http://vlex.com/ve/revista/4

Miguel Osorio Zamora, abogado egresado de La Universidad Católica Andrés Bello señala la necesidad de una legislación especial que prevea la eficacia y valor jurídico de la obligación surgida del intercambio de los Mensajes de Datos  por vía electrónica.

http://www.vlex.com/ve/revista/14

Se refiere a la eficacia y validez probatoria de los mensajes de Datos y Firmas Electrónicas como consecuencia del Decreto Ley Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas.

http://www.badellgrau.com/comercio%20electronico.htm

El Escritorio Jurídico  Badell & Grau realiza un análisis exhaustivo de la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas

http://www.badellgrau.com/decretointernet.htm

El Escritorio Jurídico  Badell & Grau expone su criterio sobre el Decreto 825, referido al empleo obligatorio de Internet en las Oficinas del Estado partiendo desde su fundamentación, objetivos hasta llegar a los  mecanismos para su  ejecución. Este comentario es de suma importancia puesto que se puede considerar a este Decreto como antecedente del Decreto –Ley mensaje de Datos y Firmas Electrónicas.

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Agosto/1336-030801-00-2723.htm

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia señala que Internet es un auxiliar de la divulgación de su actividad judicial cuya finalidad es permitir el acceso a todos los ciudadanos a la administración de justicia.. Sentencia de suma importancia para la validez probatoria de los Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas.

http://www.lared.com.ve/archivo/lex56.html

Carlos Jesús Reyes realiza comentarios sobre la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas

http://www.lared.com.ve/archivo/hacker55.html

Se comenta la importancia de la firma Digital sustentado en la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas.

http://www.reacciun.ve/noti10_feb2001.html

Fundamentado en la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas se realiza un comentario de la importancia de la Firma Electrónica

http://www.delitosinformaticos.com/estafas/firmaelectronica1.shtml

Trata de la importancia de le Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas para impedir el delito informático. Es de apuntar que la Ley in comento no habla de los delitos informáticos peri si es una normativa que permite la seguridad jurídica y la eficacia probatoria de los mensajes des Datos y Firmas Electrónicas.

http://www.analitica.com/cyberanalitica/enegocios/7902539.asp

Se refiere al cambo de paradigma en relación a los delitos informáticos y la importancia que tiene la Ley de Mensaje de Datos y Firmas electrónicas para combatir dichos delitos, puesto que la Ley in comento permite identificar al autor de la firma y darle autoría al contenido del mensaje de datos.

http://www.alfa-redi.org/revista/data/45-8.asp

Se plantea necesidad de que en realidad haya certeza de que la información del Mensaje de Datos llegue al destinatario, puesto que a pesar de que el artículo 11 de la Ley de Mensaje de Datos señala que se tendrá como recibido donde regularmente el receptor tenga su domicilio no hay nada que garantice que en realidad llegó, por lo tanto se están violando los derechos de los ciudadanos.

http://www.lactic2000.gov.ve/proyecto.html

Se describe la importancia de la era de las comunicaciones en Venezuela, y se realiza un breve análisis del contenido de la ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas.

http://www.badellgrau.com/opileye-commerce.htm

Se realiza un comentario bastante completo sobre la Ley de Mensaje de datos y firmas electrónicas.

http://www.aladi.org/nsfaladi/reuniones.nsf/ceb8a0c5450bdab803256a79004f67cc/4ea21444af6077b103256a790050e7ad/$FILE/VENEZUELA.doc

Es un informe presentado por la Delegación venezolana sobre el comercio electrónico, en este texto se encuentran los antecedentes de de la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas.

http://vlex.com/ve/revista/13

Se habla de la posible factura que deberá emitirse en el comercio a través de Internet

http://www.analitica.com/cyberanalitica/enegocios/4292844.asp

Comentarios sobre la importancia de la firma digital, la creación del ente certificador y del Certificado electrónico.

http://www.qmw.ac.uk/~tl6345/Venezuela.htm

Consideraciones sobre la Admisibilidad de la firma electrónica para la contracción  a través de los medios informáticos a la luz del sistema legal venezolano

http://www.producto.com.ve/205/notas/firmadigital.html

Se realiza un bosquejo de la importancia de la firma electrónica y la seguridad que otorgará a quien la use, siempre y cuñado emplee los mecanismos adecuados, puesto que dicha firma podrá ser equiparada a la firma autógrafa, con lo que se le atribuye validez jurídica.

http://www.alfa-redi.com/revista/data/18-10.asp

Interesante trabajo sobre la responsabilidad civil generada por el uso de los mensajes de datos y firmas electrónicas, concatenado con el   Código Civil venezolano, puesto que señala el régimen de responsabilidad aplicable a los proveedores de servicios.

http://es.derecho.org/canales/Internet/Art%25EDculos/5

Explica la importancia de los entes de certificación para que el Mensaje de Datos  posea validez jurídica y eficacia probatoria a través de la figura del no repudio.

 

 

Sobre EDI

http://www.eniac.com/comelec.htm