Roeder, Carlos David Augusto

© Ermo Quisbert,  Apuntes de Derecho.

Carlos David Augusto Roeder, jurisconsulto y filósofo alemán y penalista expone su doctrina en Comentatio an poena malum esse debeat (Giessen, 1839) “..., el Estado debe proponerse no solamente la adaptación del delincuente a la vida social , sino su interior enmienda, enderezando su voluntad pervertida....Con Roeder el Derecho Penal comienza ya a mirar al hombre, no exclusivamente al acto y no solo al hombre abstracto, como sujeto del delito, sino al hombre real, ‘vivo y efectivo’, a su total y exclusiva individualidad” (JIMÉNEZ de ASÜA, Luis, Tratado de Derecho Penal, 5ta, Bs. As., Argentina,  LOSADA, 1992, Tomo II, pp., 59)

critica

·        Francisco Carrara critica esta postura a la que considera como la beatificación del delincuente .

·        Spaulding y Smith—norteamericanos—dicen que no se puede convertir  en buenos a los malos . No se puede lograr la enmienda moral  en el sentido ético de Roeder. Dicen que “La reforma del penado es ‘la razonable probabilidad de que el delincuente vivirá en libertad sin violar la ley’”( SPAULDING y SMITH, Informe al Congreso penitenciario de Washington, 1910 en  Bulletin de la Comision penitentiarie internationale, fascículo VI, pp., 19)

El indulto

Carlos David Augusto Roeder, sostiene que "en un Estado bien organizado, el indulto no debiera ser sino una rara excepción, sin que, por lo común, ninguna otra autoridad más que la judicial, tuviera que ver con la administración de justicia".