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CAPITULO IX
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ARTICULO 42: La administración de la Confederación cumplirá en los períodos intermedios de sus reuniones del Congreso entre otras, las siguientes funciones generales:
- Administrar económica y deportivamente a la PATCO, utilizando sus fondos y bienes exclusivamente en el cumplimiento de su objetivos y según lo dispuesto en las normas legales del presente estatuto.
- Cumplir y hacer cumplir a los afiliados las normas legales, estatutarias y reglamentarias.
- Programar y dictar las normas que rijan las competencias del Ciclo Olímpico en todas las tres áreas.
- Delega al Presidente para manejar los negocios de rutina.
- Transmite las decisiones tomadas por el Congreso.
- Maneja los negocios administrativos y prepara los reportes para el Congreso.
- Toma decisiones en los asuntos de rutina.
- Toma decisiones en los asuntos referentes al Congreso.
- Presenta resoluciones al Congreso.
- Otorga membresia provisional a Federaciones.
- Supervisa y guía a los comités.
- Presenta personas al Congreso, a quienes se les puede dar medalla de honor.
- Impone sanciones.
- Supervisa la estricta aplicación de la constitución.
- Encarga a los Comités para presentar mociones al Congreso en su mejor área de experiencia.
- Crea nuevas comisiones cuando sea necesario.
PARAGRAFO: Se deberá reunir al menos una vez al año y con ocasión del Campeonato Panamericano, antes de las reuniones del Congreso. Habrá quórum con no menos de seis (6) miembros del Cuerpo Ejecutivo.
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