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Propuesta
del diputado Juan Gobbi (UCR)
IMPULSAN PROGRAMA DE OBRAS HIDRAULICAS COMPLEMENTARIAS
Un
proyecto de ley presentado por el diputado radical Juan Gobbi
propone crear un "Programa Provincial de Obras Hidráulicas,
que priorice el mantenimiento y la ejecución de obras menores,
complementarias a las obras hidráulicas de porte existentes en
la provincia de Buenos Aires- Plan Ameghino, Plan Maestro del Salado,
entre otros".
Para esto se afectarán "los recursos provenientes del aumento
de los
montos de los tributos provinciales devenidos del cambio de la valuación
fiscal, de aquellas explotaciones agropecuarias que vieran mejorada su
capacidad productiva de manera fehacientemente probada, a partir de la
ejecución de alguna de ellas, como así también a
aquellos que estén relacionados con el aumento de ingresos".
El
proyecto faculta al "Poder Ejecutivo u organismo con competencia
técnica -públicos o privados por ejemplo el INTA- y a los
respectivos
Comités de Cuenca, a formalizar convenios con los municipios de
la región para nombrar personal o ejecutar trabajos de mantenimiento,
contratar empresas para las diferentes tareas y de actuar ante las emergencias
según un criterio técnico acordado."
La Cuenca del Río Salado
El Plan Maestro tiene como objetivos fundamentales bajar a niveles
aceptables los riesgos de las recurrentes y sistemáticas inundaciones
en varias ciudades de la Cuenca del Río Salado y de los suelos
destinados a la producción agropecuaria.
La Cuenca del Río Salado la integran 56 municipios con un territorio
de 18. 589.800 hectáreas [la mitad de la provincia] y se produce
allí, el 60% del trigo de todo el país, el 45% del maíz,
el 20% de la cebada, el 40% de la Soja, el 67% del Girasol, el 16% de
la Carne y el 8% de la leche.
El legislador recuerda que "cada inundación provoca pérdidas
en el
20% del territorio de la Cuenca, es decir de aquello que genera $
1.040.050.052 de riqueza por año de producción agropecuaria,
y si este territorio bajara su secuencia de inundación de 8 a 16
años por las obras hidráulicas en ejecución, se evitaría
de perder unos $ 65.003.128 anuales,
este aumento de recaudación puede considerarse como un incremento
en la producción de la cuenca y tributaría el 1%, por lo
que significarán unos $ 650.031 anuales en concepto de ingresos
brutos adicionales".
Evitar
el deterioro
El
diputado Gobbi señala que en Plan Maestro no se han previsto
recursos para afrontar las necesarias correcciones posteriores a las obras,
y que "esa situación es necesario revisar".
Afirma
luego que "Este deterioro por inexistencia de recursos
afectados a mantener la red hidráulica provincial es fácilmente
observable e implicó momentos sumamente traumáticos en el
pasado reciente, sobrando los ejemplos de falta de mantenimiento que han
ocasionado enormes problemas en
las últimas inundaciones en construcciones ya existentes, mayores
cuanto más
antiguas la obras. Este deterioro se profundizó por la paulatina
ausencia del "Canalero" (persona afectada al cuidado y operación
de compuertas y canales) en la mayoría de ellas, dejado de lado
obviamente y ya hace varios años por cuestiones presupuestarias,
como todo aquello vinculado al mantenimiento y que en períodos
secos asomó como "innecesario" para algunos funcionarios
provinciales poco previsores".
A
juicio de Gobbi "Estamos entonces sin duda, en presencia de la
realización de obras hidráulicas de una magnitud inusitada,
de una dimensión y complejidad que sorprende que se estén
ejecutando sin haberse resuelto adecuadamente hasta la fecha, lo vinculado
a su mantenimiento en términos de recursos económicos, de
personal o de equipos, lo que resulta verdaderamente
inaudito".
Garantizar
recursos
Para el autor del proyecto es necesaria una normativa con fuerza de
ley que garantice los recursos necesarios para el mantenimiento de las
mencionadas obras, y considerando "que estas mejorarán sustancialmente
la capacidad productiva de muchísimas hectáreas, haciéndolas
más previsibles en términos de rendimiento y por ello menos
expuesta a los avatares del clima es que sin duda habrán de aumentar
su valuación fiscal".
Luego de comparar explotaciones similares con diferente régimen
de
inundaciones, llega a la conclusión que en las anegadas casa 16
años en lugar de cada 8, la valuación fiscal del suelo libre
de mejoras es mayor en las primeras en más de 60%.
"Si se considera que la valuación fiscal promedio es de $
606,40 en
la Cuenca del Río Salado para la hectárea de tierra libre
de mejoras, surge que la misma aumentará en $363,84 por hectárea,
por lo que una tasa media de Impuesto Inmobiliario de 1,5% representa
unos $ 9.277.920 de incremento de la recaudación por este concepto,
que es finalmente lo que se debe afectar al mantenimiento de las obras"
Por
último Gobbi destaca que "el Estado Provincial contará
con la
mejora no solo en los tributos de su jurisdicción (ingresos brutos
e
impuesto inmobiliario), también mejorará la coparticipación
federal en el IVA, Ganancias y otros tributos, por una producción
agropecuaria sustancialmente mayor, y esto le permitirá afrontar
algunos de los compromisos financieros secundarios que pudieren ocasionar
las obras construidas".
Por
el Código de Aguas
Rechazan los planteos de productores bonaerenses
El quid es a quién pertenece el recurso
LA PLATA.- El titular de la Autoridad del Agua (ADA) bonaerense, Julián
Palacios, rechazó los planteos de los productores que rechazan
las restricciones a la propiedad y el uso del agua en la reglamentación
del Código de Aguas provincial, de los que LA NACION dio cuenta
la semana pasada.
Según Palacios, "el derecho de propiedad reclamado choca contra
el derecho de aprovechamiento de un recurso incuestionablemente indispensable
para la vida humana". Para el titular de ADA, el Código de
Aguas constituye "un avance en la consolidación del Estado
de derecho en materia de aguas, al tornar posible un ordenamiento efectivo
del agua que permita mensurarla y otorgar derechos para su adecuado aprovechamiento,
tomando en cuenta no solamente los intereses presentes, sino también
los de las generaciones futuras".
Pese al reclamo de los productores sobre lo que consideran "actitudes
confiscatorias y que violentan la propiedad privada", como calificó
el asesor legal de Carbap, Juan Pedro Merbilhaa, Palacios consideró:
"No está en discusión el dominio estatal del agua como
un recurso vital para la vida y, por tanto, sujeto a una regulación
que garantice su preservación". Se quejó de la falta
de oportunidad de los planteos hechos por las entidades agropecuarias.
"Ese debate ya se dio en la Legislatura al tratarse la ley y allí
participaron los mismos actores que ahora cuestionan el texto que contribuyeron
a redactar."
Palacios subrayó que la responsabilidad y la participación
de los particulares en la gestión hídrica no son un tema
menor, y mencionó la creación de comités de cuenca
y consorcios productivos, y del Consejo Consultivo Multisectorial. Citó
como ejemplos de regulación estatal a Brasil y México, y
aseguró que en los casos en que no hay regulación "se
producen crecientes inconvenientes para mantener la sustentabilidad de
la explotación con gravísimas consecuencias".
La Nacion, 30 de julio de 2004
El
Ejecutivo reglamentaría la ley de
Código del Agua, después de 4 años
LA
PLATA, 29 JUL (AIBA). Después de cuatro años de aprobada
la ley de Código de Agua, el Ejecutivo bonaerense habría
dispuesto avanzar en la reglamentación de la norma que, a pesar
de su importancia, se aplica parcialmente y no contempla cuestiones como
los valores guías para contaminación o las perforaciones
que se realizan en acuíferos para la implementación de sistemas
de riego.
Al
menos esa sería la premisa por la que el gobernador Felipe Solá
dispuso que el actual ministro de Asuntos Agrarios, Indalecio Oroquieta,
se "mude" a la presidencia de la Autoridad del Agua (ADA), en
reemplazo de Julián Palacios, sobre todo si se tiene en cuenta
que el ex intendente de Tandil pasará a depender ahora del titular
de Infraestructura, Eduardo Sícaro, y del subsecretario de Servicios
Públicos, Luis Sanguinetti.
En
diálogo con AIBA Noticias, Oroquieta consideró que su llegada
al ente le permitirá estar más cerca de una función
relacionada con su profesión, la ingeniería civil, y recordó
que "hace 30 años fui Director Provincial de Hidráulica",
durante la gestión del gobernador peronista Victorio Calabró,
en 1974.
"Esto
no es una cuestión de jerarquías, sino de ocupar lugares
dentro del Gobierno", aseveró el funcionario, al tiempo que
confirmó que el Gobernador espera que los equipos de trabajo que
redactan la reglamentación del Código de Aguas, puedan alcanzar
los resultados esperados.
El
todavía ministro de Asuntos Agrarios – que debe renunciar
a dicha cartera para poder ser reemplazado por el nuevamente designado
Raúl Rivara -- reconoció, en tanto, que uno de los temas
que más preocupa a los productores agropecuarios, y que fue reclamado
en distintas áreas, está relacionado con la línea
de ribera, donde se ponen en juego intereses públicos y privados.
El
límite provoca incertidumbre en los ruralistas porque, en muchos
casos, consideran que pueden perder el dominio de la tierra cuando en
sus campos cuentan con lagunas o algún espejo de agua, aunque sí
tienen restricciones sobre su uso, y ahí es donde interviene la
ADA.
Sin
embargo, hay dos puntos importantes que deben tenerse en cuenta cuando
se hace referencia a la necesidad de que la ley sea reglamentada, y consiste
en la estipulación de los valores guía para medir la contaminación
en agua –actualmente la Provincia se rige con la normativa nacional
-, y los sistemas de riego en la producción agrícola y hortícola.
En
este último caso, el problema se genera a partir de las perforaciones
que realizan particulares en acuíferos para la toma de agua, y
en algunos casos los pozos no alcanzarían las corrientes de agua
pura, lo que provoca consecuencias graves en la salud de la población.
Dominio
del agua
Por otra parte, el actual presidente del ADA, Julián Palacios,desestimó
la existencia de un supuesto debate abierto en torno al dominio del agua
en la provincia de Buenos Aires, y ratificó que tanto el Código
de Aguas, como el Código Civil establecieron el actual y futuro
régimen de regulación del vital elemento para la vida humana.
El
artículo 1 del Código de Aguas es claro en cuanto a que
su objetivo es establecer el régimen de protección, conservación
y manejo del agua del recurso hídrico en la provincia de Buenos
Aires, pero dicha norma no define cual es el agua del dominio publico
y cual es el agua del dominio privado.
Tales
definiciones se encuentran formuladas en el Código Civil, con las
modulaciones que inevitablemente vienen dadas por el artículo 41
de la Constitución Nacional y sus normas concordantes.
"En
esos términos la presunta polémica por el dominio del agua
con motivo de la reglamentación parece, por lo menos, inoportuna.
No solamente porque se trata de una definición establecida en el
Código Civil sino porque, a todo evento, si se trataba de cuestionar
las bases en función de las cuales la Provincia estableció
su regulación del agua, ese debate ya tuvo lugar a nivel legislativo
y contó, por cierto, con la participación de los mismos
sectores que ahora formulan observaciones que no podrían so capa
de reglamentar, venir a alterar la letra y el espíritu de una norma
dictada con anterioridad", resaltó el funcionario. (AIBA)
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