LA
NUEVA LEY DE EXTRANJERIA
España: acuerdan regularizar a los inmigrantes con 6 meses de trabajo
Para ello, los indocumentados deben llevar seis meses de registrados en
el país. La norma, que fue consensuada ayer por el gobierno, empresas
y sindicatos, entraría en vigencia en febrero próximo.
Los
inmigrantes "sin papeles" que lleven seis meses empadronados
en España podrán normalizar su situación si acreditan
un contrato de trabajo de por lo menos seis meses de vigencia. Este proceso
extraordinario de legalización, que beneficiará a centenares
de miles de extranjeros sin permisos legales, se iniciará cuando
entre en vigor el Reglamento de la Ley de Extranjería, muy probablemente
en febrero próximo. La regularización tendrá lugar
durante noventa días en febrero, abril y marzo aunque estas fechas
no están todavía firmemente establecidas.
Los
inmigrantes argentinos "sin papeles", unos noventa mil, podrán
acceder a las distintas modalidades de contratos que permiten obtener
los permisos de trabajo y residencia por un año para ellos y sus
familias. Un beneficio muy importante para decenas de argentinos a los
que se les inició el trámite o recibieron notificación
de expulsión es que la normalización prevé el cese
de esas medidas para quienes se regularicen. También se dispone
la revocación de oficio de las órdenes de expulsión
que hayan recaído sobre el extranjero titular de la autorización
para permisos de residencia y trabajo.
Estas
medidas están contenidas en el proyecto de Reglamentación
de la Ley de Extranjería cuyo contenido fue consensuado por el
gobierno, los empresarios y los sindicatos. La normalización de
los inmigrantes en situación irregular está contenida en
la llamada "disposición transitoria tercera".
Allí
se establece que en un plazo de tres meses de la entrada en vigor del
Reglamento de la Ley, los empresarios que "pretendan contratar a
un extranjero, podrán solicitar que se le otorgue una autorización
inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena".
Para
obtener dicha autorización se tienen que cumplir condiciones como
que el trabajador figure "empadronado en un municipio español
con al menos 6 meses de anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento,
lo que se podría producir en febrero próximo. O sea que
el extranjero tendrá que haber llegado a España seis meses
antes de la vigencia de esta norma.
En
el contrato, el empresario se compromete a mantener la prestación
laboral por un período mínimo de seis meses, menos en el
sector agrario donde será de tres meses. Para la construcción
y la hostelería (donde trabajan muchos argentinos) el contrato
podrá ser discontinuo pero deberá sumar seis meses a lo
largo de un año. Los trabajadores del servicio doméstico
podrán presentar personalmente la documentación, que podrán
ser diferentes contratos con varios empleadores, siempre que sumen un
mínimo de treinta horas semanales.
Durante
tres meses el empresario podrá solicitar la autorización
para el empleado extranjero presentando el contrato firmado por ambos.
Cuando termine el período transitorio de tres meses, los irregulares
sólo podrán obtener papeles por razones humanitarias y las
vías extraordinarias (arraigo por estancia en España de
más de tres años y contrato, y el denominado arraigo laboral,
que exige demostrar que se lleva trabajando un año y al menos dos
de residencia en el país.)
El
proceso extraordinario de normalización no prevé beneficios
para los trabajadores por cuenta propia, una modalidad que ejercen muchos
de los inmigrantes argentinos. Sin embargo, la Reglamentación aborda
el tema mediante cuatro vastos artículos donde se especifican los
trámites y requisitos.
Todos
los tramites de la regularización y obtención de permisos
se realizarán en los lugares de residencia en España de
los trabajadores "sin papeles".
Clarin, 27 de octubre de 2004
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