Por diversas
razones que no tocaremos en este artículo necesitamos adoptar un hijo, al cual
nos comprometemos a darle amor , cuidados y protección hasta que alcance la
edad adulta y pueda desarrollarse individualmente.
En el Perú,
contamos con el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano : PROMUDEH,
el cual tiene una Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez
y la Adolescencia. En esta oficina debemos tramitar la adopción de un menor de
edad, el servicio que ahí se brinda es completamente gratuito
Aunque se da
preferencia a los cónyuges, tambien las personas solteras pueden adoptar,
debiendo expresar en ambos casos por escrito su deseo de adoptar al niño en
estado de abandono. Además el niño en función de su edad y madurez puede
consentir ser adoptado o no.
Ojo, algunas
veces hemos sido testigos de personas que antes de que un niño salga de alta de
un centro hospitalario inmediatamente luego de nacer le ponen su apellido y
supuestamente "lo adoptan". Esto ocurre generalmente cuando la madre
verdadera o biológica es muy joven y el niño fue producto de un embarazo no
deseado generalmente asociado a que la familia de la madre biológica es económicamente
muy pobre. Este procedimiento además de ser informal , es ilegal . Además del
proceso judicial al cual se arriesgan los ilegales adoptantes, la madre biológica
podría en algun momento mas adelante si se le ocurre o le entran sentimientos
de culpa exigir que le "devuelvan" a su bebe.
En realidad
solo luego de un proceso judicial de investigación, el juez determina que la niña
o niño carece de las personas responsables de su cuidado o estas incumplen sus
obligaciones, encontrándose en total desamparo, emitiendo entonces una
"Resolución Judicial" donde se le declara en "estado de
abandono". Es pues altamente recomendable hacer este trámite por
todas las de la ley. En casos exepcionales podría haber un acuerdo previo con
la madre biológica con conocimiento del Juez y los futuros padres adoptivos
tener al niño en resguardo mientras se sigue el proceso formal y legal y el
Juez determina el estado final de la niña.
Para iniciar
el trámite de adopción es necesario presentar una solicitud dirigida a la
oficina de Adopciones del Promudeh. (OAP) (fig.1)
Etapa
de Evaluación: La OAP en el lapso de 15 días hábiles
evaluará los aspectos sicológicos, morales y legales de los solicitantes.
Declaración de Aptitud Concluida la evaluación la OAP emite el
correspondiente informe y si se les considera aptos para adoptar a l niño, se
les coloca en la lista de espera, de no ser así se les comunica y las razones
de esta determinación .
Designación, La OAP designa al niño que será adoptado, teniendo en
cuenta el orden en la lista de espera
Aceptación é informe Los adoptantes deben formalizar su aceptación
dentro de los siete dias siguientes a la designación, durante los cuales se
establece el contacto con la niña o niño designado en presencia de personal
especializado de la OAP. Al día siguiente del encuentro, el especialista emite
un informe de este proceso de socialización y aceptación mutua entre los
adoptantes y la niña o niño adoptado.
Si la
aceptación es mutua, se comunica al juzgado y a la Fiscalía de Familia. La OAP
retirará a la niña o niño del albergue, con indicación de los nombres de los
padres adoptantes, disponiéndose la colocación familiar por siete dias y
realizándose posteriormente a esos días el informe respectivo.
Si el informe
es aprobatorio, la OAP expide la RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA que declara la
adopción y comunica al Juzgado de Familia que declar+o el abandono y a ñla
Oficina de registro Nacional de Identificación y Estado Civil donde se resgistró
el nacimiento, para dejar sin efecto la inscripción original y registrar los
nuevos nombres y apellidos.
Si el informe
es desaprobatorio, tendrán una segunda oportunidad..
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