La Academia de Policía del País Vasco está situada en Arkaute junto a la carretera N-104, a 5 Km. de Vitoria-Gasteiz, capital de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A la Academia de Policía del País Vasco corresponde un lugar destacado en el proceso de configuración de la Policía Vasca. No puede existir una policía eficiente si sus miembros no disponen de una buena formación, adecuada a su específica misión y permanentemente actualizada. Además, la actividad policial precisa la adecuada capacitación lingüística de los agentes , en orden a corresponder a los derechos de ese orden de los ciudadanos. La importancia de esta tarea formativa y de capacitación que ha de proyectarse no sólo sobre la Ertzaintza , sino también respecto a las Policías Locales, ha aconsejado la configuración de un organismo autónomo al efecto, cuyos máximos órganos rectores se abran a una amplia participación y que habrá de ser convenientemente dotado y atendido

Las funciones de la Academia de la Ertzaintza son:

  • Establecer las bases para la elección de los Ertzainas.
  • Programar y organizar y desarrollar cursos de formación.
  • Establecer criterios para la formación de las Policías Municipales.
  • Colaborar con los municipios para seleccionar a los Policías Municipales.
  • Colaborar con entidades públicas o privadas dedicadas a tareas de protección y ayuda al ciudadano en la Comunidad Autónoma, promoviendo y desarrollando aquellas actividades de carácter formativo o de divulgación que puedan resultar adecuadas para el cumplimiento de sus fines.
  • Elaborar publicaciones periódicas de carácter formativo destinados a los funcionarios de Policía del País Vasco.

Estas funciones se desarrollan organizadas en los siguientes departamentos bajo la Dirección de un Director de la Academia.


DEPARTAMENTOS Y COMPETENCIAS:

Estudios y Planificación
- Dirigir, planificar, organizar y supervisar las actividades correspondientes para la elaboración de los diseños curriculares de los cursos que han de impartirse en la Academia.
- Dirigir la ejecución de los cursos y actividades formativas, no pertenecientes al Área de Formación.
- Colaborar con el diseño y la ejecución de los procesos selectivos.

Formación
- Dirigir, organizar y supervisar la ejecución de los cursos y actividades formativas relativas a ascensos y especialización de los Cuerpos de Policía del País Vasco.
- Colaborar en la elaboración de los diseños curriculares de los cursos que han de ser ejecutados por la Academia.
- Colaborar con el diseño y ejecución de los procesos selectivos.

Selección
- Dirigir y ejecutar los planes y programas de reclutamiento y selección de los integrante de los Cuerpos de Policía del País Vasco.

Seguimiento
- Dirigir y ejecutar los planes y programas de seguimiento actitudinal y periodos de prácticas de los integrantes de los Cuerpos de Policía del País Vasco.
- Realizar el control y seguimiento de los aspirantes seleccionados y en prácticas.

Personal y Asesoría Jurídica
- Dirigir, organizar y supervisar las actividades correspondientes a la Gestión y Administración de los Recursos Humanos de la Academia.
- Planificar, organizar y supervisar las actividades de la Asesoría Jurídica.
- Planificar, organizar las actividades del resto de servicios adscritos (Información, Registro, Traducciones, Vestuario y Protocolo).

Contratación y Presupuestos
- Dirigir, organizar y supervisar las actividades económicas de la Academia.
- Elaborar los presupuestos anuales, efectuando el seguimiento y control de su ejecución.
- Planificar, organizar y supervisar el control administrativo y económico de la contratación de bienes y servicios necesarios para las actividades de la Academia.
- Planificar y organizar las actividades del resto de servicios adscritos (Contabilidad, Hostelería, Armamento y munición, Mantenimiento, Imprenta y Almacén).

Informática
- Dirigir los servicios informáticos de la Academia.
- Responsabilizarse de la definición, desarrollo y explotación de sus aplicaciones informáticas y de los equipos que las soportan.
 

INGRESO EN LA ERTZAINTZA

La selección para el ingreso en las escalas y categorías de los cuerpos que integran la Policía del País Vasco se efectuará mediante los sistemas de oposición, concurso y concurso-oposición, y se complementarán, como una fase más del proceso selectivo, con la realización de cursos de formación y períodos de prácticas.

El ingreso en la categoría de Agente de los Cuerpos que integran la Policía del País Vasco se efectuará mediante oposición o concurso-oposición libre.

El ingreso en las categorías de Agente Primero , Suboficial y Oficial se efectuará por promoción interna mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición.
No obstante en los Cuerpos de Policía de municipios con población inferior a sesenta mil habitantes el ingreso en las categorías de Suboficial y Oficial podrá efectuarse por promoción interna y turno libre mediante los sistemas de oposición o concurso-oposición.

El ingreso en la categoría de Subcomisario se efectuará por promoción interna y turno libre mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición, pudiendo reservarse para su provisión por turno libre hasta un cincuenta por ciento de las vacantes existentes.

El ingreso en las categorías de Comisario , Intendente y Superintendente se efectuará por promoción interna mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición.

El ingreso en la escala de Facultativos y Técnicos de la Ertzaintza se efectuará por promoción interna mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición. Ello no obstante, de no proveerse las vacantes por promoción interna, podrá procederse a su convocatoria en turno libre.


REQUISITOS


a.- Tener la nacionalidad española

b.- Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 32 para el ingreso en la categoría de agente ni los 40 para el ingreso en la categoría de subcomisario.

c.- Tener una estatura mínima de 1,65 los hombres y 1,60 las mujeres.

d.- Estar en posesión de la titulación académica exigida para el ingreso en la escala correspondiente.

e.- No estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas establecidos en el Decreto 315/94

f.- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de la Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

g.- No haber sido excluido de un proceso selectivo para el ingreso en algún cuerpo de Policía del País Vasco por la comisión de una falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un período de tiempo equivalente a su plazo de prescripción contado desde la fecha de declaración de la exclusión.

h.- Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B y en el plazo que se determine en cada convocatoria.


 

 

 


 

 

 


 

 

 


 

 

 


 

 

 


 

 

 

 
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