S.O.S.

HIJOS del Divorcio

 

Necesitan Su  Ayuda !

 

http://www.oocities.org/ar/secuestro_legal_de_menores/

 

=>Firme el Petitorio que

será elevado a los Legisladores.

 

=> Mejoras a las leyes de Familias priorizando y RESPETANDO “el interés superior del Niño”.

 

=> Para que se investigue el proceder de funcionarios y profesionales que NO HACEN LO QUE LA LEY PREVE dejando huérfanos a indefensos niños.

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     En el ámbito judicial, los conflictos de las familias, a menudo son utilizados por profesionales que lucran en exceso con la desgracia ajena, sin que autoridad alguna haga algo para evitarlo. Así, muchas veces,  los niños pierden a toda la famila.

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http://www.oocities.org/ar/secuestro_legal_de_menores/

 

 

 

 

 

        Aclaro al lector respecto al petitorio que encontrará a continuación.

 

     En las primeras 4 páginas se explica la situación que generó la iniciativa y los objetivos que se pretenden lograr. La página 5, es el modelo de página donde se espera que gente interesada, avale con su firma nuestra inquietud y el pedido que en consecuencia  queremos hacer llegar a nuestros representantes.  Se intenta por este medio, que nuestra sociedad en el mayor número posible, conozca el problema en que se encuentran “prisioneras”, muchas familias que ingresan al sistema judicial, situación desgraciada que puede tocar a cualquier familia.

 

     Por tal motivo, se pensó en hacerlo de esta manera, para que los interesados puedan bajarlo de la página web, difundirlo y también, juntar firmas. La idea es lograr, que el destino de “las familias” deje de ser tratado de manera secreta por algunos “expertos” que se creen dueños de la verdad y de los destinos de sus semejantes, cosa que hacen cuando se produce la ruptura de la familia; porque esta es una situación que tiene repercusión social y por lo tanto interesa a toda la sociedad. Con la participación activa de los habitantes adhiriendo con su firma, ya estamos logrando que el gran público tome conocimiento de lo que se hace con las familias, muchas veces, tan distinto a lo que se dice hacer y a lo que la ley prevé.

 

     La propuesta, es que conforme las hojas se vayan completando con firmas, se hagan llegar a APADESHI o al titular de esta página web, desde donde luego las enviaremos a nuestros representantes.

 

     Considerando el alto índice de separaciones que hay en la actualidad y el negocio que para muchos representa esta situación desgraciada, es necesario que la sociedad tome conciencia de los costos de todo tipo que esto provoca. Por lo tanto, se pretende evitar la re-victimización de “La Familia” por parte del sistema jurídico.

 

Costos emocionales que inciden en los costos económicos y viceversa, y, costos para el Estado.

 

1) Costos para el Estado:

- En el ámbito judicial, los juicios involucran a empleados judiciales.

- Profesionales de la salud pertenecientes a Organismos del Estado.

- En el área de la educación, las dificultades que presenta el niño que atraviesa por estas circunstancias, requiere una dedicación y consideración por parte del personal de establecimiento.

 

2) Costos para la familia afectada

a) Empobrecimiento por:

       i ) Pérdida de capacidad laboral de los padres, incluso, pérdida del trabajo.

      ii ) Gastos en abogados, tasas de justicia, psicólogos, etc.

     iii ) Pérdida de bienes, incluidos vivienda.

 

Por lo tanto, el costo emocional para la familia se traduce en:

Gastos en psicólogos, abogados, etc. para todos los integrantes de la familia, que afecta incluso al resto de la familia, como ser abuelos, tíos, etc.

 

     Además, todo esto se traduce en la reducción de los medios económicos necesarios para mantener dignamente a los niños y brindarles buena educación y esparcimiento, debido a que los ingresos del grupo familiar se encuentran seriamente afectados por el des

Tino que se da al dinero para mantener el conflicto.

 

     Por lo tanto, estos conflictos deben ser breves para evitar se agraven los daños con el correr del tiempo, cosa para la cual, nuestro sistema judicial no está preparado cuando intervienen profesionales litigiosos que hábilmente manejan los recursos para alargar el conflicto. También tiene que ver con esto, la posibilidad que de rehacer su vida, tiene cada uno de los integrantes de la familia afectada, que con la continuidad de los juicios, continúan siendo dañados, llegando incluso a afectar a las nuevas

 parejas y a los hijos que puedan llegar a tener.

 

Hay muchos temas que involucran a niños y deben ser discutidos públicamente por nuestros representantes. Por ejemplo, un ama sustituta que cuidan a niños, percibe $220, siendo que el Estado asigna por ese chico unos $650 aproximadamente; se pregunta entonces, ¿donde quedó el resto?

 

La desgracia de algunas familias, es muchas veces un buen negocio para algunos vivos. Por lo tanto, por todo esto y mucho más, se agradecerá al lector que tome conocimiento de estas situaciones y, nos ayude en la tarea de recolectar firmas para que estos temas, se traten como la sociedad merece y sin secretos. Me animo a predecir que con esta acción, el lector estará ayudando a que un amigo o familiar próximo a separarse, encuentre en el sistema judicial, el trato y  la consideración que como ser humano merece, y así seguramente, le estará evitando mucho dolor innecesario y daños irreversibles a los miembros de esa familia.                                       Buenos Aires, 29 de Noviembre de 2001


 

                                                                                      Buenos Aires, 29 de Noviembre de 2001

 

PETITORIO

 

Objetivos:

 

Observar y hacer observar

 

la      Convención de las Naciones Unidas

sobre los Derechos del Niño

 

 

Porque:

 

I.                   Hay padres/ madres que “secuestran” (niegan / alejan) a sus hijos para que estos no puedan mantener el lógico y sano contacto que merecen con ambos progenitores.

II.                 Hay padres que, con la indiferencia del aparato legal argentino, realizan estas acciones impunemente, amparados por la ineficiencia del sistema que NO hace cumplir las leyes vigentes que condenan penalmente estos actos.

III.             Hay funcionarios judiciales que NO cumplen con la función que les fue asignada de garantizar la NO OBSTRUCCIÓN DEL VÍNCULO PATERNO/ MATERNO FILIAL.

IV.               Hay progenitores  que, a partir de la tenencia legal otorgada por la Justicia, ejercen el concepto de PROPIEDAD, alejando progresiva o abruptamente a los hijos de quien no la tiene, sin que se los penalice  por ello, como está legislado.

V.                 Hay padres/ madres que, para cumplir el cometido del alejamiento que se denuncia, logran que los mismos hijos sean rehenes y voceros de la misma situación anticonstitucional.

VI.               Esta situación que MUCHOS PADRES /MADRES/ HIJOS sufren ante el desamparo y la indiferencia, que en la práctica es malicia y ruindad,   debe terminar:

 

APADESHI - Asociación de Padres Alejados de sus Hijos - solicita su firma.

PARA QUE:

¨    El Estado, a través de la Institución Judicial, actúe como debe y ayude a encontrar UNA SOLUCIÓN REAL, EFECTIVA, JUSTA Y RÁPIDA, aplicando las leyes que están en vigencia y CREANDO NUEVAS QUE GARANTICEN EL BIEN COMÚN DE LA FAMILIA, evitando el maltrato psicológico y/ o físico al que están expuestos en manos de quienes actúan con impunidad.

¨    La “Constitución Nacional” que incluye la                                                                                              “Convención Internacional de los Derechos del Niño”, tenga efectiva  vigencia para TODOS.

¨    Se acabe el abuso de poder que sobre algunos hijos ejercen malsanos padres y, padecen tanto hijos como el progenitor y su familia no conviviente.

 

 

Cuestionamientos y petitorio a las autoridades, para que al intervenir el Estado en la familia con conflictos, o inconvenientes de alguno o algunos de sus miembros, sea para ayudar a encontrar o encaminar una solución en función del bien común, tal y como prevén las leyes vigentes. Por lo tanto y como consecuencia de no observar estrictamente los objetivos previstos por las leyes, los abajo firmantes solicitamos se tomen medidas urgentes para que cese el maltrato a niños, ancianos, mujeres, familias, y discriminación al progenitor que no goza de la tenencia de su/s hijos/s. 

 

El presente Petitorio, surge a raíz de la presentación del trabajo “NUNCA MAS, el secuestro legal de hijos”, cuya autoría corresponde al Sr. Agustín Pedro Castelli, en la Jornada sobre “Obstrucción del Vínculo con los Hijos” el día 29/11/2001 organizada por APADESHI, Asociación de Padres Alejados de Sus Hijos.


CONSIDERACIONES

Ref.: LA FAMILIA EN PELIGRO - Apología del Secuestro Legal de Hijos, a través de: A) Nota por Violencia Familiar dirigida  a la Directora de Derechos H. del GCBA lic. G.Alegre en fecha 18/12/00 por los profesionales, Silvio Lamberti, Juan Pablo M.Viar, Irene Intebi, Cristina Maddonni y otros  -

B) Artículo en Página 12 que informa petición similar a la Subsecretaria de Derechos Humanos Diana Conti. – C) Apreciaciones sobre la nota “El abuso de la Denuncia de Abuso” del ex Juez de Familia Eduardo J. Cardenas”, autoría del Dr. Silvio Lamberti.

 

2) Los valores personales del experto en asuntos de familia.

            En este clima cultural favorable a los derechos humanos, en el que se enroló el constituyente (CN´94) siguiendo a la comunidad internacional y vigorizando la legislación interna, aquellos se ven frecuentemente conculcados por parte de los  profesionales intervinientes y los funcionarios competentes.

Los nuevos textos sobre derechos humanos (CN), vigorizan la legislación  nacional en materia de familia; En consecuencia, por el clima cultural propicio que se vive, la desatención  de los derechos humanos concretos resulta cualitativamente mayor.

En lo pragmático, se produce la violación teórica de los mismos (derechos humanos), y también, la tácita derogación (prohibida) del orden público del Derecho de Familia, evidenciándose paralelamente la ineficacia procesal de la defensa de tales derechos.

A pesar de la exaltación de los derechos humanos desde el discurso, lo cierto es que los cursos de acción contradicen el reconocimiento, respeto y defensa invocados y proclamados frustrando las metas colectivas y las aspiraciones individuales en franco perjuicio de los sujetos (personas,  familia,  sociedad).

           

El distanciamiento creciente entre el discurso y los cursos de acción en la cultura profesional emergente, vacía –y por ende frustra- la pretensión y la expectativa de la sociedad, mientras la impercepción y la desatención de la nuda realidad -como de su refractación- demanda que los expertos asuman  el (debido) compromiso con su tiempo.

 

El entramado social de modo descontrolado se desgarra a jirones, que a este paso, se convertirá en  harapo social, en tanto los añicos del cuerpo social que se aniquila, serán los miembros de las familias rotas, y, por tanto, desaparecidas en cuanto unidades sociales básicas.

Ante los nuevos parámetros de referencia, el modelo canónico de resolución de conflictos de familia de la emergente cultura profesional se fue agotando y tornándose inaplicable, asomando así otros ejemplares. A la sociedad, no le interesa que su institución clave se deteriore sustantivamente y, sabe bien que la supervivencia de su civilización, depende en gran medida de la familia.

            Insólitamente, la ineptitud, la falta de maduración humana, la conflictiva personal irresuelta, el des-compromiso, el afán de lucro o de éxito, entre otras debilidades personales y profesionales en los intermediarios, arrastran y zambullen a la pareja a procesos innecesarios de impredictibles –y nefastas- consecuencias humanas, en base a, un inexistente desacuerdo o a un errado encuadre de la situación problemática. ( el subrayado y la negrita me pertenecen)  Dra. María Delia Bueno

 

3)         Respecto a los psicólogos, el Dr. Angel O. Masotta en su obra “La familia en peligro” de Ed. Bonum en Págs. 25 a 29 comenta: “... es muy posible, que consideren nuestros problemas, a través de sus respectivas neurosis, fobias, manías, complejos o delirios, y por lo tanto sus enfoques psicoterápicos podrían estar fácilmente “contaminados” con sus propias patologías, con los resultados que son de imaginar.”, Y concluye: “ Tomar las sabias medidas necesarias para que cada egresado sea una garantía de idoneidad y equilibrio, sería una acabada demostración de responsabilidad y cordura. - Ello permitiría revalorizar y jerarquizar la profesión de psicólogo y, además, se podrían acallar una serie de críticas no siempre carentes de fundamento.”

 

4)         En cuando a los abogados, el Dr. Augusto Mario Morello en la revista del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal - Nro. 400 Noviembre 2000- expresa: “...guardando el nivel ético,  Cual es hoy ‘mi’ mundo jurídico laboral? Uno sin reglas de juego confiables; con comportamientos dentro y fuera del juzgado que muchas veces violentan la racionalidad y la lógica interior de cada controversia, en el que gana él  mas ‘vivo’, el que ‘las sabe todas’. Sólo éste - en una obligación que prácticamente es de resultado y no de medios- luce como abogado, porque el perdedor merece la descalificación. En algunos foros, vale el que salta lo prescripto en las normas y, en el arte y oficio de abogar, el que no tiene frenos y abusa de los procesos, los recursos, los incidentes; el que consigue antes, por sus contactos y relaciones fluidas, que el otro no puede lograr sino eventualmente - lo normal - consumiendo entre tres y cinco años, desde la primera instancia hasta la Corte Federal”.

 

Solicitamos vuestra intervención con el objeto de promover ante quien corresponda, el análisis de los siguientes aspectos, para evitar daños innecesarios a criaturas indefensas y a las familias, involucradas en conflictos ventilados en sede judicial.

Con el fin que los objetivos previstos por las leyes se cumplan, y en consecuencia, no se distorsionen durante la aplicación de las mismas, como viene ocurriendo.

 

1)         Se forme una Comisión en la que intervengan Organismos No Gubernamentales, para investigar forma y consecuencias del trato dado a las Familias que ingresan al ámbito Judicial, con el objeto de encontrar soluciones concretas que eviten daños innecesarios a los miembros de la misma, teniendo presente, que una familia con problemas de comunicación, necesita una consideración especial. Entiendo que en la primer etapa, por estar ampliamente comprometida “la salud” de los afectados, como así también de la sociedad, de la que “la familia” forma parte, deberían intervenir: A) Médicos que den prioridad a los Derechos Humanos, B) Asociaciones de psicólogos de amplia trayectoria, C) Asociaciones de padres y, todas aquellas que se quieran sumar, para luego y una vez discutidas ampliamente la cuestión humana y desde La Dimensión de lo Humano, dar intervención a los profesionales del Derecho para articular las necesidades y plasmarlas en La Ley.

 

2)         Solicitar a las asociaciones que agrupan a abogados, psiquiatras y psicólogos, informen  acerca de las garantías que ofrecen a la sociedad respecto al desempeño de sus adherentes y, como facilitan al ciudadano común el acceso a las mismas. - Es decir, como se materializa en la práctica el contralor que la ética impone, para avalar y garantizar de los profesionales asociados, un desempeño útil a la sociedad, como así también, la penalización impuesta en caso de ser violados. Llamarlos a la reflexión con el objeto de lograr cooperación en Asuntos de Familia.

 

3)         Implementar controles externos a los profesionales que trabajan con familias, a cargo de ONG’s y/ o ciudadanos no comprometidos por razones laborales y/ o de la profesión de lo que se pretende controlar. - Controles que garanticen a la sociedad un buen desempeño profesional para cumplir con los objetivos previstos por las leyes, y no, para dilapidar los recursos del Estado generando nuevas víctimas.

EN CONSECUENCIA: De considerarlo necesario para atender “el interés superior del niño” *1* , cualquiera de las partes en conflicto con solo invocar su PATRIA POTESTAD, tendrá derecho a solicitar información acerca del desempeño, a todo profesional que interviene en la causa. Ya sea en forma directa o por intermedio de ONGs que haya designado para tal fin. Que esta prioridad no sea considerada dentro de las setenta y dos ( 72 ) horas hábiles, será causal para que caduque automáticamente la intervención del profesional y, quedando nulo en consecuencia el hecho cuestionado. Dada esta circunstancia, el profesional no tendrá derecho a reclamar honorarios hasta tanto concluya la causa en sede judicial. – Las ONGs, Jueces y Asesores de  Menores, deberán evaluar estos reclamos para evitar abusos, incluso del reclamante. *1* Art. 3: Convención sobre los Derechos del Niño – Art. 1: Declaración de Langeac, Julio 1999

Considerando las situaciones de “extrema gravedad” que se vienen generando en el ámbito judicial como consecuencia del “ejercicio de la profesión sin rendición de cuentas”, principalmente por los profesionales de la psicología, que carecen, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, de Colegios u otros organismos que controlen su actividad profesional, se deberá analizar la forma de superar la falencia, no permitiendo el ejercicio de la profesión, a aquellos profesionales cuyas actividades no estén debidamente normadas. Dada la imposibilidad de resolver la situación planteada en el breve tiempo, como así también el daño que se viene ocasionando a quienes debemos depender de sus servicios, se podría recurrir a otras asociaciones que ejercen el debido contralor de los profesionales de la salud, como podrían ser: Asociaciones de psiquiatras y/ o médicos clínicos y/ o pedíatras, para  que puedan cumplir el contralor que nuestra sociedad necesita, y, hasta tanto la falencia sea superada.


4)         Se penalice a quien efectúe una “denuncia falsa” y a sus mentores en caso de haberlos, con una pena igual a la que recibiría el imputado en caso de ser verdadero el hecho denunciado. En el caso de la ley 24417 de  Violencia Familiar, todo aquello que en forma tendenciosa se manifieste para perjudicar al denunciado y se ventile y aclare debidamente en sede judicial, debe ser penalizado.

- Abogados, Asistentes Sociales, Psicólogos, Psiquiatras y, otros “Expertos”deben rendir cuentas a controles externos de sus actos, “el interés Superior del Niño”, no puede continuar rifándose en oscuras situaciones, exige el contralor de la sociedad en la que está inmerso, de la que forma parte y, a la que en definitiva beneficiará o agredirá con su conducta.

 

5)         Abrir en el área de familias, un registro público de profesionales que no cumplieron y/ o no cumplen con lo previsto por las leyes y/ o los códigos de ética (al igual que el registro de morosos por cuota alimentaria). En dicho registro, toda persona afectada por el desempeño de un profesional, debe poder identificándose y con un simple trámite, argumentar y denunciar el hecho.

 

6)         Preservar los vínculos paterno-filiales.

- Es el bien jurídico a proteger, brinda nutrición espiritual al niño.

- El mismo resulta a-simétricamente protegido (cuando la ley se cumple), porque el progenitor conviviente (la mujer generalmente) que pretende compartir con el otro progenitor ( generalmente varón) el crecimiento de su hijo, y, el Hijo, carecen de medios para preservar el contacto con el progenitor no-conviviente, porque la ausencia de éste no es delito. - La falta de nutrición espiritual del hijo por el progenitor (ausente) que mal moldea su personalidad (no hace falta lavado de cerebro en estos casos, alcanza con la desnutrición espiritual), no está contemplada.  M D B

- La ley debe preservar este derecho, “Nutrición Espiritual” y,  la dureza aplicada a los infractores por alimentos, muestra de que se pueden forzar situaciones.

 

Reglamentar en el Fuero Civil la NO-INTERRUPCIÓN de los vínculos paterno filiales”

La intervención del magistrado en este aspecto se limitará a: A) Dar intervención al Fuero penal y/ o,

B) De considerarlo necesario, implementar régimen de visitas asistido, observando como prioritario “el Interés Superior del Niño” por sobre las posibilidades económicas del progenitor para costear la visita asistida. - C) Quien fomente actitudes y/ o, genere acciones que atentaren contra la identidad del niño, deberá ser severamente sancionado. En todo momento se deberá respetar el derecho natural a los vínculos paterno filiales, observando las leyes y garantías constitucionales en todos los casos y penalizando severamente a todo aquel que las desestimare. El juez que entendiere en la causa deberá ser  responsable, y por lo tanto,  estar atento a cualquier maniobra que atentare contra los vínculos paternos filiales.

- Fundamento: NO INTERRUPIR VINCULOS PATERNO-FILIALES por los gravísimos riesgos a que son expuestos los niños (SAP). ( Ver consecuencias en trabajo presentado - Jornadas APADESHI -  29/11/01)

 

7) Corrupción de menores: Código Penal - Libro segundo: De los delitos - Titulo 3: Delitos contra la honestidad - Capítulo 3: Corrupción, abuso deshonesto y ultrajes al pudor

            En la actualidad se contempla solo el aspecto sexual. Opino que se debe debatir, acerca de la conveniencia de ampliar el criterio, con el objeto de brindar una protección más amplia a los niños, y, utilizar el concepto de corrupción, con la riqueza y extensión que tiene la palabra. Por lo expresado, debería extenderse la penalización, a acciones que perturben el normal desarrollo de un menor, como podría ser por ejemplo, inducir a un menor a la drogadicción. En este punto considero oportuno, tomar como referente autorizado en el tema, a la Dra. Virginia Berlinerblau. (Ver Informe: 4-2-8-3)

 

8) Se debatan ampliamente las bases teóricas, con que trabajan en los “Centros de Violencia”.

Participando especialistas de otras ramas de la salud, representantes de la ciudadanía y ONG’s. Puntos a considerar: A) Concepto de Patriarcado, tal y como lo menciona el Dr. Lamberti, ver Informe: 6-1.

B) Violencia y abuso deshonesto. Tomar como referente, a los libros citados de Violencia y, Violencia Familiar y Abuso Sexual, teniendo presente que el lic. Jorge Corsi, es formador de profesionales, y que, muchos de los que en mi caso intervinieron fueron alumnos del psicólogo.

Conceptos que llevados a la práctica, resultan sumamente peligrosos para las familias, porque se desprendería de los libros mencionados y del concepto de “Patriarcado”, que casi la mitad de la sociedad acepta el incesto, cosa que en mi opinión, es algo totalmente descabellado. Si a esto le agregamos que a un hombre denunciado, no se le dan alternativas de defensa, comprenderán el peligro en que se encuentra el hombre en cuestión y, la familia al ingresar al ámbito judicial. Ver como ejemplo: NUNCA MÁS!, el Secuestro Legal de Hijos.

 

Asimismo informamos, que en diversas ocasiones y formas estas inquietudes fueron presentadas ante  autoridades y legisladores, poniéndolos en conocimiento  acerca de esta situación. Diputados de la Comisión de Derechos Humanos han tomado conocimiento y se han interesado en el tema, y otras comisiones de la H.C.D. y también Senadores y legisladores de la Cdad. de Bs. As. están informados de lo que ocurre.

 

Considerando que el  presente petitorio, abarca situaciones generales que incumben a la sociedad toda, como así también la problemática planteada en el trabajo “NUNCA MAS, el secuestro legal de hijos”, se solidarizan con lo solicitado, siendo que, algunos firmantes  se sienten afectados de igual manera y en situaciones similares, y otros, como  profesionales que conocen la problemática generad y muchos en prevención y protección de futuros afectados.


PETITORI0

Objetivos:

Observar y hacer observar la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño

            Cuestionamientos y petitorio a las autoridades, para que al intervenir el Estado en la familia con conflictos, o, inconvenientes de alguno o algunos de sus miembros, sea para ayudar a encontrar o encaminar una solución en función del bien común, tal y como prevén la Constitución Nacional y las leyes vigentes. Por lo tanto y como consecuencia de no observar estrictamente los objetivos previstos por las leyes, solicitamos se tomen medidas urgentes por maltrato a niños, ancianos, mujeres, familias, y discriminación al progenitor que no goza de la tenencia de su/s hijo/s. - 

El presente petitorio, acompaña al Informe “NUNCA MAS! el secuestro legal de hijos”, que se presentó en la Jornada “Obstrucción del Vínculo con los Hijos” el día 29/11/2001 organizada por:

APADESHI - Asociación de Padres Alejados de Sus Hijos, solicita su firma.  

 

Firma                                    Aclaración                                D.N.I.                     Referencia                            

 

 

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