CLÁUSULA 108.- VIGENCIA DE DERECHOS Y PRERROGATIVAS.- El presente Contrato no anula ninguno de los derechos o prerrogativas para los trabajadores, contenidos en los actuales convenios pactados entre LyF y Sindicato, si los citados derechos o prerrogativas son superiores a los que este Contrato concede; si fueren inferiores, se estará a lo establecido en este Contrato.