IV CONFERENCIA MUNDIAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LAS MUJERES.
CAPÍTULO V.- DISPOSICIONES INSTITUCIONALES La aplicación de la Plataforma debe estar a cargo sobre todo de los gobiernos, que tienen que plantear sus estrategias antes de 1997, pero depende también de una gran variedad de instituciones de los sectores público, privado y no gubernamental a escala comunitaria, nacional, subregional y regional e internacional. En el plano nacional, los mecanismos e instituciones para el avance de las mujeres deben participar en la formulación de políticas oficiales. También se requiere la intervención de órganos legislativos, instituciones académicas y de investigación, asociaciones profesionales, sindicatos, cooperativas, grupos comunitarios locales, ONG, incluidas organizaciones de mujeres y grupos feministas, medios de comunicación, grupos religiosos, organizaciones de jóvenes y grupos culturales, así como de organizaciones financieras y organizaciones sin fines de lucro. Una actividad importante debe ser promover la conciencia y el apoyo del público respecto a los objetivos de la Plataforma, entre otras cosas, por conducto de los medios de comunicación y la educación pública. En consulta con las instituciones y ONG, los gobiernos tienen que comenzar a formular estrategias de aplicación de la Plataforma cuanto antes. En el plano subregional y regional, el Consejo Económico y Social de la ONU tendrá que considerar la posibilidad de adaptar la capacidad institucional de las comisiones regionales para que se ocupen de cuestiones relacionadas con el género de acuerdo con la Plataforma y con las plataformas y planes de acción regionales. En el plano internacional, el documento de Beijing deberá aplicarse con la colaboración de todos los órganos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, durante el periodo 1995-2000: Asamblea General, Consejo Económico y Social, Comisión de la Condición Jurídica y Social de las Mujeres, Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres y otros órganos creados en virtud de tratados, Secretaría de la ONU -y, dentro de ella, la Oficina del secretario general, la División para el Adelanto de las Mujeres, la Oficina de Recursos Humanos, el Departamento de Información Pública y la División de Estadística del Departamento de Información Económica y Social y Análisis de Políticas-, Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de las Mujeres (INSTRAW) y Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para las Mujeres (UNIFEM), entre otros. En cuanto a la Oficina del secretario general, se invita a éste a crear un puesto de categoría superior en la misma para que lo asesore sobre cuestiones de género y le ayude a velar por la aplicación de la Plataforma en todo el sistema, en estrecha cooperación con la División para el Adelanto de las Mujeres.
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