EL PAIS 30.3.2000

 

PROYECTO DE LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Finalmente llegó al Parlamento proyecto de Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial

Es el turno de planificar

Se les pagará un sueldo a los padres y se les ayudará a formar microempresas para el normal sustento familiar

Luego de varios años de trabajo, finalmente el gobierno elevó al Parlamento el 24 de febrero un proyecto de Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, que --entre otras cosas--, apunta a profundizar la descentralización e incorpora la posibilidad de constituir sociedades comerciales de economía mixta --entre el Estado y particulares-- para la urbanización, construcción de viviendas u obras de infraestructura.

En el proyecto --de 68 artículos-- se declara de "Interés Nacional el ordenamiento territorial" y se lo considera un "cometido esencial del Estado".

Uno de los objetivos del proyecto es "profundizar la descentralización" territorial, atribuyéndole el grueso de la competencia a los gobiernos departamentales".

También se busca el "fortalecimiento institucional de los gobiernos departamentales" y que ese fortalecimiento se manifiesta en la obligatoriedad de los planes de ordenamiento, en que toda obra pública deberá ser autorizada por el gobierno departamental, mediante el otorgamiento del permiso de construcción y en los "fortísimos poderes de policía territorial que el proyecto le otorga".

En el capítulo dedicado a los "poderes de policía territorial" se establece que cuando se produzca una alteración física de una porción del territorio, sin haberse obtenido el permiso respectivo o en contravención a los planes previstos en el proyecto de ley o a las demás reglas de derecho aplicables, se sancionará con multas de 100 a 50.000 unidades reajustables.

SOCIEDADES. El texto establece la posibilidad de constituir "sociedades de economía mixta de desarrollo regional o local", cuyo objetivo sea "la urbanización, la construcción de viviendas u obras de infraestructura turística, comerciales, industriales, de servicios, así como puertos, aeropuertos, autopistas; y en definitiva, cualquier obra de infraestructura o equipamiento".

Según el proyecto el "Poder Ejecutivo, los gobiernos departamentales, los entes autónomos y los servicios descentralizados, así como la Corporación Nacional para el Desarrollo, podrán aportar capitales" a esas sociedades.

El proyecto de ley declara la actividad de esas sociedades comprendida en el régimen de protección de inversiones previsto por la ley 16.906 de 1998.

En el proyecto se establece que la Cartera Nacional de Tierras, que administrará el Ministerio de Vivienda se conformará con todos los inmuebles fiscales que no se encuentren destinados a usos específicos y con aquellos que por cualquier concepto adquiera o se afecten a ese secretaría.

Esos inmuebles podrán emplearse para el cumplimiento de los planes de ordenamiento territorial, de Vivienda o deregularización de asentamientos.

Además establece que el plazo para la prescripción adquisitiva de inmuebles fiscales será de 45 años. Se eleva el plazo "con el exclusivo fin de permitir ganar tiempo para resolver los enormes problemas derivados de las ocupaciones de tierras y desalentar los asentamientos irregulares".

También se establecen ajustes legales y previsiones especiales para las zonas costeras.