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CAPITULO IX

ARTICULO 42: La administración de la Confederación cumplirá en los períodos intermedios de sus reuniones del Congreso entre otras, las siguientes funciones generales:
  • Administrar económica y deportivamente a la PATCO, utilizando sus fondos y bienes exclusivamente en el cumplimiento de su objetivos y según lo dispuesto en las normas legales del presente estatuto.
  • Cumplir y hacer cumplir a los afiliados las normas legales, estatutarias y reglamentarias.
  • Programar y dictar las normas que rijan las competencias del Ciclo Olímpico en todas las tres áreas.
  • Delega al Presidente para manejar los negocios de rutina.
  • Transmite las decisiones tomadas por el Congreso.
  • Maneja los negocios administrativos y prepara los reportes para el Congreso.
  • Toma decisiones en los asuntos de rutina.
  • Toma decisiones en los asuntos referentes al Congreso.
  • Presenta resoluciones al Congreso.
  • Otorga membresia provisional a Federaciones.
  • Supervisa y guía a los comités.
  • Presenta personas al Congreso, a quienes se les puede dar medalla de honor.
  • Impone sanciones.
  • Supervisa la estricta aplicación de la constitución.
  • Encarga a los Comités para presentar mociones al Congreso en su mejor área de experiencia.
  • Crea nuevas comisiones cuando sea necesario.
PARAGRAFO: Se deberá reunir al menos una vez al año y con ocasión del Campeonato Panamericano, antes de las reuniones del Congreso. Habrá quórum con no menos de seis (6) miembros del Cuerpo Ejecutivo.

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