ESTRUCTURA DEL DICTAMEN.
METODOLOGÍA PARA REALIZARLO Y PRESENTARLO.
IMPORTANCIA DEL EXPEDIENTE CLÍNICO.

 

 Dra. Diana Eugenia Montero Velázquez.
Médica anestesióloga, adscrita al Servicio de Anestesiología
 del Hospital General de Zona No. 32 del IMSS

 

Las actuaciones periciales médicas, son aquellas documentales llamadas dictámenes periciales, mediante las cuales los expertos asesoran a la administración (Ministerio Público) o la procuración de justicia (Jueces) sobre algún punto de naturaleza biológica o médica.

La prueba pericial generalmente tiene dos fases:

1ª    Fase: Reconocimientos o investigaciones sobre las personas o las cosas en quienes recae el objeto  de la pericia.

2ª    Fase: Emisión del dictamen, considerando que en este punto se debe emitir la manifestación escrita de la opinión técnica-científica especializada, respecto del examen de personas, objetos o hechos y que responde a un planteamiento de problema requerido por una autoridad.
                                                         
El escrito mediante el cual se emite el dictamen, se fundamentará en una serie de datos debidamente probados tales como los que se obtienen del Expediente Clínico, que  después de ser sometidos a un estudio y análisis técnico-científico en las áreas de investigación documental y/o de laboratorio, culminará en la emisión de conclusiones, resultados, gráficas, planos y fotografías.

El dictamen pericial se reconoce en los Códigos de Procedimientos Penales (tanto en el Federal, como en los de las diferentes Entidades Federativas) como un medio de prueba, y como debe ser valorado en su oportunidad por la autoridad competente.

Es necesario que el dictamen cumpla con todas las formalidades de forma y de fondo, lo cual únicamente se logra con el debido fundamento científico y la formalidad que para su presentación la ley establece.

No omitimos mencionar que las omisiones de forma o de fondo pueden llevar al juzgador a desestimar y/o desechar la prueba en cuestión y en forma secundaria, llevarlo a generar una responsabilidad penal y/o administrativa en contra del perito que no observó una adecuada técnica al haber simulado o faltado a la verdad en sus conclusiones.

 

La elaboración de la PRUEBA PERICIAL se debe hacer utilizando invariablemente del Método Científico.

El método científico se define como un conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar a cabo una investigación. En otras palabras, es el proceso del pensamiento a través del cuál se da la solución posible a un problema y trata de probar cada posibilidad para encontrar la mejor solución.

La Metodología es el estudio de método y abarca la justificación y la discusión de su lógica interior, el análisis de los diversos procedimientos concretos que se emplean en las investigaciones y la discusión acerca de sus características, cualidades y debilidades. Son los pasos, las recomendaciones y los procedimientos que se han seguido en una indagación determinada, para designar los modelos concretos de trabajo que se aplican en una determinada disciplina o especialidad.

Análisis: Como método de estudio significa desintegrar, separar las partes de un todo.

Síntesis: Como método de estudio significa reconstituir y volver a integrar las partes de un todo.

Inducción: Como método de estudio es aquel que parte de proposiciones particulares y llega a proposiciones generales.

Deducción: Como método de estudio es aquel en cuyos razonamientos  parten de proposiciones generales y se llegan a proposiciones particulares.

El método experimental consta de dos elementos: manipulación y descripción. Se provoca una reacción en un grupo, de investigación, y se determinan los efectos. La manipulación es la manera como se controlan ciertos aspectos de una situación se denomina por lo común "tratamiento o procesamiento", qué es lo que constituye la variable independiente principal en los estudios experimentales, es la causa cuyos efectos hay que determinar.

El objeto de la investigación descriptiva consiste en describir y evaluar ciertas características de una situación particular en uno o más puntos, mediante el análisis de los datos reunidos para describir así, cuáles variables están relacionadas entre sí.

La observación científica se define habitualmente como la percepción dirigida de los objetos y fenómenos de la realidad.

El problema: Es la pregunta científica que se solucionará.

Existen diversas formas de realizar un estudio razonado de un caso anestésico, que representan solo variantes de forma, pero no de fondo, toda vez que el Dictamen pericial debe reunir los requisitos de ser un estudio metódico, científico y razonado.

A continuación me permito presentar una forma personal de elaborarlo:

Partes de las que consta un Dictamen: El Dictamen pericial es un documento escrito que se hace del análisis razonado de objetos, personas o hechos, y deberá reunir ciertas características.

1.- Datos administrativos: Se colocan en la parte superior de cada una de las fojas de las cuales consta el Dictamen y contiene, Institución a la que se pertenece, área de adscripción, especialidad que se solicita (el nombre del colegio o datos de la sociedad emisora), número de expediente a av. Previa, oficio o número interno.

2- Explicitación de la autoridad solicitante, a quien se dirige o remite el Dictamen: La autoridad u organismo que solicita el dictamen, lugar de adscripción re Institución a la que pertenece.

3.- Descripción de los datos periciales, presentación de las personas que elaboran el dictamen, su especialidad y la motivación pericial y nuevamente nombre de la persona o Institución que lo solicita, Motivación pericial es decir lo que nos pregunta la autoridad y que da origen a toda la investigación que vamos a realizar.

4.- Cuerpo del Dictamen:

a).- Contempla en primera instancia un breve resumen de los hechos relevantes ocurridos, sin expresar puntos de vista o inducir un resultado preliminar. Simplemente es una exposición breve y concisa que introduce al lector a conocer las generalidades del caso concreto.

b).- La numeración de todos los elementos de análisis (notas médicas), que nos van a servir para realizar un análisis científico del caso, en este apartado llamado de Elementos de Análisis o Material de Análisis, se describen las notas tal como la manifiestan los actuantes de forma textual entrecomillados. De ahí la trascendencia de contar con un Expediente Clínico apegado tanto a la normatividad como a la Buena práctica Médica, completo, metódico, en orden cronológico, claro y descriptivo.

c).- Metodología, se describirá el tipo de métodos empleados.

d).- Análisis o Consideraciones, elemento sine qua non, es la exposición o relato completo y detallado del caso, que comprende todas aquellas operaciones o experimentos practicados, señalando paso a paso de todas las acciones médicas tomadas por los actuantes, y los confronta su veracidad bajo la luz de la razón, con lo normado y manifestado como apropiado en la literatura científica de la especialidad, exponiendo los resultados obtenidos tanto positivos como negativos de este análisis.

5.- Conclusiones o resultados de la investigación. El tema anunciado y desarrollado desemboca en la conclusión como resultado lógico y natural de todo lo que le precede; es decir, la conclusión se refiere al resultado que se obtuvo del estudio y análisis del objeto, personas, cosas o hechos (del caso en concreto) que van a ser valorados por la autoridad administrativa o judicial al ofrecérsele como una evidencia de tipo técnico científica y sujeta a comprobación y demostración. En las  conclusiones se deben incluir afirmaciones y negaciones directamente relacionadas con el fenómeno en estudio que contesten la motivación pericial.

Como se expresó previamente, el elemento fundamental en el que basa su estudio el Perito son las notas médicas del Expediente Clínico, documento de trascendencia médico-legal que describe tanto la evolución del paciente como el manejo terapéutico administrado en cada momento evolutivo del padecimiento, por tanto es el único documento que permitirá evaluar la actuación médica desplegada en el momento de los hechos, de ahí su trascendencia jurídica, porque permite conocer con detalle las acciones médicas llevadas a cabo, la indicación, metodología y oportunidad con que fueron realizadas. Luego entonces el Expediente Clínico, constituye la base de la defensa o la incriminación médica. 

La normatividad con carácter de obligatoriedad nacional para la correcta elaboración del expediente clínico, se encuentra en la Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, del expediente clínico, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de septiembre de 1999, y en vigor desde el día  1º de octubre de 1999, y en materia específicamente de la especialidad de anestesiología en la Norma Oficial Mexicana NOM-170-SSA1-1998, para la práctica de anestesiología, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día  10 de enero del 2000, en vigor desde el día 11 de enero del 2000.

Atentamente: Dra. Diana Eugenia Montero Velázquez.
Médica anestesióloga, adscrita al Servicio de Anestesiología del Hospital General de Zona No. 32 del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Perito Médico Forense adscrita a la Coordinación General de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
Correo electrónico: dianaemv@yahoo.com.mx

 Bibliografía:
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3.- López Cano José Luis. Método, hipótesis científicos. Ed. Trillas, México, 6ª. reimpresión, 1983.
4.- Osornio y Nieto Cesar Augusto. La averiguación previa. Ed. Porrua. 6ª. edición, 1992.
5.- Quiróz Cuarón Alfonso. Medicina forense. Ed. Porrua, S.A. México, 1977.
6.- Raymond E. Clift. Como razona la policía moderna. Ed. Letras, S.A. México, D.F. 1964 1ª. edición en español.
7.- Roumagnac Carlos. Elementos de policía científica. Ed. Botas e Hijos. México, 1923.
8.- Sandoval Smart L. Manual de criminalística. Ed. Jurídica de chile. Santiago de Chile, 1960.
8.- Sodi Pallares Ernesto. La criminalística y su importancia en el campo del derecho. Populibros La Prensa, S.A. México, D.F. 1970.
9.- Sotelo Reguil Luis F. La investigación del crimen. Ed. Limusa, S.A. 5ª. reimpresión. México, 1989.
10.- Thorwald Jurgen. El siglo de la investigación criminal. Ed. Labor, México, 1996.
11.- Vanderbosch Charles G. Investigación de los delitos. Ed. Limusa-Villy, S.A. México, 1971.
12. -Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, del expediente clínico.
13.- Norma Oficial Mexicana NOM-170-SSA1-1998, para la práctica de anestesiología.