
7º Encuentro Sudamericano sobre Salud y
Seguridad en el Trabajo
Realizado
del 8 al 22 de noviembre de 2001
Auspiciado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la
República Argentina
Organizado por la Fundación Ambiente y Trabajo la que aprovecha esta
oportunidad para agradecer a las siguientes organizaciones que de una u otra
manera han colaborado con la misma en distintas ocasiones sin representar ello
necesariamente auspicios oficiales
Universidad
de la Marina Mercante
Instituto
Argentino de Técnicas Empresariales
Distance
Educational Network
Federación
Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza
Unión
Obrera de la Construcción de la República Argentina
Superintendencia
de Riesgos del Trabajo
Unión
Industrial Argentina
Confederación
General del Trabajo
Secretaría
de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable
Colegio
Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la República Argentina
Consejo
Profesional de Ingeniería Industrial
Policía
Federal Argentina
Organización
Internacional del Trabajo
Federación
Nacional de Técnicos en Seguridad en el Trabajo de Brasil
SESI
de Brasil
Sociedad
de Medicina del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires
National
Safety Council
Dirección
Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional de Paraguay
Asociación
de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo del Paraguay
Colegio
de Técnicos en Higiene y Prevención de Accidentes Industriales de Uruguay
Asociación
Uruguaya de Seguridad para la Prevención de Accidentes
Asociación
Chilena de Seguridad
Instituto
Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional de Uruguay
Cámara
Argentina de la Construcción
Cámara
Argentina de Lubricantes
Fundación
Mapfre
Instituto
Normalizador Argentino IRAM
Instituto
Uruguayo de Normas Técnicas UNIT
Comisión
Nacional de Energía Atómica de Argentina
Federación
de Cooperativas de la Provincia de La Pampa
ACOPREL
de España
Futura
AFJP
LIAT
S.A.
Soluciones
Gerenciadas para Empresas S.A.
QBE
Art
LUZ
Art
Responsabilidad
Patronal Art
General
& Cologne Re
Revista
Todo Riesgo
CPL
Empresalud
Siafa
S.R.L.
LegisDar
3 M de
Argentina
HIDROCUYO
S.A
Central
Puerto S.A.
EDEN
S.A.
EDES.
S.A.
EDELAP S.A.
Cooperativa Eléctrica Lujanense
Noticiero
EL CASCO
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PALABRAS DE CIERRE
A cargo del Ing. Julio Díaz Gerardi, Presidente de la Fundación
Ambiente y Trabajo
Queridas Amigas y Queridos Amigos :
Gracias por haber participado!
Ha culminado el 7º Encuentro Sudamericano,
una vez más promoviendo las buenas relaciones entre las personas y
orientándonos hacia el mejoramiento y cuidado de las condiciones de trabajo y
del medio ambiente, colaborando en la difícil tarea de reducir el déficit de
trabajo digno.
En esta oportunidad no pudimos estrechar
nuestras manos como es habitual. Pero sí fue posible compartir un espacio
virtual por el término de 15 días con prescindencia de horarios y ubicación
geográfica.
Comparto con ustedes mi deseo de que resulte
útil la actividad y queda esta página, que reúne PONENCIAS y OPINIONES,
a disposición de quienes la visiten. La idea es mantenerla en la Web un mayor
tiempo.
Junto al Lic. Roberto Rodríguez Rosi,
Secretario General del Encuentro, les deseamos éxitos en la labor
prevencionista.
Les enviamos nuestro cordial saludo
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PONENCIAS
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RESUMEN SISTEMA MUTUAL CHILENO
Y MECANISMO DE ALZA Y REBAJA DE COTIZACIÓN
COMO INCENTIVO A LA PREVENCIÓN
A cargo del Dr. Eduardo Undurraga Undurraga - Gerencia General de la
Asociación Chilena de Seguridad
I. ORIGEN
Las Mutualidades, entidades de carácter gremial, sin fines de lucro, basadas en la responsabilidad solidaria de sus miembros, nacen en la década del 50 al alero de organizaciones empresariales, en atención a la nula prevención de riesgos laborales y rehabilitación, además del alto costo, de las compañías de seguro mercantil, encargadas hasta entonces de la cobertura de los riesgos laborales. La orientación de las Mutualidades fue el de la Prevención de Riesgos, distinta a aquella de las compañías de seguro mercantiles. En 1968, se promulga la ley Nº 16.744, reconociendo a las Mutualidades como organismos administradores del Seguro Social que ella consagró.
II. GESTION
Los entes gestores del Seguro son las Mutualidades de Empleadores, el Instituto de Normalización Previsional y algunas empresas a las cuales, cumpliendo ciertos requisitos, se las faculta para autoadministrar el seguro (Administración Delegada). Existen actualmente tres Mutualidades: Asociación Chilena de Seguridad, con el 53% del mercado; Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción, con el 33% y el Instituto de Seguridad del Trabajo, con el 14%.
III. ADMINISTRACION
Las Mutualidades son Corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, y son administradas por un directorio paritario, compuesto por tres representantes de las empresas adheridas e igual número de representantes de los trabajadores, en carácter de titulares. Se elige igual número de directores suplentes de los anteriores.
IV. PRESTACIONES
OTORGADAS
Las Mutualidades otorgan de las siguientes prestaciones a las empresas y trabajadores afiliados:
Prevención de Riesgos
Atenciones Médicas
Prestaciones Económicas: Subsidios, Indemnizaciones y Pensiones
Rehabilitación
V. FINANCIAMIENTO
Las Mutualidades se financian con una cotización obligatoria que es costeada íntegramente por los empleadores. Existe una tasa de cotización básica de 0,95% de las remuneraciones imponibles, y una adicional que fluctúa entre 0% y 6,8%, determinada según el riesgo asociado a la actividad de la empresa. La tasa de cotización promedio del sistema se sitúa actualmente en 1,7% (año 2000).
VI. COBERTURA
Y CONTINGENCIAS CUBIERTAS
Pueden pertenecer a una Mutualidad todos los trabajadores dependientes, algunos grupos de independientes que se han incluido expresamente en la ley y los trabajadores del Sector Público.
Las contingencias cubiertas corresponden a:
Accidentes del Trabajo
Accidentes del Trayecto
Enfermedades Profesionales
VII. APORTES
Y RESULTADOS
2.800.000 trabajadores afiliados
85.000 empresas afiliadas
Reducción de la tasa de accidentalidad desde 35% en 1969 a 7,4% en 2000
Importante infraestructura: 19 Hospitales, 54 Clínicas, 713 Policlínicos y 1.800 camas
Importante reducción de los días de tratamiento promedio: desde 30 días en 1969 a 11,9 días en 2000
Excelente rehabilitación, que permite reinserción laboral exitosa: vuelven al trabajo el 80% de los rehabilitados y el 99.7% del total de accidentados.
VIII. MECANISMO
DE ALZAS Y REBAJAS DE LA TASA DE COTIZACIÓN
El diagrama siguiente muestra el mecanismo de alzas y rebajas en la tasa de cotización según el riesgo efectivo:

En la nueva normativa del DS 67 y 34, la tasa de riesgo se reemplaza por la de siniestralidad total. Esta agrega a la tasa de riesgo una de invalideces y muertes, según escala establecida en los DS mencionados.
El mecanismo anterior, unido a los planes de prevención impulsados, han llevado a una rebaja importante en el costo del seguro para las empresas, como se aprecia en el gráfico siguiente:

TASA DE COTIZACIÓN
PROMEDIO ANUAL SISTEMA MUTUAL
Los efectos de las alzas y rebajas en la tasa de cotización, de acuerdo a cifras históricas de la Asociación Chilena de Seguridad, señalan que aquellas que tienen alzas en su tasa de cotización muestran una disminución en las tasa de riesgo, y, por ende, logran rebajar su tasa de cotización adicional. Por el contrario, las que presentan rebaja en su tasa de cotización, tienden a aumentar su tasa de riesgo, lo que incide en el alza de su tasa de cotización tras un período de 24 meses. Ello se puede apreciar en los cuadros siguientes:


Principales características del nuevo sistema de alzas y rebajas:
- Sistema automático y simultáneo en todas las empresas
- Evaluación se efectúa en el 2º semestre cada 2 años; Rige a partir del 2002
- Vigencia de las tasas por dos años
- Nueva tabla es más exigente
- Incorpora Incapacidades Permanentes y Muertes
Todo lo anterior refleja la labor y esfuerzo mancomunado de Empresarios, Trabajadores y Autoridades en áreas de interés común de prevención de accidentes del trabajo, cuyos frutos compensan con creces el trabajo realizado.
Estas acciones revelan el grado de madurez alcanzado por los empresarios chilenos, quienes en su mayoría están actuando con responsabilidad social frente a los riesgos laborales y mejoramiento de las condiciones de trabajo.
Mayores antecedentes del mecanismo de alzas y rebajas de la tasa de
cotización del Decreto 67, se encuentran disponibles en nuestro sitio internet:
www.achs.cl
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La Dra. Valentina Forastieri, perteneciente a la Organización
Internacional del Trabajo - OIT -, nos hizo llegar para este Encuentro un
extenso y profundo artículo del que es autora y del cual hemos extraído los
títulos que se reproducen a continuación
Desafíos frente al suministro de
servicios de seguridad y salud para los trabajadores agrícolas
Para conseguir un crecimiento agrícola sostenido, la productividad de los trabajadores agrícolas debería aumentar aportándoles los medios que respondan a sus necesidades básicas, condiciones de vida adecuadas y trabajo para ellos y sus familias, protegiendo su salud y bienestar así como el entorno en el que trabajan y viven. La inversión en seguridad y salud de los trabajadores agrícolas es un valor añadido que contribuye a mejorar las condiciones de trabajo, a incrementar su productividad y a establecer las relaciones laborales más equilibradas. Las normas de calidad de los productos deberían ir a la par de mejora de las condiciones de trabajo. Por su parte, esas condiciones en la agricultura pueden mejorarse notablemente de forma viable y rentable tomando medidas en materia de seguridad y salud.
Enfasis en la prevención
La seguridad y la salud de los trabajadores agrícolas debería ser objeto de una estrategia bien definida e integrarse en una política de desarrollo rural que abarque las grandes plantaciones comerciales y la pequeña agricultura. La extensión gradual de los servicios de salud en el trabajo a los trabajadores agrícolas requiere la aplicación de políticas nacionales eficaces, de programas específicos y de planes estratégicos orientados a la prevención. El suministro de esos servicios al sector rural debería integrarse en la estructura de los servicios de salud primarios. La adopción de una legislación de trabajo adecuada y la introducción de medidas de protección social son otros tantos pasos adelante en este sentido. Una acción de este tipo debería ser flexible en su aplicación y en su apoyo de los interlocutores sociales de la OIT, en particular de los trabajadores agrícolas y de sus organizaciones. Los efectos y el éxito a largo plazo de esas intervenciones deberían basarse esencialmente en la responsabilidad nacional conjunta de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores y sus organizaciones, lo que garantizaría su duración. Identificar las nuevas ocasiones de acción, crear alianzas entre los interlocutores sociales, movilizarlos y capacitarlos favoreciendo su sentido del compromiso y de la pertenencia son fundamentales para los sindicatos y sus miembros.
Nuevas normas de la OIT para la
agricultura
Está ampliamente reconocido que la agricultura es, junto con las industrias extractivas y el sector de la construcción, un sector especialmente peligroso. Para estos dos sectores ya existen normas internacionales y códigos de recomendaciones prácticas. A pesar de que la OIT ha elaborado a título preparatorio a partir de los años cincuenta una serie de códigos de este tipo y de guías relacionadas directamente con la seguridad y la salud de los trabajadores agrícolas, y otros temas conexos, algunos deben ser revisados. Más de 20 convenios y recomendaciones de la OIT tratan de la seguridad y la salud de los trabajadores agrícolas o de aspectos de las condiciones de trabajo en ese sector (OIT, 1999). Sin embargo, a pesar de la gran cantidad de normas sobre el tema, y aunque los agricultores estén protegidos junto con otros sectores por el Convenio sobre la seguridad y la salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) que se aplica a todas las ramas de la actividad económica, no existe ningún convenio sobre los problemas de seguridad y salud de los trabajadores agrícolas en su conjunto. Por ello, el Consejo de Administración de la OIT, en su 271.ª reunión decidió incluir en el orden del día de la 88.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (2000) el examen de un Convenio y de una Recomendación sobre la seguridad y la salud en la agricultura.
La adopción de nuevas normas en este ámbito impulsaría la elaboración de programas de ámbito nacional a este respecto. La experiencia adquirida por la OIT en los planos internacional y nacional se ha considerado en la elaboración de un programa internacional sobre seguridad y salud de los trabajadores agrícolas: el nuevo Programa InFocus sobre Trabajo sin riesgo (Safe Work) de la OIT. En el marco del Programa global de la OIT sobre seguridad, salud y medio ambiente, se prevé el establecimiento de planes para la creación de redes de vínculos entre países en desarrollo, países con economías de transición y países industrializados para que se ayuden mutuamente en la elaboración de políticas de desarrollo rural, seguridad y salud, y gestión ecológica de la agricultura. Otro de los objetivos sería conseguir que las personas encargadas de los programas de seguridad y salud de los trabajadores agrícolas pudieran mejorar su calificación, actualizar sus conocimientos y establecer contactos en los planos nacional e internacional, entre otros, programas de formación personalizados. Un requisito previo para el establecimiento de esta red global de contactos sería la identificación de personas competentes, de instituciones clave y de los interlocutores sociales que participarían conjuntamente en la puesta en marcha de una gestión integrada de la seguridad y salud de los trabajadores agrícolas.
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A cargo del Ing. Angel Micale de Argentina
Ya nadie duda que el éxito o el fracaso de una organización esta dado
por la calidad de los productos que ofrece o de los servicios que presta.
En toda actividad que se realice, utilizaremos recursos, y por ende
esos recursos tendrán un costo asociado. El reto de este momento exige encauzar
los esfuerzos de todos los sectores y en todos los niveles de la organización
para lograr incrementar la productividad, es decir producir más con menos.
Deberá existir un equilibrio entre el valor de la calidad y el costo
que se demande para alcanzarla. La organización deberá ofrecer bienes o
servicios de la calidad requerida y a precios que le permitan competir en el
mercado.
Hoy en el mundo ya no se habla de precios de venta como resultado del
costo más una utilidad, sino que a partir del precio que el mercado esta
dispuesto a pagar, se deberá ajustar los costos para tener una utilidad
razonable.
¿Pero, Cómo me puede ayudar el implementar un Sistema de Gestión
Integrado en la reducción de costos?
De varias maneras: evaluando a los proveedores, estableciendo normas y
procedimientos de control, utilizando herramientas de control estadístico,
motivando al personal, asegurando la seguridad e higiene en el trabajo, pero
fundamentalmente a través de la capacitación y educación del personal.
Es de suma importancia conocer los costos de la "la falta de
gestión" y para ello se acostumbrara establecer un sistema
de costo que deberá:
q Identificar y separar todas las actividades que estén involucradas
en la obtención de la calidad del producto o servicio, en los costos de los
accidentes.
q Cuantificar esas actividades.
q Transformar esos datos en información ordenada que permita observar
tendencias de manera de poder tomar decisiones correctas.
Se debe organizar la empresa para que cumpla con las expectativas de los
clientes, que reduzca los costos inherentes a la falta de un Sistema de gestión
y que aporte un sistema de Calidad Total.
Para adoptar esta filosofía, es necesario estructurar e involucrar al
equipo humano para establecer una coherencia entre personas y departamentos que
multiplique los efectos hacia la calidad total.
Independientemente del nivel jerárquico del grupo que se trate, cada
grupo de la organización tiene la misión derivada de los objetivos y metas de
la empresa que deberá coincidir con sus objetivos personales dentro de la
organización, apuntando al desarrollo obtenido de ambos.
Es indispensable el "protagonismo" de los directivos, para
realizar el cambio, que permita pasar de valores dominantes, sustentados en
principios de comando y control, a valores ascendentes sustentados en el
trabajo como principal actor.
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7º
Encuentro Sudamericano sobre Salud y Seguridad en el Trabajo
A CINCO AÑOS DE INICIO DEL SISTEMA DE
RIESGOS DEL TRABAJO EN ARGENTINA
A cargo del Ing. Alfredo López Cattáneo de Argentina
1.- Introducción
En el mes de Julio de este año, se cumplieron cinco años de iniciado el Sistema sobre Riesgos del Trabajo en la Argentina, un subsistema de la seguridad social. Atento a la limitación de espacio que disponemos, presentaremos el enunciado de algunas propuestas que entendemos oportuno modificar y/o incorporar para lograr una mejora efectiva del mismo.
2.- Nuestras propuestas
Las mismas se centran
exclusivamente en la problemática de la prevención, presentando algunas ideas
por sector involucrado, que sirvan como alternativas para su discusión y
perfeccionamiento, de modo que puedan ser puestas en marcha en el menor tiempo
posible.
2.1.- El Estado
(Superintendencia de Riesgos del Trabajo – SRT)
2.2.- Las Aseguradoras de
Riesgos del Trabajo (ART´s)
2.3.- Las Empresas
2.4.- Los Trabajadores
Ing.
Alfredo López Cattáneo
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DIFENILOS POLICLORADOS
A cargo del Lic. Roberto Rodríguez Rosi de Argentina
BIFENILOS
POLICLORADOS, CLOROBIFENILOS, DIFENILOS POLICLORADOS (DPCs siglas en español y
PCBs en inglés)
En los últimos tiempos cobró notoriedad
pública el tema de los Aceites
Sintéticos Difenilos Policlorados (DPCs), también conocidos en la
industria eléctrica por su denominaciones comerciales Askareles o
Phyralenes.
La difusión que hicieran los medios
periodísticos de la existencia de estos aceites en equipos eléctricos, algunos
instalados en la vía pública, se debió al reconocimiento científico, con
pruebas concluyentes, sobre los efectos
nocivos los DPCs, para los seres humanos y el ambiente.
Publicaciones de la Agencia Internacional para la Investigación del
Cáncer, del Programa Internacional de Seguridad Química de las Naciones
Unidas y la entrada en vigencia de la Resolución Conjunta del
Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo, Empleo y
Formación de Recursos Humanos (MS Y MTEFRH 437 Y 209/2001) dieron
cuenta de la seriedad del tema.
El
Art. 2º de la citada Res. determina que: "Los DPCs. contenidos en
equipos que, en perfecto estado de conservación y mantenimiento a
la fecha de la entrada en vigencia de la presente Resolución (04 de junio de
2001) se encuentren en uso, deberán ser reemplazados gradualmente
mientras dure su vida útil, no excediendo de un plazo máximo comprometido
hasta el año 2010.
Debemos recordar que en
la República Argentina no existía, hasta abril de 1991, normativa legal
referente al uso, manipulación y disposición segura de los DPCs y sus desechos, por ello el Ministerio de Seguridad Social, a través de la Dirección
de Higiene y Seguridad en el Trabajo, elabora, juntamente con
representantes de empresas eléctricas y siderúrgicas y representantes de sus
trabajadores, la normativa (Res. 369/91) orientada al cuidado de la salud de
los trabajadores, de la comunidad y el medio ambiente.
En
el mes de enero del año 1992 se promulga la Ley Nacional 24.051 que trata
sobre la Generación, Manipulación, Transporte, Tratamiento y Disposición
Final de Residuos Peligrosos entre los que se encuentran los DPCs.
En abril de 1997 se promulga la Ley N°
11.720, Dec. Reg. 806, de Residuos Especiales de la Provincia de Buenos
Aires con idéntico fin que las precedentes.
¿Que hacer con los equipos y sus desechos?
Si bien existe la
tecnología para estos procedimientos, "no tenemos, hasta el momento,
conocimiento de la existencia en nuestro país de equipos o plantas de
tratamiento, habilitados para tal fin" por ello proponemos a
los amigos y colegas participantes de este "7° Encuentro
Sudamericano de Salud y Seguridad en el Trabajo" a dar sus
opiniones al respecto.
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SALUD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
- UNA PROPUESTA INTEGRADORA -
A cargo del Lic. Carlos Gómez de Argentina
En la actualidad es comúnmente aceptado que
la disciplina de prevención de riesgos, esta compuesta por conocimientos
provenientes de diferentes campos del saber, entre ellos la ingeniería, la
medicina, la psicología, la sociología, entre otros.
Asimismo se menciona con asiduidad, la
importancia del trabajo mancomunado de los profesionales de esas disciplinas
para optimizar las condiciones de Salud y Seguridad en el Trabajo.
Sin embargo la realidad nos muestra a quienes
desarrollamos desde diferentes campos la tarea de la prevención, que la en
práctica - y salvo honrosas excepciones - no se lleva a cabo esa integración.
Los motivos seguramente son muchos, pero en
mi opinión, existe uno fundamental y es la idea que cada una de las disciplinas
tiene de sí misma, a la hora de evaluar su participación en la problemática de
la prevención. De este modo los profesionales técnicos, entienden en general,
que las soluciones siempre tendrán a las medidas tecnológicas como herramientas
fundamentales, por su parte los profesionales de las áreas psicosociales,
destacarán la importancia del trabajo sobre las conductas y así, cada una de
las esferas del conocimiento involucradas entienden y ejecutan sus acciones en
forma aislada o escasamente integrada al resto.
Es bien cierto que la legislación argentina
en la materia prácticamente, no ha avanzado en este tema y más aun podemos
decir que a partir de la sanción del Decreto 1338/96, donde se derogaron
algunas funciones de los servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y
Seguridad, establecidas en el Decreto 351/79, se vio dificultado aun más el
trabajo en equipo, ya que en general fueron discontinuados los servicios
médicos en planta, excepción hecha de las empresas con gran cantidad de
trabajadores.
No obstante lo indicado precedentemente,
entiendo que existe la posibilidad de promover desde las instituciones
intermedias, el concepto de la necesidad de trabajo en equipos
multidisciplinarios, que permitan hacer eficientes los esfuerzos tendientes a
la reducción de siniestros y mejora del medio ambiente.
En primer término desde las organizaciones se
debería proponer a las autoridades, la reglamentación de una norma - análoga a
la Ley 31/95 de España- para que los servicios de prevención, internos o
externos, estén integrados con profesionales de distintas disciplinas.
También será importante que en los planes de
estudios de las carreras universitarias afines, se dicten materias
complementarias que favorezcan el trabajo integrado.
Es indudable que esta propuesta puede generar
recelos, entre quienes la visualicen como una "invasión" de otros
profesionales en la actividad, sin embargo entiendo que de llevarse a la
práctica, podría resultar un avance para el desarrollo de técnicas de
prevención de accidentes, enfermedades y cuidado del medio ambiente,
optimizando recursos, lo cual seguramente redundará en una mayor legitimación
de las tareas del servicio de asesoramiento.
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Felicitaciones a la Fundación y su Presidente
Julio Díaz Gerardi, por la
excelente idea de realizar, pese a todas las dificultades existentes y
oportunamente planteadas, el 7º Encuentro Sudamericano sobre Salud y
Seguridad en el Trabajo por esta vía, que cada vez resulta más familiar para
todos. Juan B. Bailador - URUGUAY
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Estimados amigos y colegas:
Lamentamos profundamente que
las circunstancias del momento nos impidan disfrutar del contacto personal,
tan enriquecedor. Nos conforta la certeza de que tecnología mediante, el
aporte científico que brinda el intercambio habrá de mantenerse. Reciban
nuestro cálido abrazo y los mejores deseos de éxito, para todos aquéllos que
en momentos tan críticos para la humanidad, no dudan en ofrecer su apuesta
por la VIDA, para sus semejantes.
Dras. Beatriz Calvo y Beatriz Santos URUGUAY
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LEY DE RIESGOS DE TRABAJO DE ARGENTINA. 24557
La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina
(UOCRA), sindicato que lidera Gerardo Martínez, nos hace llegar al 7º Encuentro
la siguiente ponencia
I) Aspectos constitucionales de la normativa
1. No bien sancionada la legislación de la materia, surgieron de inmediato las críticas que, en el campo de lo jurídico, veían una inadecuación conceptual del contenido de la misma frente al espíritu de la Constitución Nacional sobre todo después de la reforma de 1994. En ese sentido se entendía que muchos de los preceptos de la legislación sobre riesgos del trabajo -al igual, cabe señalar, que la reforma laboral impulsada en el marco de una política de ajuste dirigida a bajar el costo laboral- encontraban su fundamento en circunstancias económicas y sociales del momento, lejos por ende de las claras prescripciones tuitivas de la "justicia social" que trasunta nuestra Constitución, al poner la economía bajo los valores propios del "desarrollo humano" y requerir que la seguridad social sea integral.
Este criterio protector es, asimismo, el que rige en los convenios de la OIT que tratan la materia, en especial el N° 148 relativo al "medio ambiente de trabajo", el N° 155 que regula sobre la "seguridad y la salud de los trabajadores", el N° 161 que refiere a "los servicios de salud en el trabajo", el N° 17 sobre "accidentes de trabajo", el N° 18 de "enfermedades profesionales", el N° 19 sobre "igualdad de trato en accidentes de trabajo", el N° 42 sobre "indemnizaciones por enfermedades profesionales", el N° 159 sobre "readaptación profesional y empleo de personas inválidas", los que en su mayoría han sido ratificados por nuestro país.
Frente a esos valores político-sociales del engranaje constitucional, muy poco tenía que ver -se entendía- la disposición legal que deja sin reparación de ninguna especie al trabajador que se incapacita en forma total o parcial como consecuencia de una enfermedad que el Poder Ejecutivo Nacional no hubiera incluido en el listado correspondiente, quizás porque la técnica médica no la califica propiamente de tal, no obstante resultar adquiridas por microtraumatismos múltiples y repetidos contraídos a lo largo de la vida laboral. De ser así -se decía- no pueden dejar de ser reparadas en términos de protección integral de la seguridad social, consagrada constitucionalmente, aunque se encuentren omitidas de tutela en la ley específica.
Si bien esta problemática ha venido a ser superada -o al menos, diluida- por el agregado de las enfermedades profesionales de "casos concretos" que introdujera la modificación del Decreto de necesidad y urgencia 1278/00 como apartado 2 b) del artículo 6° del cuerpo legal, permite percibir el grado y alcance del planteo doctrinario.
Estos y otros cuestionamientos han servido de sustento a la idea de que la sola aplicación de la Ley 24.557 para la reparación de los riesgos del trabajo puede válidamente convertir en inconstitucional a la misma, por omisión en su alcance, habilitando así su saneamiento por vía judicial mediante la aplicación, en forma subsidiaria, del régimen de responsabilidad civil del derecho común. Solamente integrando ambos sistemas legales se podía llegar a considerar constitucional, se argumentaba, el de riesgos del trabajo.1
- De tal suerte, la litigiosidad desarrollada alrededor de la alegada inconstitucionalidad de algún articulado de la LRT ha sido copiosa. Estadísticas existentes al mes de diciembre de 1999, están indicando que solamente en 9 puntos porcentuales del 73% de las sentencias en las que hubo de tratarse la constitucionalidad de diversas normas de la LRT, habían sido declaradas constitucionales, mientras que en más del 55% de los casos en los que la inconstitucionalidad de disposiciones de la Ley 24.557 había sido declarada, se hallaban comprometidos los artículos referidos a la negación de la acción del derecho civil (art. 39), a la asignación de competencia a la justicia federal para entender en las apelaciones de los dictámenes de las comisiones médicas (art. 46) y en la obligatoriedad de la denuncia administrativa previa a la actuación judicial (art. 49, Disposición final Tercera).
Ninguno de estos tres problemas ha sido abordado por la modificación que el Decreto de necesidad y urgencia 1.278/00 introdujera al sistema de la Ley 24.557, lo que indica que los reclamos seguirán substanciándose en los tribunales con altas posibilidades de éxito. En consecuencia, ha sido una normativa insuficiente para dar respuesta a múltiples problemas legales y continúa dejando sin tratamiento a los fundamentos necesarios del sistema, como la prevención de los riesgos, una justa compensación ante los infortunios laborales y un efectivo régimen sancionatorio para los responsables de acuerdo a cada nivel de responsabilidad.
FOGLIA Ricardo – DE MARCO Susana – MOLAS Ana M., "Jurisprudencia sobre la Ley de Riesgos del Trabajo", Ed. Depalma, 2000, Gráficos de págs. 420 y 424.
II) Aspectos substanciales del régimen. Proyectos de reforma
1. El régimen que nos ocupa es de alta sensibilidad social, no solamente por lo que representan en sí mismos los riesgos que se encuentran en juego -nada menos que la salud y la seguridad del trabajador-, sino además por su incidencia en el desarrollo y crecimiento social y económico del país.
No obstante, el régimen normativo analizado no ha sabido dar respuesta integral a las necesidades acuciantes de esta problemática. Adviértase lo que se desprende de las estadísticas generadas por la propia SRT, de las que surge que la cantidad de trabajadores siniestrados en el trienio 1997-1999 alcanzó un 8,4%, un 9,3% y un 8,9% del total de trabajadores asegurados en cada año, respectivamente. Estas cifras están revelando, no sólo un alto índice de siniestralidad, sino una ineficaz respuesta de la prevención, el pilar de sustentación de aquel régimen, porque no existe duda alguna que la finalidad más trascendente del sistema, en lo humano, en lo social y hasta en lo económico, es evitar la ocurrencia de siniestros.
Pero, además, resulta imprescindible la concurrencia de una clara voluntad política de llevar adelante las debidas funciones de control, ya que sin ella no hay ley que sea efectiva, como tampoco si las partes actuantes en el sistema no actúan, conforme lo prevé la norma, con la responsabilidad social que exige esta temática.
2. Como consecuencia de esas falencias, han habido proyectos de reforma, entre los que por su integralidad y claro sesgo tuitivo y prevencional se encuentra el de nuestro Secretario General y Diputado Nacional Gerardo Martínez, que han intentado la incorporación de diversos institutos en la búsqueda de un mejor sistema, como ser:
- la institución de la figura de la responsabilidad solidaria de las aseguradoras de riegos del trabajo por los daños y perjuicios que sufriera el trabajador, si omitieran comunicar inmediatamente al órgano de contralor los incumplimientos en los que incurriera el empleador, disposición que resultaría innovadora si se considera que la faz preventiva no se encuentra contemplada en la reparación integral del daño prevista legalmente;
- un concepto del infortunio en el que se sustenta la reparación debida por accidente de trabajo, de forma de no limitarlo a un acontecimiento súbito y violento, a fin de evitar que queden excluidos de su ámbito ciertos daños que el trabajador sufre con motivo o en ocasión del trabajo,
- la eliminación del número cerrado que impone el listado de enfermedades profesionales y su sustitución por una enumeración orientadora que permita extender la aplicación de la normativa a todas aquellas contingencias causadas en forma directa al trabajador por el ejercicio de su trabajo o profesión;
- la fijación de límites mínimos a las indemnizaciones pecuniarias que debe percibir el trabajador como consecuencia de los distintos tipos de incapacidades legales, intentando lograr que las indemnizaciones respondan a los principios de equidad y justicia que deben animar cualquier sistema resarcitorio;
- la modificación del cálculo del ingreso base, adecuando el concepto de remuneración a la suma de dinero que realmente percibe el trabajador, sea o no objeto de cotización, aplicando criterios vigentes en el ámbito del derecho del trabajo, con base en el concepto de tratarse de la disciplina que regula todas las contingencias que hacen al contrato individual de trabajo;
- la determinación de mecanismos ágiles para que el trabajador -obviando la promoción de actuaciones judiciales- pueda acreditar el estado de insolvencia de su empleador y acceder al fondo de garantía que prevé la norma;
- la instauración de un régimen de sanciones que comprenda todos los institutos de la materia, entre ellos, lo atinente a higiene y seguridad en el trabajo, haciendo copartícipes del incumplimiento de las obligaciones tanto al empleador como a su aseguradora;
- el restablecimiento de la acción por daños y perjuicios en cabeza del damnificado o de sus herederos, para evitar la discriminación de no conceder a los trabajadores una vía de reclamo legal que tienen quienes no lo son.
En este orden de ideas, la Comisión de Legislación de Trabajo de la Honorable Cámara de Diputados elaboró dos dictámenes, uno por la mayoría y otro por la minoría, con escasas diferencias entre ellos, que buscaban recoger la jurisprudencia dominante y adecuar la Ley a los dictados de la Constitución Nacional.
Lamentablemente y pese a la existencia del aludido consenso parlamentario sobre la necesidad de la incorporación de los tópicos reseñados, el PEN por la vía de un decreto de necesidad y urgencia produjo, durante el año 2000, una reforma parcial de características insuficientes que no ha resuelto ni las tachas de inconstitucionalidad ni mucho menos ha estimulado la cultura de la prevención.
Huelga recordar que la eficacia en la prevención depende de la diferencia entre el monto de la inversión por obrero necesaria para que disminuya la tasa de siniestralidad y el ahorro que implica esa disminución en términos de salarios caídos y primas.
Es evidente que este sistema ha operado eficientemente desde el punto de vista de la minimización de costos para los empleadores, pero que su concepción ha determinado una baja inducción a la prevención de la siniestralidad.
A lo expuesto debe sumarse el hecho que nuestros niveles de siniestralidad no admiten comparación con los términos internacionalmente aceptados como razonables y se acercan peligrosamente a los correspondientes a países con un evidente subdesarrollo.
Lamentablemente la ley, aún con las últimas modificaciones, no establece un balance económico correcto por lo que sigue siendo más barato reparar que prevenir.
Ante esta situación corresponde intensificar la tarea de control de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo sobre las Administradoras y del Sistema Integrado de Inspección del Trabajo y la Seguridad Social, en sus diversos componentes jurisdiccionales sobre los empleadores, para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene.
También es responsabilidad de todos los actores sociales buscar alternativas superadoras sobre la base de consensos y acciones coordinadas. En este orden de ideas corresponde destacar la experiencia que surge del acuerdo paritario entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina y la Cámara Argentina de la Construcción, en virtud del cual se constituyó el Fondo de Investigación, Capacitación y Seguridad para los Trabajadores de la Construcción (FICS) con el cual se financian programas permanentes de capacitación práctica en las diversas técnicas prevencionales para la actividad.
En resumen, siempre hay alternativas disponibles y medios de acción que posibilitan suplir las falencias de la ley y facilitan el objetivo de hacer realidad una verdadera cultura de la prevención para que el trabajo, lejos de ser un riesgo vuelva a ser una herramienta de dignificación del hombre.
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PAPEL DEL ESTADO EN EL
ÁREA DE LA SST
Las nuevas tendencias socio económicas
imperantes en el mundo actual, globalizado y liberal, influyen lógicamente en
las concepciones doctrinarias acerca del rol del Estado y por ende en el ámbito
de las necesidades sociales.
Almansa Pastor sostiene que "Entendida la sociedad como ámbito
de vida social y de cobertura de necesidades humanas ella no puede mantener la
satisfacción de las necesidades sociales por si mismo, de espaldas a la
realidad estatal sin recibir la acción de ésta, porque las necesidades sociales
inciden de lleno en el plano de los fines estatales…. El Estado afronta la
misión desde una doble perspectiva, política y jurídica".-
El riesgo profesional, por su especificidad y
complejidad, debe forzosamente contemplarse desde una doble perspectiva
normativa: a) las normas que tienen por finalidad el control y tratamiento de
los riesgos se integran a la rama general del Derecho Laboral y b) las
disposiciones orientadas a la reparación de las consecuencias o secuelas del
accidente o enfermedad profesional en esencia, forman parte del sistema de
Seguridad social. Se aprecia entonces, una clara distinción entre lo que es
prevención de riesgos profesionales, inserta dentro de la relación laboral
derivada del contrato de trabajo y lo que es la reparación de las consecuencias
del accidente del trabajo o la enfermedad profesional que claramente encuadran
dentro de las características correspondientes a la Seguridad Social.
Más allá del enfoque con que se aprecie el
rol del Estado en relación con los aspectos relacionados con la Salud y
Seguridad de los trabajadores, existen dos funciones básicos que en su calidad
de administrador debe mantener y ellas son las de Regulación y Control. Los mecanismos generales de protección que el Estado
establece mediante el elenco de disposiciones normativas, no son independientes
sino que se asientan en una base común que sirve de conexión la medida que
participan de un todo complejo.
Ante la relación jurídica principal asumida
por la Seguridad Social, aparecen otras relaciones subordinadas e
instrumentales, cada una tiene sujetos propios pero con naturalezas jurídicas
diferentes y objetivos diferentes. Sin embargo, existe entre ellos una
interconexión que las aglutina respecto de la relación principal de seguridad
social aunque con una interdependencia muy relativa.
. Partimos de la consideración de que la base
financiera del sistema radica en los riesgos, por lo cual la elaboración de
políticas nacionales y particulares en la materia resultan imprescindibles así
como lo es la existencia de programas de seguridad en las empresas por cuanto
es a nivel intraempresarial donde debe comenzar el control del riesgo que
permita la estabilidad financiera del sistema y el abatimiento de los costos.
En las actuales circunstancias en las PYMES
el problema es realmente grave y difícilmente se instalen programas de control
salvo que la norma los imponga ya que la escasa formación administrativa de los
empresarios medianos y/o pequeños, no les permite evaluar los beneficios del
control sistemático de las pérdidas potenciales. Por ello, en esta situación de
economía de crisis, el Estado debería además asumir en este aspecto el rol de
capacitador, ampliando el horizonte en la gestión de esas empresas con
indudable beneficio directo para la sociedad.
Dra.
Beatriz S. Calvo Weigle
COLEGIO
DE TÉCNICOS EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES INDUSTRIALES DEL URUGUAY.
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MIS FELICITACIONES POR
IMPLEMENTAR EL ENCUENTRO VIRTUAL YA QUE DE ESTA MANERA TENDRAN ACCESO
COMPAÑEROS QUE POR DISTINTAS RAZONES NO PUEDEN PARTICIPAR LOGRANDO DE ESTA
MANERA PODER ACCEDER A LAS PONENCIAS DE LOS ORADORES.- Rubén Bergesio - ARGENTINA
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Estrategias de Acción Empresarial en Seguridad y Salud en el
Trabajo
Del 30 de octubre de 2001 al 3
de noviembre se desarrolló en Río de Janeiro (Brasil) esta actividad destinada
a representantes a nivel directivo de organizaciones empresariales de
Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. Fue patrocinada por la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Agencia de Ejecución
correspondió al Centro Internacional de Formación de la OIT, Turín (Italia) y
el Equipo Técnico Multidisciplinario de la OIT de Santiago (Chile). Don Félix
Martín Daza (Centro Internacional de Formación de la OIT, Turín) nos envía
documentación sobre esta actividad de la cual extraemos la Justificación y los
Objetivos.
JUSTIFICACIÓN
En una situación como la actual en la que
las barreras comerciales desaparecen y como consecuencia, las oportunidades de
negocio (y la competencia) se incrementan, las mejoras en la competitividad se
convierten en el aspecto central de la estrategia empresarial. Las mejoras en
la competitividad suponen tener en cuenta una serie de parámetros que van desde
las mejoras en calidad y productividad hasta la mejora de las condiciones de
trabajo y la optimización de los recursos. Estos elementos, conceptos
estratégicos para el desarrollo empresarial, se encuentran, a su vez,
fuertemente interrelacionados, hasta el punto que la solidez, la efectividad y
la sostenibilidad de los cambios y medidas que se implementan en una empresa
son resultado de su adecuación contemporánea a los referidos parámetros.
Sin embargo, no es la falta de conciencia
de empresarios sobre la importancia de estos elementos lo que, la mayoría de
las veces, dificulta el emprender las acciones necesarias para la mejora y el
desarrollo empresarial: muchas de las propuestas para la mejora de esos
elementos que se pueden encontrar actualmente, están más adaptadas a la
realidad de la gran empresa y suponen inversiones de recursos (tiempo,
personas, dinero) que, especialmente las pequeñas y medianas empresas (PyMEs), difícilmente
pueden asumir.
La Organización Internacional del Trabajo
(OIT), a través de estudios basados en el análisis de la experiencia
internacional, ha puesto de manifiesto la vinculación entre los referidos
conceptos (productividad, calidad, condiciones de trabajo, competitividad),
desarrollando un enfoque global y un marco conceptual con su correspondiente
instrumento metodológico. Nos referimos a la metodología "Mejor
Productividad y un Mejor Lugar de Trabajo" (WISE). Esta metodología, avalada
por un gran número de experiencias exitosas en distintos países del mundo, está
adaptada a las limitaciones y oportunidades que ofrecen las PyMEs.
A la hora de establecer estrategias de
acción empresarial en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y
de las Condiciones de Trabajo es importante considerar también otros elementos
significativos como el rol de las organizaciones de empleadores y las
iniciativas de las empresas líderes.
Cada vez con mayor frecuencia, las
organizaciones de empleadores están siendo consultadas y convocadas a
participar en la toma de decisiones, en materia de SST; tanto a nivel nacional,
como a nivel supranacional e internacional. En este contexto, se pone
claramente de manifiesto el enorme potencial con que cuentan las organizaciones
de empleadores para desempeñar un papel protagónico en el desarrollo de la SST
en sus respectivos países; y con ello reforzar su liderazgo social. Al mismo
tiempo, cada vez es más creciente la demanda de las empresas que recurren a sus
organizaciones empresariales en busca de criterios, asesoramiento y orientación
sobre estos temas. Es preciso pues, una optimización del rol de las
organizaciones de empleadores en este campo tanto como vehículo de
representación de los intereses empresariales en foros nacionales e
internacionales así como el fortalecimiento de la capacidad técnica de la
organización para mejorar su rol de agente de promoción y apoyo a las empresas
en este campo.
Las empresas líderes, bien conscientes de
los vínculos existentes entre la competitividad y la SST, han ido incorporando
una serie de estrategias de acción en este campo que han reportado importantes
beneficios de evaluación directa (en términos tanto de control de costos como
de aumentos de productividad) como indirecta (reducción de conflictividad,
mejora de la satisfacción laboral, etc.). Nos referimos a un amplio elenco de
iniciativas como los códigos de conducta, los sistemas de gestión de la SST o
los análisis costo-beneficio de las medidas de prevención, entre otros.
En esta actividad se pretende presentar
todas estas experiencias y prácticas a la vez que ofrecer un foro de discusión
empresarial para discutir y evaluar las potencialidades y limitaciones de todas
ellas, tanto en un contexto subregional como en las realidades nacionales de
las organizaciones representadas en este seminario.
OBJETIVOS
El objetivo general de este programa es el
fortalecimiento de la capacidad de las organizaciones de empleadores para
responder a las necesidades de sus afiliados en el ámbito de la mejora de la
seguridad y salud de trabajo y la competitividad.
Al finalizar este programa los
participantes serán capaces de:
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UNIT 18001:2001 SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD
OCUPACIONAL
El Arq. Angel Caimi Kemayd, Secretario Técnico
del Instituto Uruguayo de Normas Técnicas UNIT, nos hace llegar su ponencia
sobre esta reciente norma de ese Instituto
REQUISITOS
Introducción
El Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT) ha aprobado la Norma UNIT 18001, para dar respuesta a la demanda de organizaciones que desean "Certificar" sus sistemas de gestión de la seguridad y la salud ocupacional (SYSO).
En consecuencia la aprobación de esta norma implicó la anulación de la Guía UNIT 100:99 "Prevención de riesgos laborarles. Reglas generales para la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (S.G.P.R.L.).
Desarrollo
Esta Norma 18001:2001 está dirigida a apoyar a las organizaciones en el desarrollo de un enfoque de la gestión SYSO, de manera de proteger a los empleados y a terceros, cuya seguridad y salud puedan ser afectada por las actividades de la organización.
Esta norma abarca los requisitos básicos que aseguran el cumplimiento de las políticas y los objetivos de SYSO. Estos lineamientos se basan en los principios generales de buena gestión y están diseñados para hacer posible la integración de estos sistemas dentro de un sistema global de gestión y en particular, su enfoque en concordante con las normas UNIT-ISO 9001 y UNIT-ISO 14001 para sistemas de gestión de la calidad y ambiental respectivamente.
Esta norma se corresponde técnicamente en su totalidad con el documento Occupational Health and Safety Assessment Series (OHSAS) denominado OHSAS 18001:1999. En ella se ha mantenido la estructura y el contenido de OHSAS mencionados y se le ha incorporado las variantes necesarias para que haya concordancia con las normas de la familia UNIT-ISO 9000:2000.
Complementariamente se ha hecho la revisión de otras Guías UNIT, tal es el caso de las Guías 101, 102 y 103 las que se encuentran en el siguiente estado:
- Guía UINIT 101 que se refiere a vocabulario, ha sido sustituida por la Guía UNIT 18101 (en impresión)
- Guía UNIT 102 con directrices para la implantación de estos sistemas será sustituida por la Norma UNIT 18002 (se encuentra a estudio del Comité Técnico Especializado).
- UNIT 103 con directrices para la evaluación de sistemas de gestión de SYSO ha sido sustituida por la Guía UNIT 18103.
Conclusiones
La aprobación en Uruguay de la Norma UNIT 18001:2001 pone a los sistemas de Gestión de SYSO de las organizaciones en el mismo plano de otros sistemas que hoy son certificables.
Para los técnicos de áreas de la Prevención , se presenta como una herramienta para orientar su actuación y como un aporte para hacer visible las actividades a desarrollar en cada organización que demande sus servicios.
Para los empresarios es un sistema integrable sin "violencias" en emprendimientos donde hay otros sistemas de gestión ya implantados y es a su vez un muy buen orientador de que es obtenible en los trabajos de prevención.
Para todos en general la aplicación de sistemas de gestión de SYSO, tienden a asegurar el cumplimiento de los requisitos legales, reglamentarios, etc., dando la orientación necesaria para una actuación ordenada que apunte a la mejora continua.
Epílogo
Un sistema en el que se define la política de SYSO se planifica las actuaciones, se implementa la estructura y las responsabilidades y se efectúa el control operacional, acompañando esto de adecuada formación y asignación de recursos, da la posibilidad de que se hagan verificaciones y se instrumenten las acciones correctivas necesarias, que permitan a la alta dirección de la organización involucrada revisar el sistema, para asegurar su continua aptitud, adecuación y eficacia.
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LA SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION EN EL SIGLO XXI
Ponencia a
cargo del Dr. Andrés J. Faragó, abogado, asesor empresario y consultor en
materia de riesgos del trabajo. Ha sido Gerente de Control de la
Superintendencia de Riesgos del Trabajo de Argentina entre Febrero 1998 y
Febrero 2000.
Cuando en octubre de 1999 tuve oportunidad de concurrir a este Simposio, organizado en Viena por el Comité Internacional para la Prevención de Riesgos Profesionales en la Industria de la Construcción, tomé contacto con los organizadores para consultar sobre mi posible integración a los equipos de trabajo del Comité.
El documento final distribuido a quienes concurrimos al Simposio: "Coordination of Safety and Health at temporary or mobile construction sites", había sido elaborado en base a una tarea realizada por profesionales e instituciones de diversos lugares del mundo (Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Gran Bretaña, Suecia, Suiza, Japón y Estados Unidos), pero a excepción de este último, no aparecía ninguno perteneciente a algún país americano.
Ante mi presentación, fui invitado a integrarme a dos grupos de especialistas, que habrían de iniciar sus labores a mediados del año 2000, con el objeto de presentar a los participantes del próximo Simposio (a realizarse en París en diciembre de 2001) el resultado de ambos trabajos: en el primero, orientado desde Bruselas, hemos venido efectuando una actualización y ampliación del que fuera distribuido en Viena en 1999, donde se analizaban la coordinación de salud y seguridad en las etapas de proyecto, construcción y mantenimiento posterior, los perfiles de los coordinadores en cada una de las etapas, los controles, las sanciones y las normativas locales sobre coordinación en los distintos países participantes.
En cuanto al segundo, orientado desde Lisboa, hemos atendido los diferentes aspectos vinculados con el tema del próximo Simposio: "Management Dinámico de la Salud y de la Seguridad en la Construcción – Soluciones Concretas", en especial la implementación sistemática de estos métodos de gerenciamiento (Occupational Safety and Health Management Systems in Construccion – OSHMSinCONS) en las empresas proyectistas y constructoras, y en los propios lugares de construcción; y la compilación y comparación de las diferentes soluciones concretas utilizadas por los países que participan de este trabajo.
Para la realización de ambas tareas, pude contar con el respaldo institucional y técnico de la Fundación de Educación y Capacitación para los Trabajadores de la Construcción, organización impulsada por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).
Precisamente en virtud de esta tarea que conjugamos con la Fundación, surgió la idea de presentar durante las jornadas del Simposio en París (12 al 14 de diciembre de 2001), bajo la forma de una comunicación multimedia, el "Programa Integral en Seguridad y Condiciones de Trabajo para la Industria de la Construcción en la República Argentina" (PIeS), habiendo logrado ser seleccionado por el Comité Científico del Secretariado para integrar el panel denominado: "Los métodos y herramientas de management dinámico de la salud y seguridad ocupacional".
El referido Programa, que cuenta con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo y ya se encuentra en plena ejecución, tiene por objetivo estimular a todos los sectores del trabajo a concentrar sus esfuerzos en la instalación de una cultura preventiva, que redunde en el desarrollo de ambientes de trabajo sanos y seguros, logrando así reducir la incidencia negativa de los accidentes y enfermedades profesionales en la actividad de la construcción.
Con la presentación del PIeS en diciembre próximo en París, ante el 26º Simposio Internacional del Comité de la Construcción de la AISS, y con la integración de los trabajos que hemos realizado con la Fundación a los documentos que serán entregados a todos los participantes del referido encuentro, habremos logrado que la República Argentina sea el primer país latinoamericano que formalice una activa presencia en la elaboración de políticas globalizadoras, dentro de la AISS, tendientes a la prevención de los riesgos profesionales en la industria de la construcción.
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LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL
Ponencia a
cargo del Ing. Alberto Gaeta, Presidente del Colegio Profesional de Higiene y
Seguridad en el Trabajo y Medio Ambiente de la República Argentina.
A partir de la incorporación de la Ley de Riesgos del Trabajo, los Técnicos y Licenciados se vieron en la necesidad, para poder trabajar, de obtener una matrícula profesional, la cual hasta ese momento era innecesaria ya que con la inscripción en el registro de profesionales de la Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo, era suficiente para poder ejercer nuestra profesión.
A través del Colegio Profesional de Higiene y Seguridad y Medio Ambiente observamos como los colegas veían frustradas sus posibilidades de trabajo por falta de una matrícula y Registro Profesional, o bien se asociaban a Consejos Profesionales que de ninguna manera representan al perfil, orientación técnica y orígenes, sino simplemente admitidos por un interés recaudatorio. Ante esta situación, hemos decidido proponer un proyecto de ley de ejercicio profesional en busca del ordenamiento y regulación de los aspectos profesionales de esta actividad.
Se persigue un encuadre legal único, lo cual redundará en beneficio del capital más importante de las Empresas: la salud y la vida del Trabajador.
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OPINIONES
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A CONTINUACIÓN:
OPINIONES RECIBIDAS SOBRE EL ROL QUE DEBERÍA EJERCER EL ESTADO EN
MATERIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE
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Mi opinión sobre el papel del Estado en lo
referente a la Salud y Seguridad en el Trabajo es que su rol es deficiente.
Creo que no cumple con su verdadera función: la de salvaguardar la vida y
prevenir los accidentes sino que actúa cuando las tragedias ya han acontecido.
Es posible que esto se deba, en parte, a que sus organismos fiscalizadores son
poco competentes ya que están integrados por profesionales de otros ámbitos y
por ello no se encuentran capacitados en materia de higiene y seguridad en el
trabajo. Otro punto a resaltar es que los cargos, tanto jerárquicos como
también los correspondientes a los inspectores, se encuentran muy politizados
lo cual no sólo implica que existan personas que no poseen los conocimientos o
experiencia necesaria en la materia sino que además se encuentran supeditados a
los avatares políticos lo que imposibilita establecer pautas de trabajo
eficaces y duraderas que permitan mejorar el funcionamiento de los organismos
de este ámbito. Lic. Daniel Díaz - ARGENTINA
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En cualquier país organizado del mundo, un
empresario antes de instalar una empresa en un país, planifica y realiza
estudios de mercado. También averiguan cuales son las leyes que deben cumplir
para realizar sus tareas en dicho lugar.
En la República Argentina son muchos los
casos en que las empresas se instalan, trabajan y luego de un tiempo, empiezan
a darse cuenta que debían cumplir con las leyes de Riesgo de Trabajo.
Es de suma necesidad asegurar el rol del
estado en la verificación del cumplimiento de estas leyes antes de la
habilitación efectiva de dichas empresas. Es imprescindible comenzar a
solicitar que las empresas cuenten con sistemas integrados de gestión que
aseguren con procedimientos y registros el cumplimiento de las leyes vigentes. Ing.
Angel Micale - ARGENTINA
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El Estado debe investigar, legislar y
controlar se cumpla con las obligaciones en la materia. Debe realizar una tarea
docente y sancionar los incumplimientos. José Diego Fernández - Perú
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La Federación Argentina de Trabajadores de
Luz y Fuerza tiene claro que el trabajo seguro existe donde se privilegia la
prevención, por eso la tarea pendiente es amplia y estamos convencidos que:
No debemos dejar solas a las provincias con
la comprometida acción de fiscalizar las empresas de las que son deudoras,
mientras el estado nacional se desentiende o espera que las ART denuncien a sus
clientes
No se debe resignar seguridad laboral a
cambio de empleo
Las peores formas de trabajo se presentan en
el empleo no registrado.
Basta de estadísticas mentirosas las cuales
anuncian disminución de los accidentes de trabajo. Esto se produce simplemente
por el cierre de las fuentes de trabajo (Lógicamente cuando nos quedemos sin
trabajadores no tendremos mas accidentes laborales)
No debemos entender la prevención como un
gasto, sinó como una inversión, y para ello el estado debe facilitar el acceso
a recursos para aquellas empresas que demuestren buen comportamiento en este
campo.
Las organizaciones sindicales, perseguimos el
objetivo de eliminar los accidentes sin disminuir el número de trabajadores.
Quienes nos quieran acompañar en este proyecto serán bienvenidos. Luis
Ansaldo - Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza.
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Si bien la SST, debiera ser una preocupación
de la sociedad en su conjunto, resulta de suma importancia el rol que asuma el
estado en esta materia, no sólo como contralor, sino también impulsando la
investigación, integrando esfuerzos de distintas organizaciones (Universidades,
Gremios, Cámaras empresarias, Colegios de Profesionales, entre otras), para
establecer una política nacional en SST pero con contenido operativo. Lic.
Carlos Gómez - ARGENTINA
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La participación del Estado en las acciones
orientadas a mejorar la seguridad es, a la vez, necesaria y conveniente.
Necesaria por su irrenunciable rol social que lo coloca en el actor principal a
la hora de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de todos quienes
constituyen una nación, un país. Conveniente, porque un país con salud y buena
calidad de vida trabaja más, trabaja mejor, produce más, es, en definitiva, más
feliz. Pero, además de estos incuestionables objetivos de valor humano y
social, la participación del Estado en actividades de seguridad es conveniente
porque permite reducir las enormes sumas de dinero y recursos que implica el
brindar una mínima atención al creciente número de minusválidos e incapacitados
como consecuencia de accidentes muchos de los cuales podrían haberse evitado
con actividades fortalecedoras de la seguridad en el trabajo, en el tránsito,
en el hogar. Lic. Esteban Melo -
URUGUAY
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En este tema el Estado debe ejercer un rol
eminentemente activo. Para ello,
es necesario disponer de una decisión política en lo atinente al control,
dejar de incorporar personal sin experiencia, o bien que responda a tal o
cual sector político, económico y/o gremial y que no cumplen ninguna
función; establecer objetivos de reducción de siniestralidad año a año y
controlar su cumplimiento; premiar de alguna manera a los que mejoran a
través de la prevención; asumir el poder de policía en forma total
retirando a las ART´s la obligación que se les asignó en este aspecto. Tal
como se esta trabajando actualmente no se va a llegar a ninguna parte. Ing.
Alfredo López Cattáneo - ARGENTINA
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Sería conveniente que el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, através de la Superintendencia
de Riesgos del Trabajo determinara la obligatoriedad para todos los empleadores
de contar junto con su Seguro de RT, con un servicio de SHT. En todo caso
facilitando este servicio por las mismas ART ya que se observa un gran
porcentaje de establecimientos sin esta importantísima asistencia
prevencionista: Jardines de Infantes; Escuelas, Universidades, Instituciones
Religiosas, tan esencial, a la hora de hacer prevención de riesgos, como en el
resto de las actividades del quehacer humano. Lic. Roberto Rodríguez Rosi -
ARGENTINA
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El rol del Estado en el manejo de la Salud y
Seguridad en el Trabajo es fundamental, el sistema debería estar en su órbita,
régimen actual en el Uruguay como Seguro, o formando parte de la Seguridad
Social, real garantía para trabajadores y empleadores o como alternativa, con
fuertes supervisiones o contralores estatales. Juan B. Bailador - URUGUAY
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El rol del Estado en materia de salud y
seguridad en el trabajo y medio ambiente es una responsabilidad indelegable. Su
intervención en estos temas debe ser una tarea de constante dedicación, con el
fin de lograr un efectivo contralor del cumplimiento de la legislación vigente.
Al mismo tiempo, desde las esferas del Estado, se deben desarrollar políticas
en materia de prevención de riesgos y cuidado del medio ambiente, tendientes a
la formación y capacitación de todos los integrantes de la sociedad, tanto a
nivel de trabajadores como de empleadores. El objetivo primordial debe ser
poder lograr la concientización general del significado de los términos salud,
seguridad y protección del medio ambiente, en búsqueda de una mejor forma
de vida. Ing. Eduardo F. Di Bin - ARGENTINA
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El estado tiene el deber indelegable de velar
por la salud y la seguridad de todos los habitantes del país. No me parece
correcto bajo ningún punto de vista que delegue esta responsabilidad en las
ART, las cuales al ser empresas privadas con fines de lucro y por otra parte
carentes de una estructura suficiente para hacer prevención, no están en
condiciones de hacer un control y mucho menos un mejoramiento en las
condiciones de trabajo de una empresa. Para lograr cambios, la función del
inspector de higiene y seguridad perteneciente a los organismos de control del
estado, debería ser totalmente profesionalizada, jerarquizada y contar con el
apoyo total para su ejercicio en el control de las leyes existentes. Ing
Carlos Palomeque - ARGENTINA
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A CONTINUACIÓN:
OPINIONES RECIBIDAS SOBRE LA CONVENIENCIA DE LA APLICACIÓN DE
TECNOLOGÍAS CON AULAS VIRTUALES PARA LA DIVULGACIÓN Y FORMACIÓN EN SALUD Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE
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Entiendo sumamente conveniente la utilización
de este recurso para tratar la
difusión y la formación en lo atinente a los temas de salud y seguridad en
el trabajo. No es posible, hoy en día, pensar en la no utilización de la Web
para todo lo atinente a la educación, de hecho muchas empresas del tipo
trasnacionales y desde hace varios años vienen capacitando a sus
prevencionistas a través del uso de este recurso. Ing. Alfredo López
Cattáneo - ARGENTINA
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El aula virtual, producto de la nueva
tecnología, es fundamental para la información y divulgación, pero para la
formación debe ser una herramienta más, auxiliar de la actividad presencial,
insustituíble en "educación", pienso como un "viejo
tradicionalista", que en definitiva lo soy, pero es mi opinión, respetuosa
de aquellos que discrepen conmigo.- Juan B. Bailador - URUGUAY
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En la República Argentina, con las
grandes distancias que se deben recorrer para tener acceso a la formación en
Salud y Seguridad en el Trabajo y Medio Ambiente, es de fundamental importancia
el uso de tecnología con aulas virtuales para la divulgación y Capacitación de los
potenciales profesionales de esta actividad. Ing. Angel Micale - ARGENTINA
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No dudo de la importancia que tiene en el
ámbito Académico la revolución metodológica que implica la aplicación de estas
nuevas tecnologías a la Educación, creo que es conveniente, mas que
conveniente, el futuro, por lo tanto se que que se nos abre un largo camino a
recorrer buscando la óptima formación en estas disciplinas. Ing. Juan José Parodi - ARGENTINA
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Ante todo felicitaciones por la idea del
encuentro virtual. El aula virtual es la mejor forma de resolver la formación
en salud, seguridad y medio ambiente, en carreras de grado, pos grado, cursos,
etc. pues permite que una persona pueda trabajar y decidir la hora y día de
estudio sin importar donde se encuentre. Alfredo Gómez Galín - ESPAÑA
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Es evidente a esta altura del desarrollo de
las comunicaciones que internet proporciona herramientas para una vasta
difusión de información en general, de modo que para los temas de SST es una
potente herramienta que se puede y debe utilizar, ya que en general los
espacios para esta temática no son abundantes. En mi opinión personal hasta el
momento SST cuenta con pocos sitios debidamente organizados y con contenidos
sustanciosos. Lic. Carlos Gómez - ARGENTINA
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........ Para la divulgación me parece
excelente, para la formación tengo
mis reparos. Ing. Manuel Scotto - ARGENTINA
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Respecto al hecho de divulgar en Internet
temas relacionados con la salud y seguridad en el trabajo, me parece muy
interesante dado que actualmente aumenta el número de personas que pueden
acceder a la información brindada en la red. Por lo tanto, brindar datos,
tratar temas, hacer conocer los ámbitos de aplicación, cómo capacitarse en
dicha materia, etc., posibilitaría que mucha gente que tal vez desconozca o
quiera interiorizarse sobre estos temas pueda acceder a esta información.
Asimismo, para quienes trabajamos en este ámbito, el hecho de contar con
información actualizada y competente en la web sobre nuestra materia no sólo
permitiría ampliar nuestros conocimientos sino que permitiría establecer
contactos con profesionales de todo el mundo y de esta forma lograr
intercambios enriquecedores que propiciaran plantear nuevas perspectivas en la
salud y seguridad laboral. Lic. Daniel Díaz - ARGENTINA
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La utilización de la Web para difundir
aspectos relacionados a la seguridad es una excelente idea y mejor oportunidad
que debería ser aprovechada y optimizada al máximo. Como instrumento de
comunicación de masa que atrae cada vez un público más numeroso y heterogéneo,
este espacio ofrece inagotables posibilidades y enormes desafíos. Es posible
acceder a millones de personas pero (y ahí está el reto) se necesita atraerlas.
La inmensa diversidad de propuestas que se nos abren al ingresar a Internet, ha
determinado una lucha sin cuartel por conquistar la preferencia del navegante. Diseñar
propuestas atractivas, amenas, creativas y prácticas orientadas no sólo a
técnicos sino al gran público objetivo final de todas nuestras acciones, es, a
mi modo de ver, una estrategia ineludible. Por tanto, y resumiendo, la Web es
hoy para la seguridad, una de las mejores oportunidades y, a la vez, uno de los
mayores desafíos. Lic. Esteban Mello - URUGUAY
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Este tipo de sistema supera al resto de los
aplicados en la capacitación a
distancia porque, además de tener los beneficios de estos métodos (acceso
masivo y en ubicaciones disímiles, posibilidad de contactos con
profesionales o docentes de renombre, amplia disponibilidad horaria para
el educador y el educando, etc.), permite una intercomunicación fácil y
dinámica con los educadores.
Suple algunas falencias de los otros medios de divulgación y/o formación
en las materias y establece un futuro foro informático de discusión
profesional. Dr. Eduardo Muñoz - ARGENTINA
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Creo que es una proyección actual de
aplicación de tecnologias, sobre todo
por ser una manera practica de actualizacion de los avances del tema en
cuestión. Dr. José Eduardo Cáceres Galeano - PARAGUAY
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Vengo ensayando esta metodolgía desde
hace más de un año, en distintas empresas de servicio que trabajan en diversos
puntos del país y cuyo personal tiene fácil acceso a la web. La experiencia me
ha indicado que el sistema funciona muy bien como medio de información,
indudablemente este medio es rápido y puede llegar a casi todos lados, pero la
experiencia docente me ha indicado que la formación debe ser personalizada. No
puede sustituirse el contacto entre alumno - profesor, ni cambiar la vivencia
de motivar a la discusión de los temas planteados que logren transmitir
conocimientos razonados y que puedan ser comprendidos y fijados por el alumno.
Ing. Laboral Daniel Aníbal Epíscopo -
ARGENTINA
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Dadas las actuales posibilidades del Correo
Electrónico y del Sistema Internet vía satélite, extraordinario medio de
comunicación global, es y será el mejor medio de divulgación de la actualidad y
de todo el conocimiento, acumulado hasta el presente del saber humano: Arte,
Ciencia, Religión al alcance de miles de millones de personas al mismo tiempo y
en cualquier lugar, es increíble, aprovechémoslo.
En particular, y teniendo en cuenta la
extensión geográfica de nuestro territorio sudamericano, y del tema que nos
ocupa, auspicio un éxito cierto a la formación sobre Salud y Seguridad en el
trabajo y el Medio Ambiente, camino vertiginoso a una "Cultura
de la Prevención Universal". Lic. Roberto Rodríguez Rosi - ARGENTINA
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Considero que todas las herramientas son
útiles si se hace buen uso de ellas. Como Especialista en HyS en la Industria
de la Construcción, encuentro que posibilita llegar a la concientización y
capacitación de las instancias jerárquicas empresariales y profesionales a
través del intercambio de experiencias y la actualización de conocimientos.
Arq. Nora M. Nonino - ARGENTINA
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Discutir la conveniencia de la aplicación de
aulas virtuales para la divulgación y formación en el campo de la salud y
seguridad en el trabajo y medio ambiente es como cuestionar a la televisión
como medio para la educación en general. Definitivamente tanto la primera como
la ultima (y esto no significa que no aparezcan mas) son herramientas,
magnificas herramientas, fruto de nuestra inagotable imaginación y búsqueda.
Estas herramientas pueden ser utilizadas para
la educación o para el mero entretenimiento/pasatiempo, lo cual tampoco las
descalifica como instrumentos, sino que se les da otra utilización. Al igual,
por dar otro ejemplo, que las revistas. Tenemos desde National Geographic hasta
las de crucigramas/puzzles. Cada una cumple un determinado fin.
Como instructor de técnicas de enseñanza
siempre doy el consejo de utilizar dos o tres medios de proyección para una
clase determinada (por ej. video, power point y ponencia oral) pero sin que
ninguno se transforme en el centro de atracción por si mismo.
Volviendo al tema inicial, las aulas
virtuales (y en general la internet) pueden ser un complemento, un apoyo, si
son bien utilizadas. Para ello es fundamental que formemos a aquellos que
tienen la responsabilidad de transmitir los conocimientos.
Caso contrario pasará (siendo exageradamente
extremista) lo que pasa con los autos, les damos herramientas a cualquiera,
casi sin restricción y miren las estadísticas...
Aprovecho para despedirme y agradeciendo y
felicitando a la gente de El Casco por esta brillante idea. Saludos. Andrés
Salum - ARGENTINA.
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El avance de las nuevas tecnologías en todos
los ámbitos del conocimiento y el trabajo humano no deja lugar a dudas de su
importancia creciente en el desarrollo de una nación, no obstante el aspecto
negativo del tema me parece ser el de constituir, al mismo tiempo, una mayor
brecha entre los que tienen acceso a la red de información y los que carecen de
él. A fin de acotar estas desigualdades los gobiernos deben implementar
políticas claras de educación que incluyan en todos los niveles el manejo de la
información electrónica y por otra parte, asegure el acceso a las terminales a
costos reducidos a fin de favorecer la utilización masiva de las aulas
virtuales como solución para evitar el transporte personal en las grandes
distancias que nos separan territorialmente. Ing Carlos Palomeque -
ARGENTINA
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La pregunta planteada equivale a haberse
preguntado, hace algunos años, sobre la conveniencia de utilizar pizarrones
laminados con marcadores, o más recientemente la de usar proyectores de
imágenes. No sólo es una tendencia que se ve muy clara en todo el mundo, y que
da la oportunidad de desarrollarse a personas que de otro modo quedarían
marginadas por razones geográficas, o por escasez de tiempo o de recursos
económicos; además, el grado de desarrollo al que han llegado la tecnología y
las metodologías de la educación a distancia en medios virtuales posibilitan
realizar cursos que tienen mayor eficacia en cuanto al aprendizaje que los
presenciales, además de ser mucho más eficientes en el uso de los recursos. Y a
medida que pase el tiempo lo serán aún más.
Naturalmente, no cualquier actividad de transmisión de información hecha a
través de Internet o de una red informática es una actividad educativa exitosa,
o siquiera algún tipo de actividad educativa. Transmitir información es sólo el
primer paso para educar. Pero para educar de verdad es necesario que el
estudiante construya su propio conocimiento, basado en la información recibida,
en la búsqueda de nueva información por sí mismo, en la guía de su profesor, en
el intercambio de ideas con sus compañeros, en la aplicación concreta de lo
aprendido en un entorno controlado y bajo la observación de quienes le guían,
etc. Hecha así, la educación con aulas virtuales es sumamente eficaz, además de
interesante. Por esto creo que la intención de aplicar la tecnología de aulas virtuales
distribuidas (es decir, a través de Internet) para la formación en SST es una
excelente idea. Ing. Raúl A. Santamarina - ARGENTINA
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