Comisión
Preparatoria CAPITULO INSPECTORIAL 2001
I - PRESIDENTE DEL CAPÍTULO Y SUS FUNCIONES. Las reuniones serán presididas por el P. Inspector, ayudado en la dirección y desarrollo de los trabajos por el Regulador, por los Coordinadores de las Comisiones de Trabajo y por los Directores de debate. Estos últimos (si son "Extracapitulares") tienen sólo voto consultivo. Todos ellos constituyen la PRESIDENCIA del Capítulo. Las competencias de la Presidencia son: Determinar la apertura y la clausura de la Asambleas Capitular. Proponer el "Orden del día" de los trabajos y el respectivo horario y calendario. Resolver toda duda de hecho o de derecho, en cuanto a la aplicación del Reglamento.
II - EL REGULADOR. Bajo la dirección del Presidente, coordina los trabajos del Capítulo y se responsabiliza de los servicios técnicos. Es de su competencia llevar a conocimiento de la Asamblea: el "Orden del día", las comunicaciones de la Presidencia y las eventuales informaciones.).
III - EL DIRECTOR O DIRECTORES DE DEBATE. El Presidente nombrará tres (3) Directores de debate, (Capitulares o Extracapitulares). Les corresponde dirigir los debates de los Plenarios, ateniéndose fielmente al Reglamento y exigiendo su cumplimiento por parte de los Capitulares.
IV - SECRETARÍA. El
Presidente del Capítulo nombrará, entre los Capitulares, dos (2) Secretarios, cuya
función es redactar las Los Auxiliares de Secretaría pueden ser "Extracapitulares".
V - ESCRUTADORES. El Presidente nombrará dos (2) escrutadores para todas las votaciones. Deberán contar los capitulares presentes al inicio de cada plenario, para establecer las cantidades requeridas para la aprobación en cada votación.
VI - COMISIONES DE TRABAJO. La Presidencia formará cinco (5) Comisiones después de haber consultado a cada Capitular sobre sus preferencias. Cada Comisión elegirá su Coordinador y su Secretario-relator.
VII - METODOLOGIA DE TRABAJO. » Cada Comisión leerá y estudiará todos los temas. » Cada Comisión profundizará y discernirá su propio tema. » Cada Comisión recibirá, estudiará y decidirá sobre las observaciones y sugerencias. » Cada Comisión presentará al plenario el
estudio de su tema y los correspondientes "Modos" recibidos, para » Para el estudio de los "Modos" se utilizará la metodología señalada en el VII. 3 y VII. 4. » Se opta por la metodología de la "reja".
VIII - METODOLOGÍA DE LOS TRABAJOS DE LOS PLENARIOS. Las intervenciones se efectuarán según estas normas: Se hará una primera lista de quienes deseen hacer uso de la palabra. El Director de debate dará la palabra según el orden pedido. Habrá una segunda ronda de intervenciones, tras una segunda lista. Cada intervención tendrá una duración máxima de tres (3) MINUTOS. Los que intervengan deberán dejar en Secretaría, por escrito, su ponencia.
IX - MOCIÓN DE ORDEN. Todo Capitular tiene derecho a pedir la palabra para proponer una "Moción de orden" levantando las dos (2) manos. La "Moción de orden" se puede ejecutar para pedir un intervalo en el plenario (que será aprobado por "Mayoría absoluta") o para pedir el cierre del debate, (que será aprobado por una "Mayoría de los 2/3). La "Moción de orden" debe votarse enseguida, sin discusión.
X - MOCIÓN REGLAMENTARIA. Todo Capitular tiene derecho a pedir la palabra, levantando las dos (2) manos, para proponer una "Moción Reglamentaria", que tiene por finalidad objetar el procedimiento. Ésta será considerada por la Presidencia. Si la Presidencia la acepta, la presenta a la Asamblea, quien la aprobará con "Mayoría absoluta".
XI - VOTACIONES. La votación sobre el documento capitular se hará en dos (2) momentos: » La primera votación, mediante tres (3) posibilidades de voto: SI -
NO - "CON MODO".
XII - FINALIZACIÓN DEL TRABAJO CAPITULAR. En
caso de no finalizar el trabajo capitular en los días fijados, el Capítulo determinará
prorrogar el tiempo o fijar fecha para una nueva sesión. XII - OTRAS NORMAS. En caso de no finalizar el trabajo capitular en los días fijados, el Capítulo determinará prorrogar el tiempo o fijar fecha para una nueva sesión.
Al comienzo de
cada Plenario, un Secretario leerá el Acta de la reunión anterior, la que será puesta a
la
|