CLÁUSULA 14.- IRRENUNCIABILIDAD.- Son nulas las renuncias a las disposiciones de este Contrato Colectivo de Trabajo, así como de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas o leyes de trabajo que favorezcan a los trabajadores que sean miembros del Sindicato en uso de sus derechos.

En los convenios y acuerdos celebrados entre las Partes que puedan lesionar derechos de los trabajadores, se estará a lo dispuesto por los artículos 33 y 34 de la Ley Federal del Trabajo; así como a lo que dispongan el resto de las leyes en la materia en el mismo sentido.