Aspectos Básicos del Régimen de Jubilaciones y Pensiones
Preguntas y respuestas para los Trabajadores del IMSS
México DF abril 2004
Dirigido para Informar a los
Trabajadores del Instituto, pero también sirve para que usted se forme una opinión
basada en información veraz ( el documento se ira completando paulatinamente)
3. ¿ Qué ha pasado con las aportaciones de los trabajadores al RJP?
4. ¿ Qué pasa con las aportaciones a las afores?
5. ¿ Donde están y de quíen son las reservas del RJP?
6. ¿ Qué paso con los ingresos del IMSS con la Nueva Ley del Seguro Social 1997?
7. ¿ Cuál fue la propuesta de reforma al RJP hecha por el Instituto y el Sindicato?
8. ¿ Qué esfuerzos ha hecho la administración del Instituto?
9. ¿ Porqué es urgente resolver ya el problema del RJP?
10. ¿ Qué se logra con la propuesta de modificación del RJP?
· Es un plan jubilatorio Adicional al de la Ley del Seguro Social (LSS) que aplica a todos los trabajadores del IMSS (Con excepción del personal de confianza “A” que entro al IMSS a partir del 21 de diciembre del 2001).
· A diferencia de mas del 96% de los planes de pensiones en México, no establece edad mínima de retiro: Las mujeres se pueden jubilar al cumplir 27 años de servicio, los hombres al cumplir 28;
· Los Trabajadores del IMSS se jubilan a los 53 años en promedio, mientras que la LSS establece 65 años como edad de retiro, por lo que en promedio los trabajadores del IMSS se jubilan con 12 años menos de trabajo que el resto de los trabajadores asegurados en el IMSS;
· El salario pensionable incluye 13 conceptos adicionales al sueldo tabular, dos aguinaldos mas a lo establecido en la LSS, un fondo de ahorro, un finiquito de 5 mensualidades al fallecimiento y otros conceptos más. Además, las categorías de pie de rama – alrededor de cada 10 trabajadores del IMSS – se jubilan con el salario de la categoría inmediata superior. Esto hace que los trabajadores al jubilarse reciban en promedio una pensión que es 30% superior a su ultimo salario base de pensión;
· Las pensiones se incrementan en las mismas fechas y los mismos porcentajes en que aumentan los salarios de los trabajadores en activo; y,
· Los trabajadores aportan para el financiamiento del RJP el 3% de su salario. Las cuotas que deben aportar al IMSS como todos los demás trabajadores afiliados a éste, las cubre el propio Instituto por disposición del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT).
El RJP tiene tres fuentes de financiamiento:
1. Las aportaciones del “IMSS-Asegurador”: El IMSS, como cualquier patrón, está sujeto a la LSS y como tal paga cuotas obrero patronales y el gobierno federal realiza aportaciones para las pensiones de sus trabajadores, al igual que los demás trabajadores afiliados al IMSS.
2. Las aportaciones de los trabajadores del IMSS en activo, de acuerdo con el CCT; y
3. Las aportaciones del “IMSS-Patrón”. Estos son recursos adicionales que aporta el IMSS por disposición del CCT, dado que los beneficios del RJP son muy superiores a lo que establece la LSS.
En el 2004, se destinaran 21,234 mp al RJP:
Gasto en RJP Financiamiento del RJP
(mp = millones de pesos)
¿De dónde vienen los 15,198 mp del
IMSS-Patrón? Para responder a esta interrogante se debe señalar que el IMSS no es una empresa privada,
ni tiene “ganancias” o genera “plusvalía” o “utilidades para sus
accionistas”. El IMSS no es una
institución con fines de lucro; es un organismo público de y para los
trabajadores de México, con una misión social. Los
recursos que el IMSS-patrón canaliza en 2004 para las pensiones de sus
trabajadores provienen en 76% de las aportaciones de sus mas de 12 millones de
trabajadores afiliados y a las 800 mil empresas que los emplean; y en 24% del
Gobierno Federal (que obtiene recursos de todos los que pagan impuestos del
país)
Ingresos del IMSS Fuente de Recursos del
En 2004 IMSS-Patrón para e RJP en
2004-05-03
Cuotas de
Trabajadores y Empresas 11,551 Aportaciones del Gobierno Federal 3,647 Aportaciones Gobierno Federal 32,743 mp 23.6%
Total:
138,742 mp Total
15,198 mp
El dictamen externo señala que: “Es importante destacar
que el financiamiento del RJP del IMSS está basado en un Sistema de Reparto,
donde la población de trabajadores activos y el Instituto aportan para hacer
frente a los pagos al grupo de Pensionados y Jubilados de la misma institución,
a partir de aportaciones calculadas sobre la nomina del personal en activo”
Las aportaciones de los trabajadores del IMSS al RJP han sido:
De 1966 a 1981 - 1% solo sobre salarios base mayores a 90 pesos diarios;
De 1982 a 1987 - 1.25% del salario base;
De 1988 a 1991 - 2.75% del salario base; y,
De 1992 a 2003 - 3% del salario base y del fondo de ahorro
De 1996 a 2003, el total de aportaciones asciende a 21,625 mp, y el total de pagos a 147,890 mp.
147.890 mp a un acumulado de 120,644 jubilados 37,526 mp 21,625
mp
Esto es, las aportaciones de los trabajadores en activo han sido utilizadas para pagar las pensiones de los jubilados, tal y como se diseño el RJP
A partir del 1
de julio de 1997, con la nueva Ley del Seguro Social, todos los trabajadores
afiliados al IMSS tienen una cuenta individual para el retiro en la AFORE de su
elección, incluyendo los
trabajadores del propio IMSS. Para
los trabajadores del IMSS, los recursos en estas cuentas los aporta el
Instituto y el Gobierno Federal.
Por otro lado
conforme a la Ley, los trabajadores del IMSS:
Pueden jubilarse eligiendo la Ley del Seguro Social de 1973 ó la
vigente (Ley 97)
Que ingresaron
hasta el 30 de
Junio de 1977
Se jubilan conforme a la Ley vigente
Que ingresaron después del
1 de julio de
1997
cabe señalar, sin
embargo, que estas opciones (Ley 73 ó 97) no afectan al trabajador del IMSS ya
que en todos los casos el
monto total de la pensión la fija el RJP. Aun en el caso de los trabajadores que se jubilan con la Ley de
1977, los recursos de las aportaciones de los trabajadores en activo del IMSS y
los recursos acumulados en las AFORES, son insuficientes para cubrir el monto
de la pensión fijado por el RJP, por lo que el IMSS-Patrón debe canalizar
recursos del presupuesto para complementar el monto de la pensión.
Recursos de las
aportaciones de los trabajadores
Activos
del IMSS
Recursos
AFORE
Recursos
de la AFORE
Complemento que cubre el IMSS-Patrón
Complemento
que cubre IMSS Patron
En diciembre del
2001 se reformo la LSS y se constituyó el “Fondo para el cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter
Legal o Contractual”, cuyos
recursos pueden únicamente ser destinados al RJP
De 1998 al 2003,
el Instituto ha depositado en este Fondo 28,917 mp para crear reservas para
futuros pagos del RJP. Estos recursos no provienen de las
aportaciones de los trabajadores del IMSS (que como ya se señaló, se usan para
pagar a los ya jubilados), sino del IMSS-Patrón
E la página de
Internet del IMSS (www.imss.gob.mx) están
los informes trimestrales que indican el saldo y la composición de las
inversiones de este Fondo, que en cumplimiento a la Ley se publican desde 2002.
Los ingresos del
IMSS no se vieron afectados con la Ley 97. Como se puede apreciar, en 2004 los ingresos con la ley 97
serán superiores en 656 mp en comparación con lo que hubiera ingresado si
siguiera vigente la Ley 73. Lo
que varió fue la composición de las aportaciones: se redujeron las aportaciones de los
trabajadores y, en menor medida, las de las empresas; y aumentaron las del
Gobierno Federal.
Cuotas y Aportaciones del Seguro de
Enfermedades y Maternidad
Ley 1973 Ley
1997
Total de
ingresos en 2004= 91,784mp Total
de ingresos en 2004= 94,440 mp
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La problemática
del RJP ha sido ampliamente discutida entre el Instituto y el SNTSS. Después de
mas de 2 años de analisis, estudio, y dialogo, y con el apoyo de estudios
actuariales contratados en forma independiente por ambas partes, el Instituto y
el Sindicato de forma conjunta elaboraron una propuesta de reforma al RJP. En sus propias publicaciones, y de manera
responsable, el Sindicato señalo que:
“Con las
condiciones actuales nuestro
régimen no tiene viabilidad financiera, por lo que se hace necesario modificarlo para adptarlo a las
nuevas condiciones demográficas, sociales y economicas y de este modo asegurar
que al jubilarnos podremos contar con una pensión digna y, sobretodo, que se
asegure la permanencia de nuestra fuente de trabajo.”
Es por ello que
el Comité Ejecutivo Nacional del SNTSS trabajó e hizo una propuesta que
calificó de la siguiente manera:
“La propuesta
que presentamos en páginas posteriores es el resultado de jornadas de analisis
y trabajo de nuestro sindicato, a nivel nacional, avalado por estudios
actuariales contratados por nuestra organización. La propuesta debe verse de forma integral, no puede tomarse de manera fragmentada, por lo que no se puede excluir ninguna de
sus partes, ya que ello desestabilizaría al régimen por completo. Impidiendo el fortalecimiento que estamos
buscando y la tranquilidad que merecemos.”
La propuesta
consta de tres partes:
1.
Para todos
los ya jubilados o pensionados, y aquellos trabajadores activos que ya
generaron derechos jubilatorios, no se propone ningún cambio;
2.
Todos los
trabajadores hoy activos alcanzaran su jubilación en los términos hoy
establecidos, sin necesidad de
trabajar más tiempo, pero
contribuyendo más al RJP como se indica a continuación; y,
3.
Las futuras
generaciones de trabajadores alcanzarían su jubilación con las condiciones y la
edad que establece la LSS, pero
con una pensión mayor a la que está fija.
Todos los trabajadores, actuales y futuros, mantendrían
intactas todas las demás prestaciones establecidas en el
CCT.
·
En octubre
de cada año, durante la revisión salarial, las aportaciones de los trabajadores
al RJP aumentarían en 1 por ciento del salario durante 12 años, hasta alcanzar
el 15 por ciento, de forma tal
que el ingreso monetario nunca se reduzca;
·
Al momento
de jubilarse, uno de los tres aguinaldos se reduciria del 25 al 7 por ciento de
la cuantía básica; y,
·
Los futuros
jubilados aportarían a pensionarse lo mismo que aportaban como activos,
porcentaje que aumentaría 1 punto porcentual de forma anual hasta alcanzar el
15 por ciento.
Aun con la
reducción de uno de los tres aguinaldos, el universo total de 360,000 trabajadores hoy activos obtendría una
pensión superior a su último salario al momento de jubilarse. Como ya se señalo, los jubilados están percibiendo en promedio una
pensión que es 30 por ciento superior a su ultimo salario base de pensión. Con la propuesta, los futuros jubilados
recibirían en promedio una pension ocho por ciento superior al salario base de
pensión.
De forma muy
importante, la propuesta
mantiene la disposición actual del CCT por la cual los aumentos a las pensiones
serán iguales a los aumentos saláriales de los activos.
El monto de la
pensión será, como mínimo el doble de lo que establece la LSS, de acuerdo con los años trabajados en
el IMSS. Adicionalmente, para aquellos
que trabajen 20 años o más en el Instituto se establece una garantía de
pensión. Por ejemplo, a los 65 años de
edad se garantiza una pensión de 7.5 veces el salario mínimo; a los 60 años se
garantizan 5 veces.
En ningún caso
se podrá exceder el 100 por ciento del salario base.
·
La pensión
por invalidez será del 60 por ciento del salario y del 80 por ciento por
riesgos de trabajo, ya incluida la pensión que establece la LSS.
·
Al igual
que los actuales trabajadores, los futuros trabajadores aportarían un 1 por
ciento de su salario en forma anual hasta alcanzar el 15 por ciento, y al
jubilarse contribuirían con el 10 por ciento de su pensión.
·
En el caso
de que el trabajador se retire del IMSS, sus aportaciones le serán devueltas,
con un rendimiento equivalente a una tasa real anual del 2 por ciento
Un remedo poético a nuestra situación |
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Si usted tiene alguna opinión le agradezco me la haga llegar a este E Mail Dr. Anselmo Herrera Ávila (Trabajador de Confiaza en el IMSS) Ojalá los desacuerdos entre el Sindicato y la Empresa no vayan a afectar nuestra fuente de trabajo el Instituto Mexicano del Seguro Social espero que el gobierno del Sr. Presidente Vicente Fox no vaya a desaparecer al IMSS y con esto los derechos que los médicos familiares que hemos trabajado todos esos años.
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