El documento aportado por Esquivel hace saber que miembros de HB le transmitieron una propuesta de ETA para desbloquear el conflicto a mediados de 1995, al considerar que podía tratarse de una interlocución creible. El Gobierno español presidido entonces por Felipe Gonzalez habría respondido afirmativamente y Pérez Esquivel obtuvo la predisposición de la interlocución de ETA en Santo Domingo para buscar una solución. En referencia a HB afirma que "demostraron en todo momento interés y apoyo para que avancen las conversaciones y poder alcanzar la paz". El informe de Maskey defiende un concepto de paz como "existencia de condiciones de justicia, democracia e igualdad", desde esta perspectiva cree necesario asumir el carácter político de los conflictos y examinar sus causas para luego abordarlas a través del diálogo y la negociación. El informe de Guillermo Chifflet, considera incomprensible el proceso a la Mesa Nacional y pregunta si no es imprescindible, para analizar con amplitud un conflicto que tiene alto precio en vidas, conocer las propuestas de solución que se plantean.
Por otro lado, en la vista, las tres acusaciones mantuvieron las peticiones de cárcel inicialmente solicitadas, lo mismo que hizo la fiscalía. Todos ellos siguen solicitando 8 años de carcel por colaboración, y la AVT eleva su petición a 22. La defensa por su parte, volvió a sorprender al Tribunal a la hora de argumentar las conclusiones y le solicitó que estudie la posible inconstitucionalidad del articulo 576.2 del nuevo código penal, en el que se recoge el delito de colaboración con banda armada por el que se pretende encarcelar a los líderes de HB. El abogado Iruin recordó que la Constitución consagra el llamado "principio de legalidad penal" que decreta la necesidad de una tipificación precisa de los delitos "sin posibilidad alguna de incertidumbre". El último inciso de este artículo donde se tipifica la colaboración con banda armada prevé castigos para "en general, cualquier otra forma equivalente de cooperación, ayuda o mediación, económica o de otro genero, con las actividades de bandas armadas". Los términos "de forma equivalente" y "de otro género" dan pie, segun la defensa, a una aplicación extensiva de la norma por su falta de limitación. De hecho, en ninguna ocasión se ha utilizado esta modalidad de colaboración recogida en el nuevo código penal para condenar.
En el día de hoy, el Ministerio Público ha presentado su informe de la mano del fiscal Luzón y en él ha incidido bastante en hacer una valoración política de la Mesa Nacional y una identificación entre los fines de HB y ETA. Ha asegurado sobre los contenidos del video que "la Autodeterminación es inaplicable y es un fin imposible porque la ONU sólo la reserva a los países colonizados, la salida de las Fuerzas Armadas de Euskal Herria es imposible porque la Constitución lo prohibe en su articulo 8, además de asignarles el papel de garantizar la unidad de España".
Ha continuado diciendo que "es un planteamiento engañoso y HB ha prestado sus instrumentos para que ETA pudiera difundir sus mensajes políticos, el ánimo de colaboración estaba claro desde el momento que se da voz a ETA y no hace falta probar más". Las otras 3 acusaciones en nombre del PSOE, la familia Múgica y la AVT también ha realizado sus respectivos informes siguiendo la misma tónica que el de la fiscalía y que en opinión de los abogados de la defensa, "ni el fiscal ni las acusaciones han conseguido probar nada". "No ha conseguido demostrar quienes fueron los miembros de la Mesa que asistieron a la reunión, y de entre los que asistieron, quiénes votaron a favor... No ha conseguido poner en la mesa ningún elemento probatorio frente a la presunción de inocencia que se le supone a todo acusado. Se estan juzgando los criterios políticos que adoptó la Mesa Nacional, y que según el fiscal sirvieron para favorecer las actividades de ETA. Es ridículo que se intente juzgar en base a esos criterios y no en base a hechos concretos".
Donostia, 30 de octubre de 1997
OFICINA DE PRENSA DE HERRI BATASUNA