caso de Estudio.
Universidad Nacional Experimental "Francisco de Miranda" (UNEFM).


Organización:
Universidad Nacional Experimental "Francisco de Miranda".

Perfil según el Manual de Cargos: Analista Programador de Sistemas.

Organigrama

El manual descriptivo de cargos es un documento que recopila el compendio de los cargos vigentes en las Universidades Nacionales, clasificados por grupos ocupacionales, así como la información de cada una de las características específicas y los factores componentes de un cargo, que permiten describirlo como tal, y determinar su grado de ubicación en la escala de sueldos correspondiente.

La OPSU, como organismo rector, a través de la Comisión Técnica Asesora de Recursos Humanos, es el ente encargado para modificar cargos, normas y procedimientos, cuando sea necesario y las someterá a estudio y aprobación por parte del Consejo Nacional de Universidades.

La Comisión Técnica Asesora elabora los instrumentos necesarios, establece y da los lineamientos a todas las Universidades, para el levantamiento de la información de los cargos administrativos existentes en cada una de ellas, igualmente para la descripción de los mismos y su valoración; de esta manera se obtienen los insumos para el Manual Descriptivo de Cargos de las Universidades Nacionales, el cual es un instrumento técnico que contiene las especificaciones de cada uno de los cargos de cada Institución, y que aporta en cada descripción, la siguiente información del cargo: Título del cargo, Objetivo general, Actividades y/o funciones y/o tareas, requisitos de Educación y Experiencia, las relaciones que amerita el cargo, las responsabilidades que asume su ocupante y los riesgos de trabajo a que está expuesto; así como otro gran número de factores de importancia. Toda esta gama de elementos conforman al mismo tiempo la base de valoración del cargo. Cada cargo contiene un código que lo identifica y la especificación del nivel de valoración que lo ubica en la escala de sueldos respectiva.

Objetivos

  • Dotar a las Universidades Nacionales de un instrumento técnico administrativo que contenga el compendio de los cargos de carrera y de jefatura del personal administrativo.
  • Proveer información sistemática y real que contribuya a determinar el valor relativo de los cargos y su ubicación en la escala de sueldos.
  • Proporcionar a los niveles supervisorios un patrón de medida uniforme, para asegurar un alto grado de objetividad en la evaluación de los cargos y del personal bajo su responsabilidad.
  • Proporcionar a las unidades responsables de la gestión de recursos humanos un instrumento idóneo que pueda ser utilizado:
    • En lo relativo a la selección, adiestramiento, evaluación del personal y negociación colectiva.
    • En el desarrollo de programas de clasificación y remuneraciones.
    • En la aplicación y manejo de planes y programas de beneficios salariales.
    • En el estudio de la seguridad e higiene y salud ocupacional.
    • En el desarrollo de programas de auditorías de recursos humanos.
    • En el establecimiento de programas de calidad, productividad y desarrollo organizacional.

Alcance

El Manual Descriptivo de Cargos como Instrumento Técnico-Administrativo que contiene el conjunto de cargos administrativos vigentes en las Universidades Nacionales, de acuerdo a las estructuras y necesidades propias de estas Instituciones, aporta información a los trabajadores y a los supervisores de sus deberes y responsabilidades con la Institución; es la base fundamental en los subsistemas de captación de recursos humanos, en los procesos de reclutamiento y selección; apoya y se retroalimenta del subsistema de adiestramiento y desarrollo en los procesos de detección de necesidades, diseño de programas de inducción y de formación; igualmente, facilita el establecimiento de rutas de carreras, estimación del potencial y evaluación de desempeño de los trabajadores para otros cargos. Aporta datos al subsistema de Seguridad Integral, en los procesos de determinación de riesgos y en el subsistema de Relaciones Laborales proporciona elementos para el establecimiento de programas sociales.

Normas Generales

  • Este manual tendrá vigencia a partir de la fecha / / , previa aprobación por el Consejo Nacional de Universidades.
  • El contenido de este manual es de obligatorio cumplimiento a todos los niveles jerárquicos de las Universidades Nacionales.
  • La Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU), entregará un ejemplar del mismo a las Direcciones de Recursos Humanos de cada una de las Universidades Nacionales.
  • La Dirección de Recursos Humanos de cada una de las Universidades Nacionales, es responsable de entregar un ejemplar del Manual a las Autoridades Rectorales, Decanos, Contraloría Interna, Dirección de Planificación, Unidades Sectoriales de Recursos Humanos y a la Asociación de Empleados de su Universidad.
  • Todos los poseedores del presente Manual son responsables de velar por el cumplimiento y actualización del mismo según los procedimientos establecidos para ello.
  • La Comisión Técnica Asesora de Recursos Humanos de la OPSU, conjuntamente con la representación Federativa, velará y controlará el proceso de implantación y seguimiento del presente Manual.
  • En cada Universidad Nacional, la Asociación de Empleados respectiva, designará ante la Dirección de Recursos Humanos, la representación gremial, que participará activamente de la vigilancia y control del proceso de implantación y seguimiento del presente Manual.
  • La OPSU mantendrá actualizado el Manual Descriptivo de Cargos basándose en: Los análisis de los cargos, la valoración de los mismos y la elaboración y ajuste de las descripciones de los cargos, enviados por cada una de las Universidades Nacionales.
  • La OPSU velará por el cumplimiento de los criterios, normas y procedimientos establecidos en el presente Manual.
  • Cuando por necesidades de alguna Universidad Nacional, se requiera crear un cargo, la Institución donde se origina la necesidad, propondrá ante la OPSU la creación de dicho cargo, mediante el procedimiento elaborado para tal fin.
  • La OPSU a través de su Comisión Técnica Asesora de Recursos Humanos, en la cual deberá existir la representación de FENATESV, creará y/o modificará cargos, normas y procedimientos del presente Manual, según sea necesario, y las someterá a estudio y aprobación por parte del Consejo Nacional de Universidades.
  • No se considerarán válidas las modificaciones que se le efectúen al presente Manual, sin el previo estudio y aprobación por parte de la Comisión Técnica Asesora de Recursos Humanos de la OPSU.
  • Toda creación o modificación aprobada de cargos, normas, procedimientos y formularios que se efectúen, deberá ser comunicada oficialmente por la OPSU a todas las Universidades Nacionales.
  • No se considerarán válidas las correcciones manuscritas sobre el contenido del presente Manual.
  • Se deja sin efecto cualquier resolución, norma, memorándum, instructivo, procedimiento y formulario que colida con lo establecido en este Manual.

Uso del Manual de Cargos

  • Proceso de Reclutamiento y Selección de Personal.
  • Proceso de Clasificación del Personal y de las Alternativas de Educación y Experiencia.
  • Proceso de Evaluación, Adiestramiento y Desarrollo.
  • Programas Sociales (recreación, becas, permisos de estudios, intercambios por comisión de servicios, beneficios sociales, higiene y seguridad ocupacional y otros correspondientes al área de seguridad social integral).

Definiciones del perfil para un cargo o puesto de trabajo en el manual de cargos de las universidades nacionales, bajo los lineamientos de la OPSU (DESCRIPCIÓN DEL PUESTO).

Título del Cargo: Es el nombre oficial que se asigna al cargo.

Objetivo General del Cargo: Es la razón de ser del cargo dentro de la unidad y dentro de la organización, es decir lo que se espera obtener en su ejecución, en términos generales cómo lo logrará y para qué.

Funciones, Actividades y/o Tareas: Son los aspectos relevantes y habituales de lo que se hace en el cargo. Son las actividades que suelen desempeñarse con mayor frecuencia en el cargo. No debe entenderse que las tareas descritas son las únicas que puede desempeñar el ocupante del cargo, éstas son de carácter ilustrativo, pudiendo desempeñarse otras tareas afines según sea necesario.

Relaciones (Internas y/o Externas): Son los contactos que debe realizar el ocupante del cargo, con otras personas, unidades, instituciones, de la misma organización o distintas a la propia organización, para desempeñar las funciones del cargo, tomando en cuenta el carácter de la relación: Si es para dar o recibir asesoría, apoyo, control, ejecución, coordinación o aprobación y considerando la frecuencia de la relación.

Responsabilidad por Materiales y Equipos: Es el tipo de obligación exigida al ocupante del cargo por las máquinas, accesorios, herramientas y equipos, en función del uso, costo y requerimiento del manejo, para el logro de los objetivos del cargo.

Responsabilidad por Dinero: Se define por el tipo de obligación exigida al ocupante del cargo, en el manejo, custodia, uso y administración de dinero en efectivo, cheques, presupuesto y/o valores y materiales.

Responsabilidad por Información Confidencial: Se define como el grado de discreción o confidencialidad y responsabilidad por la protección de la información o datos confidenciales que se maneja en el cargo. Se mide por el nivel de acceso y divulgación de la información que se maneja en el puesto de trabajo.

Responsabilidad en la Toma de Decisiones: Se refiere a la profundidad y complejidad de pensamiento que demanda el cargo, teniendo en cuenta el tipo de problemas que enfrenta y su habilidad para tomar una decisión para la solución consiguiente, así como el nivel jerárquico donde se ubica el cargo y de acuerdo al cual se mide la magnitud de las decisiones que deben tomarse.

Supervisión:

  • Recibida: Se refiere a la actitud que debe tener el ocupante del cargo, para responder por las órdenes emitidas por su superior inmediato.
  • Ejercida: Se refiere al grado de orientación, dirección, vigilancia y control que sobre la actividad de otros requiere o debe desarrollar el ocupante del cargo.

Condiciones Ambientales o Ambiente de Trabajo: Mide las condiciones circundantes o físicas presentes en el lugar de trabajo y sobre las cuales el ocupante del cargo no tiene ningún control, pero que de acuerdo a esos elementos presentes puede verse afectada su salud.

Riesgo: El grado o magnitud de la ruptura del equilibrio bio - psico - fisiológico. Es la proximidad a la ocurrencia de un daño, accidente, enfermedad.

Esfuerzo: Se refiere a la actividad física y mental que se requiere en la ejecución del trabajo, considerando el esfuerzo y precisión que requiera el uso de los miembros superiores o inferiores y la concentración visual que debe desplegarse para realizar las tareas del cargo. Igualmente determina las diferentes posiciones que regularmente deberá tomar el ocupante del cargo.

Formación Académica (Educación): Son los conocimientos adquiridos por un individuo, a través de la instrucción formal e informal. Se considera indispensable para el desempeño del cargo.

En este manual se considera la Educación Formal dividida en los diferentes niveles del Sistema Educativo Venezolano a saber:

  • Primer Nivel: Educación Primaria y Educación Básica.
  • Segundo Nivel: Diversificada: Bachiller, Perito y Técnico Medio, en todas sus menciones.
  • Tercer Nivel: Estudios de Pregrado en: Universidades, Institutos Pedagógicos, Colegios e Institutos Universitarios, Politécnicos.
  • Cuarto Nivel: Estudios de Postgrado: Maestría, Cursos de Especialización, Cursos de Extensión Profesional y Doctorado.

Sin embargo, el requisito mínimo de educación formal previsto para ingreso a los cargos contenidos en el manual es el de Bachiller.

También se considera la Educación Informal conformada por: los cursos de mejoramiento o formación, ya sea por asistencia o aprobación de los mismos. En el requisito de educación de los cargos de este manual, se prevee la alternativa de que el aspirante al cargo pueda llenar el requisito con una carrera o profesión afín o con un título equivalente.

Experiencia: Es el aprendizaje adquirido mediante la práctica en un período de tiempo determinado, y que capacita a la persona para desempeñarse en un determinado cargo. En el manual se considera el conocimiento adquirido mediante el desempeño de trabajos similares o afines al descrito en el cargo. En la experiencia requerida para ocupar un cargo se establece que la misma es progresiva, entendida ésta como aquella experiencia obtenida por la práctica y que implica acrecentamiento de conocimientos en el área específica de trabajo, desempeño de funciones con niveles de complejidad y responsabilidad cada vez mayor. También se califica la experiencia en términos de su carácter, el cual puede ser:

  • Operativo: Cuando predominan en las tareas del cargo la función de ejecución.
  • Supervisorio: Cuando predominan en las tareas del cargo las funciones de control y la de planificación.
  • Estratégico: Cuando predominan en las tareas del cargo, las funciones de planificación y la de investigación y análisis.
  • Directivo: Cuando predominan en las tareas del cargo las funciones de ejecución y la de control.
  • Asesor: Cuando predominan en las tareas del cargo las funciones de investigación o análisis y las de planificación.

En algunos casos se establecen dos "alternativas" de requisitos de educación y experiencia, que son equivalentes entre si:

La alternativa "A" o primera alternativa, contiene los requisitos ideales para desempeñar el cargo y debe ser aplicada a los candidatos que deseen ingresar a la Universidad a ocupar un cargo, o a los trabajadores que aspiran a un cargo de un grupo diferente al del que están ejecutando. Igualmente debe ser aplicada esta alternativa, a todos los aspirantes a ocupar un cargo, sean personal o no de la universidad, cuando dicho cargo tenga esa sola alternativa como requisito.

La alternativa "B" o segunda alternativa de requisitos de educación y experiencia, se prevee para ser aplicada sólo a personal que ya ocupa un cargo del mismo grupo del que está desempeñando, no puede ser aplicada a personal que aspire ingresar a la universidad. Esta ha sido diseñada flexibilizando la alternativa "A" partiendo de los criterios de afinidad y equivalencia de la educación y la experiencia y para facilitar la aplicación de éstos en la evaluación de requisitos mínimos en los casos de personal de la organización.

Conocimientos: Se entiende por conocimiento aquella información adicional que el individuo debe poseer para poder realizar adecuadamente el trabajo, tal como procedimientos, normas, prácticas del trabajo, leyes, reglamentos, políticas, teorías, conceptos, principios y procesos.

Habilidades: Está referida a las acciones orientadas hacia el uso del intelecto que le son requeridas al ocupante del cargo para el desempeño de determinadas tareas con eficiencia.

Destrezas: Se entiende por ésta, la capacidad psicomotora o capacidad para ejecutar acciones orientadas hacia el uso de las manos o partes motoras que el ocupante del cargo debe poseer para desempeñar eficientemente determinadas tareas.

Adiestramiento Requerido: Son los conocimientos adquiridos mediante cursos de formación y/o mejoramiento, los cuales son requeridos por el cargo para que el ocupante pueda desempeñar eficientemente sus tareas.

Grupo Ocupacional: Constituye la división o clasificación principal de los cargos en el manual, que incluye tipos de trabajo estrechamente relacionados entre sí, o de desempeño en un área común, pero de niveles o grados de importancia que pueden ser iguales o distintos.

Código: Es un elemento adicional del cargo, y constituye la numeración que lo identifica pero que no es parte de su esencia. El código identifica de izquierda a derecha lo siguiente:

  • Primero y segundo número: Identifica el grupo ocupacional del cargo.
  • Tercer y cuarto número: Identifica el cargo dentro del grupo.
  • Quinto número: Identifica la escala salarial del cargo y el nivel educativo requerido por éste:
    • 2= Bachiller, Perito o Técnico Medio (Escala 2).
    • 3= Técnico Superior Universitario (T.S.U) o tres (3) años aprobados de estudios universitarios en una universidad reconocida lo que en la valoración del factor educación se hace equivaler a un T.S.U. (Escala 3).
    • 4= Profesional Universitario graduado en una universidad reconocida (Escala 4).
    Nivel: Es un elemento adicional del cargo que define el monto de la remuneración asignada al cargo en la escala de sueldos correspondiente.