Policías Forales
Los antecedentes de la actual Policía Autónoma los podemos encontrar durante el Antiguo Régimen en las Milicias Municipales que eran unas organizaciones de ámbito local y con carácter popular y hasta cierto punto espontáneo. Pero será en el siglo XIX cuando se confirme la tendencia a la formación de cuerpos policiales permanentes en los territorios vascos superando el voluntarismo precedente. El motivo fundamental de la constitución casi permanente de los cuerpos armados forales fue el de la persecución de un bandolerismo favorecido por las continuas convulsiones sociales y políticas imperantes desde fines del siglo XVIII hasta bien traspasada la mitad del siglo XIX.
El paso decisivo en la configuración de los cuerpos dependientes de las Diputaciones, se dará con ocasión de la Primera Guerra Carlista, pero su consolidación y expansión se dará con la llegada de la paz. Se llamarán Mikeletes en Bizkaia y Gipuzkoa y Miñones en Araba y luego también en Bizkaia.
El Estado liberal quería asumir las funciones de estas policías forales creando en 1844 la Guardia Civil. A pesar de estas pretensiones unificadoras, debido a las presiones de las Diputaciones y a la dificultad de reclutamiento de los efectivos necesarios de la Guardia Civil en estas provincias, se hace necesario mantener estos cuerpos forales.
Con la llegada de la paz, al término de la Segunda Guerra Carlista (1876) ,los Cuerpos Armados Forales tuvieron que adaptarse a una nueva situación, que supuso una reducción de efectivos, a la vez que una continuación de sus funciones hasta la Guerra Civil (1936-1939), viéndose ampliadas aquellas administrativamente por las necesidades de sus respectivas Diputaciones.
Tras la abolición del Concierto Económico en 1937, quedaron eliminados los cuerpos de Bizkaia y Gipuzkoa, salvedad realizada con los
Miñones de Alava.
El Servicio de Orden Público en el Gobierno Vasco (1936-1937).
Con la proclamación de la IIª República renace la actividad política y las reivindicaciones de restablecimiento de las libertades forales suprimidas en 1876. Se dan sucesivos proyectos estatutarios Vascos y en todos ellos se pedirán fuertes competencias en materia de orden público.
El 4 de Octubre de 1936 se promulgó el Estatuto de Autonomía. Posteriormente fue constituido el Gobierno Vasco, y la problemática de la Seguridad pública se convertirá en uno de los principales ejes de acción.
El Departamento de Gobernación, cuyo titular era el nacionalista Telesforo Monzón, abordó el Orden Público en Euskadi, creando las siguientes instituciones: Policía Internacional, Policía Marítima y Cuerpo de Orden Público. Entre las principales medidas efectuadas por el Gobierno Vasco en materia de Seguridad Pública se encuentra la creación de la Ertzaintza, con una sección de Infantería y otra sección motorizada, con unos 550 hombres en cada una de ellas.
El Estatuto de 1936, en su artículo 5º dice:
“Corresponderá al País Vasco el régimen de Policía para la tutela jurídica y el mantenimiento del Orden Público dentro del territorio autónomo, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 4,10,16 y 18 del artículo 14 de la Constitución y en la Ley General de Orden Público”
Época Franquista
El régimen público surgido de la Guerra Civil, ni se molestó en disolver la Ertzaintza puesto que al ser obra del Gobierno Vasco, se entendía simplemente como no existente.
Alava y Navarra quedarían como único reducto de lo que fueron las policías forales del País Vasco.
La Ertzaintza
Iniciada la reforma política del Estado, el Consejo General del País Vasco, desde su creación el 4 de Enero de 1978, reivindica una policía autónoma, a la vez que se ponía en marcha el proceso de aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía del País Vasco.
De especial significación en materia de orden público son los artículos 17,16 y la Disposición Transitoria Cuarta del estatuto de Autonomía (1979).
En cuanto a la atribución de competencias en materia de orden público, el Estatuto se apoya en la actualización de los derechos históricos, amparados y respetados, por la Disposición Adicional Primera de la Constitución de 1978.
El Estatuto de Autonomía, art.178, en su párrafo quinto constituye la Policías Autónoma del País Vasco, coincidiendo con el Real Decreto de 22 de Diciembre de 1980 en los referente al restablecimiento de los Cuerpos Forales.
El 29 de Abril de 1980 se formó el Primer Gobierno Vasco y se otorgó al Departamento de Interior la responsabilidad política prioritaria de crear y desarrollar la Policía Vasca.
El paso necesario para el desarrollo de la Ertzaintza era la creación de una Academia de Policía Vasca, que se ubicó en Arkaute, la cual albergó a la Primera Promoción de la Ertzaintza, el 7 de Febrero de 1982. Fueron 603 ertzainas que hacían realidad las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia policial.
10 características propias de la Ertzaintza:
1.-Policía como servicio público.
2.-Policía civil.
3.-Policía democrática.
4.-Policía profesional.
5.-Policía en el conjunto del sistema penal.
6.-Policía integrada en la comunidad.
7.-Policía preventiva.
8.-Policía integral.
9.-Policía y recurso a la fuerza.
10.-Policía y discrecionalidad.