proceso de comunicación, archivo o presentación.
Artículo 7.- Procedencia e identidad de un mensaje de datos.- La verificación de la concordancia entre el emisor del mensaje de datos y su firma electrónica se realizará comprobando la vigencia y los datos del certificado de firma electrónica que la respalda. En otros tipos de firmas o sistemas de identificación y autentificación, esta verificación se realizará mediante la verificación de los registros acordados o requeridos.
El aviso de un posible riesgo sobre la vulnerabilidad o inseguridad de una firma , su certificado o el mensaje de datos y los anexos relacionados podrá ser realizado por el titular de los mismos, mediante cualquier tipo de advertencia que permita, de manera inequívoca a quien realiza la verificación o recibe un mensaje de datos, tomar las precauciones necesarias para evitar perjuicios y prevenir fallas de seguridad. Este aviso deberá ser realizado antes de iniciar cualquier proceso de transacción comercial negociación o contratación electrónica
De acuerdo a las leyes, se podrá recurrir a peritos para determinar la procedencia y otro tipo de relaciones de un mensaje de datos con quien lo remite de modo directo o indirecto.
Artículo 8.- Responsabilidad por el contenido de los mensajes de datos.- La prestación de servicios electrónicos de cualquier tipo por parte de terceros, relacionados con envío y recepción de comunicaciones electrónicas, alojamiento de sitios en medios electrónicos o servicios similares o relacionados, no implica responsabilidad sobre el contenido de los mensajes de datos por parte de quien presta estos servicios, siendo la responsabilidad exclusivamente del propietario de la información.
De acuerdo a la ley y por orden de la autoridad competente, el órgano regulador podrá ordenar la suspensión del acceso a cualquier información en redes electrónicas que se declare ilegal y/o que atente contra las leyes o la seguridad nacionales. El proveedor de servicios electrónicos deberá cumplir con la orden de suspender el acceso al contenido en forma inmediata, y en caso de no hacerlo será sancionado con sujeción a la ley por el CONELEC.
Artículo 9.- Prestación de servicios de conservación de mensajes de datos.- La conservación, incluido el almacenamiento y custodia de mensajes de datos, podrá realizarse a través de terceros, de acuerdo a lo que establece el Art. 8 de la Ley 67. los sistemas, políticas y procedimientos que permiten realizar las funciones de conservación de mensajes de datos se denominan Registro Electrónico de Datos. Una vez cumplidos los requisitos establecidos en las leyes, cualquier persona puede prestar servicios de Registro Electrónico de Datos que incluyen:
Conservación, almacenamiento y custodia de la información en formato electrónico con las debidas seguridades;
Preservación de la integridad de la información conservada;
Administración del acceso a la información y la reproducción de la misma cuando se requiera;
Respaldo y recuperación de información; y,
Otros servicios relacionados con la conservación de los mensajes de datos .
La prestación de servicios de Registro de Dato se realizará bajo el régimen de libre competencia y contratación. Las partes que intervengan en la contratación de este tipo de servicios, podrán determinar las condiciones que regulan su relación.
La prestación del servicio de Registro Electrónico de Datos deberá observar todas las normas contempladas en la Ley 67, este reglamento y demás disposiciones legales vigentes.
En los procesos de conservación de los mensajes de datos, se debe garantizar la integridad de los mismos al menos por el mismo tiempo que las leyes y reglamentos exijan su almacenamiento.
Por orden de autoridad competente, podrá ordenarse a los proveedores de servicios de Registro Electrónico de Datos mantener en sus sistemas respaldos de los mensajes de datos que tramite por el tiempo que se considere necesario.
Artículo 10.- Elementos de la infraestructura de firma electrónica.- La firma electrónica es aceptada bajo el principio de neutralidad tecnológica. Las disposiciones contenidas en la Ley 67 y el presente reglamento no registren la autonomía privada para el uso de otras firmas electrónicas generadas fuera de la infraestructura de llave pública, ni afecta los pactos que acuerden las partes sobre validez y eficacia jurídica de la firma electrónica conforme a lo establecido en la ley y este reglamento.
Los principios y elementos que respaldan a la firma electrónica son:
a) No-discriminación a cualquier tipo de firma electrónica, así como a sus medios de verificación o tecnología empleada;
b) Practicas de certificación basadas en estándares internacionales o compatibles a los empleados internacionalmente 1;
c) El soporte lógico o conjunto de instrucciones para los equipos de computo y comunicaciones, los elementos físicos y demás componentes adecuados al uso de las firmas electrónicas, a las prácticas de certificación y a las condiciones de seguridad adicionales, comprendidas en los estándares señalados en el literal b);
d) Sistema de gestión que permita el mantenimiento de las condiciones señaladas en los literales anteriores, así como la seguridad, confidencialidad, transparencia y no-discriminación en la prestación de sus servicios; y,
e) Organismos de promoción y difusión de los servicios electrónicos, y de regulación y control de las entidades de certificación.
Artículo 11.- Duración del certificado de firma electrónica.- La duración del certificado de firma electrónica se establecerá contractualmente entre el titular de la firma electrónica y la entidad certificadora de información o quien haga sus veces. En caso de que las partes no acuerden nada al respecto, el certificado de firmas electrónicas se emitirá con una validez de dos años a partir de su expedición. Al tratarse de certificados de firma electrónica emitidos con relación al ejercicio de cargos públicos o privados, la duración del certificado de firma electrónica podrá ser superior a los dos años pero no podrá exceder el tiempo de duración de dicho cargo público o privado a menos que exista una de las prórrogas de funciones establecidas en las leyes.
Articulo 12.- Listas de revocación.- Las entidades de certificación de información proporcionarán mecanismos automáticos de acceso a listas de certificados revocados o suspendidos de acuerdo al artículo 26 de la Ley 67. Cuando la verificación de la validez de los certificados de firma electrónica no sea posible de realizar en tiempo real, la entidad de certificación de información comunicará de este hecho tanto al emisor como al receptor del mensaje de datos.
Los periodos de actualización de las listas de certificados suspendidos, revocados o no vigentes por cualquier causa se establecerán contractualmente.
Articulo 13.- Revocación del certificado de firma electrónica.- Establecidas las circunstancias determinadas en la Ley 67, se producirá la revocación, que tendrá también como consecuencia la respectiva publicación y la desactivación del enlace que informa sobre el certificado.
En caso de que las actividades de certificación vayan a cesar, la entidad de certificación deberá notificar con por lo menos noventa días de anticipación a los usuarios de los certificados de firma electrónica y a los organismos de regulación control sobre la terminación de sus actividades.
La cesión de certificados de firma electrónica de una entidad de certificación a otra, contará con la autorización expresa del titular del certificado.
La entidad de certificación que asuma los certificados deberá cumplir con los mismos requisitos tecnológicos exigidos a las entidades de certificación por la ley 67 y este reglamento.
Articulo 14.- De la notificación por extinción, suspensión o revocación del certificado de firma electrónica.- La notificación inmediata al titular del certificado de firma electrónica, de acuerdo al articulo 26 de la Ley 67, se hará a la dirección electrónica y a la dirección física que hubiere señalado en el contrato de servicio, luego de la extinción, suspensión o revocación del certificado.
Articulo 15.- Publicación de la extinción, revocación y suspensión de los certificados de firma electrónica y digital.- La publicación a la que se refiere el artículos 27 de la Ley 67, se deberá hacer por cualquiera de los siguientes medios:
a) Siempre a la página electrónica determinada por el CONELEC en la que se reporta la situación y la validez de los certificados, así como en la página WEB de la entidad certificadora; y,
b) Mediante un aviso al acceder al certificado de firma electrónica desde el hipervínculo de verificación, sea que éste forme parte de la firma electrónica, que conste en un Directorio electrónico o por cualquier procedimientos por el cual se consulta los datos del certificado de firma electrónica.
Opcionalmente en caso de que la entidad certificadora o la entidad de registro relacionada crean conveniente, se podrá hacer la publicación en uno de los medios de comunicación pública.
Articulo 16.- Reconocimiento internacional de certificados de firma electrónica.- Los certificados de firma electrónica emitidos en el extranjero tendrán validez legal en Ecuador, una vez obtenida la revalidación respectiva emitida por el CONELEC, el deberá comprobar el grado de fiabilidad de los certificados y la solvencia técnica de quien los emite.
Articulo 17.- Régimen de acreditación de entidades de certificación de información.- Para obtener autorización de operar directamente o a través de terceros relacionados en Ecuador, las entidades de certificación de información deberán registrarse en el CONELEC.
Los certificados de firma electrónica emitidos por las entidades de certificación de información que, además de registrarse, se acrediten voluntariamente en el CONELEC, tienen carácter probatorio.
Las entidades que habiéndose registrado y obtenido autorización para operar, directamente o a través de terceros relacionados en Ecuador, no se acreditan en el CONELEC, tendrán la calidad de entidades de certificación de información no acreditadas y están obligados a informar de esta condición a quienes soliciten o hagan uso de sus servicios, debiendo también, a solicitud de autoridad competente, probar la suficiencia técnica y fiabilidad de los certificados que emiten.
Articulo 18.- Responsabilidades de las entidades de certificación de información.- Es responsabilidad de la entidad certificadora de información o de la entidad de Registro que actúe en su nombre, verificar la autenticidad y exactitud de todos los datos que consten en el certificado de firma electrónica.
El CONATEL, podrá requerir en cualquier momento de la entidad de certificación de información, de la entidad de Registro que actúe en su nombre, o del titular del certificado de firma electrónica los documentos de respaldo que confirmen la autenticidad y exactitud de los datos que contiene.
Articulo 19.- Obligaciones del titular de firma electrónica.- A más de las consideradas en la Ley 67 y su reglamento, serán las mismas previstas en las leyes por el empleo de la firma manuscrita.
El órgano que ejerce las funciones de control previsto en la Ley 67, desarrollará los mecanismos, políticas y procedimientos para auditar técnicamente la actividad de las entidades bajo su control.
Articulo 20.- Información al usuario.- La información sobre los programas o equipos que se requiere para acceder a registros o mensajes de datos deberá ser proporcionada mediante medios electrónicos o materiales. En el caso de uso de medios electrónicos se contará con la confirmación de recepción de la información por parte del usuario, cuando se usen medios materiales, los que formarán parte de la documentación que se le deberá entregar al usuario.
Para demostrar el acceso a la información el usuario deberá manifestar expresamente que conoce la información objeto de su consentimiento y que sus sistemas le permiten el acceso tecnológico a la misma.
Articulo 21.- De la seguridad en la prestación de servicios electrónicos.- La prestación de servicios electrónicos que impliquen el envío por parte del usuario de información personal, confidencial o privada, requerirá el empleo de sistemas seguros en todas las etapas del proceso de prestación de dicho servicio. Es obligación de quien presta los servicios, informar en detalle a los usuarios sobre el tipo de seguridad que utiliza, sus alcances y limitaciones, así como sobre los requisitos de seguridad exigidos legalmente y si el sistema puesto a disposición del usuario cumple con los mismos. En caso de no contar con seguridades se deberá informar a los usuarios de este hecho en forma clara y anticipada previo al acceso a los sistemas o a la información de instruir claramente sobre los posibles riesgos en que pueden incurrir por la falta de dichas seguridades.
Se consideran datos sensibles del consumidor sus datos personales, información financiera de cualquier tipo como números de tarjetas de crédito o similares que involucren transferencias de dinero o datos a través de los cuales puedan cometerse fraudes o ilícitos que le afecten.
Por el incumplimiento de las disposiciones contenidos en el presente artículo o por falta de veracidad o exactitud en la información sobre seguridades, certificaciones o mecanismos para garantizar la confiabilidad de las transacciones o intercambio de datos ofrecida al consumidor o usuario, el organismo de control podrá exigir al proveedor de los servicios electrónicos la rectificación necesaria y en caso de reiterarse el incumplimiento o la publicación de información falsa o inexacta, podrá ordenar la suspensión del acceso al sitio con la dirección electrónica del proveedor de servicios electrónicos mientras se mantengan dichas condiciones.
Artículo 22.- Envió de mensajes de datos no solicitados.- El envío periódico de información, publicidad o noticias promocionando productos o servicios de cualquier tipo observará las siguientes disposiciones:
Todo mensaje de datos periódico deberá incluir mecanismos de suscripción y de suscripción;
Se deberá incluir una nota indicando el derecho del receptor a solicitar se le deje de enviar información no solicitada;
Deberá contener información clara del remitente que permita determinar inequívocamente el origen del mensaje de datos;
A solicitud del destinatario se deberá eliminar toda información que de él se tenga en bases de datos o en cualquier otra fuente de información empleada para el envió de mensajes de datos periódicos u otros fines no expresamente autorizados por el titular de los datos; y,
Inmediatamente de recibido por cualquier medio la solicitud del destinatario para suscribirse del servicio o expresando su deseo de no continuar recibiendo mensajes de datos periódicos, el emisor deberá cesar el envío de los mismos a la dirección electrónica correspondiente.
Las solicitudes de no envío de mensajes de datos periódicos, se harán directamente por parte del titular de la dirección electrónica de destino.
Los proveedores de servicios electrónicos o comunicaciones electrónicas, a solicitud de cualquiera de sus titulares de una dirección electrónica afectado por el envió periódico de mensajes de datos no solicitados, procederán a notificar al remitente de dichos correos sobre el requerimiento del cese de dichos envíos y de comprobarse que el remitente persiste en enviar mensajes de datos periódicos no solicitados podrá bloquear el acceso del remitente a la dirección electrónica afectada.
Articulo 23.-