Asistencia Familiar o Alimentos

 

Alimentos. Deber de sustento, habitación, vestido y asistencia médica que tienen obligación recíproca de prestarse los cónyuges, ascendientes y descendientes, así como los hermanos en determinadas condiciones

 

Código Civil colombiano, Art.- 142 y siguientes

 

@ ¿Suficiente? No