eNoticias EIC         Un servicio del  ESTUDIO  EIC

 

Bienvenidos

 

Novedades

 

Boletines digitales (eLetters)  

 

Servicios

 

 

 

 

 

 

 

PyME-MAGAZINE Nº 8                 27/10/2000

Director-propietario: Dr. Jorge E. SOSA GONZÁLEZ

Es un producto del ESTUDIO EIC [Campana-Argentina],

GRATIS para sus clientes y suscriptores registrados.

Puede visitarnos en  http://www.estudioeic.com.ar

Los boletines digitales que se editan puede analizarlos en www.oocities.org/eNoticias_EIC

=========================================

PyME-MAGAZINE Nº 8                               27/10/2000

Tema :  Impuestos y normas ISO.

    1-      Prólogo.

    2-      ANUNCIOS ECONÓMICOS DEL 23/10/2000.

    3-      Nueva disposición de la Secretaría de Comercio.

    4-      Pago de remuneraciones.

    5-      Libre deuda de la ART.

=======================================
Estará orientado a las MiPyMe's (Micro, Pequeñas y Medianas empresas). Será mensual con temas de su problemática. Por supuesto, GRATIS (Total FREE).  Quienes estén interesados en recibirlo pueden suscribirse a este boletín digital simplemente pidiendo su ALTA a pyme_magazine@ciudad.com.ar indicando datos filiatorios, actividad y el mail donde desea recibirlo si es distinto al utilizado para el alta.
No necesita tener ya su PyME, para recibirlo, puede adelantarse.
=========================================
Nos interesa que promocione este eLetter entre sus amistades. Ud. puede hacerlo libremente. Envíe su ALTA como suscriptor a pyme_magazine@ciudad.com.ar detallando datos filiatorios, actividad y el e-mail donde desea recibir este boletín informativo(si es distinto al que utilizó).
===========================================
Se suscriben las normas ANTISPAM, en especial el párrafo(a)(2)(C) título 3ro., Section 301 del decreto S. 1618 aprobadas por el 105º Congreso, base de las normativas internacionales sobre SPAM(United States Federal Requeriments for Comercial E-mail Bill).  Este E-mail no podrá ser considerado SPAM mientras incluya una forma de ser removido. Si no desea recibir nuevos ejemplares de este boletín electrónico, informe gratis de su baja a pyme_magazine@ciudad.com.ar

==========================================

1-      Prólogo.

  La importancia de los anuncios de cambios económicos obliga a su análisis.  Seguramente todos los han leído y hasta es posible que algunos de Uds. ya hayan accedido a distintos análisis periodísticos de esos cambios.  Como uno de los nuevos servicios del ESTUDIO  EIC hemos insertado un escueto análisis de las principales medidas y su futuro.  Ello ha reducido la cantidad de noticias a incluir en este número con el afán de no extendernos de las cinco páginas propuestas como medida óptima.

Lo invitamos a navegar por nuestro sitio donde se incorporaron dos novedades y algunos cambios de diseño y se reubicaron páginas de información para agilizarlo. Visite  www.estudioeic.com.ar

=====================

2-  ANUNCIOS ECONÓMICOS DEL 23/10/2000.

Este artículo está publicado en el Sitio Web del  ESTUDIO EIC , como un nuevo servicio de la Consultora.

  Asesorar no es hacer política.  Se debe mantener la imparcialidad y decir lo bueno y lo malo, lo acertado y lo que no lo es, todo con la mira en la empresa asesorada.  Respetando estas premisas, analizamos los anuncios económicos del Ministro  nacional José Luis Machinea.

  Lo haremos a grandes rasgos para evitar engorrosos detalles que no siempre son aplicables a todas las empresas, sobre todo las MiPyMEs.

  Ante todo, será necesario esperar un tiempo para que los anuncios realizados para incentivar la inversión en el país, se puedan plasmar en la práctica.  Algunos de ellos se anunciaron específicamente para el 2001, pero la gran mayoría de estos cambios necesitan de nuevas leyes que deberá analizar y aprobar el Congreso Nacional.  Solo si lo hace rápido, se podrá tener algunas medidas listas para este fin de año.

  Además se esperan otros anuncios de carácter impositivo, como los proyectos para modificar el Monotributo y las escalas de autónomos.

  Alrededor del 12 al 15 de diciembre se conocerán los principales índices de la producción, de pedidos de créditos y los del desempleo, pero no estarán influenciados por estas nuevas medidas, lo cual seguramente traerá nuevas explicaciones hacia fin de año.

  Sabiendo, entonces que las medidas serán aplicables en el 2001, podemos inferir quienes serán los beneficiados y quienes los más perjudicados. Para ello el siguiente resumen.

  Modificaciones a la Ley de IVA : Al poderse recuperar el IVA dentro de los 12 meses o aplicar el saldo no recuperado al pago de otros impuestos, y hasta sería posible pedir su reintegro, los principales beneficiados son las telecomunicaciones y las industrias pesadas como por ejemplo, petróleo, gas, siderurgia, fabricación de bienes de capital, fibras sintéticas y petroquímica, todas industrias de capital intensivo.  En un segundo nivel está la construcción y las concesionarias viales que funcionan con el sistema de peajes.  La presentan como la principal medida.

Rebajas de la alícuota en el Impuesto sobre los intereses: A partir del 01/01/2001 se rebaja 5 puntos y 2 puntos adicionales a partir del 01/07/2001.  La empresas con alto nivel de endeudamiento y las PyMEs serán los más beneficiados.  Esto beneficiaría a las empresas de la construcción que en promedio están pagando el 10%, y que durante setiembre/00 cayeron un 12,5% según el INDEC respecto de 1999, aunque subieron en su actividad un 0,8% respecto a Agosto de este año.  También se beneficiaría a empresas de los rubros alimenticio, calzado, madereros, metalúrgicos, bienes de capital, maquinaria agrícola, etc.

Reducción aranceles del MERCOSUR :  Aquí no hace falta una Ley.  Es más complejo aún, ya que se deberá lograr un acuerdo con los miembros del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay).  En estos días Brasil está sufriendo problemas de tipo de cambio y caída del Bovespa (Índice de la Bolsa de Sao Pablo) y no parece fácil llegar a acuerdos de reducción de aranceles hacia fuera del MERCOSUR para los bienes de capital.  Si fuera a lograrse,  la principal perdedora será la industria automotriz.  Se beneficiarían telecomunicaciones e informática.

Impuestos sobre los capitales:  Sobre el capital de las empresas se prorroga hasta 10 años su aplicación y se harían algunas concesiones en bienes personales, pero para analizar estas medidas hay que conocer la legislación.  El campo podría verse algo beneficiado, a igual que los poseedores de inversiones en acciones de empresas argentinas, hasta un cierto límite tal vez, pero no así los inversores en la Bolsa de Comercio, salvo que el límite sea muy bajo.  Habría pequeñas modificaciones en las deducciones del Impuesto a las Ganancias.

Ventas de seguros y parte de la ART del Banco Nación:  Son solo posibilidades para obtener algo de caja.  Sería no más de 300 millones de pesos.

Empresas de la nueva economía (empresas IT o DotCom): Se propone ofrecerles la reducción de aportes patronales a los menores niveles vigentes para fomentar la instalación de estas empresas (generalmente dedicadas a Internet), para vender productos en el continente, con el objeto de lograr su radicación.  Con ello se busca liderar el mundo de la nueva economía en Latinoamérica.

  Existieron otros anuncios pero su incidencia es de menor cuantía, tales como el seguro voluntario de desempleo para créditos hipotecarios, un proyecto de ley para redefinir los incentivos a las economías regionales, nuevas negociaciones dentro del marco del Plan de Infraestructura, la venta de bienes del Estado por un valor de unos 1.000 millones - sobre todo los de Buenos Aires en la zona de Microcentro y Retiro-.  Además se mantendría la desregulación de Obras Sociales desde el 1º de enero del 2001.

  Seguramente los anuncios de cambios en el sistema político (ley de partidos, nuevos plazos para campañas, la posible anulación de las listas sábanas, etc) y los próximos cambios impositivos -cómo Monotributo y autónomos- serán importantes y llevará a que este análisis deba complementarse.  Los cambios empezaron a vislumbrarse, solo el tiempo dirá cuan positivos fueron, y cuantos más vendrán.  Para conocerlos, deberemos esperar entre 30 y 60 días.

============================

3-  Nueva disposición de la Secretaría de Comercio.

  La extensión del tema tratado y su importancia limitan la extensión de este número del PyME_MAGAZINE  pero es importante que todos los comercios, la mayoría MiPyMEs, conozcan la Resolución de la Secretaría de Defensa de la Competencia y del Consumidor Nº 224/2000 por la cual los productos importados deberán tener visible su procedencia, a partir de los 90 días de publicada en el Boletín Oficial.  Esta publicación ocurrió el pasado 18/10/2000, por lo tanto a partir del 18/01/2001 estará vigente. Dice su Artículo 1° Sustitúyese el artículo 9° de la Resolución ex-S.C.e I. N° 434/94 por el siguiente texto: "ARTICULO 9° — Cuando se publiciten voluntariamente precios de bienes o servicios por cualquier medio (gráfico, radial, televisivo, cinematográfico u otros), deberá hacerse de acuerdo con lo establecido por los artículos 5°, 6°, 7° y 8° de la presente Resolución, especificando, además, la marca, el modelo, tipo o medida y país de origen del bien, precisando la ubicación y el alcance de los servicios cuando corresponda, como así también la razón social del oferente y su domicilio en el país, o la indicación expresa de tal circunstancia, cuando no lo hubiere. En todos los casos la información deberá ser clara y de fácil comprensión por parte de los consumidores. Luego dice su  Art. 2° — Las infracciones a lo dispuesto por la presente Resolución serán sancionadas de acuerdo a lo previsto por la Ley N° 22.802. Los otros artículos son de forma y establecen el plazo de los 90 días.

 ¡A tenerlo en cuenta porque las multas son elevadas!

======================================

4-  Pago de remuneraciones.

  A partir del mes de Octubre del 2000 ya es obligatorio el pago de las remuneraciones (sueldos) por el sistema de Cajeros automáticos para todos aquellos empleadores con más de 25 empleados. Esta disposición es la Resolución del MTySS Nº 790/99 (Ver Art. 2º Inc. 1º). 
Recordamos que deberán hacer el pago de las mismas a través de las entidades bancarias habilitadas que posean cajeros automáticos en un radio de influencia no superior a 2 (dos) kilómetros del lugar de trabajo.  Deberá gestionar en la entidad bancaria seleccionada, el costo del servicio y la apertura de todas las cuentas de sus dependientes.

======================================

5- Libre deuda de la ART.

  Por  lo menos UNA VEZ AL AÑO es aconsejable solicitar el libre deuda a su ART para verificar que todo lo pagado esté asentado en la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

  No es una exigencia legal.  Tampoco hay obligación alguna de hacerlo.  Solo el criterio de buena administración.

  Si del pedido surge alguna diferencia que, seguramente será pequeña y por lo tanto no generó una intimación de pago, la misma puede ser subsanada con un pago o un pedido de rectificación y evitar así que ante un accidente laboral el mismo sea rechazado por deuda o que se inhabilite su transferencia a otra ART.

  El pedido tampoco genera obligación adicional alguna.  Se aconseja solicitar ese libre deuda una o más veces al año para evitar inconvenientes y asegurarse que los pagos llegaron a la ART.

======================================
Sugerencias, solicitud de temas a tratar en PyME_MAGAZINE  y/o comentarios, pueden remitirlos a  pyme_magazine@ciudad.com.ar
Hasta el próximo mes. Visite  www.estudioeic.com.ar ======================================

Volver al índice de temas

 

 

Enviar correo electrónico a eic@utenet.com.ar con preguntas o comentarios sobre este sitio Web.
Copyright © 2000 ESTUDIO EICâ  Todos los derechos reservados.
Última modificación: 27 de Octubre de 2000