Para hijos de españoles
Miles
de argentinos se beneficiarán con la reforma del Código
Civil español, aprobada por el Parlamento, que permitirá
a los hijos de españoles optar por esa nacionalidad sin límite
de edad. También se aprobó que los nietos de españoles
puedan acceder a la nacionalidad con un año de residencia legal.
Gran cantidad
de hijos de españoles no podían reclamar la nacionalidad
porque sus padres no se la habían transmitido antes de los 18 años.
El nuevo artículo 20 del código señala que tienen
derecho a la nacionalidad quienes estén o hayan estado sujetos
a la patria potestad de un español y "aquéllos cuyo
padre o madre hubieran sido originariamente español y nacido en
España". También señala que "esta opción
no estará sujeta a límite alguno de edad". Los nietos
de españoles abuelo o abuela podrán pedir la
ciudadanía con un año de residencia
Clarin,
3 de octubre de 2002
Colas
frente a la embajada española en Buenos Aires
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Requisitos
para obtener la ciudadanía
MADRID (De nuestra corresponsal).- La reciente reforma del Código
Civil español en materia de nacionalidad permite acceder a ella
a todos los hijos de padre o de madre "originariamente español
y nacido en España", independientemente de la edad que tengan
en el momento de iniciar el trámite.
.
Del texto de la reforma legislativa se desprende también que "no
habilita ese derecho a hijos de padre o de madre que no sean nacidos en
la península", según precisaron a LA NACION abogados
locales especializados en el tema, que últimamente tienen mucho
trabajo.
.
El próximo año
La nueva legislación, que entrará en vigor dentro de unos
90 días, está expresada en el artículo 20 del citado
código, norma que se debatió intensamente en el Parlamento
local y que fue muy bienvenida por gran parte de la sociedad española,
que no ve con buenos ojos la cantidad de extracomunitarios que ingresan
en el país.
.
La misma reforma eliminó el tope de 18 años para que los
hijos accedan a la nacionalidad a la vez que determinó que también
podrán acceder a ella los nietos de españoles, pero tras
cumplir un año de residencia legal en la península.
La
Nacion, 5 de octubre de 2002
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