Mercado de Capitales

Richard J. Rodriguez G.

Asignaciones


ASIGNACIONES

ASIGNACION I.1: Visite la pagina http://www.caracasstock.com/esp/index.jsp de la Bolsa de Valores de Caracas, determine cada ente u organismo que interactúan en el Mercado de Valores, su función y responsabilidad.


Ministerio de Finanzas: Despacho del Poder Ejecutivo central encargado de la dirección de las finanzas públicas y de la formulación de políticas económicas y presupuestarias.


Comisión Nacional de Valores: La Comisión Nacional de Valores (CNV) es el organismo público encargado de promover, regular, vigilar y supervisar el mercado de capitales; tiene personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional. La Comisión está adscrita al Ministerio de Finanzas, a los efectos de la tutela administrativa; y gozará de las franquicias, privilegios y exenciones de orden fiscal, tributario y procesal que las leyes de la República otorgan al Fisco Nacional. Los miembros del Directorio son nombrados por el Presidente de la República.


Bolsa de Valores de Caracas: Es una institución abierta al público que tienen por objeto la prestación de todos los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada las operaciones con títulos valores objeto de negociación en el mercado de capitales de Venezuela con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez.


Casas de Bolsa: Sociedades de corretaje o intermediación de títulos valores constituidas para prestar servicio al público en las operaciones bursátiles. Deben estar dirigidas por un corredor público de títulos valores.


Caja Venezolana de Valores: La Caja Venezolana de Valores C.A, fundada por iniciativa de la Bolsa de Valores de Caracas en 1992, luego de varios años de preparación y de un proceso de promoción y de ampliación de su base accionaría, comenzó operaciones en 1996. La Caja tiene por objeto el depósito, custodia, liquidación y compensación de títulos, y su funcionamiento está regido por la vigente Ley de Cajas de Valores.


Empresas Emisoras: Empresas que emiten y ponen en circulación títulos valores, obligaciones y otros documentos.


Corredores Públicos de Títulos Valores: Son personas naturales o jurídicas que realizan operaciones de corretaje con acciones, bonos y otros títulos valores, dentro o fuera de la bolsa, con previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.


Administradoras de Fondos Mutuales: Sociedades anónimas que tienen por objeto la inversión en títulos valores con arreglo al principio de distribución de riesgo, sin que dichas inversiones representen una participación mayoritaria en el capital social de la sociedad en la cual se invierte, ni permitan su control económico o financiero.


Agentes de Traspaso: Son aquellos que están autorizados para llevar los libros de accionistas o para emitir certificados de acciones, provisionales o definitivos de una empresa.


Asesores de Inversión: Son las personas que tienen como objeto principal asesorar al público en cuanto a las inversiones en el Mercado de Capitales, con autorización de la Comisión Nacional de Valores.


Calificadoras de Riesgo: Las Sociedades Calificadoras de Riesgo son las encargadas de establecer los niveles de riesgo de los diversos instrumentos que se negocian en el Mercado de Capitales.


Asociación Venezolana de Casas de Bolsa: La Asociación Venezolana de Casas de Bolsa (AVCB) tiene por objeto promover la cooperación entre sus asociados, proteger y defender sus legítimos derechos e intereses y propiciar la comunicación y entendimiento entre los mismos a fin de que resuelvan sus problemas o desavenencias. Contribuir a la optimización de la organización y del funcionamiento de las casas de bolsa.


Asociación Venezolana de Sociedades Emisoras de Valores (Aveseval): El objetivo principal de esta asociación es promover y concretar un marco institucional y jurídico que favorezca la emisión de valores tanto en Venezuela como en el exterior.


ASIGNACION I.2: Determine las diferencias entre la Bolsa de Valores de Caracas y la Bolsa de Productos e Insumos Agropecuarios de Venezuela (Bolpriaven http://www.bolpriaven.com/website/ ), instrumentos y el fin para que fueron creadas.


La Bolsa Agrícola es una sociedad mercantil de carácter privado, que busca proveer al sector agrícola en general de la infraestructura y los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada la negociación de contratos de compraventa de productos, insumos y servicios de origen o destino agropecuario, así como los documentos representativos de estos (Certificados Ganaderos, Certificados de Depósito y Bonos de Prenda, etc.), con la finalidad de proporcionar a los productores, agroindustriales, intermediarios, comerciantes e inversionistas en general, condiciones adecuadas de transparencia y seguridad.


El establecimiento de la Bolsa de Productos e Insumos Agropecuarios de Venezuela, BOLPRIAVEN S.A.C.A., tiene como objetivo principal el de contribuir al desarrollo y modernización de la comercialización agrícola en nuestro país, mejorar la competitividad en un mercado globalizado y ampliar mercados en el ámbito nacional e internacional, a través de una organización abierta en la cual se concentrarán la oferta y la demanda, para lograr la formación transparente de precios, garantizar las transacciones que se realicen por su intermedio, así como la generación de información referencial veraz y al día.


La Bolsa de Valores de Caracas tiene como finalidad Facilitar la intermediación de instrumentos financieros y difundir la información que requiere el mercado de manera competitiva, asegurando transparencia y eficacia dentro de un marco autorregulado y apegado a los principios legales y éticos; apoyándose para ello en el mejor recurso humano y en la solvencia de nuestros accionistas.


Valores negociables en la Bolsa de Valores de Caracas: Hay de dos tipos; Renta Variable y Renta Fija.


Valores de Renta Variable:
Acciones: Son títulos valores que representan una parte del capital de la empresa que las emite, convirtiendo a su poseedor en co-propietario de la misma en la medida de su inversión. Para el inversionista las acciones representan un activo en su patrimonio y puede negociarlas con un tercero a través de las bolsas de valores.


ADR'S: American Depositary Receipts. Certificados negociables que se cotizan en uno o más mercados accionarios y constituyen la propiedad de un número determinado de acciones. Fueron creados por Morgan Bank en 1927 con el fin de incentivar la colocación de títulos extranjeros en Estados Unidos.


GDS’s (Global Depositary Shares): Cada unidad de este título representa un número determinado de acciones de la empresa. Se transan en dólares a nivel internacional. Son emitidos por un banco extranjero, sin embargo las acciones que representan están depositadas en un banco localizado en el país de origen de la compañía.


Warrants: Es una opción para comprar los títulos o acciones en una fecha futura a un determinado precio.


Valores de Renta Fija:
Bonos: También llamados obligaciones, son títulos valores que representan una deuda contraída por la empresa que los emita y poseen características como valor, duración o vida del título, fecha de emisión, fecha de vencimiento, cupones para el cobro de los intereses y destino que se dará al dinero que se capte con ellos.


Papeles Comerciales: Constituyen fracciones de endeudamiento de una sociedad anónima. Son títulos con validez que oscila entre 15 días hasta un año. La brevedad de su vigencia es su principal ventaja.


ASIGNACION I.3: Visite la página http://comunidad.vlex.com/pantin/mcapitales.html y complemente el siguiente cuadro:


Autorización para hacer Oferta Pública e Inscripciones en el Registro Nacional de Valores (LEY DE MERCADO DE CAPITALES) de Obligaciones, Acciones y Papeles Comerciales


Inscripción de títulos y valores: (Reglamento Interno de la Bolsa de Valores)


Artículo 31. - La inscripción de títulos valores en la Bolsa de Valores de Caracas se llevará a cabo mediante el cumplimiento de las siguientes formalidades:


1) Los títulos valores emitidos de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de Crédito Público, se inscribirán en la Bolsa de Valores de Caracas sin necesidad de requerimiento alguno por parte del ente emisor, una vez que la Bolsa reciba la información pertinente en cuanto a la ley que autoriza la emisión y a los correspondientes Decretos que establecen las características de ésta.


2) Las acciones de sociedades mercantiles serán inscritas a solicitud de la respectiva entidad para lo cual ésta enviará a la Junta Directiva de la Bolsa los siguientes recaudos:

  • a. Copia certificada de su Documento Constitutivo y de sus Estatutos sociales vigentes.
  • b. Copia de sus Balances debidamente dictaminados de acuerdo con las normas legales, acompañados de los informes de los Comisarios y de la Junta Administradora, correspondientes a los últimos tres (3) años, o desde su constitución, si el lapso fuere menor.
  • c. Copia certificada de la Resolución de la Asamblea de Accionistas en la cual se hubiere acordado la emisión de los títulos cuya inscripción se solicite.
  • d. Un facsímil de los títulos o certificados y una descripción del proceso de transferencia de la propiedad de los mismos.
  • e. Un ejemplar de los prospectos correspondientes, aprobados por la Comisión Nacional de Valores, si fuere el caso.
  • f. Constancia de inscripción de los títulos valores en el Registro Nacional de Valores.
  • g. Relación de los dividendos decretados y pagados durante los cinco (5) años anteriores a la fecha de introducción de la solicitud.
  • h. Relación de los aumentos de capital de la empresa.
  • i. Cuadro demostrativo de la distribución accionaría y listado de los accionistas de la sociedad, que sean titulares de más del equivalente al cinco por ciento (5%) del total de las acciones representativas del capital social.


    Pago por inscripción: De valores de renta variable y de renta fija. Pagar 97 unidades bursátiles. (Se toma como referencia el valor de la unidad tributaria).


    Autorización para hacer Oferta Pública de Obligaciones e Inscripción de las mismas en el Registro Nacional de Valores


    a) Fundamento Legal:

  • 1.- Ley de Mercado de Capitales, Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.565 de fecha 22 de octubre de 1.998. Artículo 9 ordinales 1, 3, 5 y 6.
  • 2.- Las “Normas Relativas a la Oferta Pública y Colocación Primaria de Títulos Valores y a la Publicidad de las Emisiones”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 31.205 de fecha 29 de marzo de 1.977.


    b) Requisitos:
    La solicitud deberá ser introducida por el representante legal de la empresa o la persona autorizada por los estatutos de la compañía.


    c) Formulario o Planilla de Solicitud:

  • 1.- Formulario CNV-FG-001 denominado “Formulario General para solicitar autorización con el objeto de hacer Oferta Pública de Títulos Valores y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores“ publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.612 de fecha 14 de septiembre de 1974.
  • 2.- Este formulario se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.


    d) Recaudos Anexos a la Solicitud:
    1.- La solicitud debe acompañarse con los siguientes recaudos anexos:
    Hoja de identificación
    • Copia del Acta de la Asamblea que aprueba la emisión
    • Versión Preliminar del Prospecto
    • Calificadoras de Riesgo
    • Carta de aceptación del Representante Común
    • Anexos y copias del material suplementario destinado a la difusión pública. (Aviso de Prensa y Facsímil del Título Valor).
    • Contratos de Agente de Colocación y Distribución, Agente de Pago, Agente Custodio y Representante Común
    • Información adicional no requerida en el Prospecto.


    NOTA: La Solicitud y sus respectivos anexos deberán ser consignados en original y tres (3) copias.


    2.- Contenido de los recaudos anexos
    Solicitud
    Es una comunicación dirigida a la Comisión Nacional de Valores, donde se solicita la autorización para la realización de la respectiva emisión de Obligaciones, haciendo referencia a los fundamentos legales, establecidos en la Ley de Mercado de Capitales y sus Normas.
    La solicitud debe contener: Identificación del solicitante, dirección, clase de titulo valor, y anexo que consigna, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en su artículo 49.

  • Hoja de Identificación
  • Nombre de la Entidad Emisora:
  • Datos de Registro: (1)
  • Nº de Contribuyente (RIF y NIT): (2)
  • Dirección y teléfonos de las Oficinas Principales, Página WEB e E-Mail:
  • Representante:(3)
  • Descripción de la Emisión
  • Tipo de Título:(4)
  • Valor Nominal: (5)
  • Cantidad de Títulos:
  • Precio estimado de oferta por títulos: (6)
  • Monto total de la emisión:
  • Convertibilidad: (7)
  • Vencimiento:
  • Otras Características especiales: (8)


    No Escriba en este Espacio

  • Observaciones:
  • Fecha de recepción
  • Nº de Registro
  • Fecha de Registro


    Notas:
    • Indique los datos de inscripción en el Registro Mercantil, del acta constitutiva y de los estatutos de la entidad emisora.
    • Señale el número de contribuyente asignado por la administración del impuesto sobre la Renta.
    • Suministre el nombre, dirección y teléfono del representante autorizado con quien debe tratarse cualquier aspecto relacionado con la solicitud.
    • Especifique si se trata de obligaciones quirografarias o hipotecarias.
    • Mencione las denominaciones de los títulos a emitir.
    • Mencione si es a descuento con prima.
    • Mencione si las obligaciones serán convertibles en acciones y sus condiciones.
    • Mencione cualquier característica adicional de la emisión.


    Copia del Acta de la Asamblea
    La emisión de Obligaciones debe ser aprobada por una Asamblea de Accionistas donde esté representado, por lo menos, las tres cuartas partes del capital social (Artículo 34 de la Ley de Mercado de Capitales). Esta asamblea debe aprobar el monto de la emisión, así como la vigencia de la misma, fijar la remuneración del Representante Común, designar las personas autorizadas para firmar cualquier documento relativo a la emisión y la realización de los respectivos trámites ante la Comisión Nacional de Valores.


    Versión Preliminar del Prospecto (Formulario CNV-FG-001)
    El prospecto debe contener toda la información necesaria para que el posible inversionista tome una decisión, el cual se puede dividir en información relativa a la emisión, información sobre la empresa, general, financiera e información complementaria.


    Información Adicional no Requerida en el Prospecto.
    Se refiere a información para el uso interno de la Comisión Nacional de Valores. El público tendrá acceso a ella salvo que el emisor solicite la confidencialidad de la misma y la Comisión Nacional de Valores así lo acuerde. La Comisión Nacional de Valores podrá disponer que parte de esta información se incluya en el prospecto. Se incorporará en forma tabular los principales accionistas, número y clase de acciones que poseen y el porcentaje del capital, remuneración de la Junta Directiva y estabilización de mercado.


    e) Unidad Responsable:
    Dirección de Control de Oferta Pública de Títulos Valores y sus Entes Emisores.


    f) Dirección:
    Avenida Francisco Solano, entre calle San Jerónimo y Av. Los Jabillos, Edificio Comisión Nacional de Valores (antiguamente Banco La Guaira), Sabana Grande.


    g) Dias y Horas de Recepción: De lunes a viernes de 8:00 a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.


    h) Lapsos del Procedimiento: Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud (Artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales).


    i) Gastos de Tramitación: Artículo 17 numeral 1 de la Ley de Mercado de Capitales.


    Autorización para hacer Oferta Pública de Papeles Comerciales e Inscripción de los mismos en el Registro Nacional de Valores


    a) Fundamento Legal:

  • 1) Ley de Mercado de Capitales, Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.565 de fecha 22 de octubre de 1.998. Artículos 9 (ordinales 1, 3, 5 y 6), 50 y 51.
  • 2.- Las “Normas Relativas a la Oferta Pública y Colocación Primaria de Títulos Valores y a la Publicidad de las Emisiones”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 31.205 de fecha 29 de marzo de 1.977.


    b) Requisitos:
    La solicitud deberá ser introducida por el representante legal de la empresa o la persona autorizada por los estatutos de la compañía.


    c) Instructivo:

  • 1.- Instructivo CNV-I-02 denominado “Instructivo para solicitar autorización para hacer Oferta Pública de Papeles Comerciales”, publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria Nº 34.729 de fecha 05 de junio de 1991.
  • 2.- Este instructivo se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.


    c) Formulario o Planilla de Solicitud:

  • 1.- Formulario CNV-FG-001 denominado “Formulario General para solicitar autorización con el objeto de hacer Oferta Pública de Títulos Valores y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores “ publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.612 de fecha 14 de septiembre de 1974.
  • 2.- Este formulario se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.


    d) Recaudos Anexos a la Solicitud:
    1.- La solicitud debe acompañarse con los siguientes recaudos anexos:
    • Hoja de identificación
    • Copia del Acta de la Asamblea que aprueba la emisión.
    • Copia del Acta de Junta Directiva que determina las características de la emisión.
    • Versión Preliminar del Prospecto.
    • Calificadoras de Riesgo
    • Carta de aceptación del Representante Común
    • Anexos y copias del material suplementario destinado a la difusión pública. (Aviso de Prensa y Facsímil del Título Valor).
    • Contratos de Agente de Colocación y Distribución, Agente de Pago, Agente Custodio y Representante Común
    • Información adicional no requerida en el Prospecto.


    NOTA: La Solicitud y sus respectivos anexos deberán ser consignados en original y tres (3) copias.


    2.- Contenido de los recaudos anexos
    Solicitud
    Es una comunicación dirigida a la Comisión Nacional de Valores, donde se solicita la autorización para la realización de la respectiva emisión de Papeles Comerciales, haciendo referencia a los fundamentos legales, establecidos en la Ley de Mercado de Capitales y sus Normas.


    La solicitud debe contener: Identificación del solicitante, dirección, clase de titulo valor, y anexo que consigna, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en su artículo 49.

  • Hoja de Identificación
  • Nombre de la Entidad Emisora:
  • Datos de Registro: (1)
  • Nº de Contribuyente (RIF y NIT): (2)
  • Dirección y teléfonos de las Oficinas Principales, Página WEB e E-Mail:
  • Representante:(3)
  • Descripción de la Emisión
  • Tipo de Título:(4)
  • Precio del Título: (5)
  • Cantidad de Títulos: (6)
  • Monto total de la emisión:
  • Otras Características especiales: (7)


    No Escriba en este Espacio

  • Observaciones:
  • Fecha de recepción
  • Nº de Registro
  • Fecha de Registro


    Notas:
    • Indique los datos de inscripción en el Registro Mercantil, del acta constitutiva y de los estatutos de la entidad emisora.
    • Señale el número de contribuyente asignado por la administración del impuesto sobre la Renta.
    • Suministre el nombre, dirección y teléfono del representante autorizado con quien debe tratarse cualquier aspecto relacionado con la solicitud.
    • Indique si es nominativo o al portador.
    • Indique si el precio será a descuento con prima o a valor nominal.
    • Indique si la emisión constará de una o varias series igualmente si se emitirá macro título.
    • Indique cualquier característica adicional.


    Copia del Acta de la Asamblea
    La emisión de Papeles Comerciales debe ser aprobada por una Asamblea de Accionistas donde esté representado, por lo menos, la mitad del capital social (Artículo 6 de las Normas Relativas a la Emisión, Oferta Pública y Negociación de Papeles Comerciales) Esta asamblea debe aprobar el monto de la emisión ya sea en bolívares o cualquier tipo de divisas; la remuneración del Representante Común y la delegación a la Junta Directiva para que fije las características de cada una de las series a ser emitidas, así como designar las personas autorizadas para firmar cualquier documento relativo a la emisión y la realización de los respectivos tramites ante la Comisión Nacional de Valores.


    Versión Preliminar del Prospecto (Instructivo CNV-I-02)
    El prospecto debe contener toda la información necesaria para que el posible inversionista tome una decisión, el cual se puede dividir en información relativa a la emisión, información sobre la empresa, general, financiera e información complementaria.


    Información Adicional no Requerida en el Prospecto.
    Se refiere a información para el uso interno de la Comisión Nacional de Valores. El público tendrá acceso a ella salvo que el emisor solicite la confidencialidad de la misma y la Comisión Nacional de Valores así lo acuerde. La Comisión Nacional de Valores podrá disponer que parte de esta información se incluya en el prospecto. Se incorporará en forma tabular los principales accionistas, número y clase de acciones que poseen y el porcentaje del capital. Remuneración de la Junta Directiva. Estabilización de Mercado.


    e) Unidad Responsable:
    Dirección de Control de Oferta Pública de Títulos Valores y sus Entes Emisores.


    f) Dirección:
    Avenida Francisco Solano, entre calle San Jerónimo y Av. Los Jabillos, Edificio Comisión Nacional de Valores (antiguamente Banco La Guaira), Sabana Grande.


    g) Días y Horas de Recepción:
    De lunes a viernes de 8:00 a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.


    h) Lapsos del Procedimiento:
    Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud (Artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales).


    i) Gastos de Tramitación:
    Artículo 17 numeral 1 de la Ley de Mercado de Capitales.


    Autorización para hacer Oferta Pública e Inscripción en el Registro Nacional de Valores de Acciones por Personas Jurídicas.


    a) Fundamento Legal:

  • 1. Ley de Mercado de Capitales, Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.565 de fecha 22 de octubre de 1.998. Artículo 9 (ordinales 1, 3, 5 y 6).
  • 2. Las “Normas Relativas a la Oferta Pública y Colocación Primaria de Títulos Valores y a la Publicidad de las Emisiones”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 31.205 de fecha 29 de marzo de 1.977.


    b) Requisitos:
    La solicitud deberá ser introducida por el representante legal de la empresa o la persona autorizada por los estatutos de la compañía.


    c) Formulario o Planilla de Solicitud:

  • 1. Formulario CNV-FG-001 denominado “Formulario General para solicitar autorización con el objeto de hacer Oferta Pública de Títulos Valores y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores “ publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.612 de fecha 14 de septiembre de 1974.
  • 2. Este formulario se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.


    d) Recaudos Anexos a la Solicitud:
    1. La solicitud debe acompañarse con los siguientes recaudos anexos:
    • Hoja de identificación
    • Copia del Acta de la Asamblea que aprueba la emisión
    • Versión Preliminar del Prospecto
    • Anexos y copias del material suplementario destinado a la difusión pública. (Aviso de Prensa y Facsímil del Título Valor).
    • Contratos de Agente de Colocación y Distribución y Agente de Traspaso información adicional no requerida en el Prospecto.


    NOTA: La Solicitud y sus respectivos anexos deberán ser consignados en original y tres (3) copias.


    2.- Contenido de los recaudos anexos


    Solicitud
    Es una comunicación dirigida a la Comisión Nacional de Valores, donde se solicita la autorización para la realización de la respectiva emisión de Acciones, haciendo referencia a los fundamentos legales, establecidos en la Ley de Mercado de Capitales y sus Normas.


    La solicitud debe contener: Identificación del solicitante, dirección, clase de titulo valor, y anexo que consigna, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (Lopa) artículo, 49.


    Hoja de Identificación
    • Nombre de la Entidad Emisora:
    • Datos de Registro: (1)
    • Nº de Contribuyente (RIF y NIT): (2)
    • Dirección y teléfonos de las Oficinas Principales, página WEB e E-Mail:
    • Representante:(3)
    • Descripción de la Emisión
    • Tipo de Título:(4)
    • Valor Nominal: (5)
    • Cantidad de Títulos:
    • Precio estimado de oferta por títulos: (6)
    • Monto total de la emisión:
    • Convertibilidad:
    • Vencimiento:
    • Otras Características especiales: (7)


    No escriba en este Espacio

  • Observaciones:
  • Fecha de recepción
  • Nº de Registro
  • Fecha de Registro


    Notas:

  • 1. Indique los datos de inscripción en el Registro Mercantil, del acta constitutiva y de los estatutos de la entidad emisora.
  • 2. Señale el número de contribuyente asignado por la administración del impuesto sobre la Renta.
  • 3. Suministre el nombre, dirección y teléfono del representante autorizado con quien debe tratarse cualquier aspecto relacionado con la solicitud.
  • 4. Especifique si se trata de acciones comunes, acciones preferidas.
  • 5. Exprese el valor nominal por acción.
  • 6. Indique si el precio incluye prima de emisión.
  • 7. Indique el rendimiento en caso de acciones preferidas y señale si los dividendos son acumulativos.


    Copia del Acta de la Asamblea
    La emisión de Acciones será aprobada por una Asamblea de Accionistas constituida de acuerdo a lo establecido en el artículo 280 del Código de Comercio. Esta asamblea debe aprobar el monto de la emisión, y cantidades de acciones, así como designar las personas autorizadas para firmar cualquier documento relativo a la misma y la realización de los respectivos tramites ante la Comisión Nacional de Valores.


    Versión Preliminar del Prospecto (Formulario CNV-FG-001)
    El prospecto debe contener toda la información necesaria para que el posible inversionista tome una decisión, el cual se puede dividir en información relativa a la emisión, información sobre la empresa, general, financiera e información complementaria


    Información Adicional no Requerida en el Prospecto.
    Se refiere a información para el uso interno de la Comisión Nacional de Valores. El público tendrá acceso a ella salvo que el emisor solicite la confidencialidad de la misma y la Comisión Nacional de Valores así lo acuerde. La Comisión Nacional de Valores podrá disponer que parte de esta información se incluya en el prospecto. Se incorporará en forma tabular los principales accionistas, número y clase de acciones que poseen y el porcentaje del capital. Remuneración de la Junta Directiva. Estabilización de Mercado.


    e) Unidad Responsable:
    La unidad responsable es la Dirección de Control de Oferta Pública de Títulos valores y sus Entes Emisores.


    f) Dirección: Comisión Nacional de Valores, ubicada en la Avenida Francisco Solano, entre calle San Jerónimo y Av. Los Jabillos, Edificio Comisión Nacional de Valores (antiguamente Banco La Guaira), Sabana Grande.


    g) Días y Horas de Recepción:
    De lunes a viernes de 8:00 a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.


    h) Lapsos del Procedimiento:
    Treinta (30) días continuos. Artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales.


    i) Recursos:
    1.- Recursos de Reconsideración. Articulo 94 De La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
    2.-Lapso para interponerlo: Dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación correspondiente.
    3.- Órgano ante el cual se interpone: C.N.V.
    4.- Lapso para ser decidido: 15 días siguientes a la fecha de su interposición.


    j) Gastos de Tramitación:
    Artículo 17 numeral 1 de la Ley de Mercado de Capitales.


    La ley de Mercado de Capitales, publicada en la gaceta # 36.565 del 22 de octubre de 1998, establece en su artículo 17 lo siguiente:


    La Comisión Nacional de Valores, podrá liquidar, recaudar y percibir las siguientes contribuciones e ingresos:
    1.- Por cada inscripción de acciones autorizadas para ofertas públicas emitidas por el ente sujeto al control de la Comisión Nacional de Valores, deberán cancelarse las siguientes cantidades:


    2.- Por cada inscripción para hacer oferta pública de obligaciones, papeles comerciales, títulos de participación y cualesquiera otros derechos o valores deberá cancelarse:

    ASIGNACION I.4: Busque ejemplos reales de los dos mercados, identificando claramente sus diferencias. (Mercado primario y Mercado Secundario)
  • Mercado Primario: Emisión de Bonos Brady. Mercado de Valores Primario: Es aquel en el que se colocan por primera vez los títulos que se emiten, ofreciendo al público nuevos activos financieros, se le llama también "mercado de nuevas emisiones". Es cuando una empresa necesita capital y emite valores, ya sea en forma de acciones, bonos u obligaciones de cualquier tipo, ofreciéndoselas a los interesados en las Bolsas de Valores.
  • Mercado Secundario: La Bolsa de Valores de Caracas Mercado de Valores Secundario: Es el que los propietarios de nuevos activos, los intercambian con nuevos compradores. Este Mercado está formado por las negociaciones que se realizan con títulos que se han emitido y colocado previamente, siendo como una prolongación del Mercado de Valores Primario. Estas negociaciones se realizan, habitualmente, en las Bolsas de Valores.

    Infografía: