Acción: |
Título representativo de la
parte proporcional en que el titular participa
en la Sociedad de Capital (Anónimas o en
Comandita por acciones). Título representativo
de las partes alícuota en que ha sido dividido,
para facilitar la suscripción, el capital social
de una compañía. Constituye a su poseedor, en
proporción con el monto de acciones suscritas,
en propietario y socio capitalista de la
empresa. En la misma medida le confiere el
derecho de voto en las asambleas generales de
accionistas y pueden por lo mismo influir en la
redacción, aprobación modificación y reforma de
los estatutos de la sociedad en la designación
de los altos directivos y en otras decisiones
importantes
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Acciones a la
Orden: |
Acciones a la Orden: Son las
transmisibles mediante la entrega del título
debidamente endosado por su
titular.
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Acciones al
Portador: |
Son las suscritas
innominadamente. Pueden ser traspasadas por
simple compraventa en la Bolsa de Valores. Las
que otorgan a su poseedor el carácter de socio
en la proporción por ellas representadas. Se
transmiten por la simple entrega del título. En
Venezuela y en todos los países miembros del
Pacto Andino no es posible emitir acciones al
portador. Ellas han sido prohibidas por el
artículo 45 de la Decisión 25.
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Accionistas: |
Titular de una o más acciones
de una sociedad mercantil. Es el propietario de
una o varias acciones de una empresa constituida
en sociedad anónima o en comandita por acción.
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Activo: |
Acreencia que tiene una
persona natural o jurídica frente a terceros.
Derecho de propiedad sobre cualquier cosa
tangible o intangible que tiene valor económico,
tales como monedas, billetes, depósitos
bancarios, acciones, edificios, bonos,
etc.
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Acuñar: |
Fabricar moneda. Estampar una
pieza de metal con un signo indicativo de su
valor.
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ADR's (American
Depositary
Receipts): |
Títulos de compañías foráneas
(no americanas) cotizados en las principales
plazas de los Estados Unidos y emitidos por un
Banco Americano (Depositary
Bank).
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Agregado: |
Término que se utiliza para
indicar valores del conjunto de la economía. Por
ejemplo, el gasto agregado es igual al gasto
total realizado en la
economía.
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Agregado
Monetario: |
Valor de mercado de una suma
de activos líquidos, tales como monedas,
billetes y depósitos bancarios. Ver M1 y
M2.
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Agregados
Monetarios: |
M-1: Es la suma de efectivo
en poder del público, los depósitos
transferibles mediante cheques, cheques de
viajero y cuentas corrientes. M-2: M-1 más los
depósitos que devengan intereses, pequeños
depósitos a plazo, acuerdos de recompra día a
día. M-3: M-2 más grandes depósitos a plazo y
acuerdos de recompra a
plazo.
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Ahorro: |
Diferencia entre el valor del
ingreso corriente y los gastos corrientes de los
agentes económicos en un determinado período. Lo
genera el sector público y
privado.
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Ahorro
Nacional: |
Diferencia entre el valor del
ingreso nacional disponible de un país y los
gastos de consumo final de las familias,
instituciones privadas sin fines de lucro que
sirven a los hogares y el gobierno
general.
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Ahorro
Privado: |
Diferencia entre el ingreso
corriente y los gastos corrientes de las
familias, las empresas privadas y las
instituciones privadas sin fines de lucro que
sirven a los hogares.
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Ahorro
Público: |
Diferencia entre el ingreso
corriente y los gastos corrientes de las
instituciones que integran el sector público
(empresas públicas, gobierno central, regional,
municipal e instituciones sin fines de lucro del
gobierno).
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Ajuste
Estructural: |
Programa económico aplicado
en países, generalmente dirigido a reducir el
tamaño del Estado, el gasto público y por ende
los déficits presupuestarios de tipo
estructural, controlar la inflación y estimular
la inversión y el ahorro
privado.
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Análisis de
Equilibrio General: |
Método de análisis que
determina simultáneamente los precios y las
cantidades en varios
mercados.
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Análisis de
Equilibrio Parcial: |
Determinación de los precios
y las cantidades de equilibrio en un mercado
específico que no tiene en cuenta los efectos de
otros mercados.
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Anticipo: |
Dinero entregado o pagado
antes de la finalización definitiva de un
contrato.
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Apreciación: |
Incremento en el valor de la
moneda de una nación como consecuencia de las
fuerzas del mercado.
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Apreciación
Nominal de la
Moneda: |
Aumento del precio de la
moneda nacional expresado en moneda extranjera.
Corresponde a una disminución del tipo de cambio
nominal en un régimen de libre
flotación.
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Apreciación Real
de la Moneda: |
Aumento de los precios
relativos de los bienes nacionales expresados en
bienes extranjeros. Se dice que ocurre una
apreciación real de la moneda doméstica cuando
la inflación interna es superior a la suma de
las tasas de devaluación de los principales
socios comerciales del país durante un período
determinado.
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Arancel: |
Impuesto específico a pagar
por la importación de un
bien.
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Arbitraje: |
Proceso de compra de un
activo real o financiero en un mercado para
venderlo a otro distinto con el fin de
beneficiarse de las diferencias de precios
existentes entre ellos. Provoca una tendencia a
la igualación de los precios de los activos
involucrados en el
proceso.
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Arbitraje de
Interés cubierto: |
Proceso donde se opera sobre
las imperfecciones de precio entre el
diferencial de interés de dos divisas y su
respectivo precio de cambio a
plazo.
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Ask: |
Precio de venta de un
instrumento (oferta).
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