Universidad Yacambú
Vicerrectorado de
Educación a Distancia
Maestría en Educación
Cátedra: Gestión de la
Educación
Facilitador: Prof. Maruja Trejo
Autor: Prof. Fernando L. López Rosario
C.I: 5.971.924 MGE
GESTIÓN
DE LA EDUCACIÓN
Trabajo 3
Identifique y caracterice, a partir de la
elaboración de un mapa de conceptos, la estructura del sistema educativo
venezolano actual con base en los lineamientos comprendidos en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y La Ley Orgánica de Educación.
Introducción
Actualmente,
el nuevo sistema educativo bolivariano que se encuentra en ejecución en nuestro
país, se sustenta en el pensamiento Robinsoniano, se trata de formar un ser
social, solidario, creativo, productivo, y consciente, que domine el hacer,
saber y convivir. Es también, consolidar un sistema educativo que corresponda
con el proyecto de país que señala la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. Simón Rodríguez decía que “no hay nueva república si no se forma un
nuevo republicano”. Asumía la educación como un instrumento para la liberación,
pues consideraba que el conocimiento debía servir para romper los esquemas
establecidos y desarrollar la inventiva. Esta visión, la reflejó en muchos de
sus pensamientos: “Instrucción social, para hacer una nación prudente,
instrucción corporal, para hacerla fuerte: instrucción técnica, para hacerla
experta e instrucción científica, para hacerla pensadora”.
La estructura del sistema educativo
venezolana esta fundamentada por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en
su Art. 102.
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La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es
democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función
indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como
instrumento de conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio
de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el
respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de
desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de
su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración
ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los
procesos de transformación social consustanciados con los valores de la
identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con
la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de
educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta
Constitución y en la ley. |
En la Ley Orgánica de Educación en su Título II, Capítulo I,
en sus Disposiciones Generales, define el sistema
educativo como un conjunto orgánico, integrador de políticas y servicios que
garanticen la unidad del proceso educativo, tanto escolar como extraescolar y
su continuidad a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de
educación permanente. Asimismo, se fundamenta en principios de unidad,
coordinación, factibilidad, regionalización, flexibilidad e innovación.
Según el Art. 16. «El Sistema Educativo Venezolano comprende niveles y
modalidades. Son niveles, la Educación Preescolar, la Educación Básica,
la Educación Media Diversificada y Profesional y la Educación Superior. Son
modalidades del sistema educativo: la Educación Especial, la Educación para las
Artes, la Educación Militar, la Educación para la Formación de Ministros del
Culto, la Educación de Adultos y la Educación Extraescolar. El Ejecutivo Nacional queda facultado para adecuar estos
niveles y modalidades a las características del desarrollo nacional y
regional.”
Niveles Educativos.
- La Educación Preescolar, es la fase previa al
Nivel de Educación Básica; constituye el primer nivel obligatorio del sistema
educativo y la atención pedagógica durará un año escolar. Los niños ingresan a
estos establecimientos educativos, preferiblemente a los cinco años.
- La Educación Básica, es el Segundo Nivel
obligatorio del sistema educativo; dicho nivel comprende tres etapas con
duración de tres años de escolaridad cada una y se cursa preferentemente a
partir de los seis años de edad.
- La Educación Media Diversificada y Profesional, es
el Tercer Nivel del sistema educativo; constituye el nivel siguiente al de
Educación Básica y previo al de Educación Superior, con los cuales está
articulado curricular y administrativamente.
- La Educación Superior, tiene como base los niveles
precedentes y comprende la formación profesional y de postrado, y puede
cursarse en las Universidades, los Institutos Universitarios, Pedagógicos,
Politécnicos, Tecnológicos y Colegios Universitarios y en los Institutos de
Formación de Oficiales de las Fuerzas Armadas; los Institutos Especiales de
Formación Docente, de Bellas Artes y de Investigación; los Institutos Superiores
de Formación de Ministros del Culto; y en general, aquellos que tengan los
objetivos señalados en la Ley y se ajusten a sus requerimientos.
Modalidades
Educativas.
- La Educación de Adultos, está destinada a las
personas mayores de quince años que deseen adquirir, ampliar, renovar o
perfeccionar sus conocimientos, o cambiar su profesión. Tiene por objeto
proporcionar la formación cultural y profesional indispensable que los capacite
para la vida social, el trabajo productivo y la prosecución de sus estudios.
- La Educación Especial, destinada a atender en
forma diferenciada, por métodos y recursos especializados, a aquellas personas
cuyas características físicas, intelectuales o emocionales comprobadas sean de
tal naturaleza y grado, que les impida adaptarse y progresar a través de los
programas diseñados para los diferentes niveles del sistema educativo.
Igualmente presta atención especializada a aquellas personas que posean
aptitudes superiores y sean capaces de destacarse en una o más áreas del desenvolvimiento
humano.
- La Educación Estética, presta especial atención y
orienta a las personas cuya vocación especial, aptitudes e intereses estén
dirigidos al arte y su promoción, asegurándoles la formación para el ejercicio
profesional en este campo, mediante programas e instituciones de distinto
nivel, destinado a tales fines.
- La Educación Pre-Militar, se rige por las
disposiciones de leyes especiales, sin perjuicio del cumplimiento de los
preceptos establecidos en la Ley Orgánica de Educación. OEI - Sistemas
Educativos Nacionales - Venezuela 3
- La Educación para la Formación de Ministros del Culto,
se rige por las disposiciones de la Ley
Orgánica de
Educación, en cuanto le sean aplicables y por las normas que dicten las
autoridades religiosas competentes.
- La Educación Extraescolar, atiende los
requerimientos de la educación permanente. Programas diseñados especialmente
proveen a la población de conocimientos y prácticas que eleven su nivel
cultural, artístico y moral y perfeccionen la capacidad para el trabajo.
Conclusión
En Venezuela se construye un Estado social,
de derecho y de justicia, humanista y federal descentralizado, que garantice el
acceso a los derechos esenciales de los más pobres, e impedir que los derechos
se conviertan en objeto del mercado, el Estado debe ser garante de la equidad
como principio ético y político, capaz de cumplir con la obligación de darle a
quienes no pueden, los mismos derechos que disfrutan quienes pueden. Refundar
la República, significa construir un nuevo modelo de sociedad, formar nuevos ciudadano
y en consecuencia nuevos republicano, y el único instrumento que posee el Estado
para lograr tal fin es la educación, que por esencia rectora debe dirigir,
orientar y supervisar.
Referencias bibliográficas
-MECD (1999). Escuelas Bolivarianas. Ministerio de Educación, Cultura y
Deportes. Dirección General Sectorial de Programas Educativos. Dirección de
Desarrollo Curricular.
-MECD (2003) Orientaciones para la Construcción del Proyecto Educativo
Integral Comunitario. Versión Preliminar. Zulia: Autor
-Reglamento de la Ley Orgánica De Educación (1999) . Gaceta Oficial de la
República de Venezuela, 36787, Septiembre 15, 1999
-Rincón de Chacín, Ana (S.F.). Pedagogía. Una aproximación al análisis del
Sistema Educativo Venezolano. Cuaderno Nº 8. Maracaibo: LUZ.
- Ley Orgánica de Educación. (1999) Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela,36786, Septiembre 15, 1999.
- Constitución
de la Republica Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la Republica
Bolivariana de Venezuela, 5453, Marzo
24, 2000.
- www.minci.gob.ve/reportajes/2/5819/la_educacion_bolivarianaorma.html