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Ministerio de Economía,Industria y Comercio (MEIC)
Centro de Servicios de Información

La Institución

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio fue creado según la Ley Nº 2656 del 1 de Noviembre de 1960, entonces cartera de Hacienda y Economía, la cual es reformada por Ley Nº 3611 del 28 de Febrero de 1965.

El Ministerio comienza a perfilarse con las características que tiene actualmente a partir del año 1966, año de su separación definitiva de la cartera de Hacienda, se le traspasa esta a Industria y Comercio mediante la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Fiscal de 1966, Ley Nº 3644 del 16 de Diciembre de 1965 y del decreto ejecutivo Nº 7 del 30 de Abril de 1965.

Hasta 1971 funcionó como Ministerio de Industria y Comercio, en 1972 aparece vía presupuestaria convertido en Ministerio de Economía, Industria y Comercio; aunque no fue hasta 1977 en que mediante la promulgación de la Ley Nº 6054 del 23 de Junio de 1977 Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Comercio la cual es reformada por el Decreto Ejecutivo Nº 7694 del 20 de Setiembre de 1977 que es el Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, adquiere una estructura muy similar a la que ostenta actualmente.

Dicho reglamento es derogado por el decreto ejecutivo número 24762-MEIC del 1 de diciembre de 1995 Gaceta 229, este decreto regula la organización y funcionamiento del Ministerio de Economía, Industria y Comercio con el fin de que promueva y apoye el desarrollo y competitividad del sector industrial y comercial del país, tratando de actualizar y acoplar las nuevas funciones y objetivos en una estructura-funcional con características planas y flexibilidad a su organización

En 1982 con la ley de reestructuración del Sector Público Nº 6812 del 21 de Setiembre de 1982, se traspasa la competencia de la materia industrial al recién creado Ministerio de Industria, Energía y Minas, situación que se mantiene hasta 1987.

Con la promulgación de la Ley 7152, del 6 de Junio de 1990, Ley Orgánica del Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas, se devuelve al Ministerio la competencia en materia industrial.

Otras leyes que le atribuyen competencia y funciones al MEIC son:

Ley Nº 7472, Ley de Promoción de la Libre Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor del 19 de Enero de 1995 y su reforma y. su reglamento.
Ley Nº 5292, Ley del Sistema Internacional de Medidas del 9 de Agosto de 1973.
Ley Nº 3284, Código de Comercio del 11 de Marzo de 1970.
Ley Nº 3140, Tratado General de Integración Económica Centroamericano del 6 de agosto de 1963, así como sus protocolos, convenios y reglamentos.
Ley Nº 2426, Ley de Protección al Desarrollo Industrial del 3 de Setiembre de 1956 y sus reformas.
Ley Nº 6812, Ley de Reestructuración del Poder Ejecutivo del 11 de Setiembre de 1982.
Ley 7629 Protocolo al Tratado General de Integración Econámica Centroamericana del 17 de Octubre de 1996

Así como otras leyes que regulan el accionar del MEIC y el Estado.

Actualmente el Ministerio de Economía, Industria y Comercio ha venido ejecutando una serie de cambios que deben ajustarse a lo que se ha producido en el entorno nacional e internacional.

Dentro de los nuevos lineamientos se dicta un nuevo reglamento a la Ley Orgánica del MEIC el DE Nº 24762-MEIC del 1º de Diciembre de 1995, aunado a éstos cambios se da una reestructuración institucional aprobada por MIDEPLAN y el Tribunal del Servicio Civil.

Dentro de ésta nueva estructura orgánica del MEIC comprende cinco áreas funcionales y sustantivas y el despacho Ministerial. En cada una de estas áreas se define y queda a su cargo un Coordinador General de Area, se suprimen todas las subdirecciones y se le asigna una nueva misión así como objetivos que se ajustan al cambio del Ministerio.

Características de la reestructuración

La reestructuración institucional aprobada por MIDEPLAN y el Tribunal del Servicio Civil tiene las siguientes características.

Misión:

Ente facilitador, concertador, ágil y eficiente que fomente la industria y le brinde protección y defensa al consumidor mediante la aplicación de legislación vigente

Objetivos Generales:

Diseñar y ejecutar una política de desarrollo industrial sostenible que permita fortalecer la competitividad del sector y en particular la pequeña y mediana industria
Apoyar la defensa de los derechos del consumidor, promover los mercados competitivos y la práctica de una libre y sana competencia, en beneficio del consumidor
Promover y apoyar el fortalecimiento de la Integración Económica Centroamericana
Centralización de las principales tramitaciones y servicios del MEIC, en un Centro de servicios, para atender la mayor demanda de usuarios
Transformar la Oficina Nacional de Normas y Unidades de Medida en un organismo de mínima desconcentración
Transformar la Dirección General de Estadística y Censos en un Instituto Nacional de Estadística y Censos.

 Funciones:

Según el citado Decreto Ejecutivo las funciones principales son:

Formular, dirigir y coordinar la política de desarrollo industrialsostenible
Formular, dirigir y coordinar la promoción y apoyo a los mercados competitivos
Apoyar la defensa del consumidor nacional y promover que éste, se beneficie de las mejoras de la productividad de la industria nacional
Formular, dirigir y coordinar el fortalecimiento de la Integración Económica Centroamericana
Formular, dirigir y coordinar el establecimiento de los estándares de normalización, metrología y calidad para los bienes y servicios
Formular, dirigir y coordinarla la realización de censos nacionales, así como encuestas de hogares, estadísticas de comercio exterior, índices de precios al consumidor y de la construcción y cualquiera otra que requiera el país
Administrar los Tratados de Libre comercio y de Intercambio Preferencial
Administrar la legislación mercantil
Suscribir tratados, convenios y protocolos de integración económica centroamericana en coordinación con el Ministerio de Relaciones Internacionales
Representar al Gobierno en las reuniones y negociaciones comerciales de carácter nacional e internacional en coordinación con el Minbisterio de Relaciones Internacionales.

 El Ministerio de Economía, Industria y Comercio ha consolidado el programa de reestrucruración institucional, con la finalidad de que al concluir la administración 1994-1998, el país cuente con una estructura organizativa que permita responder a los retos impuestos por las nuevas condiciones económicas internacionales y de apertura comercial.

Actualmente por disposición gubernamental, en esta Administración (1998-2002) se nombra el mismo Ministro para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), además el Area de Estadística y Censos se convierte mediante la Ley Nº del en Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y las funciones del Area de Integración Económica por decisión ministerial se trasladan al Ministerio de Comercio Exterior sin que exista ninguna regulación de tipo legal.

Centro de Servicios de Información

En el año 1979 se firma el Convenio entre el MEIC y el CONICIT DE Nº 8647-P (La Gaceta, 1978, p.8) para la correspondiente creación de Unidades de Información y de los Subsistemas de Información, en el mencionado Convenio se establece que el MEIC debe ante todo desarrollar, a la luz de dicho decreto el núcleo gubernamental de información técnica del Sector Economía, Industria y Comercio. En 1980 se hace una prórroga a dicho convenio en la que se mantiene la misma orientación.

El Centro de Servicios de Información, comienza a perfilarse mediante el decreto ejecutivo Nº 9644-P-OP (La Gaceta, 1979, p.7) en el artículo 14 inciso f) corresponde "crear un centro de documentación e información que suministre estadísticas periódicas a los Sistemas de Planificación Nacional de Información y de Estadísticas", el decreto ejecutivo Nº 14184-PLAN (La Gaceta, 1983, p.9) reforma el anterior decreto, Creación del Subsistema de Dirección y Planificación Sectorial en su artículo 23 numeral h) se establece la necesidad de establecer y mantener un Centro de Documentación e Información "que permita el registro y suministro adecuado de estadísticas periódicas útiles al Ministro Sectorial y al Consejo Sectorial para el análisis y toma de decisiones, dentro del marco de referencia del Sistema Nacional de Planificación". Función equivalente a las anteriores se específica en los decretos ejecutivos Nº 14434 y Nº 15290.

El decreto ejecutivo Nº 14434-MIEM-PLAN (La Gaceta, 1983, p.1), dicta la constitución del Sector Industria, Energía y Minas. Dada la importancia de la información industrial se establece mediante DE Nº 15290-MIEM (La Gaceta, 1984, p.2) el cual es una modificación al De Nº 14434, en el artículo 44 inciso f), la "creación de un Centro de Documentación e Información que permita el suministro de estadísticas periódicas para las instituciones integrantes del sector".

La Ley 7017 Ley de Incentivos para la Producción Industrial (La Gaceta, 1985 Anexo 3, p.57) en el artículo 8 contempla los siguientes elementos que inciden sobre el Centro de Servicios de Información: "en favor de los sectores productivos se reforzarán o establecerán, según el caso, servicios de apoyo a la producción, que consistirán, por lo menos, en asistencia técnica, información oportuna y adecuada, política tecnológica, normalización", en el artículo 10 de la misma ley se establece "toda unidad productiva estará obligada a entregar la información estadística que corresponda para fortalecer el programa previsto de información" en el artículo 11 de la citada ley "a las empresas que disfruten de los beneficios de la presente ley se le cancelarán tales beneficios si no ofrece en tiempo oportuno información necesaria para el programa de información".

Como complemento a lo establecido en la ley antes mencionada, el DE Nº 17301-MIEM (La Gaceta, 1986, p.1) en su artículo 31 señala la necesidad de que exista un programa de información en los siguientes términos: "programa de información para los sectores productivos cuyo propósito será ofrecer elementos de juicio adecuados y oportunos para sus decisiones".

Por otra parte, dentro del mismo decreto, en el articulo Nº 75 (p. 5), se dispone que:

con la finalidad de que las entidades públicas puedan contar con la información necesaria para dar fiel cumplimiento a la preferencia de los productos manufacturados por la industria nacional, al momento de efectuar sus compras, según lo estipula el artículo 12 de la ley, la Secretaría Ejecutiva de Planificación del Sector Economía, Industria y Comercio (SEPSEIC), mantendrá a su disposición la documentación informativa necesaria

El DE Nº 20879-PLAN-MEIC (La Gaceta, 1991, p.3) deroga la creación de la SEPSEIC a la cual pertenecía el Centro de Servicios de Información por lo que el Ministro Rector del período 1990-1994 opta por rescatar éste Centro y crear una nueva Dirección dentro del MEIC, por medio del DE Nº 23051-MEIC-MIDEPLAN (La Gaceta, 1994, p.5) se crea adscrita al Despacho del Ministro como "unidad especializada en la obtención, proceso, suministro y divulgación de información para el sector".

Cabe señalar, que mediante DE Nº 22282-MICIT, (Alcance Nº 28 a La Gaceta, Julio, p. 16) se crea el Sistema Nacional de Información Científica y Tecnológica (SINICYT). Es importante destacar, que dentro del SINICYT y bajo la Dirección del CONICIT, el Centro de Servicios de Información según artículo 3, inciso b) del citado decreto ejecutivo es un nodo sectorial y coordinador del subsistema de información industrial y agroindustrial de Costa Rica.

A inicios de la Administración 94’98 el Ministro de Economía, Industria y Comercio plantea la necesidad de contar con información ágil y oportuna para la toma de decisiones en el sector industrial, dentro de este contexto y como primer paso fundamental en el esquema de política industrial impulsado por el MEIC, es que el empresario cuente con información confiable y oportuna. Por este motivo se implementará un plan de fortalecimiento a este Centro del MEIC, a fin de que no sólo este ligado con los centros de divulgación de información industrial a nivel nacional, sino también que este conectado con centros internacionales de avance y desarrollo científico.

Todo esto permitirá al usuario que la información este centralizada en el MEIC, específicamente en el Centro de Servicios de Información, pero interconectada por medio de redes y al alcance inmediato de quiénes la requieran.

Mediante el DE Nº 20351-MEIC-MIDEPLAN se le da respaldo a sus objetivos, funciones y servicios.

Dentro de la reestructuración del Ministerio de Economía, Industria y Comercio se considera al Centro de Servicios de Información como área prioritaria en materia de información así como en la prestación de servicos por lo que se le amplia su rango de acción y considerando no solo los dirigidos al sector industrial sino aquellos aprovenientes de otras áreas de su ámbito de acción. Por ello el Centro de Información Industrial (CIIN) se transformó en el Centro de Servicios de Información, es así como en el nuevo Reglamento a la Ley Orgánica del MEIC DE Nº 24762-MEIC artículo 21 aparece el Area del Centro de Servicios de Información con nuevas funciones y el cual estará al servicio del Despacho del Ministro, Viceministro, el Resto de Areas del Ministerio y del público en general.

Se espera que el Centro de Servicios cubra aún más que el área de información con nuevos servicios, que han nacido del contacto con los usuarios reales.

Este decreto define que una de los nuevos servicios que ofrece el Centro será el de operar la Ventanilla de Unica de Trámites Industriales (VUTI) con el objetivo de centralizar en un solo lugar los trámites industriales, el cual involucra varias instituciones públicas.

Con los nuevos servicios, en una sola área física, cualquier persona, podrá obtener la información no sólo que emana el Ministerio, sino obtener documentación, servicios de capacitación, de orientación e inclusive, que pueda desde ahí iniciar trámites de certificación que brindan algunas instancias del MEIC, o sea centralizar los trámites y servicios del MEIC para atender con mayor celeridad la demanda de los usuarios.

Según el documento de reestructuración del MEIC la misión del Centro de Servicios es: Ser el Centro de Servicios del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, mediante el cual se difunda la información y los servicios de las distintas áreas sustanciales y operativas del MEIC y simplificando trámites a los usuarios.

El mismo documento (p.19) indica el objetivo general del Centro de Servicios:

Actuar como órgano catalizador y soporte técnico en materia de servicios para las distintas áreas funcionales de la institución y para todos los usuarios externos e internos que hagan uso de sus servicios

Objetivos:

Los objetivos del Centro de Servicios de Información según el artículo Nº 2 del decreto ejecutivo Nº 20351-MEIC-MIDEPLAN (La Gaceta, 1994, p.5) son:

  1. "Implantar y mantener un sistema automatizado de información industrial que atienda las necesidades del sector -o canalice donde corresponda- las demandas de información que sus usuarios demanden, mediante la utilización de métodos y equipos modernos que permitan garantizar servicios eficientes.

  2. Crear la Red de Información del Sector Industrial y Agroindustrial de Costa Rica.

  3. Favorecer la cooperación interinstitucional que permita hacer uso intensivo y racional del conocimiento y de los recursos con que cuente.

  4. Garantizar el libre acceso y el flujo adecuado de la información relevante y pertinente para la toma de decisiones en el campo.

  5. Promover la normalización y agilización de las operaciones técnicas que permitan captar, procesar, almacenar y distribuir información con mayor eficiencia y eficacia".

 Funciones:

Las funciones del Centro de Servicios de Información según el decreto ejecutivo Nº 24762-MEIC(La Gaceta, 1995, p.8), artículo 21 son:

  1. "Brindar servicios de acceso a redes internacionales, bases de datos, trámites del sector e información de diversa índole relativas a la industria, economía, comercio, ciencia y tecnología y otras vinculantes con el accionar de la institución;

  2. Disponer de información veraz y oportuna sobre variables e indicadores en materia económica, comercial, industrial, de integración, tecnológicas u de otra actividad;

  3. Suminstrar servicios de información entre las instituciones del país, a los usuarios de los servicios;

  4. Operarar los servicios de ventanilla única para trámites concernientes a las competencias de la institución, a fin de centralizar y agilizar las solicitudes de los usuarios;

  5. Coordinar permanentemente con los representantes de todas las instancias del Ministerio, los diferentes servicios que ofrecen y que la Institución por su medio puede suministrar a los usuarios internos y externos;

  6. Ampliar y actualizar la gama de servicios de iunformación y simplificación de trámites, en las áreas de competencia del Ministerio, de acuerdo con los cambios del entorno y requerimientos de los usuarios internos y externos;

  7. Garantizar el libre acceso y flujo adecuado de la información relevante y pertinente, para la toma de decisiones del Ministerio;

  8. Elaborar en forma conjunta con las áreas substantivas y de apoyo del Ministerio boletines informativos u otro material para la información de los usuarios;

  9. Cualquiera otras funciones que le sean asignadas relacionadas conla prestación de servicios eficaces y eficientes¨.

 Servicios:

  1. Los servicios que brinda el Centro de Servicios de Información según el Decreto Ejecutivo Nº 20351-MEIC-MIDEPLAN (La Gaceta, p.6), artículo 7 son:

  2. Préstamo a sala y a domicilio del material.

  3. Préstamo interbibliotecario.

  4. Consultas telefónicas.

  5. Acceso de información en Bases de Datos. (bibliográficss y estadísticas)

  6. Referencia, tanto interna como externa.

  7. Bibliografías especializadas.

  8. Reproducción de documentos.

  9. Investigación sobre temas específicos.

  10. Estudios, cuadros, análisis específicos.

 

El Centro de Servicios de Información ha venido cumpliendo con los nuevos desafíos que le ha tocado implementar nuevos servicios: VUTI y más recientemente su interconexión a la red de redes más grande del mundo Internet y un proyecto de Intranet en el MEIC.

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