Ignacio Carrillo Prieto
Abstrac
El personal académico ha querido ser encuadrado en la categoría
de “trabajadores sindicalizados”, sólo que se han dado algunas objeciones
como son,
a) por su naturaleza de trabajo intelectual, es decir, la diferenciación
que existe entre trabajadores que “hacen” y los trabajadores que
“piensan”.
b) La legislación laboral no prevé la modalidad de la
labor intelectual y lo incluye como obrero o empleado
Sin embargo el sindicalizarse les traería beneficios y
mejores condiciones de trabajo que favorezca la eficacia de la enseñanza;
a) seguridad en el empleo
b) cargos familiares
c) duración del trabajo
d) licencias para el estudio seguridad social
Para ello la universidad, es una corporación pública que
imparte educación y cultura como función estatal que divide
al personal en dos bloques.
El personal académico y el personal administrativo.
Este personal académico que se especifica en los métodos que se utilizan en la clase, la calidad, sentido y orientación de las relaciones interpersonales, la definición de roles, modos de gestión y los procesos de toma de decisiones.
Mientras que el personal administrativo trabaja rutinas, costumbres
estáticas, monolíticas de un sistema escolar inflexible,
opaco y burocrático.
Elementos que no permiten un desarrollo profesional porque; hay un deterioro
de la imagen (estatus social).
Preocupación del desarrollo profesional (su formación,
práctica, condiciones de trabajo, control y evaluación)
Objeto de estudio teórico, investigación debate y “desarrollo
legislativo”.
Finalmente son las reglas,lo legislado, los mecanismos legales los que
configuran el destino del cambio, la reestructuración con
independencia de su contenido y que lleva a que prospere o fracase el personal
académico.