ASOCIACIÓN

CUBANACÁN.

Información para los asociados

 Hemos obtenido la información siguiente, sobre los nuevos aranceles consulares:

1. Según la Resolución No 246/2004 del Ministro de Relaciones Exteriores de la República, de Cuba, se ha establecido un Arancel Consular que se aplicará en las misiones consulares de los países de la Zona Euro, los que toman como base esa moneda y, en consecuencia, en ella se expresan todas las tasas de los servicios incluidos en dicha Resolución.
2. Tal Resolución derogó el Arancel Consular establecido en la Resolución No 90 de fecha 4 de abril de 1996 y cuantas resoluciones, circulares y orientaciones hayan sido dictadas con anterioridad sobre este tema; entrando en vigor el primero de enero del presente año 2005.
3. Algunos de los aranceles que se han puesto en vigor desde esa fecha, son:
• Inscripción en el Registro Consular: Exento de Pago.
• Expedición del carné o certificación de inscripción consular: 12.00 euros.
• Solicitud de pasaporte: 180.00 euros más 4.00 euros para la tramitación.
• Expedición del Documento de Viaje y Tránsito: 70.00 euros.
• Prórroga de pasaporte: 90.00 euros.
• Prórroga de estancia en el exterior: 40.00 euros por cada mes.
• Por la solicitud de visa: 25.00 euros y por visar el pasaporte, luego de autorizada la visa: 55.00 euros.
• Solicitud de cambio de categoría migratoria (Permiso de Residencia en el Exterior): por la solicitud: 80.00 euros y por el otorgamiento de CCV a PRE: 25.00 euros.
• Otorgamiento ante el funcionario consular para surtir efectos legales en Cuba de poder especial para divorcio, matrimonio, permuta, salida de menor y otros, y expedición de Concuerda: 125.00 euros y en adición, por cada hoja o parte: 25.00 euros.
• Legalización de Carta de Invitación otorgada ante notario público:
175.00 euros.
• Por la ejecución de un acto, diligencia, o trámite no personal: 25.00 euros.

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