A la fecha de salir publicada esta nota estamos a 29 días hábiles para que comience a regirla Ley N 18.083 conocida como de ReformaTributaria.

Al momento de escribirla, se han publicado formalmente tres decretos que reglamentan la citada ley, todos ellos refieren a la imposición de la renta en sus diferentes categorías (en total tienenartículos).

‘No cabe duda que a partir de la emisión de los decretos mencionados se produjo la primer “explosión”, de análisis, estudio, discusión, etc. Pero falta mucho. Falta reglamentar aspectos de la propia tributación a la renta (precios de transferencia por ejemplo), IVA, Impuestoal Pa t r i m o n i o

Contribuciones Especiales a la Seguridad Social, entreotros.

Por otro lado falta que las autoridades fiscales  correspondientes (que por lo que hemos leído también llevará a la modificación de las normas formales sobre la emisión de facturas) e implemente internamente todos los aspectos para recibiralos nuevos sujetos pasivos (que no son pocos) y la  nueva normativa.

Tenemos muy claro que quienes deben reglamentar y las autoridades fiscales están haciendo su máoimo esfuerzo para lograr que todo lo mencionado esté disponible lo antes posible.

A esta altura de los que tanto las personas fìsicas como las  empresas ya deben haber comenzado a tomar sus recaudos

Nos parece que algunos de los aspectos que éstos deberán considerar son:

- Las personas físicas deberán comenzar a llevar una “contabilidad” salvo en casos de monoempleo y que no tengan otra fuente de ingresos entre otros pocos casos mas- para poder luego al 31 de diciembre de cada año liquidar su impuesto en función de cada categoría de renta y presentar la declaración jurada correspondiente. En ese sentido tendrán ya que evaluar cual es su situación frente al impuesto a efectos de adecuarse al mismo.

Las empresas tienen mucho que continuar realizando. Por un lado deberán adecuar su estructura administrativa (programas de computación, capacitación del personal, documentación, por ejemplo) para enfrentar las situaciones en que les corresponda actuar como agentes de retención (caso de dependientes, servicios personales en relación de independencia, a manera de ejemplo), previo -naturalmente- el análisis de la compleja normativa

particular para señalar alguno, en lo vinculado con los ingresosgravados por el impuesto a la renta de no residentes. Porotro lado deberán evaluar en detalle su relación con los proveedores, puesto que la deducción de sus gastos está asociada a la situación tributaria de éstos (por ejemplo la deducción de un servicio prestadodesde el exterior estará condicionado a si está gravado por el impuesto a la renta de no residentes y a la tasa efectiva existente en el país del proveedor; que no serán deducibles los gastos pagados a no contribuyentes de algunas de las categorias de rentas gravadas salvo eocepciones).

Tampoco debemos olvidar que van a estar coexistiendo por un cierto período de tiempo dos impuestos a la renta diferentes: el IRIC y el tRAE, lo que conlleva a ser muy cuidadosos en aplicación de la normativa, agregado que existen normas que permiten por un cierto período -en el IRAE computar el gasto según la normativa que se venía aplicando en el IRIC o del IRAE. Indudablemente, también éstas al igualque las personas físicas como se dijo más arriba, deberán analizarla nueva tributación para ubicarse en la estructura más conveniento

A manera de resumen los tiempos son escasos, la normativa emitida yla que falta por emitir es muy compleja y necesariamente requerirá un esfuerzo intelectual, y agregaríamos de costo económico, muy importante para todos los involucrados los cuates se deberán minimizara partir de una adecuada estrategia frente a los nuevos tributos.

 

 

 

 

 

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Página elaborada por Gonzalo J. Garcia Lemes.

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Última revisión: mayo, 27, 2007.TimeStamp.. ir a pagina principal
 
 
 
 
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