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PLANEACIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO


Contenido

Sector central

La centralización administrativa consiste en la relación de subordinación que existe entre los órganos superiores y los inferiores respecto al principio de jerarquía de los mismos. La relación entre los órganos secundarios respecto del superior jerárquico, está determinada por el principio de subordinación de los mismos.

La organización descentralizada tiene las siguientes características:

1.- Carecen de personalidad jurídica
2.- Dependen jerárquicamente y administrativamente del poder ejecutivo
3.- El titular del órgano es nombrado y removido libremente por el propio presidente
4.- Actúan exclusivamente por facultades delegadas por el presidente
5.- Carecen de patrimonio propio
6.- Su máximo órgano es unipersonal

Las facultades del sector central son:

Apercibimiento
Extrañamiento, amonestación y censura
Multa
Privación del derecho de ascenso
Descenso
Suspención temporal de empleo
Privatización del empleo

Las secretarias de Estado son órganos administrativos derivados del originario correspondiente que auxilian al presidente de la república en el despacho de los asuntos que la ley de la administración pública federal le encomienda, como parte de la
actividad estatal.

Secretaría de gobernación
Secretaría de relaciones exteriores
Secretaría de marina
Secretaría de hacienda y crédito público
Secretaría de desarrollo social
Secretaría de medio ambiente
Secretaría de energía
Secretaría de comercio y fomento industrial
Secretaría de agricultura ganadería y de desarrollo rural
Secretaría de contraloría y desarrollo
Secretaría de educación pública
Secretaría de trabajo y previsión social
Secretaria de la reforma agraria
Secretaría de turismo
Departamento del distrito federal
Consejería del ejecutivo federal
Procuraduría general de la república
Secretaría de comunicaciones y transportes

La administración pública central se lleva a cabo a través de las dependencias a que se refiere el art. 19 de la ley orgánica de la administración pública federal, teniendo más de una de ellas las facultades señaladas por los arts. 20 al 40.

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Sector paraestatal

Sector paraestatal

El sector paraestatal es un instrumento fundamental de la acción económico social de la administración pública mexicana.
Empresas de participación paraestatal.

La ley considera empresa de participación estatal a aquellas que satisfagan algunos de los siguientes requisitos:

Además asimila a las empresas de participación estatal y somete al control y vigilancia de la secretaría de patrimonio nacional, en los términos de la ley, a las empresas en que en un organismo descentralizado o empresa de participación estatal haya suscrito la mayoría de su capital social directamente o a través de otras empresas en cuyo capital tenga participación mayoritaria el organismo descentralizado o la empresa de participación estatal en su caso.

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Fideicomisos

Antecedentes

El fideicomiso es una institución relativamente reciente, aún cuando existen antecedentes legislativos y algunos proyectos de leyes. La doctrina ha discutido mucho los antecedentes del fideicomiso, algunos lo rematan al derecho romano y otros al trust, que surgió en el Common Law y Equity, en Inglaterra, entre los siglos XIII y XV. Se discute en >México la naturaleza jurídica del fideicomiso. Hay quienes lo consideran contrato y quienes lo consideran como un negocio jurídico, o un acto unilateral de voluntad.

Definición legal

Conforme al art. 346 de la LGTOC " En virtud del fideicomiso. El fideicomitente destina ciertos fines a un fin lícito
determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria".

Clasificación de los fideicomisos

1.- Expreso y tácito. Según se manifiesta en forma indudable la voluntad, o derive de algún acto en forma tácita. En México sólo pueden dar se los fideicomisos expresos,
2.- Oneroso y gratuito. Según se trate de que devengue honorarios del fiduciario, o no en su caso, de que en relación con la transmisión de bienes de esta sea o no gratuita.
3.- Fideicomiso público y privado . Público será aquel en el que intervengan instituciones gubernamentales como fideicomitentes o tenga por objeto bienes del gobierno federal , o realizar actividades de interés público. Privado es aquel que se celebra exclusivamente entre particulares.

Otra clasificación de los fideicomisos es la que se divide en de garantía, de inversión, de administración, testamentarios y para emisión de certificados e participación.

Comisiones y corporaciones administrativas autónomas

Comisiones

Se hace referencia a la comisión como una forma de organización administrativa, es decir, un conjunto de personas encargadas legalmente de realizar determinadas actividades que corresponda al estado, asumiendo las diversas formas centralizadas, desconcertadas o descentralizadas.

Las comisiones y corporaciones, tiene su origen en el derecho anglosajón . Es el modelo norteamericano el que ha servido de base principalmente para la creación de estos organismos, a los cuales se les ha signado regímenes jurídicos diverso a la tradición imperante en el vecino país. En numerosas ocaciones se han mezclado elementos de sistemas contradictorios de organización en una misma institución.

El auge de las comisiones de los Estados Unidos de Norteamérica determinó que nuestros juristas y legisladores trasplantaran esas instituciones creadas unas para la época de paz y otras para la época de guerra con su diversa naturaleza jurídica. De este modo las incorporan a nuestro derecho administrativo , sin subordinarse estrictamente a sus tradiciones y a sus propias estructuras.

En la mitad segunda del siglo pasado, comenzaron a surgir en México esas organizaciones bajo el nombre de comisiones al que se agregaba el nombre de la materia que atendían. Desde luego debe decirse que este transplante no literalmente igual al del vecino país. Por una parte la misma variabilidad que tenían en ese país; y por la otra, nuestras características que nos ayudan a adoptarlas a nuestro régimen jurídico. De este modo, surgieras instituciones importantes como la comisión nacional bancaria, la comisión federal de electricidad, etc.

Las comisiones intersecretariales

Son organismos intermedios creados para atención de asuntos que implican el ejercicio de la actividad administrativa en diversas ramas o materias, están integradas por uno o varios secretarios de Estado o jefes de departamento, o directores generales de organismos descentralizados, o de empresas de estado o representantes de ellas.

El hecho de que cada uno de los entes centralizados de la administración se les asignen diferentes atribuciones, con base en el principio de división de trabajo y de acuerdo con la coordinación que debe haber entre ellos, permite que exista colaboración, interrelación en su actividad, resultando de tal suerte una acción unitaria , subordinada y dependiente del ejecutivo.

Los organismos administrativos intersecretariales son creados por el presidente de la república , integrados por varias secretarias o departamentos de estado, sin perjuicio de ser constituidos al mismo tiempo por otro tipo de organismos . Tienen como finalidad, la solución de los problemas en los cuales sea insuficiente la acción de una sola secretaría o departamento de estado.

Características:

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Antecedentes de las secretarias de Estado

Art. 26 de la ley orgánica de la administración pública federal. Para el despacho de asuntos de orden administrativo, el poder ejecutivo contara con las siguientes dependencias:

 



Secretaría de Gobernación.

El 28 de diciembre de 1994, se modificó la ley orgánica de la administración pública federal en la que se incorporan las
siguientes funciones:

Conducir y poner en ejecución, coordinación con los gobiernos de los estados, con los demás gobiernos municipales y con las dependencias y entidades de la administración pública federal, las políticas y programas de protección civil del ejecutivo para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo de la población en situaciones de sastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privados y social las acciones conducentes al mismo objetivo.

Con el propósito de adecuar las denominaciones de las unidades administrativas a fin de que correspondan a sus funciones, ámbitos de operación y delimitar con precisión sus responsabilidades se proponen los siguientes cambios en oficinas centrales:

Subsecretaría de protección civil y prevención y readaptación social por subsecretaría de seguridad pública
Subsecretaría de asuntos jurídicos y asociaciones religiosas por subsecretaría de asuntos religiosos
Dirección general de comunicación social por dirección general de información y difusión
Dirección general de asuntos religiosos por dirección general de asociaciones religiosas
Dirección general de apoyo a instituciones y organizaciones políticas por dirección general de apoyo a instituciones y
organizaciones políticas, sociales y civiles.

Funciones

Secretaría de Relaciones Exteriores.

Secretaría de la Defensa Nacional

Misiones generales del ejercito

Secretaría de Marina

La ley orgánica de la administración pública federal del 29 de diciembre de 1976, le conservó el nombre, pero a la vez le segregó las atribuciones en materia de marina mercante, a favor de la secretaría de comunicaciones y transportes.

Es la secretaría la que organiza, administra y prepara la armada, manejando el activo y las reservas de las mismas; conceder licencias y retiros e intervenir en las personas o los miembros de la armada; ejercer la soberanía del territorio , vía navegables, islas nacionales y la zona económica exclusiva, etc.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

La secretaría estudia y formula los proyectos de leyes y disposiciones relativas a los impuestos y las leyes de ingresos federales y del departamento del distrito federal; cobra los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos federales y del distrito federal.; Dirige los servicios aduanales, y de inspección y la política fiscal de la federación; Dirige la política monetaria y crediticia; administra la casa de moneda, etc.

Secretaría de Desarrollo Social

Actualmente su denominación es SEDESOL sustituyendo a la Secretaría de desarrollo urbano y ecología; es la dependencia responsable de coordinar las acciones de política social del gobierno federal, además su función coordinadora tiene ámbitos propios de acción que lleva a cabo mediante una estructura que comprende:

Secretaría de Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca

Le corresponde formular y conducir la política de medio ambiente, los recursos naturales y la pesca; conservar y fomentar el desarrollo de la flora y fauna, así como planear, fomentar y asesorar la explotación y producción del medio ambiente.

Secretaría de Energía

Se creó por la ley de secretarías y departamentos de estado el 7 de diciembre de 1946, con el nombre de secretaría de bienes nacionales e inspección administrativa. La ley de 1958 la designó con el nombre de Secretaría de patrimonio nacional.

A partir del 29 de diciembre de 1976 por la ley orgánica de la administración pública federal, cambia el nombre a secretaría de patrimonio y fomento industrial . Por reformas aplicadas al D.O. del 29 de diciembre de 1982, se encomendaron a esta secretaría nuevas atribuciones cambiando su denominación por la de secretaría de energía, minas e industria paraestatal.

Actualmente su nombre es Secretaría de Energía.

Secretaría de Comercio y Fomento Industrial

Su misión es promover la competitividad y eficiencia de las empresas en lo individual y del país en conjunto para fomentar el crecimiento económico sostenido y estable, y con ello generar más y mejores empleos en una economía globalizada, así como atender los derechos de los consumidores.

Objetivos específicos:

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Plantea, fomenta y asesora técnicamente la producción agrícola, ganadería y desarrollo rural.

Secretaría de Educación Pública

Antecedentes.

El primer órgano oficial se le denominó Secretaría de instrucción pública e industria y fue establecida por las bases orgánicas centralistas de 1843. En 1891 apareció un nuevo organismo: La secretaría de instrucción pública y bellas artes, por ley el 16 de mayo de 1905, y el 25 de diciembre de 1917, una ley la transformó en el departamentos universitario de las bellas artes, finalmente por decreto el 25 de julio de 1921, fue creada con la denominación actual: Secretaría de educación pública.

Características

Organiza, vigila y desarrolla en las escuelas oficiales , incorporadas y reconocidas la enseñanza preescolar , primaria,
secundaria y normal, la enseñanza técnica, industrial, comercial y de artes y oficios, la enseñanza agrícola, la superior y la
profesional. Otorga becas para que los estudiantes de nacionalidad mexicana puedan estudiar y realizar investigaciones o
completar ciclos de estudios en el extranjero.

Secretaría de Salud

Establece conducir la política nacional en materia de asistencia local, servicios médicas y salubridad en general; crear y administrar establecimientos de salubridad general; crear y administrar establecimientos de salubridad, de asistencia pública y de terapia social en cualquier lugar del territorio nacional.

Secretaría de Trabajo y Previsión Social

Antecedentes

En 1911, durante el régimen de Don Francisco I. Madero, se creó dentro de la entonces Secretaría de comercio , industria y trabajo, un departamento especial de trabajo. En 1932 este departamento de trabajo se transformó en un departamento autónomo y el 31 de diciembre de 1940, por decreto publicado en esa fecha, se convirtió en la secretaria del trabajo y previsión social.

Características

Vigila la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el art. 123 y demás de la constitución federal, en la ley federal del trabajo y sus reglamentos; procurar el equilibrio entre los factores de la producción, evaluar la productividad, el trabajo; establecer el servicio nacional de empleo y vigilar su funcionamiento, intervenir en los asuntos relacionados con el seguro social.

Secretaría de la Reforma Agraria

Antecedentes

Por decreto el 1º de junio de 1910 se decretó la dirección agraria, dependiente entonces de la secretaría de agricultura y
fomento. En 1922, tomó un solo nombre: El de la comisión nacional agraria, y a partir del 10 de enero de 1934, se convirtió en el departamento agrario; la ley de 1958 lo denominó departamento de asuntos agrarios y colonización. Por reformas hechas a la ley de secretarías y departamentos del estado , el 31 de diciembre de 1974, se convierte en la secretaría de la reforma agraria, nombre que conserva actualmente.

Características

Secretaria de Turismo

Antecedentes

La ley de secretarias y departamentos de estado de 1958, creó el departamento de turismo, cuyo antecedente es la comisión Proturismo, creada en 1929 y que dependía de la secretaria de gobernación. Por reformas hechas a la ley antes mencionada, el 31 de diciembre de 1974 dicho departamento se convierte en la secretaría de turismo, nombre que conserva a la fecha.

Características

Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

En estricto sentido no puede considerarse que existan antecedentes de esta secretaría, salvo el departamento de contraloría previsto en la ley de Secretarías y Departamentos de Estado el 25 de diciembre de1917, publicado en el diario oficial del día 31 del mismo mes y año, y que de alguna de sus atribuciones puede estimarse que correspondieron órganos dependientes de la secretaría de hacienda y crédito público y de la secretaría de programación y presupuesto.

Características

Secretaría de comunicaciones y transportes

Antecedentes

La secretaría de comunicaciones y obras públicas fue creada bajo este rubro por la ley de Secretarías de Estado del 14 de mayo de 1891. Desde esta fecha no cambió su denominación hasta la ley de 1958, en que se llamó como se indicó al principio. La Ley orgánica de la administración pública federal , del 29 de diciembre de 1976, le conserva el nombre y le asigna las funciones que correspondían anteriormente a la secretaría de marina en materia de marina mercante.

Características

La corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de
acuerdo a las necesidades del país.

Gobierno del Distrito Federal

Las leyes del D.F.

El congreso de la unión y la asamblea legislativa son los órganos del estado que poseen la facultad de elaborar las leyes que regirán en le territorio del D.F. La constitución política de los E.U.M. establece las facultades y funciones de cada uno de los órganos legislativos.

En la capital del país el ejercicio del poder judicial corresponde al tribunal superior de justicia del D.F. integrado por los
magistrados y jueces de primera instancia. Los magistrados de ese tribunal serán nombrados por el presidente de la
República y ratificados por la asamblea legislativa del D.F.

Procuraduría General de la República

Es la encargada del despacho de los asuntos encomendados en la constitución de los E.U.M. , en la ley orgánica de la propia dependencia y en su reglamento, el procurador general de la república, quien se auxiliará con los Aguantes del ministerio público de la federación, los subprocuradores , el oficial mayor, el visitador general , el contralor interno , los coordinadores y directores generales en las diversas actividades que deba atender.

Uno de los aspectos que tiene encomendado el estado es el relativo a la procuración de justicia, atribución del poder ejecutivo ejercida por conducto del ministerio público de la federación que es el encargado de velar y tutelar los derechos f}fundamentales consignados en nuestra carta magna , así como el estado de derecho y el cumplimiento de las leyes secundarias que emanan de la propia constitución; la función que desarrolla el ministerio público de lña federación es la investigación de los delitos y la vigilancia en el cumplimiento de su cometido en pleno respeto de los derechos humanos y las garantías individuales.

Presidencia

La presidencia de la República , cuyo titular, el presidente, constituye el órgano en el que se deposita el ejercicio de las facultades administrativas ; pero en la imposibilidad en que el solo pudiera realizarlas, se ve en la necesidad de delegar algunas de ellas a otros órganos que en esta forma obran en representación de aquel, manteniéndose, por lo mismo, la unidad del poder ejecutivo que se propone en el régimen constitucional. Es decir que un acto no se encuentra íntegramente confiado a la presidencias, sino que, como una garantía para el buen funcionamiento de la administración , se exige la intervención de órganos, lo cual genera una división de competencia ; ya sea por razón de territorio, por razón de materia o por razón de grado.

La situación legal del presidente está regulada fundamentalmente por el derecho constitucional . El régimen relativo a la designación o elección del titular , a su separación del cargo, a las facultadas que le corresponden y a sus relaciones con el estado y con los otros poderes forma parte de aquella rama del derecho, por más que en otros aspectos de sus relaciones y de su actuación también intervengan normas de derecho administrativo.

El titular del ejecutivo federal cuenta además con las unidades respectivas , asesorías y apoyo técnico y de coordinación en áreas prioritarias que el propio ejecutivo determine. Entre estas unidades se ha creado:

Haga click aquí para consultar características, problemas y perspectivas del sector público

BIBLIOGRAFIA

AMARO Guzmán Raymundo.
Introducción a la administración pública
2ª.ed. México,
Edit. Mc Graw Hill. 1995, 513pp.

BURGOA Ignacio.
Derecho Constitucional
12ª.ed. México,
Edit. Porrua 1982.

PICHARDO Pagaza, Ignacio.
Introducción a la Administración Pública
Tomo 1 "Base y Estructura"
México 1984,
INAP,

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Cd. de México.

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