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  Consultas más frecuentes
Corretaje de Valores
  ¿Quiénes son los intermediarios de valores?
  ¿Qué son las bolsas de valores?
¿Quién fiscaliza a los intermediarios de valores y bolsas de valores?
  ¿A través de qué intermediario va a operar?
¿Qué trámites debo efectuar para utilizar los servicios de un intermediario?
  ¿Cómo debo ordenar una inversión a través de un intermediario?
  ¿Qué otros servicios le pueden ofrecer los corredores de bolsa?


 

¿Quiénes son los intermediarios de valores?

Son personas naturales o jurídicas que tienen como objeto exclusivo la realización de corretaje de valores. Es decir, son aquellas personas cuya función básica es contactar a quienes desean comprar, con quienes desean vender y perfeccionar la operación respectiva, recibiendo por sus servicios una comisión.
Los intermediarios de valores no sólo pueden realizar operaciones por encargo de terceros (clientes), sino que también pueden hacer compras o ventas por cuenta propia, es decir para su propia cartera de inversiones.
Además, pueden prestar otros servicios, denominados actividades complementarias, como la custodia de valores, la administración de cartera de terceros y la asesoría y comisión por la compra y venta de valores en mercados extranjeros, entre otras.
En Chile, las siguientes personas pueden actuar como intermediarios de valores, previa inscripción en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores que para tal efecto mantiene la SVS:

  • Corredores de bolsa: Aquellos que actúan como miembros de una bolsa de valores y pueden intermediar acciones y cualquier otro tipo de valores.

  • Agentes de valores: Aquéllos que sólo pueden operar fuera de bolsa e intermedian valores distintos de las acciones.

  • Otras entidades autorizadas para intermediar valores distintos de las acciones son los bancos e instituciones financieras, las que son supervisadas por la Superintendencia de bancos e Instituciones financieras.

 

¿Qué son las bolsas de valores?

Las bolsas de valores son entidades que tienen como objeto principal proveer a sus miembros, estos son los corredores, la implementación necesaria para que puedan realizar eficazmente las transacciones de valores.
Las bolsas de valores cumplen una importante función, al permitir el encuentro de vendedores y compradores de valores de oferta pública y la formación de precios de acuerdo a la oferta y demanda.
Asimismo, proveen sistemas de operación e información a sus miembros y al público en general.
En Chile existen tres bolsas de valores; Bolsa de Comercio de Santiago y Bolsa Electrónica de Chile, ubicadas en la ciudad de Santiago y Bolsa de Corredores, ubicada en la ciudad de Valparaíso.

 

¿Quién fiscaliza a los intermediarios de valores y bolsas de valores?

Los intermediarios de valores son fiscalizados por la Superintendencia de Valores y Seguros, al igual que las bolsas de valores de las cuales los corredores son miembros.
A las bolsas, les corresponde hacer cumplir a sus miembros las disposiciones legales vigentes y las normas impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros y por ellas mismas.
Para esto:

  • La SVS, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos que establece la Ley de Mercado de Valores, inscribe en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores a quienes lo soliciten, con el fin de autorizarlos a operar como intermediarios. Entre los requisitos se incluyen condiciones de idoneidad del solicitante, antecedentes financieros, condiciones de infraestructura para el desarrollo de la actividad, requisitos patrimoniales y constitución de garantías.

  • La SVS exige la entrega de información periódica de carácter legal, financiera y contable de los intermediarios, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas establecidas para ellos. Así, por ejemplo, deben proporcionar estados financieros trimestrales (FECU), información sobre cambios en la administración, etc.

  • La SVS controla el cumplimiento de los requisitos patrimoniales, de liquidez y solvencia, medidos a través de indicadores financieros. Lo anterior tiene como propósito medir la situación patrimonial y financiera de los intermediarios.

  • La SVS monitorea las operaciones realizadas en bolsa y fuera de bolsa por los corredores y agentes de valores, a objeto de que éstas se enmarquen en la normativa vigente.

 

¿A través de que intermediario va a operar?

Para elegir al intermediario con el cual usted va a operar, es conveniente tener en cuenta al menos los siguientes aspectos:

  • Si desea comprar o vender acciones, podrá hacerlo a través de un corredor de bolsa, pues éstos son los únicos intermediarios autorizados para intermediar acciones.

  • Sólo excepcionalmente, los Agentes de Valores pueden participar en colocaciones de acciones.

  • Infórmese acerca de si el intermediario se encuentra efectivamente inscrito en el registro que para tal efecto mantiene la SVS, como también acerca de la experiencia del intermediario y de si éste ha sido objeto de sanciones o multas por parte de la SVS o de las bolsas y la naturaleza de las mismas. Con este objeto usted puede recurrir al Centro de Información que mantiene la SVS y pedir los antecedentes de su interés.

  • Infórmese anticipadamente con el intermediario, acerca de los costos que tendrá que pagar por realizar las operaciones.

  • No olvide que por cada operación que realice deberá pagar derechos de bolsa y la comisión del corredor, ambos cobros sujetos al IVA.

  • Tenga presente que las comisiones son libres y por lo tanto son determinadas por cada corredor.

 

¿Qué trámites debo efectuar para utilizar los servicios de un intermediario?

Antes de operar con el intermediario elegido no olvide llenar su ficha de cliente, documento en el cual, además de entregar sus datos identificatorios, debe convenir, entre otros aspectos:

  • La forma de dar órdenes, es decir, si serán dadas por escrito, en forma verbal con confirmación posterior por escrito, o verbal sin confirmación por escrito.
    Usted debe tener presente en este último caso, que si bien es una manera más ágil de operar, ante eventuales discrepancias con el intermediario elegido, se hará más difícil comprobar la instrucción de compra o venta efectivamente dada.

  • La custodia de los títulos adquiridos indicando si usted desea que éstos queden en la custodia del intermediario, o bien, retirarlos y mantenerlos usted. Al respecto, usted debe saber que los títulos accionarios dejados en custodia en el corredor, generalmente son registrados en el emisor a nombre del corredor y no al suyo. En todo caso, la Ley de Mercado de Valores dispone que el intermediario debe inscribir en un registro especial los nombres de los dueños de los valores que mantiene en custodia, pudiendo los interesados reclamar en todo tiempo sus derechos.

 

¿Cómo debo ordenar una inversión a través de un intermediario?

Una vez suscrita la ficha de cliente, al momento de dar una orden para comprar o vender, debe indicarle al corredor:

  • Tipo de orden: Compra o venta.

  • Precio de la orden: Este puede ser de mercado, en cuyo caso la operación se puede concretar al precio vigente, al momento de la operación, pudiendo no guardar relación con el precio observado al momento de dar la orden, también puede ser a precio límite, en cuyo caso la operación no puede ser concretada a precios superiores o inferiores a los fijados en la orden de compra o venta, respectivamente.

  • Plazo de validez de la orden: en caso de indicarlo, se entenderá que la orden tiene un carácter permanente.

  • Condición de liquidación de la operación: Corresponde al momento en que se hace efectivo el pago y la entrega de los valores. Las condiciones pueden ser: Pagadera Hoy (PH), si se liquida el mismo día de efectuada la transacción, Pagadera Mañana (PM), si se liquida al día hábil siguiente de efectuada la transacción; Contado Normal (CN), si se liquida al día hábil subsiguiente de efectuada la transacción; Operación a Plazo, si se liquida entre 3 y 180 días de efectuada la transacción; de no precisar la condición de liquidación de la operación, se entenderá como Contado Normal.

  • Que su orden será cursada de acuerdo al sistema de preferencias en la ejecución de órdenes que el corredor tenga. Infórmese acerca de que criterio utiliza el corredor para determinar que órdenes se ejecutan primero y cuáles después. Generalmente ésta se basa en el orden cronológico, pudiendo el corredor utilizar otro criterio, el cual en todo caso debe ser puesto en conocimiento de sus clientes.

 

¿Qué otros servicios le pueden ofrecer los corredores de bolsa?

  • Si desea invertir en valores que se transan en un país extranjero, puede recurrir a un intermediario de valores chileno para que satisfaga su requerimiento a través de un intermediario extranjero. Debe tener presente, que estos valores y los intermediarios extranjeros no están sujetos a la supervisión de la SVS.

  • Usted puede entregar recursos en efectivo o valores de oferta pública a un intermediario de valores, para que éste los administre delegando en él sus decisiones de inversión y enajenación, para lo cual debe firmar un contrato de administración de cartera con el respectivo corredor. En este contrato usted podrá establecer, entre otras materias, las limitaciones que el corredor deberá considerar al efectuar la gestión de sus recursos, así como la forma en que lo mantendrá informado.