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PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN EN PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL, en las

Modalidades de "Iniciación Profesional" y para "Alumnos con necesidades educativas especiales" Teniendo en cuenta:

- Las Instrucciones de la Viceconsejería de Educación del Principado de Asturias por la que se regulan las actuaciones de final de curso en los Institutos de Educación Secundaria.

- Las Instrucciones de la Viceconsejería de Educación del Principado de Asturias, para aplicación del RD 366/1997 de 14 de marzo (BOE del 15 de marzo) sobre admisión de alumnos en Centros sostenidos con fondos públicos.

Y considerando:

- La Resolución de 29 de mayo del 2000 por la que se regulan los Programas de Garantía Social en el Principado de Asturias (BOPA del 8 de junio).

Se hace necesario establecer las actuaciones y el calendario, que caracterizan el acceso del alumnado a los Programas de Garantía Social en las Modalidades de "Iniciación Profesional" y para "Alumnos con necesidades educativas especiales.

MODALIDAD DE INICIACIÓN PROFESIONAL:

Podrá proponerse para la incorporación a un 'Programa de Iniciación Profesional, previa, evaluación -psicopedagógica y oídos el alumnos y sus padres, al alumno que haya cursado el Programa de Diversificación Curricular sin alcanzar los objetivos de la Etapa, siempre que el Equipo docente considere, teniendo en cuenta su historial, sus intereses y su motivación para seguir formándose, que existan expectativas razonables de que cursará con éxito la Iniciación Profesional en el marco escolar.

Excepcionalmente, podrá ser propuesto para la incorporación a un Programa de Iniciación Profesional el alumno que, encontrándose en las circunstancias académicas y de edad apropiadas para la incorporación a un Programa de Diversificación Curricular, no haya podido acceder a él y se encuentre, a juicio del equipo de profesores, en grave riesgo de abandono escolar.

Cuando la demanda de admisiones sea superior a las plazas disponibles, se procederá de acuerdo con los siguientes criterios de preferencia para su adjudicación:

1. Alumnas y alumnos a los que se les ha aplicado un Programa de Diversificación Curricular en el último curso y no han conseguido los objetivos o están en grave riesgo de no conseguirlos.

2. Alumnas y alumnos a los que no se les ha aplicado Programa de Diversificación, han cursado alguno de los cursos de 2º ciclo en el último curso, están en grave riesgo de no conseguir los objetivos y cumplen 18 años en el año natural en el que inician el Programa.

3. Alumnas y alumnos no incluidos en Programas de Diversificación con grave riesgo de abandono escolar y que han cursado 3º o 4º de ESO en el último curso y cumplen los 17 años de edad en el año natural en que se inicia el Programa.

4. Alumnas y alumnos procedentes del primer ciclo de ESO que estén en grave riesgo de abandono escolar y cumplan 16 años en el año natural en que se inicia el programa.

5. Alumnas y alumnos desescolarizados en el último curso que no posean el título de Graduado Escolar.

6. Alumnas y alumnos desescolarizados en el último curso que no posean titulación académica superior al Graduado Escolar.

En todo caso se reservarán tres plazas para el alumnado con necesidades educativas especiales y tres plazas para aquellas alumnas o alumnos procedentes de otros centros y de la misma comarca educativa que lo soliciten, siempre y cuando aporten el informe del Centro de procedencia y su evaluación psicopedagógica.

En la modalidad de Iniciación Profesional, el número mínimo de alumnos por grupo será de 8 y el máximo de 15. En esta modalidad podrán integrarse alumnos con necesidades especiales que cumplan con las competencias mínimas necesarias para conseguir los objetivos del perfil profesional al que se quiera acceder cuando dichos alumnos se escolaricen en estos programas -el número máximo de quince se rebajará en uno por cada alumno de necesidades educativas especiales matriculado, hasta un máximo de 12 alumnos por grupo.

En caso de no cubrirse las plazas reservadas para alumnos con necesidades educativas especiales, estas se asignarán alternativamente al alumnado del propio centro y al de otros centros, comenzando a asignar plazas por los solicitantes del propio centro.


MODALIDAD DE INICIACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA para Alumnado con Necesidades Educativas Especia les (ACNEE):

Siempre será necesario realizar una adecuada orientación del alumnado susceptible de incorporarse a esta modalidad según sus características, intereses, expectativas y motivaciones asegurando favorecer su pleno desarrollo personal, social, y laboral.

Para la admisión y constitución de grupos en esta modalidad de iniciación Profesional específica de ACNEE, será imprescindible que los alumnos y alumnas hayan sido dictaminados y cuenten con la correspondiente resolución, emitida por la Comisión de Escolarización del Alumnado con Necesidades Educativas Especiales.

En esta modalidad el número mínimo de alumnos será de 6 y el máximo de 12. Cualquier alteración de esta ratio deberá contar con el informe favorable del Inspector/a del centro y remitirlo al Servicio de Formación Profesional y Promoción Educativa.


CALENDARIO    (*PARA EL CURSO 2002-03 AÚN NO SE SABE)

Junio -Julio: Proceso de Preinscripción y solicitud de curso

Julio: Baremación si procede. Proceso de reclamación. Remisión al Presidente de la Comisión de Escolarización de vacantes y exceso de demanda

Pimeros de Septiembre: Matriculación. Este plazo permanecerá abierto durante el primer mes de desarrollo del programa, siempre que existan plazas disponibles. Una vez completados los grupos se remitirá la lista de alumnos matriculados al Servicio de Inspección.