UNIVERSIDAD YACAMBU

ESTUDIOS VIRTUALES

 

SUB TEMA:

 

 

 

 

Descentralización y Planificación de Desarrollo Regional

 

Participante: Mirelys Petit.

 

Resumen

 

El tema de la descentralización ha sido ampliamente discutido y se ha avanzado mucho en lo que a teoría se refiere,  sin embargo, no se puede decir lo mismo acerca del tema de la funcionalidad o el propósito de la descentralización, bajo la premisa de que la función principal de un proceso de descentralización es procurar el desarrollo regional, en tal sentido se considera que cualquier trabajo que contribuya a establecer una relación entre el proceso y su objetivo, así como el tratamiento de los diferentes aspectos que intervienen en el proceso, contribuirán a un mayor entendimiento de nuestra realidad y  mejor planeamiento del mencionado proceso descentralizador. Se citan diferentes aspectos que deben considerarse en el tema de la descentralización como medio para el desarrollo regional.

 

De la manera más simple se define como descentralización a la transferencia de competencias del gobierno central a diversos organismos. Esta trasferencia, sin embargo, puede aplicarse en los sistemas: político, administrativo y/o económico dependiendo del tipo de competencias que se transfieran.

 

Algunos autores utilizan el enfoque de la provisión de bienes públicos, para explicar de forma singular la función de la descentralización y sus diversas manifestaciones. Este enfoque parte de la función del rol del estado como proveedor y distribuidor de bienes públicos (seguridad ciudadana, salud, educación, servicios básicos, etc), y las transferencias que éste pudiera realizar están referidas a la provisión y/o distribución de bienes públicos.

 

Por lo tanto se puede distinguir tres tipos de descentralización: administrativa, política y económica.

 

1) Descentralización Administrativa.- El hecho de que se trasfieran facultades administrativas y financieras a una determinada organización de gobierno local no quiere decir que todo lo que se haga en esa comunidad sea decidido localmente. En última instancia el órgano de gobierno local siempre responderá ante el gobierno central, en éste tipo de descentralización las autoridades encargadas de la administración local pueden ser elegidas por los pobladores o designadas por el gobierno central.

 

Partiendo del enfoque de la provisión de bienes públicos, se puede decir que en éste tipo de descentralización no incluye decisiones sobre la provisión, como lo afirma Ivan Finot “En el caso de una descentralización operativa (administrativa) también existen decisiones pero no sobre provisión –en su sentido estricto- sino sobre operación de la provisión” (Finot, 2001).

 

2) Descentralización Política.- Se presenta como requisito para llevar a cabo una descentralización política, el hecho de que las autoridades a las cuales se hará la transferencia de facultades sean elegidas por los pobladores de la región, y no simplemente designadas por el gobierno central. Las competencias transferidas en una descentralización política serán ejercidas de forma autónoma por los gobiernos locales (u organismos a los cuales se transfiera las competencias), respondiendo en última instancia a los pobladores que los eligieron y no al gobierno central. Y desde el enfoque de la provisión de bienes públicos, afirma Finot: “...sólo habrá descentralización política cuando se decide (por parte de los gobiernos locales) qué, cuánto y con qué recursos proveer...” (Finot, 2001).

En realidad las administraciones locales tienen funciones que pueden ser completamente autónomas y otras en las cuales tendrán que responder ante el gobierno central o están bajo la tutela de éste, habría que distinguir entonces las actividades en las cuales se lleva a cabo una descentralización política o simplemente administrativa.

 

3) Descentralización Económica.- Consiste en transferir el proceso de asignación de diferentes factores e insumos de producción, de instancias político-administrativas hacia mecanismos de mercado. Bajo esta premisa, se puede considerar a la privatización como una forma de descentralización , siempre que mantenga mecanismos de mercado competitivo. Tomando el enfoque sobre la provisión de bienes públicos, se puede decir que la descentralización económica se relaciona más que con la provisión de bienes públicos (como lo era en los dos casos anteriores) con la producción de éstos.

 

Infografía

Artículo 1:

Resalta que la relación desarrollo regional, planificación regional y descentralización, ha entrado en los últimos años, a un complejo proceso de revisión, tanto en sus concepciones teóricas como en lo concerniente a las experiencias que a partir de ellas se han ejecutado en América Latina en las décadas precedentes.

http://rehue.csociales.uchile.cl/publicaciones/mad/03/paper01.htm

Artículo 2:

Se resume la influencia que ejercen las universidades en el desarrollo local y regional y se señalan algunos de los factores que impiden o fomentan un mayor compromiso regional. Para establecer un diálogo eficaz entre las universidades y las regiones que conduzca a su vez a una mayor integración es fundamental que los agentes y organismos regionales conozcan mejor a las universidades y que éstas entiendan la dinámica regional.

http://www.unesco.org/education/educprog/wche/principal/devnr-s.html

Artículo 3:

Tema en el cual se brinda un pequeño aporte al estudio de los diferentes aspectos que deben considerarse en el tema de la descentralización como medio para el desarrollo regional.

http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/eco/descydesareg.htm

Artículo 4:

Cordiplan, en materia tocante con el desarrollo regional, tiene como objetivos: la descentralización de las actividades económicas mediante la regionalización de las inversiones públicas y la aplicación de incentivos regionales para la inversión privada; el acondicionamiento físico espacial, que comprende la organización de la red y el espacio urbano y del espacio y de los recursos del medio rural; y la descentralización progresiva de la administración pública. http://www.cideiber.com/infopaises/Venezuela/Venezuela-01-04.html

Artículo 5:

Se hace referencia al Fides como una organización intergubernamental orientada a apoyar técnica y financieramente el proceso de descentralización y desarrollo de los estados y municipios a través de la adecuada canalización de recursos, atendiendo a las prioridades de inversión establecidas por los tres niveles de gobierno.

http://www.monografias.com/trabajos14/sispla/sispla.shtml

Artículo 6:

La ejecución de un plan de Modernización del Estado y la Planificación para el desarrollo regional es la base para promover la cercanía entre el Estado y la comunidad, generando la transparencia y eficiencia en los servicios que presta el Estado para que exista mayor satisfacción y eficacia derivada de los servicios públicos.

http://www.mef.gob.pa/comunicados/2005-comunicado-MODERNIZACI%C3%93N%20DEL%20ESTADO-30-06-2005.asp

Artículo 7:

Se define el desarrollo económico local como un proceso de crecimiento y cambio estructural que mediante la utilización del potencial de desarrollo existente en el territorio, conduce a la mejora del bienestar de la población de una localidad o una región"

http://www.monografias.com/trabajos11/descen/descen.shtml

Artículo 8:

La reforma del Estado implica una reingeniería de las instituciones orientada al logro de una mayor eficiencia, y una participación más equitativa en los procesos de desarrollo regional, de tal forma que los resultados contribuyan a lograr tasas de mayor igualdad.

http://www.gestiopolis.com/canales/economia/articulos/47/gp.htm

Artículo 9:

El Ministerio de Planificación y Desarrollo a través del Despacho del Vice Ministro de Planificación y Desarrollo Regional, viene trabajando de forma mancomunada con otras instancias de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, en apoyo a la instrumentación de los progresos de participación a fin de hacer realidad los propósitos constitucionales dirigidos a la construcción de un Estado Federal descentralizado, un sistema político de democracia participativa, una economía productiva, una sociedad mas equitativa, un territorio mejor ocupado y un país soberano insertado en un mundo multipolar.

http://www.monografias.com/trabajos16/consejos-locales-venezuela/consejos-locales-venezuela.shtml

Artículo 10:

Los organismos de desarrollo regional, en una primera instancia, están concebidos como instrumentos de desconcentración de la acción del Gobierno en materia de planificación regional, infraestructura y fomento de la producción; tareas que hoy día se promueven a través de un centenar de entes sectoriales adscritos a los ministerios.

http://www.dlh.lahora.com.ec/paginas/cordes/paginas/cordes167.htm

Artículo 11:

Enfoques del Desarrollo Local predominantes en América Latina desde la década de los años sesenta.

http://www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/cinterfor/temas/youth/eventos/memo/med/pon/doc_fin/ii/ii/cua/i/

Artículo 12:

La descentralización constituye un proceso que permite a las regiones ser impulsoras de su propio desarrollo. Es uno de los mecanismos más eficientes para propiciar el acercamiento de los ciudadanos a las instituciones, en tanto que por razones de distancia y de dificultades en los esquemas administrativos los poderes centrales no siempre encuentran los canales adecuados para hacerlo.

http://www.mincomercio.gov.co/VBeContent/NewsDetail.asp?ID=2325&IDCompany=14

Artículo 13:

...lo que se perdió fue la estrategia del desarrollo regional, fragmentando esfuerzos que hoy apenas se articulan en políticas conjuntas de las mancomunidades de municipios, pero con una postergación intencional de una verdadera política de descentralización...

http://www.bolpress.com/rocha.php?Cod=2002085067

Artículo 14:

Señala a la descentralización como una gran necesidad de democracia y participación de la gente en las decisiones de todo tipo, es el gran reclamo de que el poder debe devolverse a la sociedad, al pueblo, que los órganos de dirección estar más cerca  de la gente y su control, frente a la existencia de Estados antidemocráticos, autoritarios, represivos, y de una ilegítima supercentralización de poder en los Estados neoliberales.

http://www.ical.cl/noticia.php?id=429&sec=301&subsec=311146

Artículo 15:

La problemática del desarrollo Regional, descentralización y participación social constituyen parte importante de los temas ejes de la agenda modernizadora en América Latina. En los últimos años, las investigaciones y publicaciones sobre estos puntos se han desarrollado y expandido en forma significativa, lo que hace pensar que el debate sobre la descentralización recién se inicia, particularmente en ámbito socio - antropológico.

http://rehue.csociales.uchile.cl/antropologia/congreso/s0102.html

Artículo 16:

La Corporación Venezolana de Guayana como Agencia de Desarrollo Regional, centra sus esfuerzos en la Promoción de Inversiones y la creación de condiciones para el asentamiento humano que le permita tener un territorio competitivo, a través del fortalecimiento del parque industrial existente, la atracción de capitales nacionales y extranjeros para su canalización hacia actividades económicas y el desarrollo de cadenas productivas que permitan articular la estructura de los sectores económicos para lograr niveles de inserción aceptables en el mundo globalizado.

http://www.cvg.com/espanol/estrategias.html

Artículo 17:

La propuesta de descentralización-desconcentrada buscaba reorientar los recursos y fuerzas sociales, económicas y políticas del país para hacer contrapeso a los históricamente concentradores conglomerados urbanos. Se trataría de construir una nueva columna vertebral organizadora del territorio nacional y de la sociedad en general.

http://www.revele.com.ve/pdf/revista_venezolana_de_economia_y_ciencias_sociales/vol9-n3/pag255.pdf

Artículo 18:

A principios del 2.000 los aspectos fundamentales de la descentralización habían sido transformados en virtud de la aprobación de la Constitución. Con ella se crean nuevas instancias desde donde repensar el proceso descentralizador .

http://www.saber.ula.ve/db/ssaber/Edocs/pubelectronicas/provincia/pnum1/articulo15.pdf

Artículo 19:

El desarrollo regional era entendido como una excepción y sólo por la importancia estratégico económica de determinado centro urbano regional, densidad de habitantes, estrategia de polos de desarrollo etc.

http://tomasaustin.webcindario.com/deslocal/desloc.htm

Artículo 20

A partir del uso de una doble categoría de análisis, el concepto de modelo real por un lado, y el concepto de modelo mental, por otro, se repasa la situación mostrada por los modelos reales de desarrollo regional en América Latina en términos de sus componentes básicos (la regionalización, la descentralización y el desarrollo de las regiones).

http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0250-71611998007200003&script=sci_arttext&tlng=es

 

 

 

 

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