UNIVERSIDAD YACAMBU

CATEDRA: GERENCIA

TRABAJO 2

PARTICIPANTE: Doris E. Moreno R.

Actividad de los que son Co-dueños

La Constitución de 1811, la primera de América Latina que proclamó la Independencia completa del Rey de España, adoptó para el Estado venezolano la forma federal y creó la primera Corte Suprema de Justicia. "El Poder Judicial de la Confederación estará depositado en una Corte Suprema de Justicia residente en la ciudad Federal y los demás tribunales subalternos y juzgados inferiores que el Congreso estableciere temporalmente en el territorio de la unión"
La Constitución de 1811, primera del país, no tuvo en realidad ninguna aplicación, porque la República pasó primero a la dictadura y luego fue reconquistado el territorio de la confederación naciente por la fuerzas realistas en el año siguiente de haberse puesto en vigencia el Pacto Fundamental; y como la Constitución de 1821, unió a la República de Venezuela a la de Colombia y organizó la Gran Colombia, resulta que la primera Constitución del Estado venezolano es la de 1830". (Pablo Ruggeri Parra, La Supremacía de la Constitución y su Defensa, 1941).


En qué consiste esa Actividad?
En los actuales momentos me desempeño en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, adscrita al Despacho de Vicepresidencia, Dr. Hadel Mostafá.
La actividad que se desarrolla en esta dependencia es la de emitir sentencias relacionadas con entes públicos y particulares en cuanto al área político-administrativa, mi ocupación está relacionada con supervisar y coordinar los proyectos de sentencia de nuestro Despacho que serán presentados en la Sala que viene siendo las reuniones donde se aprueban y firman los proyectos previamente elaborados por los abogados relatores, no sin antes ser supervisados y revisados por el asistente de cada Despacho con la aprobación del Magistrado.
Mi responsabilidad comprende desde la inclusión de los proyectos para ser discutidos como la preparación de éstos en cuanto a redacción y forma, los cuales deben estar en concordancia con la jurisprudencia de la Sala, y en razón de las observaciones que pudieran hacerse de cada Despacho (son 3 Despachos), toda la actividad que se realiza está en pro de administrar justicia en el tiempo establecido por las leyes, desde el año 2000 hasta el presente se han introducido una serie de cambios tecnológicos que permiten al público acceder y consultar sus sentencias, y también el personal que en el Tribunal Supremo labora cuenta con equipos que permiten aligerar y facilitar el trabajo, lo que ha generado en cuanto a la Sala Político Administrativa, poner al día un gran número de demandas que se encontraban en atraso desde hace doce (12) años, es pertinente aclarar que aún tenemos existencia de demandas que tienen muchos años en espera de que se sentencia, el trabajo que se ejecuta con el equipo de nuestro Despacho va dirigido a bajar las cifras de demandas asignadas a éste, asimismo, mi actividad está dirigida a apoyar en la medida de lo posible este objetivo.


SALA POLITICO ADMINISTRATIVA CODIGO O SPA

imagen 1

COMPETENCIA
La competencia de la Sala Político Administrativa está bien definida según la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia en los artículos siguientes:
9.- Declarar la nulidad, cuando sea procedente por razones de ilegalidad, de los actos generales de los órganos unipersonales o colegiados del Poder Público, salvo en los casos previstos en las disposiciones transitorias de esta Ley;
10.- Declarar la nulidad, cuando sea procedente por razones de inconstitucionalidad o de ilegalidad, de los actos administrativos individuales del Poder Ejecutivo Nacional;
11.- Declarar la nulidad, cuando sea procedente por razones de inconstitucionalidad, de los actos de los órganos del Poder Público, en los casos no previstos en los ordinales 3, 4 y 6 del artículo 215 de la Constitución.
12.- Declarar la nulidad, cuando sea procedente por razones de inconstitucionalidad o de ilegalidad, de los actos administrativos generales ó individuales del Consejo Supremo Electoral ó de otros órganos del Estado de igual jerarquía a nivel nacional;
13.- Dirimir las controversias en que una de las partes sea la República o algún Estado o Municipio, cuando la contraparte sea otra de esas mismas entidades, en conformidad con lo dispuesto en el ordinal 8 del artículo 215 de la Constitución.
14.- Conocer de las cuestiones de cualquier naturaleza que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, caducidad, nulidad, validez o resolución de los contratos administrativos en los cuales sea parte la República, los Estados o las Municipalidades;
15.- Conocer de las acciones que se propongan contra la República o algún Instituto Autónomo o empresa en la cual el Estado tenga participación decisiva, si su cuantía excede de 5.000.000 de Bs., y su conocimiento no está atribuido a otra autoridad;
16.- Conocer de cualquier otra acción que se intente contra la República o alguno de los entes a que se refiere el ordinal anterior, si su conocimiento no estuviese atribuido a otra autoridad;
17.- Conocer de los juicios en que se ventilen varias acciones conexas, siempre que a la Corte esté atribuido el conocimiento de alguna de ellas;
18.- Conocer de las apelaciones que se interpongan contra las decisiones de los tribunales de lo contenciosos-administrativo o de los tribunales ordinarios o especiales en los juicios en que sea parte o tenga interés la República, cuando su conocimiento no estuviere atribuido a otra autoridad;
19.- Conocer en apelación de los juicios de expropiación;
22.- Dirimir las controversias que se susciten entre autoridades políticas o administrativas de una misma o diferentes jurisdicciones con motivo de sus funciones, cuando la Ley no atribuya competencia para ello a otra autoridad;
23.- Conocer de la abstención o negativa de los funcionarios nacionales a cumplir determinados actos a que estén obligados por las leyes, cuando sea procedente, en conformidad con ellas;
24.- Conocer del recurso de interpretación y resolver las consultas que se le formulen acerca del alcance e inteligencia de los textos legales en los casos previstos por la Ley;
25.- Declarar la fuerza ejecutoria de las sentencias de autoridades extranjeras de acuerdo con lo dispuesto en los tratados de internacionales o en la Ley;
26.- Conoce de las causas por hechos ocurridos en alta mar, en el espacio aéreo internacional o en puertos o territorios extranjeros, que puedan ser promovidas en la República, cuando su conocimiento no estuviere atribuido a otro Tribunal;
27.- Conocer de las causas que se sigan contra los representantes diplomáticos acreditados en la República, en los casos permitidos por el Derecho Internacional;
28.- Conocer de las causas de presa;
29.- Solicitar algún expediente que curse ante otro tribunal, y avocase al conocimiento del asunto, cuando lo juzgue pertinente.
Además la Sala Pólitico Administrativa tiene otras atribuciones definidas en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia:
184.- (parte) La designación de los jueces que formaran el Tribunal - Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo y la de sus respectivos suplentes, será hecha por la CSJ, en la sala Político-Administrativa, con arreglo a las normas complementarias que ella dicte, y su organización y funcionamiento se regirán por las disposiciones de esta Ley y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
187.- Cuando las necesidades de la Administración de justicia lo exijan, la Sala Politico-Administrativa de la CSJ, creará otras cortes de lo Contencioso-Administrativo y distribuirá la competencia entre ellas.
UNIDADES ADSCRITAS
La Sala Político Administrativa está integrada por:
1. Despachos de Magistrados
2. Secretaría
3. Juzgado de Sustanciación
4. Sala Especial "Pool"
5. Defensoría
DESPACHOS DE MAGISTRADOS
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Preparar los proyectos de la Sala cuya ponencia les ha sido asignada
2. Hacer la lectura y observaciones de los proyectos de otros Despachos
3. Preparar los proyectos de Sala Plena cuya ponencia les ha sido asignada y buscar soporte Pool de Abogados de Sala Plena
4. Llevar control de los expedientes del Despacho y su estado
5. Velar porque la justicia se aplique en los lapsos establecidos por las leyes
DESPACHOS DE MAGISTRADOS CODIGO O SPA-DM


Imagen 2

UNIDADES ADSCRITAS
El personal adscrito a un Despacho de Magistrado es:
1. Abogado Asistente
2. Abogados Auxiliares
3. Secretaria
4. Personal de Apoyo
Abogado Asistente
· Cumplir el rol de Gerente del Despacho
· Coordinar las labores jurídicas del Despacho
· Supervisar al personal profesional del Despacho
· Llevar control de los expedientes que maneja el Despacho
· Leer los proyectos y sugerir cambios
· Dar guía y orientación a los abogados auxiliares
· Establecer junto con el Magistrado las prioridades y planes del Despacho
· Apoyar al Magistrado en la lectura y observaciones de expedientes de otros Magistrados
· Elaborar proyectos difíciles
Abogados Auxiliares
· Elaborar proyectos para el Despacho
· Hacer investigaciones sobre jurisprudencia
· Analizar las posibles soluciones o alternativas de los proyectos y proponer solución
· Discutir junto al Abogado Asistente y otros abogados del Despacho las alternativas
· Hacer entrega de su proyecto listo al Abogado Asistente
· Dar cuenta al Abogado Asistente de los proyectos bajo su responsabilidad y su estado actual
Secretaria del Magistrado
· Prestar servicios propios de una Secretaria: recibir y hacer llamadas, recibir, enviar y archivar correspondencia
· Llevar la agenda de audiencias concedidas por el Magistrado
· Hacer los cambios/observaciones a los proyectos sugeridos por el Magistrado.
· Hacer los pedidos de material necesarios para el Despacho, custodiarlo y administrarlo al personal
· Coordinar los pedidos de inmuebles y equipos del Despacho
· Coordinar todas las demás labores administrativas del Despacho
· Establecer prioridades y supervisar el trabajo del Personal de Apoyo
· Supervisar al personal obrero asignado al Magistrado - chofer, etc.
Personal de Apoyo
· Brindar apoyo a los abogados del Despacho en la transcripción de sentencias y proyectos
· Brindar apoyo a los abogados del Despacho en la búsqueda de jurisprudencia, libros y cualquier material necesarios para realizar su trabajo.
SECRETARIA CODIGO O SPA-SSPA


Imagen 3
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Secretaría reporta a la Sala.
UNIDADES ADSCRITAS
La Secretaría está integrada por cinco departamentos y dos funcionarios:
1. Abogado Adjunto
2. Alguacil
3. Unidad de Archivo
4. Unidad de Servicios
5. Unidad de Control de Gestión
6. Unidad de Atención al Público
7. Unidad de Biblioteca
SECRETARIA
PRINCIPALES FUNCIONES
Las atribuciones del Secretario están establecidas por la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia:
1. Dirigir la secretaría, velar porque los empleados de su dependencia concurran puntualmente a ella y cumplan con sus deberes, y custodiar y conservar los bienes a que se refiere el ordinal siguiente;
2. Recibir y entregar el iniciar y concluir su mandato y bajo formal inventario, los libros, sellos, expedientes y archivos de la Secretaría y la Biblioteca y demás bienes adscritos a la Sala;
3. Autorizar con su firma las diligencias de las partes, recibir las demandas, representaciones y cualesquiera otra clase de escritos o comunicaciones que le sean presentados de conformidad con la Ley, y dar cuenta de ellos a la Sala, de acuerdo con las instrucciones del Presidente;
4. Redactar las actas de las sesiones de la Sala y suscribirlas en unión del Presidente, después de haber sido aprobadas;
5. Suscribir con los Magistrados las sentencias, autos y demás decisiones que dicte la Sala;
6. Expedir las certificaciones, copias y testimonios que le ordene el Presidente;
7. Actuar con el Presidente, como secretario del Juzgado de Sustanciación y suscribir con él los autos y demás decisiones de aquél, sin perjuicio de los previsto en el artículo 27 de esta Ley;
8. Hacer llevar al día y con la mayor precisión y exactitud los libros que exijan las actuaciones de la Sala según esta Ley y su Reglamento Interno;
9. Concurrir puntualmente a la Secretaría y a las sesiones de la Sala y cumplir las instrucciones del Presidente en todo lo relacionado con sus deberes;
10. Informar al Presidente del curso de los asuntos y de las deficiencias o irregularidades que observe en la Sala;
11. Las demás que les señalen las leyes y el Reglamento Interno.
ABOGADO ADJUNTO CODIGO O SPA-SSPA-AA
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Suplir al Secretario de la Sala en sus funciones cuando éste por razones de enfermedad o personales, etc., no se encuentre
2. Apoyar al Secretario en las labores de supervisión del personal de la Secretaría; velar por su asistencia y cumplimiento de sus tareas, así como en las labores de tipo administrativas relativas al personal de la Secretaría tales como otorgamiento de permisos, vacaciones, etc.
3. Apoyar al Secretario en las labores de tipo administrativo, presupuestarias, contables, de adquisiciones, etc., y servir como vínculo entre la Sala y Gerencia de Administración y sus dependencias
4. Apoyar al Secretario en las labores del Juzgado de Sustanciación
5. Supervisar los informes técnicos elaborados por Control de Gestión
ALGUACIL CODIGO O SPA-SSPA-A


Imagen 4

UNIDAD DE ADSCRIPCION
El Alguacil reporta a la Secretaría de la Sala
PERSONAL ADSCRITO
El Alguacil tendrá un ayudante y será responsable por supervisar al personal obrero asignado a la Sala, tales como Guardias y Porteros.
ALGUACIL
PRINCIPALES FUNCIONES
La Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia establece las siguientes funciones al Alguacil:
1. Mantener el orden interno;
2. Anunciar públicamente los actos para cuya realización exijan las leyes el cumplimiento de tal requisito;
3. Practicar las citaciones o notificaciones que les sean encomendadas;
4. Dar cumplimiento a las instrucciones que reciba de sus superiores inmediatos;
5. Las demás que le señalen las leyes ó el Reglamento Interno
6. Además al Alguacil forma parte del Juzgado de Sustanciación
Esto se traduce en las siguientes funciones:
7. Distribuir a los diferentes Juzgados y Tribunales de la ciudad de Caracas los expedientes que ya han sido decididos por la Sala o cuyo proceso terminó
8. Remitir a Correspondencia aquellos casos que requieran ir al interior del país
9. Llevar un control de los diferentes envíos
10. Supervisar al personal a su cargo - ayudante y al personal obrero adscrito a la Sala, tales como guardias y porteros.
UNIDAD DE ARCHIVO CODIGO O SPA-SSPA-UA

Imagen 5
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Unidad de Archivo reporta a la Secretaría.
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito a la Unidad de Archivo:
1. Jefe de Archivo
2. Auxiliar de Archivo
UNIDAD DE ARCHIVO
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Almacenar y custodiar los expedientes que llegan a la Sala
2. Incorporar a los expedientes los escritos, documentos y autos que se generen, una vez hallan sido registrados por Control de Gestión
3. Foliar y coser/engrapar los expedientes y asegurarse de que estén completos y en buen estado
4. Llevar un inventario de los expedientes en archivo
5. Llevar un control de movimiento físico del expediente
6. Organizar y mantener en orden los expedientes dentro del Archivo
7. Contribuir al desarrollo de políticas y reglamentación del retiro y/o devolución de expedientes del Archivo con el objetivo de mejorar/agilizar el proceso
8. Dar cumplimiento y hacer cumplir las reglas para el retiro y devolución de expedientes del Archivo
UNIDAD DE SERVICIOS CODIGO O SPA-SSPA-US


Imagen 6
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Unidad de Servicios reporta a la Secretaría
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito a la Unidad de Servicios:
1. Jefe de Servicios
2. Auxiliar de Copias Certificadas
3. Auxiliar de Firmas
4. Auxiliar de Autos
5. Auxiliar de Fotocopias
UNIDAD DE SERVICIOS
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Elaborar todos los autos y oficios de la Sala en coordinación con Control de Gestión
2. Elaborar todas las copias certificadas que se soliciten por Atención al Público y llevar un informe mensual de esta actividad
3. Centralizar, controlar y agilizar la recolección de las firmas de los Magistrados en todos los expedientes, brindando con ello una tramitación mas expedita
4. Elaborar las fotocopias que se soliciten y custodiar los expedientes que se retengan para este fin.
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION CODIGO O SPA-SSPA-UCG

Imagen 7
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Unidad de Control de Gestión reporta directamente a la Secretaría y funcionalmente a la Oficina de Planificación Estratégica.
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito a la Unidad de Gestión:
1. Jefe de Control de Gestión
2. Asistente de Control de Gestión
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Hacer el ingreso de todos los expedientes que lleguen a la Sala
2. Verificar el estado y número de piezas de los expedientes
3. Elaborar y colocar carátulas
4. Asignar número (computadora)
5. Introducir en el sistema ó llevar control de todo movimiento (auto, oficio, decisión) que se realice sobre el expediente
6. Llevar el control "Hoja de Vida" de los expedientes
7. Hacer un monitoreo de la sustanciación y avisar cuando el expediente llegue a "vistos".
UNIDAD DE ATENCION AL PUBLICO CODIGO O SPA-SSPA-UAP


Imagen 8
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Unidad de Atención al Público reporta a la Secretaría.
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito a la Unidad de Atención al Público:
1. Jefe de Atención al Público
2. Atencionista
3. Manifestadores
4. Recepción de Escritos y Diligencias
UNIDAD DE ATENCION AL PUBLICO
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Brindar todo tipo de información y ayuda a los usuarios de la Sala. Esto podrá hacerlo consultando la computadora con que cuenta ó a través de información que suministrará el departamento de Control de Gestión de la Sala
2. Canalizar los requerimientos de los usuarios en cuanto a copias certificadas, fotocopias y préstamo de documentos y expedientes
3. Localizar los expedientes para el usuario y controlar su devolución al lugar original. Llevar registro de tiempo de esta actividad
4. Colocar los aranceles y emitir ordenes de servicios
5. Llevar registro y control de aranceles cobrados
6. Recibir escritos y diligencias de la Sala y emitir recibo de recepción
7. Clasificar los escritos y diligencias por tipo. Ingresar al sistema.
UNIDAD DE BIBLIOTECA CODIGO O SPA-SSPA-UB

Imagen 9
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Unidad de Biblioteca reporta directamente a la Secretaría de la Sala y funcionalmente a la Gerencia de Servicios de Información de quien recibe lineamientos.
Cada una de las Bibliotecas de las Salas tendrá la labor de recopilar las sentencias dictadas por la Sala así como libros y jurisprudencia de otros países relativas a su maestría. La Biblioteca de la Sala será de uso exclusivo del personal de la Sala y no recibirá público.
PERSONAL ADSCRITO
Únicamente cuenta con un Jefe de la Unidad.
UNIDAD DE BIBLIOTECA
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Recopilar y almacenar las sentencias dictadas por la Sala
2. Ordenar y clasificar las sentencias dictadas por la Sala
3. Mantener libros y acuerdos sobre jurisprudencia de la Sala
4. Mantener libros y publicaciones sobre materias jurídicas de la Sala, tanto nacionales como de otros países
5. Hacer pedidos y recomendaciones de compra de libros a la Gerencia de Servicios de Información
6. Atender al personal de la Sala y prestarle apoyo en la búsqueda de jurisprudencia.
.
JUZGADO DE SUSTANCIACION CODIGO O SPA-JS

Imagen 10
UNIDAD DE ADSCRIPCION
El Juzgado de Sustanciación reporta a la Sala
UNIDADES ADSCRITA
El Juzgado de Sustanciación está integrado por.
1. Juez de Sustanciación
2. Secretaría
3. Grupo de Clasificación y Admisibilidad
4. Pool de Abogados
JUZGADO DE SUSTANCIACION
PRINCIPALES FUNCIONES
Cumplir con las funciones legalmente establecidas:
1. Hacer el estudio de admisibilidad de los recursos o demandas que así lo requieran y emitir una decisión al respecto
2. Hacer el estudio de admisibilidad de las pruebas que sustancie
Además de sus funciones legalmente establecidas se le añade:
3. Hacer el estudio de clasificación de los siguientes recursos:
_ Recursos de Nulidad, Contencioso Electoral, Juicios Ordinarios y Exequátur.
SECRETARIA
PRINCIPALES FUNCIONES
El código de Procedimiento Civil establece las siguientes atribuciones al Secretario del Juzgado:
1. Actuará con el Juez y suscribirá con el todos los actos, resoluciones y sentencias
2. Suscribirá también con el Juez los actos de contestación, recusación, declaraciones, aceptaciones, experticias y demás a que deban concurrir las partes o terceros llamados por la ley.
3. Escribirá en el expediente los actos del Tribunal, bajo el dictado o las instrucciones del Juez. Podrá con todo encomendarse la práctica de estas diligencias a los amanuenses que dependan del Tribunal.
4. Suscribirá con las partes las diligencias que formulen en el expediente de la causa y dará cuenta inmediata al Juez.
5. Recibirá los escritos y documentos que le presenten las partes, los agregará al expediente de la causa respectiva, estampando en él su firma, la fecha de la presentación y la hora, y dará cuenta inmediata al Juez.
6. Tendrá bajo su inmediata custodia el Sello del Tribunal, el Archivo y los expedientes de las causas y cuidará de que éstos conserven el orden cronológico de las actuaciones y lleven la foliatura en letras al día, absteniéndose de suscribir las diligencias o escritos que no guarden el orden cronológico mencionado.
7. Toda enmendadura, aunque sea de foliación, palabras testadas y cualquiera interlineación, deberá salvarse por el Secretario....
8. Deberá facilitar a las partes, cuando lo soliciten, el expediente de la causa para imponerse de cualquier solicitud hecha o providencia dictada, debiendo reservar únicamente los escritos de promoción de pruebas....La misma obligación tiene el Secretario respecto de terceros o extraños a la causa, a menos que se le haya mandado a reservar por causa de decencia pública.
9. Después de concluida una causa, el Secretario expedirá las certificaciones o copias de cualesquiera actuaciones que existan en ella, a quien lo pida, a su costa, exceptuando aquellas que se reserven por decencia pública, de las cuales no podrá darse testimonio sino a las partes.
10. Llevará el Libro Diario del Tribunal, en el cual anotará sin dejar espacios en blancos, en términos claros, precisos y lacónicos las actuaciones realizadas cada día en los asuntos en curso. Los asientos del Diario serán firmados por el Juez y por el Secretario al final de cada día y hacen fe de las menciones que contienen, salvo prueba en contrario.
11. Tendrá las demás atribuciones y deberes que le imponen este Código y las leyes.
SECRETARIA CODIGO O SPA-JS-SJS


Imagen 11
UNIDAD DE ADSCRIPCION
El Secretario del Juzgado reporta al Juez de Sustanciación
UNIDADES ADSCRITAS
La Secretaría del Juzgado de Sustanciación está integrada por cuatro unidades y un funcionario:
1. Alguacil
2. Unidad de Archivo
3. Unidad de Servicio
4. Unidad de Control de Gestión
5. Unidad de Atención al Público
SECRETARIA
Alguacil
Sus labores según el Código de Procedimiento Civil, las cuales cumple son las siguientes:
1. Practicará la citaciones y notificaciones.
2. Es el guardián del orden dentro del local del Tribunal, y ejecuta las órdenes que en su uso de sus atribuciones le comunique el Juez ó el Secretario
Unidad de Archivo
1. Almacenar y custodiar los expedientes que llegan al tribunal
2. Incorporar a los expedientes los escritos, documentos y autos que se generen, una vez hallan sido registrados por Control de Gestión
3. Foliar y coser/engrapar los expedientes y asegurarse de que estén completos y en buen estado
4. Llevar un inventario de los expedientes en Archivo
5. Llevar un control de movimiento físico del expediente
6. Organizar y mantener en orden los expedientes dentro del archivo
7. Contribuir al desarrollo de políticas y reglamentación del retiro y/o devolución de expedientes del Archivo con el objetivo de mejorar/ agilizar el proceso
8. Dar cumplimiento a las reglas para el retiro de expedientes del archivo.
Unidad de Servicios
1. Elaborar todos los autos, despachos, transcripciones, citaciones, boletas, carteles que requiera el tribunal
2. Elaboran las copias certificadas que se soliciten por Atención al Público y llevar un informe mensual de esta actividad
3. Vigilar y controlar que no falten en las actuaciones las firmas del Juez y la Secretaria y el sello del Juzgado
4. Elaborar las fotocopias que se soliciten y custodiar los expedientes que se retengan para este fin.
Unidad de Control de Gestión
1. Hacer el ingreso de todos los expedientes que lleguen al tribunal
2. Verificar el estado y número de piezas de los expedientes
3. Introducir en el sistema ó llevar control de todo movimiento (escrito, diligencia, oficios, dictámenes, admisiones de pruebas, etc.) que se realice sobre el expediente
4. Llevar el control "Hoja de Vida" de los expedientes
5. Hacer un monitoreo de los lapsos procesales, fechas de entrada y de admisión de los expedientes.
Unidad de Atención al Público
1. Brindar todo tipo de información y ayuda a los usuarios del tribunal. Esto podrá hacerlo consultando la computadora con que cuenta ó a través de información que suministrará el Departamento de Control de Gestión
2. Canalizar los requerimientos de los usuarios
3. Localizar los expedientes para el usuario y controlar su devolución a lugar original. Llevar registro de tiempo de esta actividad
4. Calcular y cobrar los aranceles y emitir ordenes de servicios
5. Llevar registro y control de aranceles cobrados
6. Recibir escritos, diligencias, pruebas, etc., emitir recibo de recepción y colocar sellos
7. Clasificar los escritos, diligencias, pruebas, etc. Ingresar al sistema (ingreso inteligente).
GRUPO DE CLASIFICACION Y ADMISIBILIDAD CODIGO O SPA-JS-SJS-GCA

Imagen 12
UNIDAD DE ADSCRIPCION
El Grupo de Clasificación y Admisibilidad reporta a la Juez de Sustanciación
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito al Grupo de Clasificación y Admisibilidad:
1. Coordinador
2. Abogados Auxiliares
GRUPO DE CLASIFICACION Y ADMISIBILIDAD
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Hacer el estudio de clasificación de los siguientes recursos:
_ Recursos de Nulidad
_ Contencioso Electoral
_ Juicios Ordinarios
_ Exequátur
El proceso de clasificación implica una decisión sobre si el caso es de "resultado sencillo" o requiere un trabajo complejo
2. Identificar y acuñar criterios para decidir el concepto de "resultado sencillo" que en un principio estaría dado por:
_ Existe jurisprudencia bien recibida aplicable al caso
_ El caso trata de una apelación por pura formalidad
3. Hacer el estudio de admisibilidad del expediente y hacer una recomendación que puede ir orientada en tres direcciones:
a) El asunto es propio de la Sala y por lo tanto deber ser admitido
b) El asunto merece ser admitido por la Sala; sin embargo se advierten la existencia de defectos o inconsistencias que pueden ser solucionadas
c) El tema planteado es ajeno al ámbito de competencia de esta Sala en cuyo caso se elabora un proyecto de sentencia para rechazar el caso
4. Estudiar y proponer otras clasificaciones a la propuesta en este manual que redunden en hacer una mejor distribución de la carga de trabajo de abogados y Magistrados de la Sala.
5. Evaluar y sugerir normas en relación con el volumen de casos que maneja la Sala (casos muy frecuentes y que tienen prácticamente muy pocos modelos
de solución) llamadas Tesis Jurisprudenciales.
6. Emitir opinión sobre el contenido de los resúmenes que han presentado los abogados de las partes.
POOL DE ABOGADOS DEL JUZGADO CODIGO O SPA-JS-SJS-PA


Imagen 13
UNIDAD DE ADSCRIPCION
El Pool de Abogados del Juzgado reporta a la Juez de Sustanciación
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito al Pool de Abogados del Juzgado:
1. Coordinador
2. Abogados Auxiliares
POOL DE ABOGADOS DEL JUZGADO
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Asistir al Juez en las funciones de investigación, revisión y estudio de jurisprudencia, doctrina, etc.
2. Elaborar proyectos
3. Elaborar proyectos de incidencias que se presentan en los juicios
4. Elaborar proyectos de autos de admisión a las pruebas
5. Apoyo al Juez en Programa sobre la Hoja de Vida del Juez:
· Recopilar la información que envían los jueces
· Emitir oficios a los distintos jueces y respectivos jueces rectores y mantener permanente comunicación con estos para el control de la información solicitada y recibida
· Preparar informes
SALA ESPECIAL "POOL" CODIGO O SPA-SEP


Imagen 14
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Sala Especial "Pool" reporta a la Sala.
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito a la Sala Especial "Pool":
1. Conjuez - Coordinador
2. Abogados Auxiliares
SALA ESPECIAL "POOL"
PRINCIPALES FUNCIONES
1. Emitir opinión sobre el contenido de los resúmenes que han presentado los abogados de las partes o el abogado del Grupo de Clasificación y Admisibilidad.
2. Elaborar proyectos de los casos clasificados como de "resultado sencillo"
3. Evaluar y sugerir normas en relación con el volumen de casos que maneja la Sala (casos muy frecuentes y que tienen prácticamente muy pocos modelos de solución) llamadas Tesis Jurisprudenciales
4. Revisar y distribuir los proyectos a los Magistrados para que hagan sus observaciones
5. Incluir observaciones y llevar a firma los proyectos en una reunión especial a la semana
DEFENSORIA CODIGO O SPA-D


Imagen 15
UNIDAD DE ADSCRIPCION
La Defensoría de la Sala Político Administrativa reportará a la Sala.
PERSONAL ADSCRITO
El personal adscrito a la Defensoría:
1. Defensor Público
2. Secretaria
DEFENSORIA
PRINCIPALES FUNCIONES
Las funciones de la Defensoría de Sala Político Administrativa están descritas en el artículo 53 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia:
1. Ejercer la representación de ausentes y de no comparecientes en los juicios de expropiación o en aquellos que requieran la designación de defensor ad-litem de los respectivos derechos;
2. Asistir a las personas de escasos recursos económicos, en los juicios de expropiación que cursen ante la Sala, previa decisión al respecto del Presidente de la misma;
3. Ejercer la defensa de los procesados que no hubieren designado defensor en las causas que se inicien o cursen en la Corte o en la Sala Político-Administrativa;
4. Colaborar en la formación de la estadística de la Sala y de los resúmenes de su jurisprudencia y doctrina;
5. Actuar como defensor de la Ley en los asuntos que le asigne el Presidente de la Sala; y
6. Las demás que le impongan las leyes y el Reglamento Interno de la Corte.
1 Unidades Temporales que deben ser eliminadas (Salas Especiales Actuales)
2 Unidades temporales que deben tender a reubicarse (Defensoría y las Salas Especiales Actuales) deben eliminarse

Tecnología:
La Sala Político Administrativa, así como el Tribunal Supremo de Justicia, cuenta con tecnología de punta la cual ha venido implementando el Banco Mundial, con expertos especialistas en la materia, estas nuevas implementaciones en el área informática, permiten mantener todas las Salas en red, y consultar las jurisprudencias que se han venido creando en las diferentes Salas, permite consultar internamente el estado de las demandas de esta forma agiliza los inventarios, de esta manera sabemos cuántas sentencias tiene asignada cada Despacho, por materia y cuáles se deben sentenciar definitivamente, también ha puesto a la disposición del público en general todas las decisiones en su página web, así como todos los cursos que el Tribunal Supremo dicta en materia jurídica. En este sentido, es preciso mencionar que se dispone de una red de área local utilizando el sistema operativo Windows 2000. Cuenta con una sala de consultas para los usuarios que cada día visitan la institución, posee una página interna de Intranet, lo cual permite a los funcionarios un mejor control en cuanto al trabajo que se realiza.

La Gente:
La nómina está compuesta por personal profesional en todas sus áreas, entre los cuales tenemos abogados en su gran mayoría, contadores, administradores, Psicólogos, Ingenieros y T.S.U. en diversas áreas. Algo que me parece extraordinario es que la gran mayoría del personal que labora en la institución posee estudios de nivel académico universitario, es usual observar que el personal de limpieza y servicios posee estudios de TSU y universitarios, aspecto este que representa fortaleza para la institución.

Los Procesos:
La misión de la institución es cumplir a cabalidad con las exigencias de los usuarios en cuanto a las decisiones que deben ser emitidas en las demandas que ingresan diariamente a las diferentes Salas para lo cual los Magistrados, Asistentes de Despacho, abogados relatores, hacen equipo en pro de alcanzar los objetivos que se proponen, que no es mas que dar cumplimiento a lo que exige la ley administrar justicia en el tiempo debido que tiene que ver con el tiempo establecido tanto en el Código de Procedimiento Civil como Ley general que es de sesenta días para dictar sentencia, además con el derecho y garantía de la tutela judicial efectiva que tiene que ver con el derecho de justiciables a obtener una decisión o un fallo judicial dentro del término judicialmente establecido, asegurándose además de los derechos constitucionales, la debida celeridad procesal, es de importancia preponderar que todos los esfuerzos encaminados a lograr estos objetivos no siempre se logran debido a la gran cantidad de entradas que se suscitan diariamente, esto sucede en la Sala Político Administrativa y en la Sala Constitucional.
El horario de trabajo del Tribunal Supremo de Justicia es de 8:30 am a 4:00 pm, en nuestro Despacho se labora desde la 7:00 am y la hora de salida es variable de acuerdo a los objetivos que se deban alcanzar semanalmente.
Al iniciarse cada año judicial el Presidente de la Institución presenta una serie de objetivos a ser alcanzados durante todo el año y al final de cada ejercicio presenta los informes de lo objetivos alcanzados en forma general es decir, en Plena.

Impulsos:
· La ampliación de las dos Salas mecionadas.
· El rendimiento laboral en el tiempo adecuado.
· Los Servicios y beneficios que se ofrecen a los usuarios.

Frenos:
En la actualidad con el ambiente político imperante en el país las Salas Constitucional y Político Administrativa, poseen en su inventario un cúmulo de sentencias generadas por la serie de controversias que se presentan diariamente, lo cual ha repercutido negativamente en la respuesta puntual que deben dárseles a los ingresos de las demandas, en el tiempo adecuado. Se ve la necesidad de ampliar ambas Salas a fin de dar respuestas a estas exigencias.

La actual estructura organizativa. cuenta con tres Despachos ambas Salas, lo cual origina problemas en cuanto a la distribución del trabajo, por cuanto no es suficiente el recurso humano existente.

Intimidades:
Desde hace aproximadamente dos años debido a la actividad política que ha repercutido negativamente en la Institución no ha sido nombrada la Junta Directiva, la cual debe designarse anualmente, lo que ha ocasionado gran controversia en el ambiente tanto interno como externo de la institución, en cuanto al ambiente externo los comentarios de prensa han generado un contexto negativo y en el ambiente interno se puede observar la tensión entre los diferentes Despachos, aspectos éstos que repercuten negativamente en las actividades propias del Tribunal. En consecuencia el clima organizacional se ve afectado obstaculizando las relaciones laborales.

Factores Externos:
El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto Tribunal de la República y le corresponde la máxima representación del Poder Judicial. Su función primordial es controlar, de acuerdo con la Constitución y las leyes, la constitucionalidad y legalidad de los actos del Poder Público.
La Sede del Tribunal Supremo de Justicia se comenzó a construir el 4 de enero de 1982 y concluyó en octubre de 1987.
El monumental recinto tiene un área de 31.600 m² cuya estructura consolida la arquitectura moderna con elementos artísticos vanguardistas.
Está situada en una extensa área al final de la Avenida Baralt, específicamente en la ancestral esquina caraqueña de Dos Pilitas al oeste del Panteón Nacional. Esto vendría siendo el ambiente externo que rodea la Institución, el cual tiene aspectos negativos en sus adyacencias, tales como la inseguridad por estar rodeado de una gran cantidad de barrios, la existencia de indigentes es sumamente negativo para los funcionarios y la institución misma.
El diseño contemporáneo ejecutado en concreto, cuenta con todos los servicios de una obra de gran magnitud.
Una gran Plaza Central de 700 m² en forma de "U" invertida, con una altura de 29 m, seis pisos más sótano y planta baja forman la fachada interior, rodeado por pasillos superiores de acceso a las oficinas. En cuanto al medio ambiente interno, es sumamente imponente y trasluce un gran respeto en sus instalaciones, el ambiente se torna por ello frío e impersonal.


Motor del Cambio:
La implementación de cambios en esta Institución han sido consecutivos desde el año 2000, cuando se reformaron todas las leyes, esto trajo como consecuencia una serie de cambios estructurales y organizacionales que en la actualidad se están adaptando para encaminar y cumplir con la misión de la institución.
Ahora bien, en cuanto a la estructura organizacional notamos una serie de debilidades ocasionadas tanto por el ambiente interno como externo, lo cual impone como punto de partida en primer lugar una comunicación más eficaz de la Directiva y un consenso en pro del buen funcionamiento de la organización donde no prevalezcan los intereses personales y se antepongan los objetivos comunes de la institución.
Con respecto a la estructura organizacional, es necesario que exista mayor cohesión entre las Salas en lo referente a los planes y toma de decisiones, lo cuales generalmente deben ser tomados bajo presión debido a la dinámica existente en el país.