Derecho
a la información
ADEPA condenó una norma que limita la libertad de prensa
Es la ley 5626 sancionada en San Luis
Considera delincuente al editor que no suministre a la Justicia los nombres
de trabajadores a su cargo
Y establece el derecho de réplica sólo para funcionarios
públicos
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA)
condenó la sanción de la ley 5626, aprobada recientemente
por la Legislatura de la provincia de San Luis y promulgada por el gobernador
de ese distrito, Alberto Rodríguez Saá. En una declaración,
consideró que la norma constituye "no sólo una afrenta
al derecho de informar y ser informado, sino un artero ataque al Estado
de Derecho".
La
ley, promulgada el 2 del actual bajo la antigua denominación de
"Libertad de imprenta", amenaza el libre ejercicio del periodismo
en San Luis, creando nuevos delitos y estableciendo penas para sancionarlos.
Para
la entidad, la libertad de prensa y de expresión, de acuerdo con
lo prescripto en los artículos 14 y 32 de la Constitución
nacional, "no reconocen límite ni condición alguna,
como pretende imponer la provincia de San Luis al crear un registro previo
de editores, impresores y redactores, bajo la jurisdicción del
Fuero Provincial del Crimen".
La
norma prohíbe a los menores de edad ejercer el periodismo gráfico
y establece el derecho de réplica únicamente para los funcionarios
públicos, pretendiendo así obligar a los editores y periodistas
a autocensurarse cuando, en realidad, es deber de la prensa libre ejercer
el control sobre los actos de gobierno, agrega la declaración de
ADEPA.
También
instituye el delito de imprenta, prohibido por la Carta Magna y pacíficamente
rechazado por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación.
La
norma define como delito de imprenta "toda publicación que
contenga una producción subversiva o sediciosa", así
como "toda divulgación maliciosa de noticias falsas que puedan
ocasionar alarma pública, alterar el orden o causar evidente perjuicio
en los intereses del Estado".
ADEPA
advierte que los derechos arrasados violan también la Convención
Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa
Rica.
En
tal sentido, ADEPA exige a las autoridades provinciales la inmediata y
total derogación de la ley 5626, con el fin de "restablecer
y asegurar la libertad de prensa en el marco de un legítimo Estado
de Derecho en el que el pueblo de San Luis debe vivir y que esta norma
avasalla por completo".
Sin
reserva de la fuente
Surgida del proceso de revisión de todas las leyes impulsado por
el Poder Ejecutivo provincial, la controvertida ley obliga a los editores
a revelar el nombre y la dirección de los autores de los artículos
periodísticos que puedan resultar encuadrados en la amplitud de
figuras penales que hasta el momento eran materia exclusiva de la jurisdicción
federal. Al respecto, establece que el editor que se niegue a suministrar
la identidad de los trabajadores de prensa a su cargo ante el llamado
de la Justicia "será considerado autor del delito y la acusación
se seguirá contra él". El artículo 34 fija claramente
que los delitos calificados en la ley que no estuvieran previstos en el
Código Penal "serán reprimidos con prisión de
un mes a un año".
El
nuevo encuadramiento deja librado al criterio de la Justicia local la
tipificación e interpretación de los contenidos de un artículo
periodístico y su consecuente penalización. También
profundiza en el uso de los soportes gráficos que acompañan
a las publicaciones por considerarlos "la representación gráfica
del pensamiento".
El
uso de figuras delictivas como la sedición y la subversión,
que el Código Penal define como el alzamiento en armas contra un
orden constituido, hace temer por las consecuencias que la aplicación
de la nueva ley podría tener sobre el periodismo independiente
de la provincia.
La Nacion, 22 de Junio de 2004 |