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"El Mirador de HUALPÉN" - Año II Nº 8 - Septiembre 2007 - www.oocities.org/hualpenchilenoticias | |||||||
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CONMOCIÓN Y ESPERANZAS fueron los sentimientos que expresaron pobladores pertenecientes a la junta de Vecinos 44-C "José Miguel Carrera", frente al despliegue de las cámaras de Canal Regional y Radio Bío-Bío, cuando concurrieron a informarse en terreno de la situación que afecta a la organización vecinal. | |||||||
En cuanto al destino que pudiera tener el Recurso presentado ante la Corte de Apelaciones de Concepción , dirigentes vecinales señalaron que ahora sólo quedan a la espera de la determinación del Tribunal penquista, en cuanto a cómo esta instancia validará lo obrado conforme a la Ley y a los Estatutos, para restablecer el normal funcionamiento de la organización, que en la impasse ha visto paralizados numerosos proyectos de adelanto destinados a mejorar la calidad de vida de los pobladores del sector.
EL RECURSO EN LOS HECHOS.- El Recurso de Protección presentado ante la corte, relata en forma relevante los siguientes hechos que a juicio de los recurrentes establecen los atropellos por parte de la Municipalidad, en la persona del Alcalde de Hualpén, a los derechos constitucionales que establece la Carta Fundamental de la Republica: "Es del caso --dice el recurso--, que los recurrentes, nos vemos afectados en nuestras garantías constitucionales más abajo individualizadas, al vulnerarse la autonomía que nos otorgan la Ley y nuestros estatutos, para el libre ejercicio del derecho de asociación consagrado en la Carta Constitucional, al negársenos por parte de la recurrida el reconocimiento y las certificaciones y documentación necesaria para el desarrollo de nuestras actividades vecinales". Agrega que por causa de esta misma ilegalidad, a la fecha "se nos ha hecho perder un proyecto de CONACE, para la prevención de droga, que iba a beneficiar a cerca de 40 niños del sector; Se nos hizo perder otro proyecto para concretar la ampliación de nuestra sede social; se nos tiene paralizado el funcionamiento de tres comités funcionales, con más de 80 pobladores que esperan concretar sus proyectos de reparación de techumbres, fachada y construcción de rejas, y corremos el riesgo de perder la pavimentación participativa en cuatro pasajes del sector, perjudicando con ello a 24 familias de de nuestra unidad vecinal". "Todo ello --agregan al margen del escrito--, sin contar que se sienten amenazados en cuanto a no recibir este año los juguetes que normalmente la Municipalidad entrega para los niños de la unidad vecinal con motivo de las pr´oximas fiestas de fin de año". Más adelante se relata en el texto del recurso, cómo el ex presidente Héctor Delgado fue primeramente sancionado con la supensión, conforme a Estatutos, y luego, con la "censura", conforme a la Ley, en ambas ocasiones por su pùblica negativa a entregar antecedentes relacionados con la inversión de alrededor de 16 millones de pesos que la junta de vecinos ha recibido por concepto de fondos fiscales, independientemente que en secreto haya rendido algún tipo de cuenta ante el Ministerio del Interior y/o Contraloría. Posteriormente el recurso aclara que Delgado se hallaba suspendido al momento de conocerse el fallo del TER que no dio lugar a una reclamación interpuesta por un vecino socio en contra de su postulación como candidato cuando ejercía en la ilegalidad, por lo que no hubo ni ha habido intención de oponerse al cumplimiento del fallo, ya que Delgado ejercía como presidente cuando fue sancionado con la suspensión, por grave incumplimiento a sus obligaciones, a los acuerdos del directorio, de la asamblea, de los estatutos y a las disposiciones de la Ley. También hace notar el recurso que la posterior censura que lo cesó en el cargo, fue aprobada por la unanimidad de los socios que pudieron votar en la asamblea extraordinaria citada al efecto por hallarse con sus cuotas debidamente al día, conforme lo establece el Art. 13 de los estatutos, los que son de pleno conocimiento de Delgado.. Agrega en la parte expositiva, que con fecha 31 de julio fue solicitado un pronunciamiento al Tribunal Electoral Regional sobre la situación planteada, ante el cual el TER resolvió que “no le es dable emitir opiniones o informes, como el solicitado en la presentación de autos…”. Esto, por hallarse presuntamente pendiente de resolución un recurso de reclamación que habría presentado el propio Héctor Delgado en contra de los cuatro dirigentes en ejercicio, pero del cual hasta la fecha de este despacho, no han sido notificados. Y la gravedad de la omisión alcaldicia se deriva del grave daño que causa a la junta de vecinos en no dar curso al reconocimiento qure ordena la Ley, ya que la resolución final sobre un recurso eventualmente recién interpuesto ante el TER podría tardar varios meses, y los dirigentes que recurren estiman que sin perjuicio de ello, la Municipalidad de Hualpén no tiene atribuciones y no puede mantener paralizada a la junta de vecinos, porque se trataría de “calificar” por su cuenta lo obrado conforme a la Ley 19.418 y a los estatutos, y sobre cuyas disposiciones el Alcalde está obligado a proceder, en respeto a la autonomóa de la junta de vecinos. "Lo contrario es simplemente desobediencia a la Ley", sentencian. |