La discriminación

 

Se entiende por discriminación el dar un trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, económicos, etc.

Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley. Debe reconocerse y garantizarse el derecho de ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación.

En nuestro país se sanciono el 3/8/1988 la ley 23.592 cuyo titulo es:

 "Actos discriminatorios que menoscaben derechos y garantías fundamentales de los ciudadanos."

En su sumario explica: Adoptándose medidas contra quienes arbitrariamente impidan el pleno ejercicio de los derechos y garantías fundamentales reconocidas en la constitución nacional.

En los términos referenciados explica que abra penas contra los delitos de discriminación contra raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política, gremial, sexo, posición económica, condición social, caracteres, defectos físicos.

Esta ley fue fue actualizada por resolución 319/92 del 30/11/1992, donde se les da instrucciones a los señores fiscales a través del procurador general de la nación, a fin de que aquellos casos en que se denuncien actos discriminatorios o que atenten al sistema democrático y de violación a la ley 23.592 se promuevan las acciones penales pertinentes.

El 20/9/1995 se sanciono la ley 24.559 cuyo titulo es:

"Día de repudio y lucha contra la discriminación del hombre contra el hombre." 

En su sumario se declara como tal el día 24 de abril, en homenaje a todos los seres humanos victimas de la discriminación y la intolerancia.

La discriminación llevada al extremo junto con la intolerancia produce el delito de genocidio.

 

El genocidio

Se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:

-Matanza de miembros del grupo.

-Lesión grave a la integridad física o mental a los miembros del grupo.

-Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial.

-Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo.

-Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

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