La costumbre

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Nocion

El Código de las Siete Partidas castellano la define como:
derecho o fuero que no es escrito, el cual han usado los hombres luengo tiempo, ayudándose de él en las cosas y en las razones por qué lo hicieron ”.

Concepto

Repetición constante de un acto que con el paso del tiempo se vuelve obligatoria y por necesidad, consentimiento colectivo y apoyo del poder político llega a convertirse en ley.

Las costumbres tienen un origen extraestatal, surgen en los grupos sociales y de una efectiva acomodación, generalizada y prolongada en el tiempo.

Requisito

Es la obligatoriedad. Si no hay obligatoriedad, no es costumbre. Es un requisito ineludible de la norma consuetudinaria; se quiere decir con ello que la regla consuetudinaria se practica en el convencimiento de que es una norma vinculante, de que es Derecho, pues existe el deber de cumplirla.

Clases de Costumbre

Los usos y costumbres no no pueden crear derechos sino cuando las leyes se refieren a ellos o en situaciones no regladas lagalmente. es decir admite la costumbre sin ley o segun ley pero no contra ley.
  1. Costumbre secundum legem (costumbre segun ley). Aquella que sigue de conformidad con la ley, interpretando ésta de un modo concreto. Se trata de una costumbre interpretativa que, sin ser criticable, no vincula necesariamente a los tribunales;
  2. Costumbre praeter legem o extra legem (costumbre sin ley). Válida por completo, regula situaciones o asuntos no contemplados por la ley, que en determinados supuestos remite de forma expresa a la costumbre para reglar una materia concreta.
  3. Costumbre contraria a la ley o contra legem (costumbre contra ley). Ha de ser rechazada su aplicación, porque va contra la ley.

En todo caso y para que la costumbre pueda ser aplicada, es necesario que resulte probada su existencia de acuerdo con el requisito que permiten considerarla como tal.

La costumbre como Fuente

Es fuente del Derecho Procesal.

No es fuente del Derecho Administrativo porque:

1.- Destruye el Principio de Legalidad (PC, Web),
2.- El científico interpreta lo que esta escrito,
3.- El Derecho Administrativo es público, dogmático y exegético.

Tampoco es fuente del Derecho Penal porque también destruye el Principio de Legalidad (PC, Web) .


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